Impuesto sobre estancias turísticas en baleares LEY 2/2016, 30 DE MARZO Palma, 8 de abril de 2016.

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Transcripción de la presentación:

Impuesto sobre estancias turísticas en baleares LEY 2/2016, 30 DE MARZO Palma, 8 de abril de 2016

Impuesto sobre estancias turísticas en baleares PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS Tributo directo, instantáneo y propio de la comunidad autónoma de Baleares Carácter finalista Afectación de la recaudación íntegramente al Fondo para favorecer el turismo sostenible Entrada en vigor efectiva: 1 de julio de 2016 HECHO IMPONIBLE Grava las estancias, por días o fracciones, con pernoctación o sin ella, que los contribuyentes realicen en Baleares en algún establecimiento turístico: Hoteles Apartamentos turísticos Albergues, refugios, hostales Viviendas objeto de comercialización turística (legales o ilegales) Cruceros turísticos (escalas)

Impuesto sobre estancias turísticas en baleares Obligados tributarios CONTRIBUYENTE Persona física que realiza la estancia Obligado a pagar el impuesto al sustituto En casos de estancias de personas integrantes de la organización de una persona jurídica, si la factura se expide a esa persona jurídica, la misma será considerada “representante del contribuyente” RESPONSABLE SUBSIDIARIO Mediador que contrata directamente la estancia con el sustituto en nombre del contribuyente La Administración le puede exigir el pago del impuesto en caso de fallido del sustituto SUSTITUTO DEL CONTRIBUYENTE Titular de la explotación del establecimiento turístico Obligado a liquidar e ingresar el impuesto ante la Administración Tributaria Debe exigir el pago del impuesto al contribuyente antes de que finalice la estancia

Impuesto sobre estancias turísticas en baleares exenciones Estancias de menores de 16 años Fuerza mayor Estancias por motivos de salud Estancias subvencionadas por programas sociales Cuantificación del impuesto a exigir al contribuyente Base Imponible: número de días de estancia Tarifa: entre 2 y 0,5 €/día de estancia, o fracción Bonificaciones 50% para estancias en temporada baja (del 1/11 al 30/4) 50% para estancias de larga duración (a partir del 9º día de estancia)

Impuesto sobre estancias turísticas en baleares Regímenes de determinación de la base imponible por parte de los sustitutos Con independencia de la cuantificación del impuesto para su exigencia al contribuyente, a los efectos de la liquidación del impuesto, la Ley prevé los siguientes regímenes de determinación de la base imponible para los sustitutos: estimación directa y estimación objetiva Se excluye la posibilidad de aplazar o fraccionar el pago de la deuda tributaria que surja de las autoliquidaciones del impuesto o de los pagos a cuenta estimación directa estimación objetiva El sustituto del contribuyente autoliquidará trimestralmente las cuotas del impuesto derivadas de las estancias que efectivamente se hayan llevado a cabo en su establecimiento Importantes obligaciones formales y de registro en caso de aplicación de este régimen Régimen aplicable, salvo renuncia Periodo de liquidación anual, con un pago anticipado en el mes de septiembre Se prescinden de las estancias reales y efectivas. El sustituto cuantifica el impuesto a ingresar conforme a la aplicación de unos módulos: categoría del establecimiento, número de plazas, temporada de apertura,…

Impuesto sobre estancias turísticas en baleares OBLIGACIONES FORMALES DEL SUSTITUTO DEL CONTRIBUYENTE Presentar declaraciones censales de inicio, alteración o cese de actividad Presentar las autoliquidaciones del Impuesto Expedir justificantes de pago del Impuesto Llevanza de libros registros de las estancias Nombrar un representante en Baleares

Impuesto sobre estancias turísticas en baleares FONDO PARA EL FOMENTO DEL TURISMO SOSTENIBLE COMISIÓN DE IMPULSO DEL TURISMO SOSTENIBLE Creación del FONDO por la Ley del impuesto Se nutrirá con la íntegra recaudación del impuesto Se configura como un instrumento de financiación de proyectos que se destinen a alguna de las siguientes actuaciones: Protección, preservación, modernización y recuperación del medio natural, rural, agrario y marino Fomento de la desestacionalización, creación y activación de productos turísticos en temporada baja y promoción del turismo sostenible Recuperación y rehabilitación del patrimonio histórico y cultural Impulso de proyectos de I+D+i Mejora de la formación y la calidad del empleo Creación de la COMISIÓN por la Ley del impuesto Formada por representantes del Govern, de los Consells Insulars, de los Ayuntamientos, de los agentes económicos y sociales, y de entidades que por Decreto se determinen Su función es proponer proyectos para su ejecución con cargo al Fondo Elaborar un plan anual de impulso del turismo sostenible que fije los objetivos anuales prioritarios con criterios de equilibrio territorial Los criterios de equilibrio territorial se fijarán por Decreto y tomarán como referencia las proporciones correspondientes a cada Consell Insular, sin que pueda haber desviaciones superiores al 40%

Impuesto sobre estancias turísticas en baleares INFORME DE EVALUACION DE IMPACTO Antes del 31-12-2018 , el Govern elaborará un informe de evaluación del impacto del impuesto, en el que como mínimo se analizarán: La eficacia del impuesto La eficiencia de la Ley La sostenibilidad del impuesto El impacto que el impuesto pueda genera Posteriormente, el Govern Balear tendrá que repetir ese informe de impacto cada 3 años VIVIENDAS OBJETO DE COMERCIALIZACIÓN TURÍSTICA La Disposición adicional segunda de la Ley prevé que en el plazo máximo de 5 meses desde la entrada en vigor de la Ley, el Govern Balear remitirá al Parlament un proyecto de ley de las viviendas que son objeto de comercialización turística a fin de que las mismas puedan ser objeto de comercialización legal

Impuesto sobre estancias turísticas en baleares VIAS DE IMPUGNACIÓN DE LA LEY 2/2016: RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD La única vía de impugnación de la Ley 2/2006 sería el recurso de inconstitucionalidad: Legitimados: Presidente del Gobierno, Defensor del Pueblo, 50 diputados o 50 senadores Plazo de 3 meses desde la publicación de la Ley Posible efecto suspensivo de la aplicación de la Ley por 5 meses si el recurso lo presenta el Presidente del Gobierno Otras VIAS DE IMPUGNACIÓN Del impuesto Decreto de desarrollo de la Ley: se podrá impugnar vía RCA que podría interponer cualquier interesado incluida la FEHM (plazo 2 meses) ante el TSJ de Baleares Autoliquidaciones del impuesto: cada sustituto podrá impugnar sus propias autoliquidaciones del Impuesto alegando la inconstitucionalidad o ilegalidad de la Ley del impuesto. Una vez agotada la fase administrativa de recurso, el Juez o Tribunal que conozca del recurso podrá elevar cuestión de inconstitucionalidad ante el TC. No será posible fraccionar o aplazar el pago de la deuda derivada de las autoliquidaciones