La ITE, Normativa vigente Registro de la ITE Comunicación y formación Bases de la Ordenanza 2016ko azaroak 4 4 de noviembre de 2016.

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Transcripción de la presentación:

  La ITE, Normativa vigente Registro de la ITE Comunicación y formación Bases de la Ordenanza 2016ko azaroak 4 4 de noviembre de 2016

La ITE, Normativa vigente   > La normativa que contempla esta obligación se regula en el artículo 16 de la Ley estatal de Ordenación de la Edificación (LOE), que establece la obligación de la propiedad de conservar en buen estado la edificación mediante un adecuado uso y mantenimiento, en consonancia con las inspecciones técnicas reguladas por la normativa autonómica. La Ley vasca 2/2006 de 30 de junio de Suelo y Urbanismo en su art.200 (derogado por la Ley 3/2015 de Vivienda) regulaba dicha obligación. Posteriormente hubo un desarrollo reglamentario realizado por medio del decreto de la CAPV 241/2012 de 21 de noviembre de 2012. Asimismo, la aprobación de la Ley estatal 8/2013 de 26 de junio de Rehabilitación, Regeneración y Renovación (Texto Refundido Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.), establece que la propiedad podrá ser requerida por la Administración competente, para que acredite la situación en la que se encuentran los inmuebles, al menos en relación con el estado de conservación del edificio y con el cumplimiento de la normativa vigente sobre accesibilidad universal, así como sobre el grado de eficiencia energética de los mismos.  

La ITE, Normativa vigente Además, la mencionada ley deroga el calendario de fechas para la realización de la inspección técnica de edificios establecido en el Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio. La nueva regulación amplía el plazo.   Por ese motivo, y con el objetivo de adaptar la norma que regula las inspecciones técnicas de edificios, el Departamento de Empleo y Políticas Sociales, aprueba la Orden de 15 de octubre de 2013, que modifica los contenidos de los anexos II y III de la Inspección Técnica de Edificios y aprueba el Decreto de 20 de mayo de 2014 de modificación, por el que se regula la Inspección Técnica de Edificios en la Comunidad Autónoma del País Vasco., Por ultimo la Ley vasca 3/2015 de 18 de junio de Vivienda  

Ley 3/2015 de Vivienda CAPÍTULO VII INTERVENCIÓN EN LA EDIFICACIÓN Y EN LOS CONJUNTOS URBANOS Y RURALES Artículo 41.– Conservación y puesta en valor del patrimonio edificado para el disfrute de una vivienda digna y adecuada. Específico deber de conservación de las viviendas de protección pública. Establecer las condiciones de seguridad, salubridad, eficiencia energética, ornato público y decoro para mantener su habitabilidad, accesibilidad o uso efectivo correspondiente con un consumo energético eficiente.  

Ley 3/2015 de Vivienda Artículo 52.– La inspección técnica de los edificios (ITE) 1.- Concreta el ámbito de aplicación residencial en todas sus modalidades, incluidos los residenciales catalogados o unifamiliares. Acredita a la ITE como el medio para establecer la condiciones objetivas del estado de la edificación. 2.- Plazos reglamentarios establecidos. Decreto de 20 de mayo de 2014. 3.- Creación, contenido, mantenimiento y funciones del Registro de Inspecciones Técnicas de los Edificios de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Decreto 4.- Establece el régimen competencial en materia de infracción urbanística al incumplimiento del deber de realizar la inspección técnica en los plazos establecidos. 5.- Define el proceso y tratamiento administrativo de la información de la Inspección Técnica de los Edificios.  

Ley 3/2015 de Vivienda Artículo 83 y 84 .- Infracciones. El incumplimiento de las obligaciones en materia de Inspección Técnica de Edificios son infracciones en materia de vivienda graves o muy graves. No acometer las medidas y actuaciones de reparación o rehabilitación derivadas de los informes de inspección técnica de los edificios, en los plazos que se señalen en los citados informes, cuando estas tengan carácter de inmediato, muy urgente o urgente. Carecer de la preceptiva inspección técnica del edificio cuando resulte legalmente exigible  

  Que es la ITE ?

