NUEVO REGLAMENTO Programa Inversión para el Desarrollo de las Ciudades Decreto N°1.015 – 30/07/2015 Publicado en Diario Oficial el 07 Marzo 2016.

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Transcripción de la presentación:

NUEVO REGLAMENTO Programa Inversión para el Desarrollo de las Ciudades Decreto N°1.015 – 30/07/2015 Publicado en Diario Oficial el 07 Marzo 2016

Financia iniciativas de inversión que contribuyan a materializar objetivos estratégicos del desarrollo comunal. Tiene como objeto la adquisición, construcción, habilitación, reposición o reparación de inmuebles y su equipamiento, vinculados con inversión en infraestructura urbana. Financia iniciativas relativas a: 3 Características Generales del Programa Inversión para el Desarrollo de las Ciudades Gobierno de Chile | SUBDERE | Chile de Todos Espacios públicos (calles, avenidas, parques, ciclovías, paseos peatonales) Centros culturales, museos, teatros, centros cívicos, edificios consistoriales Instalaciones para la recolección, equipos y transporte de desechos sólidos Infraestructura deportiva y de salud Iluminación de vías y espacios públicos Terminales de buses, mercados y ferias libres

Monto máximo a autorizar por proyecto: U.F. Monto mínimo a autorizar por proyecto: U.F. Máximo dos proyectos por municipalidad, por año presupuestario. Recursos se reconocen como «endeudamiento» en los presupuestos municipales, e incrementarán la inversión municipal y/o adquisición de activos no financieros financiadas con recursos propios. 4 Gobierno de Chile | SUBDERE | Chile de Todos Características Generales del Programa Inversión para el Desarrollo de las Ciudades

5 Gobierno de Chile | SUBDERE | Chile de Todos Requisitos de las municipalidades para participar: Pertenecer al 30 % de las comunas con mayor población, o ser capital regional. Estar al día en sus pagos previsionales municipales y de las corporaciones municipales, y en los aportes al Fondo Común Municipal. Contar con una calificación de riesgo financiero igual o superior a BBB. Contar con una capacidad de endeudamiento que le permita la devolución de los aportes reembolsables autorizados por el Programa. Características Generales del Programa Inversión para el Desarrollo de las Ciudades

6 Gobierno de Chile | SUBDERE | Chile de Todos Requisitos de las iniciativas para participar: Que contribuya a materializar objetivos estratégicos del Plan Comunal de Desarrollo. Presente un estudio de evaluación integral técnico-económica que analice su rentabilidad social. El municipio cuente con los recursos financieros indicados en el estudio técnico-económico para los gastos de supervisión, mantención y operación de las iniciativas. Presente un cronograma de la ejecución de la iniciativa, y Certificado de propiedad del terreno donde se implementarán las obras, o copia del contrato de comodato con una vigencia no menor a 99 años. Al momento de postular, la iniciativa debe contar con todos los antecedentes suficientes como para ser licitada, en caso de ser aprobado su financiamiento. Características Generales del Programa Inversión para el Desarrollo de las Ciudades

7 Objetivos de la Modificación Gobierno de Chile | SUBDERE | Chile de Todos Los principales objetivos de la modificación se pueden resumir en: 1.Simplificar los procedimientos. 2.Ampliar el número de municipios que pueden postular. 3.Ampliar el plazo de devolución de la deuda. 4.Cautelar adecuadamente el pago de las cuotas (capacidad de endeudamiento).

8 Objetivos: 1. Simplificación de Procedimientos Gobierno de Chile | SUBDERE | Chile de Todos Se podrán ingresar proyectos durante todo el año, suprimiéndose la Resolución anual que determinaba qué municipalidades podían participar, y la fecha de cierre del proceso. Se elimina un trámite y un documento: Reglamento antiguo: ‐Subdere emitía una Resolución, que aprobaba las iniciativas a ser financiadas, visada por la Dirección de Presupuestos (Dipres). ‐Subdere firmaba un Convenio de Aportes Reembolsables con la Municipalidad, Convenio visado por Dipres y luego tomado de razón por la Contraloría. Reglamento nuevo: ‐Subdere emite una Resolución única, visada por Dipres, donde se aprueba el monto autorizado y otras condiciones del préstamo. Subdere informará cada año la capacidad de endeudamiento de las municipalidades que pueden participar en el programa.

9 Objetivos: 2. Participación de Municipalidades Gobierno de Chile | SUBDERE | Chile de Todos Aumenta desde el 20 % (69) al 30 % (104) el número de municipalidades de mayor población, que pueden participar en el Programa. Se incluyen, además, las capitales regionales, aunque eventualmente no cumplan con la condición anterior.

10 Objetivos: 3. Plazo de Devolución de la Deuda Gobierno de Chile | SUBDERE | Chile de Todos Se aumenta el plazo para la devolución de la deuda, desde los cinco a los ocho años. Se mantiene un «año de gracia»: el préstamo se empieza a devolver a contar de un año después que se traspase a la municipalidad el último desembolso del aporte convenido. El préstamo se paga en cuotas anuales iguales, salvo que la municipalidad defina una «Tabla de descuentos» distinta.

11 Objetivos: 4. Pago de las Cuotas Gobierno de Chile | SUBDERE | Chile de Todos Nuevo cálculo para la capacidad de endeudamiento: Menor valor entre: ‐50 % del promedio del excedente operacional del último trienio; y ‐Promedio de ingresos por impuesto territorial de beneficio propio del último trienio Valor anterior define la cuota anual. Cuota anual multiplicada por 8, define monto máximo del préstamo. Se firma Convenio con Tesorerías, sin reducción a escritura pública. Una vez totalmente tramitados los actos administrativos aprobatorios de este Convenio, Municipalidades pueden llamar a licitación, adjudicar las iniciativas y suscribir los contratos de adquisición o de obras.

12 Montos Gobierno de Chile | SUBDERE | Chile de Todos Préstamo en Unidades de Fomento, sin intereses. Monto máximo: U.F. Monto mínimo: U.F. Se puede financiar un máximo de 2 proyectos por cada año presupuestario, por cada municipalidad.

13 Priorización Gobierno de Chile | SUBDERE | Chile de Todos Si el monto solicitado para comprometer por el conjunto de proyectos presentados supera el presupuesto anual, se priorizarán las municipalidades que no hayan tenido financiamiento previo del Programa. En situaciones igualitarias, se privilegiarán los proyectos de las municipalidades con mayor dependencia del Fondo Común Municipal.

14 Modificaciones en las Condiciones de Pago Gobierno de Chile | SUBDERE | Chile de Todos Sólo podrán modificarse las condiciones de pago (monto y/o plazo), cuando: El territorio comunal sea afectado por situaciones de catástrofe que demanden reasignación de recursos (según disposiciones de la Ley N° ). La recaudación de impuesto territorial de beneficio propio sea menor al monto de la cuota anual comprometida como pago.