The International Organization of Supreme Audit Institutions

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Transcripción de la presentación:

The International Organization of Supreme Audit Institutions NPASNF NORMAS PROFESIONALES DE AUDITORÍA DEL SISTEMA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN

NPASNF - Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización NIVEL 1 NIVEL 2 NIVEL 3 NPASNF No. 10 Principios de Autonomía de los Organismos Auditores. NPASNF No. 12 El valor y beneficio de la Auditoría del Sector Público. NPASNF No. 20 Principios de Transparencia y Rendición de Cuentas. NPASNF No. 30 Código de Ética. NPASNF No. 40 Control de Calidad para los Organismos Auditores. NPASNF No. 100 Principios fundamentales de Auditoría del Sector Público. NPASNF No. 200 Principios fundamentales de Auditoría Financiera. NPASNF No. 300 Principios fundamentales de Auditoría del Desempeño. NPASNF No. 400 Principios fundamentales de Auditoría de Cumplimiento. NPASNF No. 1 Líneas básicas de la fiscalización en México. NPASNF NORMAS PROFESIONALES DE AUDITORÍA DEL SISTEMA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN

LINEAS BÁSICAS DE FISCALIZACIÓN EN MÉXICO

Sistema Nacional de Fiscalización (SNF) Esta norma es aplicable para todos los Organismos Auditores miembros del Sistema Nacional de Fiscalización (SNF) La utilización racional de los recursos públicos constituye una de las condiciones esenciales para garantizar la eficiencia en las finanzas publicas. Objetivos específicos de la fiscalización: La eficaz utilización de los recursos públicos, La profesionalización de la gestión publica, El cumplimiento normativo en la acción administrativa, y La divulgación de información. LBFM LINEAS BÁSICAS DE FISCALIZACIÓN EN MÉXICO

FINALIDAD DE LA LABOR FISCALIZADORA. Es inherente a la gestión pública. La fiscalización no representa un fin en sí mismo, sino una parte imprescindible de un sistema regulador que debe señalar, oportunamente, las desviaciones normativas, de tal modo que puedan adoptarse las medidas preventivas y correctivas; y determinar o promover las responsabilidades y sanciones que, en su caso, correspondan. LBFM LINEAS BÁSICAS DE FISCALIZACIÓN EN MÉXICO

FISCALIZACIÓN PREVIA Y POSTERIOR. La labor de fiscalización previa, realizada en lo general por los órganos de auditoría interna La labor de fiscalización posterior, demanda la responsabilidad que debe asumir el ente auditado; puede llevar a la indemnización del perjuicio producido, y es apropiada para impedir, en el futuro, la recurrencia de actos que no cumplan con la normativa o la regulación aplicable. LBFM LINEAS BÁSICAS DE FISCALIZACIÓN EN MÉXICO

AUDITORÍA: INTERNA Y EXTERNA. Los órganos de la auditoria interna se establecen en el seno de los diferentes entes públicos; dependen de los titulares de los entes públicos en los que se establecen. No obstante, deben goza, de al menos, autonomía técnica; y sus integrantes deben ejercer su función con independencia. Los organismos auditores externos no pertenecen al ente publico. LBFM LINEAS BÁSICAS DE FISCALIZACIÓN EN MÉXICO

LINEAS BÁSICAS DE FISCALIZACIÓN EN MÉXICO TIPOS DE AUDITORÍA. La labor de los organismos auditores puede clasificarse en tres vertientes principales: LBFM LINEAS BÁSICAS DE FISCALIZACIÓN EN MÉXICO

LINEAS BÁSICAS DE FISCALIZACIÓN EN MÉXICO AUTONOMÍA. Autonomía de los Organismos Auditores. Si bien los organismos auditores tienen vínculos institucionales irrenunciables deben gozar de autonomía para cumplir cabalmente sus funciones. El Poder Legislativo en el caso de los órganos fiscalizadores externos, y El Poder Ejecutivo y las entidades a las que pertenezcan los órganos auditores internos Deben estar asentados en, el marco legal –suficiente- debe establecer el detalle sobre sus Facultades, atribuciones y alcances. LBFM LINEAS BÁSICAS DE FISCALIZACIÓN EN MÉXICO

Independencia de los titulares de los Organismos Auditores. Quienes toman decisiones en nombre del organismo auditor, son, por lo tanto, responsables ante terceros por las decisiones y acciones relativas a la planeación, programación, ejecución, información y seguimiento de las tareas de fiscalización. RELACIONES INTERINSTITUCIONALES Concepto general de relaciones interinstitucionales. La fiscalización podrá abarcar los tres ordenes de gobierno, poderes, entes públicos e incluso personas físicas o morales. LBFM LINEAS BÁSICAS DE FISCALIZACIÓN EN MÉXICO