¿Que es la ITE? La Inspección Técnica de Edificios (ITE) es una obligación de la propiedad de toda edificación residencial con una antigüedad superior a 50 años, así como de las que, independientemente de su edad, pretendan acogerse a las ayudas públicas para la conservación, mejora de la accesibilidad o eficiencia energética de dichas construcciones. El objeto de la inspección técnica es que permita a la propiedad de los edificios, a las personas que habitan en las viviendas, y a las administraciones, conocer el estado de los edificios para garantizar su buen estado y seguridad. El objetivo del informe es dar a conocer las lesiones y deterioros de la edificación (estado del edificio) para elaborar un plan de intervención, en su caso, y un plan de mantenimiento y conservación, que permitan ampliar la vida útil del edificio.  

¿Que es la ITE? La inspección comprende una inspección de la estructura, fachada, cubierta e instalaciones, con objeto de conocer el estado constructivo del edificio y sus posibles patologías; una toma de datos de la envolvente e instalaciones al objeto de certificar la eficiencia energética; y un informe sobre las condiciones básicas de accesibilidad del edificio.  

  Técnico competente ?

  INFORME JURÍDICO SOBRE LA CAPACITACION PARA SUSCRIBIR EL INFORME DE EVALUACION O DE INSPECCION TECNICA DE EDIFICIOS. I NORMATIVA APLICABLE II SENTENCIAS Y JURISPRUDENCIA “Artículo 30. Capacitación para suscribir el Informe de Evaluación de los Edificios. Texto Refundido de la Ley del Suelo y rehabilitación Urbana (TRLSRU) aprobada por el RD Legislativo 7/2015, de 30 de Octubre

LA RECOMENDACIÓN REALIZADA POR LA AUTORIDAD VASCA DE LA COMPETENCIA EN RELACION CON LA HABILITACION PARA LAS INSPECCIONES TECNICAS DE LOS EDIFICIOS.- http://www.euskadi.eus/contenidos/informacion/copia_informes_legislativo/es_def/adjuntos/ddlcn_2016_(92).pdf Con la normativa actualmente vigente los habilitados para la suscripción de los informes de evaluación de los edificios son los arquitectos y arquitectos técnicos. No parece ajustado a derecho, con la normativa actualmente vigente, acceder a la recomendación de la Autoridad Vasca de la Competencia para que se admitan las inspecciones técnicas de los edificios residenciales realizadas por ingenieros e ingenieros técnicos industriales.

  Registro de la ITE

EUSKOREGITE. PORTAL PARA LA INFORMACION Y GESTION DE LA EUSKOREGITE. PORTAL PARA LA INFORMACION Y GESTION DE LA INSPECCCION TECNICA DE EDIFICIOS EUSKOREGITE es la plataforma en internet, gestionada por el Gobierno Vasco. Se puede acceder a ella a través de las siguiente dirección: www.euskoregite.euskadi.eus Información para el público Herramienta informática para los técnicos Información, registro y gestión para los Ayuntamientos y Sociedades Urbanisticas Registro de la ITE  

Registro de la ITE  

EUSKOREGITE. PORTAL PARA LA INFORMACION Y GESTION DE LA EUSKOREGITE. PORTAL PARA LA INFORMACION Y GESTION DE LA INSPECCCION TECNICA DE EDIFICIOS Información para el público  Incluye documentación que deben saber los propietarios de los edificios como son: Normativa actual que rige la ITE: Decreto, ayudas, subvenciones,.. Información sobre qué es la ITE, cómo debe realizarse, quién está obligado a hacerla, ventajas de realizarla, … Información de páginas de acceso de todos los ayuntamientos que recogen las inspecciones y el procedimiento para hacerlo particularizado a cada uno de ellos. Cuadro de Estadísticas por municipio y globales de todo el territorio vasco. Los datos de su edificio y calendarios para el cumplimiento de la ITE Registro de la ITE  

www.euskoregite.com Información dirigida al técnico: Descarga de la aplicación para realizar ITE

www.euskoregite.com Acceso privado para los Ayuntamientos: claves individuales gestionadas por el Gobierno Vasco

Comunicación y formación

INFORMACION Y CONSULTA 1. - CONSULTAS TOTALES 10. 861 : 4 INFORMACION Y CONSULTA 1.- CONSULTAS TOTALES 10.861 : 4.522 consultas telefónicas y 6.339 consultas por correo electrónico. Ayuntamientos: 39,67% de consultas, confirmación de asistencia curso, plazos y forma de presentación de la ITE, errores detectados en la base de datos, problemas en el registro de la ITE y de la subsanación en REMITE y en la entrega de la ITE en ventanilla, etc. Técnicos: 43,90% de consultas técnicas relativas a la realización de la ITE, dudas del programa, incidencias de exportación del zip, incidencias en el registro de los ayuntamientos, etc. Otros: 16,20 % información subvenciones, reclamación política lingüística, base de datos errónea, cómo y dónde presentar la ITE, quién tiene y debe de hacer la ITE, plazos de presentación, etc.

