REGLAMENTO DE LA COMISION AMBIENTAL MUNICIPAL (DOCUMENTO PRELIMINAR)

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
LA COMICION PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA HA DADO LA LEY LA LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA.
Advertisements

SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL Prevención de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Sistema Nacional de Coordinación de Responsabilidad Penal para Adolescentes- SNCRPA. Decreto 1885 de 2015 Octubre 02 de 2015 Grupo de Trabajo: DNP, ICBF.
LA REPRESENTACIÓN SINDICAL Sección Sindical y Delegado/a Sindical LA REPRESENTACIÓN SINDICAL La Representación Sindical Secretaría de Atención al Afiliado/a.
Subdirección de Ecourbanismo y Gestión Ambiental Empresarial 2016.
PRESENTACIÓN: LOGROS Y DESAFÍOS DE LA PROVINCIA DE AYABACA –PIURA –PERU COMPROMISO CON EL MÉDIO AMBIENTE.
.. El CCL es uno de los mecanismos que institucionaliza la participación ciudadana en la gestión y desarrollo local en el nuevo marco de la reforma descentralista.
“Rol de Participación de la Comunidad en el Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental según la ley 19300” 1.
El proceso parlamentario en la Ciudad de Buenos Aires
Participacion del OEFA en la Campaña RAEE
Porque tenemos que hacer que los Actos y Resultados de la Gestión Publica ( Municipalidad ) sea Transparente y que el uso de sus recursos y bienes.
EL COMITE PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL
ESTATUTOS ASOCIACIÓN DE USUARIOS
PROGRAMA OPERATIVO ANUAL INDIVIDUAL
LA JUNTA DE PROPIETARIOS
1er. Congreso Internacional de Contralores Municipales
“Funciones del Fiscal y manejo de instrumentos de fiscalización”
Política Nacional para la Gestión Integral de Residuos
ASPECTOS TECNICO LEGALES PARA LA CREACIÓN DEL CONSEJO DE RECURSOS HÍDRICOS DE CUENCA INTERREGIONAL MANTARO Ing. Javier Rojas Pineda
Contraloría y Transparencia Municipal
Administración y Representación
Un Plebiscito como respuesta popular a las GRANJAS ATUNERAS
Ciclo ÉTICA & CONSTITUCIÓN
1ª Sesión del Consejo de Calidad
SUELDO DE ALCALDES Y DIETAS DE REGIDORES
FUNCIONES DEL CONSEJO CONSULTIVO DE EDUCACIÓN
FUNCIONES DE LOS CONSEJOS CONSULTIVOS DE EDUCACIÓN
Estrategias del PND 2030 EJES ESTRATÉGICOS A - IGUALDAD DE OPORTUNIDADES B - GESTIÓN PÚBLICA EFICIENTE Y TRANSPARENTE C - ORDENAMIENTO TERRITORIAL.
CHARLA A DELEGADOS DE PADRES Y MADRES. CURSO 16/17
COORDINACION ZONAL 6.
“Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental -
ELECCIONES CONSEJO ESCOLAR CURSO 17-18
ESQUEMA INTEGRACION PARA LA GESTION REGIONAL Y MUNICIPAL Alumno: René A. Feijoo Chambi.
COPASST. COPASST Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo. COPASST Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo. Este comité es un.
Estructura Orgánica de la Dirección de Relaciones Públicas
Normatividad Aplicable a la Contraloría Social
CONCURSOS DIRECTORES Y JEFES DAEM
Licencias de Funcionamiento
LA COMISIÓN AMBIENTAL MUNICIPAL
COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL
Artículo 9°.- Representantes de la Cooperación Técnica Internacional podrán participar como miembros consultivos del CODEMYPE a solicitud de la asamblea,
UNIDAD NORMATIVA DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (UNAC) Esta unidad organizativa es la encargada de realizar todas las actividades.
POLÍTICA DE JUVENTUD CONFRAS Y SU REGLAMENTO
MARCO LEGAL MUNICIPAL (CPE 2009). CPE 2009 CARACTERÍSTICAS DEL ESTADO BOLIVIANO Artículo 7º “La soberanía reside en el pueblo boliviano, se ejerce.
Ley de Administración Financiera y del Régimen Presupuestario Ley No. 550 Organización del subsistema del presupuesto Universidad de las Regiones Autónomas.
LEY 378 DE 1997 Por medio de la cual se aprueba el "Convenio número 161 « Los servicios de salud en el trabajo adoptado por la 71 Reunión de la Conferencia.
RESOLUCION 2013 DE 1986 Por la cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares.
REFORMAS EN MATERIA DE COMBATE A LA CORRUPCIÓN
Objetivo. Dar a conocer las nuevas disposiciones y procedimientos correctos para mantener actualizado el inventario de bienes muebles (equipo de cómputo,
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
CONVENIO (MARCO) DE COGESTION
TALLER: CAPACITACIÓN 30/05/17.
PERSONEROS Junio 2018.
Normatividad Aplicable a la Contraloría Social
LEY NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR N° 24521
Curso – Taller Planeación Institucional 2017
ORGANIZACIÓN, COMPETENCIAS Y ATRIBUCIONES DEL ESTADO BOLIVIANO MGP. Freddy Aliendre España 2011.
EL CONSEJO ACADEMICO INSTITUCIONAL
“Institucionalizando la Participación Ciudadana”
AUTORIDADES DE ELECCIÓN POPULAR
COMITÉ DE ORDENAMIENTO ECOLÓGICO DEL MUNICIPIO DE ATLACOMULCO
DIÁLOGO SOCIAL CON RESULTADOS: LA EXPERIENCIA DE CASTILLA Y LEÓN
Artículo 21°. - DERECHOS, OBLIGACIONES Y REMUNERACION DEL ALCALDE ■El alcalde provincial o distrital, según sea el caso, desempeña su cargo a tiempo completo,
I Sesión Extraordinaria
CLAUSTRO UNIVERSITARIO ORIGEN, CENTRO Y FIN DE LA CULTURA
En caso de ser necesario el personal académico intervendrá, aplicando la sanción correspondiente.. EN LA UNIVERSIDAD SE CONFIA PLENAMENTE EN LOS ESTUDIANTES.
ARP SURA COMITÉS DE SG-SST. ARP SURA COMITÉS DE SG-SST Por la cual se establece la conformación y funcionamiento del Comité de Seguridad y Salud en el.
TALLER DE CAPACITACIÓN A AGENTES PARTICIPANTES PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL AÑO FISCAL 2018.
COLEGIADO. Conformación del grupo colegiado El jefe de colegiado y secretario de colegiado es rotativo, y sólo debe permanecer en el cargo un semestre.
PLAN AMBIENTAL DE LA PROVINCIA DE TRUJILLO
Transcripción de la presentación:

