Facilitador Abg. Orlando Quintero INPASEL MER

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Transcripción de la presentación:

Facilitador Abg. Orlando Quintero INPASEL MER

ANTECEDENTES

LA SITUACIÓN ACTUAL EN CIFRAS 1 trabajador muere a causa de un accidente laboral 153 trabajadores tienen un accidente laboral El número de personas que mueren como consecuencia de accidentes laborales o enfermedades relacionadas con el trabajo Los accidentes que ocurren en el trabajo cada año El costo estimado de las malas practicas de seguridad y salud en el trabajo cada año (3 billones de dólares al año)

DESARROLLO EN VENEZUELA 1909 Ley de Minas 1909 Ley de Minas 1928 Primera ley del Trabajo 1928 Primera ley del Trabajo 1936 Nueva Ley de Trabajo y su Reglamento Nueva Ley de Trabajo y su Reglamento Ley del Seguro Social Obligatorio (S.S.O) 1944 Ley del Seguro Social Obligatorio (S.S.O) 1968 Reglamento de las Condiciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo 1968 Reglamento de las Condiciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo 1986 Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT) 1986 Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT) 2005 Reforma de la Lopcymat 2005 Reforma de la Lopcymat

RANGO DE APLICACIÓN DE LAS LEYES LABORALES

PRINCIPIO CONSTITUCIONAL GARANTÍA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO “…Todo patrono o patrona garantizará a sus trabajadores o trabajadoras condiciones de seguridad, higiene y ambiente de trabajo adecuados. El Estado adoptará medidas y creará instituciones que permitan el control y la promoción de estas condiciones”. Artículo 87 Constitución Nacional

PAPEL DEL GERENTE EN LA GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN LA GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO “Es una disciplina que establece “Es una disciplina que establece normas preventivas con el fin de normas preventivas con el fin de evitar Accidentes de Trabajo y Enfermedades Ocupacionales, mediante la aplicación de medidas y el desarrollo de las actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo” evitar Accidentes de Trabajo y Enfermedades Ocupacionales, mediante la aplicación de medidas y el desarrollo de las actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo”

ACCIDENTE DE TRABAJO “Todo suceso que produzca en el trabajador o la trabajadora una lesión funcional o corporal, permanente o temporal, inmediata o posterior, o la muerte, resultante de una acción que pueda ser determinada o sobrevenida en el curso del trabajo, por el hecho o con ocasión del trabajo" (Articulo 69 LOPCYMAT)

ENFERMEDAD OCUPACIONAL “Todo suceso que produzca en el trabajador o la trabajadora una lesión funcional o corporal, permanente o temporal, inmediata o posterior, o la muerte, resultante de una acción que pueda ser determinada o sobrevenida en el curso del trabajo, por el hecho o con ocasión del trabajo" (Articulo 70 LOPCYMAT)

IDENTIFICACIÓN DE LOS PROCESOS PELIGROSOS Y LOS RIESGOS LABORALES

NUEVO ENFOQUE DE LA PREVENCION

¿QUÉ DIFERENCIA EXISTE ENTRE UN PELIGRO Y UN RIESGO? El peligro es una condición ó característica intrínseca que puede causar lesión o enfermedad, daño a la propiedad y/o paralización de un proceso El riesgo es la combinación de la probabilidad y la consecuencia de no controlar el peligro.

RIESGOS DERIVADOS DEL TRABAJO “Es la probabilidad que existe de que una persona pueda sufrir una lesión funcional o corporal, permanente o temporal, inmediata o posterior, o la muerte, resultante de una acción que pueda ser determinada o sobrevenida en el curso del trabajo, por el hecho o con ocasión del trabajo"

Pasos para identificar las condiciones inseguras e insalubres en el proceso de trabajo

Software Procedimientos para llevar a cabo una tarea Hardware Puede ser cualquier tipo de máquina Environment Entorno sobre el que se mueve la persona Liveware Corresponde al elemento humano

PRINCIPIOS DE PREVENCION Liderazgo eficaz y sólido Liderazgo eficaz y sólido La participación de los trabajadores y el compromiso constructivo por su parte La participación de los trabajadores y el compromiso constructivo por su parte Evaluación y revisión continuas. Evaluación y revisión continuas.

RESPONSABILIDADES A) El Supervisor es el Inspector de Seguridad de su grupo de trabajo o departamento B) Debe organizar reuniones periódicas con los trabajadores C) Debe inspeccionar las áreas de trabajo frecuentemente D) Debe elogiar, estimular y aconsejar a los trabajadores sobre aspectos de seguridad después de que ocurre un accidente. E) Es imperativo que investigue los accidentes laborales F) La aplicación de las sanciones y los correctivos debe realizarse con el mayor grado de justicia posible

SITUACION ACTUAL SITUACION DESEADA EPP BARRERAS DURAS BARRERAS BLANDAS JERARQUIA DE LOS CONTROLES Señalización, capacitación y controles administrativos Controles de ingeniería Sustituir EliminarEliminación completa del peligro Reemplazar el material, equipos o procesos por uno de riesgo inferior Rediseñar los equipos o procesos de trabajo Implementar controles del tipo entrenamiento Entrega y uso de EPP

Pasos para identificar las condiciones inseguras e insalubres en el proceso de trabajo

TIPOS DE RIESGOS DERIVADOS DEL TRABAJO Físicos: ruido, estrés térmico, iluminación inadecuada, radiaciones ionizantes y no ionizantes, presión (disbáricos) y otros. Físicos: ruido, estrés térmico, iluminación inadecuada, radiaciones ionizantes y no ionizantes, presión (disbáricos) y otros.