2.- ASISTENCIA TECNICA DE EUSKOREGITE

3.- USUARIO Y CONTRASEÑA - Ayuntamientos Todos los municipios vascos (251) han solicitado el usuario y contraseña para entrar en la plataforma privada REMITE y gestionar las ITEs   4.- FORMACION: Acciones Realizadas Euskoregite. Desde la puesta en marcha de EUSKOREGITE se han realizado un total de 61 acciones de comunicación externa dirigidas a ayuntamientos, colegios profesionales de arquitectos y arquitectos técnicos, y administradores de fincas. Técnicos municipales: 48 acciones. Asistentes: 526 Colegios Profesionales: 10 acciones. Asistentes: 503 Administradores de fincas: 2 acciones. Asistentes: 85

5. - REGISTRO DE ITE Los ayuntamientos han registrado un total de 6 5.- REGISTRO DE ITE Los ayuntamientos han registrado un total de 6.692 ITEs, el cómputo mayor corresponde al Terrirorio Histórico de Bizkaia, con un total de 3.982 ITEs.

6.- GRADO DE INTERVENCION En cuanto a los Grados de Intervención de las ITEs registradas en Euskoregite, se puede observar que un total de 3.897 ITEs van a requerir obras ya que presentan GI 1,2 o 3.   Del total de ITEs registradas 2.795 presentan GI 4 o 5, esto es, mantenimiento. Las ITEs subsanadas suponen un 20,78% sobre el total de las ITEs que requieren obras (3.897).

8.- VARIOS COMUNICACIÓN FOLLETO POSTER

NECESIDADES DE LOS AYUNTAMIENTOS ANTECEDENTES Implantación de la ITE en País Vasco Creación del registro ITE por parte del Gobierno Vasco - Euskoregite Colaboración institucional de Gobierno Vasco con Ayuntamientos para el registro y control de las ITE’s NECESIDADES DE LOS AYUNTAMIENTOS Sistema de control de las ITE´s que se entregan en el Ayuntamiento Gestionar la tramitación administrativa derivada de las ITE’s A partir de la información proporcionada por las ITE’s, establecer políticas y directrices basadas en datos reales Establecer comunicación continua con el Gobierno Vasco Cumplir con las indicaciones del Gobierno Vasco

SOLUCIÓN DE LOS AYUNTAMIENTOS Herramienta de control y gestión municipal de las ITE´s, que permite la sincronización con Euskoregite

REMITE Acceso restringido a los Ayuntamientos a la Base de datos de su municipio de forma independiente

REMITE Información inmediata tanto del estado de la ITE, como de sus resultados. Visor de la localización de cada edificio Acceso a la información particularizada de cada edificio

REMITE Detalle de cada ITE y acceso a la totalidad de información contenida en el archivo digital en formato PDF

REMITE Registro y control de la tramitación administrativa derivada de cada ITE

REMITE Estadísticas de las ITE para cada municipio

REMITE Explotación de los datos contenidos en los archivos digitales de las ITE, mediante la explotación en informes personalizables por parte de cada Ayuntamiento

REMITE: En Resumen Envío masivo de datos de ITE y de sus subsanaciones a Euskoregite Notificación de comunicación con Gobierno Vasco Comunicación con el Departamento de Empleo y Políticas Sociales del Gobierno Vasco Importación de ITE’s antiguas realizadas con anteriores formatos Descarga de la Base de datos de edificios de cada municipio Visualización de Manuales y Tutoriales de apoyo en el Manejo de REMITE Creación de diferentes perfiles de acceso para cada municipio

  Bases de la Ordenanza

Bases de la Ordenanza ORDENANZA EN MATERIA DE CONSERVACION DE INMUEBLES QUE REGULE LA INSPECCION TECNICA DE EDIFICIOS.   1. ANTECEDENTES. NORMATIVA VIGENTE Y DE APLICACIÓN   2.- DISPOSICIONES GENERALES: OBJETO Y REGULACION 3.- CONTENIDO, PROCEDIMIENTO Y PLAZOS 4.-CONTROL. REGISTRO MUNICIPAL DE ITE 5.- REGIMEN SANCIONADOR

Mila esker zuen arretagatik