METODOLOGÍA PARA LA FISCALIZACIÓN Deben realizar sus auditorías con base en un programa anual formulado por ellos mismos y, en su caso, considerar los instrumentos de coordinación. El enfoque de muestreo para efectuar sus revisiones deberá respaldarse con la evidencia suficiente para sustentar los juicios sobre la calidad y regularidad del objeto de la revisión. La metodología empleada para realizar las auditorías deberá adaptarse continuamente a los progresos de la ciencia y tecnología. Como instrumento de trabajo para sus auditores, es conveniente que se elaboren manuales y procedimientos de auditoría. LBFM LINEAS BÁSICAS DE FISCALIZACIÓN EN MÉXICO

LINEAS BÁSICAS DE FISCALIZACIÓN EN MÉXICO PERSONAL AUDITOR Poseer el perfil requerido para el adecuado cumplimiento de sus funciones: competencias técnicas e integridad profesional. En el proceso de reclutamiento y selección del personal: conocimiento, capacidades, experiencia profesional, técnica y habilidades adecuadas. Asimismo, los organismos auditores deben prestar atención al desarrollo de capacidades profesionales, tanto teóricas como practicas. La permanencia del personal debe considerar una remuneración acorde con sus capacidades, responsabilidades y experiencia profesional. Los organismos auditores podrán recurrir a la contratación de expertos externos en los casos de habilidades especiales no disponibles LBFM LINEAS BÁSICAS DE FISCALIZACIÓN EN MÉXICO

INTERCAMBIO DE EXPERIENCIAS LINEAS BÁSICAS DE FISCALIZACIÓN EN MÉXICO El seno del SNF, así como de foros relevantes como (ASOFIS), y la (CPCE-F) y organizaciones afines. Se espera que los organismos auditores fomenten e intensifiquen estos esfuerzos y actividades. REDICIÒN DE CUENTAS Informes a las Autoridades Correspondientes y al Publico en General. Deben informar a la autoridad competente, sobre sus resultados, priorizando observaciones o hechos de particular importancia y trascendencia. LBFM LINEAS BÁSICAS DE FISCALIZACIÓN EN MÉXICO

LINEAS BÁSICAS DE FISCALIZACIÓN EN MÉXICO Cuando los organismos auditores hacen sus informes del dominio publico, se garantiza su amplia diseminación y debate, con lo que se incrementan las posibilidades de que las recomendaciones y observaciones hechas sean atendidas de manera oportuna y eficaz. De manera general, el informe de auditoría debe cubrir todas las actividades realizadas por el organismo auditor para sustentar sus resultados, con excepción de los casos en los que deba reservarse la información, por su naturaleza, o por disposición de la normatividad aplicable. LBFM LINEAS BÁSICAS DE FISCALIZACIÓN EN MÉXICO

Metodología para la Rendición de Informes. Recibir y valorar los argumentos y evidencias presentadas por el ente fiscalizado antes del cierre y, en su caso, difusión de los mismos informes. Deben presentar los hechos y su evaluación de manera objetiva, clara y acotada a los elementos esenciales. Su redacción debe ser precisa y comprensible. Un indicador LBFM LINEAS BÁSICAS DE FISCALIZACIÓN EN MÉXICO

LINEAS BÁSICAS DE FISCALIZACIÓN EN MÉXICO FACULTADES Y ALCANCES DE LOS ORGANISMOS AUDITORES Base Jurídica de las Facultades de Fiscalización Las facultades fundamentales de los organismos de auditoria externa deberán estar incorporadas en la Constitución, mientras que sus aspectos específicos estarán regulados por la Ley Reglamentaria. En el caso de los organismos de auditoria interna, dichas facultades deberán tener igualmente un sustento jurídico o reglamentario. Toda operación financiera publica, – independientemente de su inclusión y la manera como se plasme – en el presupuesto nacional o local, o en los documentos contables o financieros correspondientes, será susceptible de revisión por parte de los organismos auditores. LBFM LINEAS BÁSICAS DE FISCALIZACIÓN EN MÉXICO

Del Sistema Nacional de Fiscalización Capítulo Único Título Tercero Del Sistema Nacional de Fiscalización Capítulo Único De su integración y funcionamiento “Artículo 42. Los integrantes del Sistema Nacional de Fiscalización deberán homologar los procesos, procedimientos, técnicas, criterios, estrategias, programas y normas profesionales en materia de auditoría y fiscalización. Asimismo, el Sistema Nacional de Fiscalización aprobará las normas profesionales homologadas aplicables a la actividad de fiscalización, las cuales serán obligatorias para todos los integrantes del mismo.” LBFM LINEAS BÁSICAS DE FISCALIZACIÓN EN MÉXICO