REGLAMENTO DE LA COMISION AMBIENTAL MUNICIPAL (DOCUMENTO PRELIMINAR)

TÍTULO I CONTENIDO Y ALCANCES Artículo 1º.- El presente Reglamento norma la naturaleza, composición, estructura interna, funcionamiento, atribuciones y obligaciones de los miembros de la Comisión Ambiental Municipal de la Municipalidad Provincial de San Román – Juliaca. TÍTULO II NATURALEZA Y AMBITO TERRITORIAL DE COMPETENCIA Artículo 2º.- La Comisión Ambiental Municipal (CAM), tiene carácter multisectorial está encargada de coordinar y concertar la Política Ambiental Provincial.

CAPÍTULO I DE LAS FUNCIONES Artículo 4º.- La Comisión Ambiental Municipal de la Provincia de San Román – Juliaca; tiene las siguientes funciones generales: a) Elaborar y/o construir participativamente el Plan y la Agenda Ambiental Local. b) Lograr compromisos concretos de las instituciones integrantes en base a una visión compartida. c) Facilitar el tratamiento apropiado para la resolución de conflictos ambientales a través de la elaboración de procedimientos adecuados para su manejo y resolución. d) Elaborar los instrumentos de gestión ambiental de la Provincia de San Román - Juliaca y proponer su aprobación ante el Concejo Municipal, entre estos:

d.1 Política Ambiental Local. d.2 Diagnóstico Ambiental. d.3 Plan y Agenda Ambiental. d.4 Sistema Local de Gestión Ambiental. d.5 Plan de Gestión integral de recursos hídricos. d.6 Plan Integral de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos. d.7 Micro Zonificación Económica Ecológica d.8 Plan de Gestión de Riesgos y Desastres d.9 Estrategia Local de Mitigación y Adaptación al cambio climático. d.10 Plan Local de Educación Ambiental d.11. Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental d.11 Normas locales para prevenir y sancionar la contaminación ambiental d.12. Otros que se requieran.

