Registro de Tabla “I” - Setiipress DIRESA CUSCO DIRECCIÓN EJECUTIVA DE SERVICIOS DE SALUD Y CALIDAD SANITARIA DIRECCIÓN DE SEGUROS
Periodo de Reporte: Colocar el mes
Código IPRESS: código conocido como RENAES
Código de UGIPRESS: 10000084 REGION CUSCO - SALUD CANAS - CANCHIS - ESPINAR 10000085 REGION CUSCO - SALUD LA CONVENCION CUSCO 10000086 REG. CUSCO - RED DE SERVICIOS DE SALUD CUSCO SUR 10000087 GOB.REG. CUSCO - RED DE SERVICIOS DE SALUD KIMBIRI PICHARI 10000088 GOB. REG. CUSCO - RED DE SERVICIOS DE SALUD CUSCO NORTE
Correlativo Otorgado por la IPRESS o UGIPRESS: Número de ocurrencia de la referencia.
Es el número de historia que le corresponde a la persona a quien se está refiriendo.
1: DNI 2: Carnet de Extranjería 3: Pasaporte 5: N° de Historia Clínica (se registra en los casos en los que el paciente no cuente con ningún documento de identidad)
Es el número que consigne el documento seleccionado en el Ítem precedente.
1: Varón 2: Mujer
Si son mayores de 1 año, se acompañará el número con una a, Si es menor a 1 año se acompañará el numero con una m. Si es menor a un mes se acompañará el numero con una d.
Se registra según catálogo de Unidades Productoras de Servicios en los establecimientos del sector salud, según normativa (código de UPSS).
Centro asistencial de mayor capacidad resolutiva al que se está refiriendo al paciente para la continuidad de su atención, según código único otorgado por SUSALUD (Ex RENAES).
Se registra según catálogo de Unidades Productoras de Servicios en los establecimientos del sector salud, según normativa (código de UPSS).
Se debe registrar el diagnóstico principal y su respectivo código CIE-10. Comprende una letra y dos números, seguidos del “punto” (.) y una letra o número según corresponda.
01:Presuntivo 02: Definitivo
Si la referencia no comprende un segundo Diagnostico se deberá repetir el diagnostico principal con la finalidad de no tener dificultades para enviar la información.
01:Presuntivo 02: Definitivo
Es la fecha en la que el médico o profesional de la salud genera o extiende la referencia para el paciente; la fecha de extensión debe ser igual o menor a la fecha de trámite.
Se registrará la misma fecha en la se está extendiendo la referencia.