Los derechos humanos laborales son aquellas condiciones de vida indispensables y mínimas que garantizan la libertad e igualdad de los trabajadores. Es.

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Transcripción de la presentación:

Los derechos humanos laborales son aquellas condiciones de vida indispensables y mínimas que garantizan la libertad e igualdad de los trabajadores. Es la posibilidad de formar un sindicato, de elegir representantes y participar a favor de las demandas que tienes el derecho a plantear como trabajador. Los derechos humanos laborales no son solamente normas legales, sino también garantías sociales que te posibilitan condiciones mínimas de vida y de trabajo cuando dependes de una ocupación asalariada para vivir. El Instituto Interamericano de Derechos Humanos los define como las garantías que requiere un ciudadano para desarrollarse de manera integral y plena en la vida social como persona, como un ser dotado de sentido y racionalidad.

 Implica la posibilidad de elegir libremente el trabajo y realizarlo de manera voluntaria.  - Obtener empleo sin discriminación alguna.  - Ser capacitado para realizar el trabajo.  - Garantía de estabilidad mientras exista la materia de trabajo.  - Protección contra el desempleo, reinstalación por despido  - injustificado y ascenso con base en la antigüedad en el trabajo.

 Significa:  Remuneración idónea para satisfacer las condiciones mínimas que permitan llevar una vida digna para el trabajador y su familia.

 Comprenden:  - El horario de trabajo de acuerdo con la ley de este (ósea la duración máxima de la jornada laboral será de ocho horas, como la manda la Constitución Política de chile la cual es de 45 horas semanales)  - Descanso suficiente para recuperar las energías perdidas.  - Ambiente laboral seguro y saludable  - Indemnización por riesgo de trabajo.  - Trato humano y respetuoso.

 Para el trabajador significa.  - La posibilidad de asociarse o afiliarse a un sindicato o cualquier otra forma de organización laboral para la defensa de los propios intereses de cada persona.  - La facultad de elegir a sus representantes por medio del voto libre, universal y secreto.  - La no intervención de autoridades o patrones en los asuntos sindicales.

 En general es  - La posibilidad de que los trabajadores organizados en sindicato negocien con el gerente mayores y mejores prestaciones de las que establece la ley como mínimas. Se da también cuando existe la participación equitativa de las dos partes, sindicato y empresa, la cual se conoce como bilateralidad contractual.

 Por lo general consiste en:  - La suspensión de labores del centro de trabajo para presionar a la empresa con el fin de conseguir mejores prestaciones de trabajo, obtener un reparto equitativo de ganancias que permita a los trabajadores vivir y trabajar con dignidad, así como ejercer el derecho de contratación colectiva.

 Con ellos se exige:  - Igualdad de oportunidades para hombres y mujeres el ejercicio de todos los derechos.  - Equidad entre ambos, sin menoscabo de su empleo ni de sus derechos adquiridos.  - El derecho a no ser hostigados sexualmente.  - El derecho a que durante el embarazo no se les exiga esfuerzos que pongan en riesgo su salud en relación a la gestación de su bebe.  - Derecho a que se les de un periodo mínimo de seis semanas antes y seis semanas después del parto, o de tres semanas en el momento que lo permita su salud en relación con la gestación y cuando lo decida la trabajadora, con salario integro, conservando su empleo y derechos adquiridos.  - Derecho a guardería gratuita para sus hijos.

 La prohibición del trabajo para menores de 14 años. El estado debe garantizar protección y vigilancia para que el menor continúe sus estudios.  Los mayores de 14 años y menores de 16 tendrán como jornada de trabajo máxima la de seis horas.  En la convención sobre los derechos del niño de la ONU los países firmantes del convenio reconocen al niño a estar protegido contra la explotación económica y contra el desempleo de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educación.

 Significa:  Que no se puede renunciar a ningún derecho adquirido, aun cuando exista un documento firmado ante testigos o cualquier autoridad.  - Que el gobierno y la empresa tienen la obligación de respetar siempre los derechos del trabajador.

 Se refiere a que:  - El estado debe garantizar por los medios adecuados, que cuando se viole un derecho los trabajadores puedan ser escuchados públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para que se determinen sus derechos y obligaciones de manera pronta, expedita y gratuita. El respeto y la lucha por la justicia de los derechos humanos laborales representa una de las herramientas más importantes para lograr una incidencia concreta en las condiciones de justicia que viven actualmente miles de trabajadores y trabajadoras y que se reproducen de de manera alarmante a otros países. Consideramos que la organización colectiva y la capacitación de los trabajadores en sus derechos es la alternativa para exigir su derecho a acceder y proporcionar a sus familias condiciones de una vida digna.

 CONCLUYO EN QUE SE DEJA EL QUE QUIERE Y NADA MAS QUE DCIR

 la-etica-y-los-derechos-laborales.html