CAPÍTULO II DE LA COMPOSICIÓN Y REPRESENTACION Alcalde la Municipalidad xxxxxxx; quien la preside. Representante del Gobierno Regional de Puno Representante de la Municipalidad Provincial de xxxx Representante de la Municipalidad Distrital de xxxxxx Representante de la Empresa de Saneamiento Municipal Representante de la Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez Representante de la Universidad Nacional de Juliaca Representante de la Universidad Privada San Carlos Representante de la Universidad Peruana Unión Representante de la Autoridad Autónoma del Agua Representante del SERNANP Representante de los Colegios Profesionales ………………………………………..

Artículo 6º.- En el caso de instituciones públicas y privadas, organizaciones representativas de sectores económicos o sociales, ejercerán únicamente su participación en la Comisión Ambiental Municipal, mediante un representante titular y un alterno. Los representantes alternos podrán participar en las sesiones, pero podrán acordar consensos o votar en caso de no estar presente el representante “Miembro Titular”. Artículo 7º.- Las instituciones que integran la Comisión Ambiental Municipal tienen de carácter de permanentes, y se podrá cambiar al representante, previa designación por la institución, debiendo de comunicar por escrito a la instancia pertinente.

Artículo 10.- El ejercicio de la representación ante la Comisión Ambiental Municipal se pierde por los siguientes motivos: a) Muerte b) Incapacidad física permanente. c) Renuncia d) Reemplazo e) Inasistencia injustifcada a 3 sesiones consecutivas o 5 alternadas tratándose de personas naturales. f) Para el caso de las instituciones públicas y/o privadas a la segunda inasistencia injustificada, se informará al titular de su representada. g) Incapacidad legal. h) Por prácticas de proselitismo político en el interior de la CAM.

Artículo 13°. - Son derechos de los miembros: a) Voz y voto b) Acreditación oficial por Resolución de Alcaldía Provincial. Artículo 14°. - Constituyen faltas: a) Faltar de palabra y/u obra al presidente o a cualquier miembro de la CAM- SAN ROMAN – JULIACA. b) Asistir en estado etílico evidente a las reuniones de la CAM-SAN ROMAN - JULIACA. c) Interferir en el desarrollo de la asamblea en forma prepotente y soez. Artículo 15°.- Se establecen las siguientes sanciones: a) Amonestación escrita con comunicación a su representada. b) Separación definitiva de la CAM- SAN ROMAN – JULIACA; por reincidencia en faltas, lo que previamente se comunicará a su representada.

Artículo 16º.- La Comisión Ambiental Municipal de San Román – Juliaca; tiene la siguiente Estructura Orgánica: Un Presidente. Secretaria Técnica Grupos Técnicos Especializados

TÍTULO IV DE LAS REUNIONES Artículo 25º.- Se desarrollarán reuniones de la Comisión Ambiental Municipal con el número de representantes asistentes a la hora establecida como inicio de la convocatoria. Artículo 26º.- El quórum para adoptar acuerdos es de mayoría simple de los miembros presentes. En caso de no lograrse consenso y de producirse un empate en la votación, el Presidente cuenta con un voto dirimente. De asistir los representantes titular y alterno de una misma institución, solo se considerará un voto para efectos del conteo. Artículo 28º.- El Presidente de la Comisión Ambiental Municipal podrá invitar a personas que no son miembros, en caso que sea necesario para el intercambio de información y para la gestión de la Comisión Ambiental Municipal. Cualquier miembro de la Comisión Ambiental podrá solicitar al presidente que se realicen este tipo de invitaciones. Artículo 29º.- Cada sesión de la Comisión Ambiental Municipal estará registrada en el Libro de Actas, la cual será refrendado por los miembros asistentes al final de la misma.

Artículo 31º.- La Comisión Ambiental Municipal sesionara cada treinta días como mínimo de acuerdo con un cronograma aprobado por la asamblea de la Comisión Ambiental y sesionara en las instalaciones de la Municipalidad Provincial de San Román - Juliaca, pudiendo variar el lugar a través de un acuerdo previo oportuno de sus miembros. Artículo 32º.- La Municipalidad Provincial de San Román – Juliaca, a sugerencia y propuesta de la CAM, podrá reconocer acciones notables y de desprendimiento dignas de ser consideradas como meritorias, otorgándole una Resolución y Diploma a los ciudadanos y/o miembros de la CAM. Artículo 33º.- La Comisión Ambiental Municipal debe de realizar Informes Anuales a la Municipalidad Provincial de San Román - Juliaca. DISPOSICIONES FINALES Primera.- El incumplimiento de cualquier artículo del presente Reglamento, por alguno de sus miembros, constituye falta susceptible de sanción disciplinaria, según acuerdo en las reuniones de la Comisión Ambiental Municipal.