“SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL DE PREDIOS PARA PROYECTOS DE MINERIA” Sábado 08 de noviembre de 2014
INTRODUCCION BASE LEGAL De acuerdo con lo previsto en el artículo 7° de la LEY Nº 26505, Ley de la inversión privada en el desarrollo de las actividades económicas en las tierras del territorio nacional y de las comunidades campesinas y nativas, “La utilización de tierras para el ejercicio de actividades mineras o de hidrocarburos requiere acuerdo previo con el propietario o la culminación del procedimiento de servidumbre que se precisará en el Reglamento de la presente Ley”.
INTRODUCCION BASE LEGAL En concordancia con ello, el artículo 1° del Reglamento del Artículo 7° de la Ley Nº 26505, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-96-AG, establece que la utilización de tierras para el ejercicio de actividades mineras o de hidrocarburos, así como para el transporte de hidrocarburos y minerales por ductos, requiere acuerdo previo con el propietario de las tierras o la culminación del procedimiento de servidumbre. Cabe mencionar que el establecimiento de servidumbre sobre tierras para la actividad minera, se regirá por lo dispuesto en el Capítulo IV del Título Décimo Segundo del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería (TUO), aprobado por el Decreto Supremo Nº 014-92-EM, los Artículos 43 y 44 del Reglamento de Procedimientos Mineros, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-92-EM.
INTRODUCCION BASE LEGAL Por su parte, el artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Mineros, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-92-EM, y modificado por Decreto Supremo N° 059-2008-EM, establece expresamente que (…) El título de concesión no autoriza por sí mismo a realizar las actividades mineras de exploración ni explotación, sino que previamente el concesionario deberá entre otros: Obtener el permiso para la utilización de tierras mediante acuerdo previo con el propietario del terreno superficial o la culminación del procedimiento de servidumbre administrativa, conforme a la reglamentación sobre la materia.(…)
PRESENTACION Para la ejecución de proyectos de diversa índole: entre ellos, mineros (concesiones mineras, mineroductos y todo tipo de infraestructura minera), viales (carreteras, puentes, etc.), hidráulicos (canales, drenes, etc.), energéticos (tendidos eléctricos, gasoductos, oleoductos, etc.); se requiere contar con la autorización del propietario de los terrenos superficiales. Esta autorización se puede dar a través de las siguientes figuras jurídicas: compraventa, servidumbre, usufructo, derechos de superficie.
Los predios pueden ser : Propiedad del Estado Propiedad de terceros Propiedad de Comunidades Campesinas y/o Nativas. Dependiendo de la situación legal en la que se encuentre el predio, se podrá realizar el proceso de saneamiento físico legal que cada caso amerite.
FASES DEL SANEAMIENTO DIAGNÓSTICO FÍSICO-LEGAL (Estudio de Títulos). 13/11/2018 FASES DEL SANEAMIENTO DIAGNÓSTICO FÍSICO-LEGAL (Estudio de Títulos). LEVANTAMIENTO CATASTRAL. SANEAMIENTO E INSCRIPCIÓN REGISTRAL.
DIAGNÓSTICO TÉCNICO-LEGAL Conjunto de procedimientos técnico legales, que se realiza con la finalidad de identificar los derechos (propiedad, hipoteca, litigio, etc.) que puedan existir sobre el predio, las características físicas y legales de ocupación, así como otros datos relevantes para los fines de saneamiento físico legal.
EMPRESAS PRIVADAS Y ONGs INSTITUCIONES PUBLICAS ESTUDIO DE TITULOS EMPRESAS PRIVADAS Y ONGs INSTITUCIONES PUBLICAS MUNICIPALES GOBIERNOS REGIONALES ANTES: PETT - COFOPRI INGEMMET ARCHIVOS HISTORICOS DIRECCIONES AGRARIAS MINISTERIO DE CULTURA SUNARP
CLASIFICACIÓN DE PREDIOS PREDIOS PARTICULARES COMUNIDADES CAMPESINAS O NATIVAS DEL ESTADO
LEVANTAMIENTO CATASTRAL DE PREDIOS RURALES Para comprar tierras o establecer derechos respecto a éstas, es imprescindible se realice un levantamiento catastral, el cual permitirá determinar en forma exacta la cantidad de predios involucrados, su ubicación, características, sus titulares, el derecho que existe sobre los mismos, la existencia de problemas o contingencias y la real magnitud de la extensión que se verá afectada con determinado Proyecto. Debe utilizarse tecnología GPS de alta tecnología, que garantice la mayor precisión y exactitud.
SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL DE PREDIOS RURALES INDIVIDUALES En los casos de propiedad (*): Compraventa: 100% del predio. Compraventa e independización (parte del predio). Servidumbre, usufructo, etc. * Ya inscrita en SUNARP, en caso no lo estuviera se regularizará previamente la inscripción.
SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL DE PREDIOS RURALES INDIVIDUALES DETERMINACIÓN, CONVERSIÓN O RECTIFICACIÓN DE ÁREA DE PREDIOS RURALES INSCRITOS (D. L. 1089 y Reg.) Finalidad Requisitos Procedimientos Efectos
SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL DE PREDIOS RURALES INDIVIDUALES En los casos de posesión: Decreto Legislativo N° 1089 (reemplaza D.L. 667) La Dirección Regional Agraria (antes COFOPRI) gestiona la inscripción del derecho de posesión. Se requiere acreditar la posesión directa, continua pública y pacífica y la explotación económica por 5 años.
RESPECTO A COMUNIDADES CAMPESINAS Las Comunidades Campesinas son organizaciones de interés público, con existencia legal y personería jurídica, integrados por familias que habitan y controlan determinados territorios, ligadas por vínculos ancestrales, sociales, económicos y culturales, expresados en la propiedad comunal de la tierra.
RESPECTO A COMUNIDADES NATIVAS Las Comunidades nativas son organizaciones que tienen origen en los grupos tribales de la selva y ceja de selva, y están constituidas por conjuntos de familias vinculadas por idioma o dialecto, caracteres culturales y sociales, tenencia, y usufructo común y permanente de un mismo territorio, con asentamiento nucleado o disperso.
ADQUISICIÓN DE TIERRAS DEL TERRITORIO DE COMUNIDADES CAMPESINAS O NATIVAS Requisitos y formalidades Procedimiento de regularización
SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL DE PREDIOS DE PROPIEDAD DEL ESTADO La metodología de saneamiento es diversa, empleando elementos del derecho civil y procedimientos especiales contemplados en normas legales antiguas aún vigentes.
SUSCRIPCION Y FIRMA DEL DOCUMENTO DE TRANSFERENCIA DEL FUNCIONARIO DEL ESTADO A FAVOR DE UNA EMPRESA MINERA. CONSTANCIA DE LA INSCRIPCIÓN REGISTRAL DE LA TRANSFERENCIA DEL PREDIO A FAVOR DE LA EMPRESA MINERA.
COMUNIDADES CAMPESINAS MINERIA Y ENERGIA VM MUCHAS GRACIAS…..