TIPOS DE RIESGOS DERIVADOS DEL TRABAJO Químicos: por químicos que pueden ser asfixiantes, irritantes, cancerígenos, mutagénicos, teratogénicos y otros. Químicos: por químicos que pueden ser asfixiantes, irritantes, cancerígenos, mutagénicos, teratogénicos y otros.

TIPOS DE RIESGOS DERIVADOS DEL TRABAJO Biológicos: por productos derivados del cuerpo humano (sangre, orina, heces, saliva y otros), por animales, microorganismos en el ambiente y otros. Biológicos: por productos derivados del cuerpo humano (sangre, orina, heces, saliva y otros), por animales, microorganismos en el ambiente y otros.

TIPOS DE RIESGOS DERIVADOS DEL TRABAJO Disergonómicos y psicosociales: por condiciones inadecuadas en cuanto a carga postural, metabólica, mental, levantamiento de carga, organizacionales y otras. Disergonómicos y psicosociales: por condiciones inadecuadas en cuanto a carga postural, metabólica, mental, levantamiento de carga, organizacionales y otras.

CONDICIONES INSEGURAS E INSALUBRES 1. No garantice a los trabajadores y las trabajadoras todos los elementos del saneamiento básico, incluida el agua potable, baños, sanitarios, vestuarios y condiciones necesarias para la alimentación. Artículo 12 Reglamento Parcial Lopcymat

CONDICIONES INSEGURAS E INSALUBRES 2. No asegure a los trabajadores y las trabajadoras toda la protección y seguridad a la salud y a la vida contra todos los riesgos y procesos peligrosos que puedan afectar su salud física, mental y social. Artículo 12 Reglamento Parcial Lopcymat

CONDICIONES INSEGURAS E INSALUBRES 3. No asegure protección a la maternidad a los y las adolescentes que trabajan o aprendices y a las personas naturales sujetas a protección especial. Artículo 12 Reglamento Parcial Lopcymat

CONDICIONES INSEGURAS E INSALUBRES 4. No asegure el auxilio inmediato y la atención médica necesaria para el trabajador o la trabajadora, que padezcan lesiones o daños a la salud. Artículo 12 Reglamento Parcial Lopcymat

CONDICIONES INSEGURAS E INSALUBRES 5. No cumpla con los límites máximos establecidos en la Constitución, Leyes y reglamentos en materia de jornada de trabajo o no asegure el disfrute efectivo de los descansos y vacaciones que corresponda a los trabajadores y las trabajadoras. Artículo 12 Reglamento Parcial Lopcymat

CONDICIONES INSEGURAS E INSALUBRES 6. No cumpla con los trabajadores y las trabajadoras, las obligaciones en materia de información, formación y capacitación en seguridad y salud en el trabajo. Articulo 12 Reglamento Parcial Lopcymat

CONDICIONES INSEGURAS E INSALUBRES 7. No cumpla con alguna de las disposiciones establecidas en el Reglamento de las normas técnicas en materia de seguridad y salud en el trabajo. Artículo 12 Reglamento Parcial Lopcymat

CONDICIONES INSEGURAS E INSALUBRES 8. No cumpla con los informes, observaciones o mandamientos emitidos por las autoridades competentes, para la corrección de fallas, daños, accidentes o cualquier otra situación que afecte la seguridad o salud de los trabajadores y las trabajadoras. Artículo 12 Reglamento Parcial Lopcymat

Pasos para identificar las condiciones inseguras e insalubres en el proceso de trabajo

Esta tarea puede abordarse considerando los grupos de trabajadores expuestos a un mayor riesgo o que presenten características especiales: - Mujeres embarazadas y en períodos de lactancia - Trabajadores con discapacidades - Trabajadores jóvenes y de edad avanzada - Personal sin formación o experiencia - Trabajadores de mantenimiento

Pasos para identificar las condiciones inseguras e insalubres en el proceso de trabajo

Esta tarea puede abordarse considerando: - La probabilidad de que un determinado peligro cause daños; - La gravedad probable del daño en cuestión; - La frecuencia con que se ven expuestos los trabajadores ; - La cantidad de trabajadores expuestos.

Pasos para identificar las condiciones inseguras e insalubres en el proceso de trabajo

En esta fase debe considerarse: - Si es posible eliminar el riesgo; -En caso contrario, elaborar un plan para controlar que no comprometa la seguridad ni la salud de las personas expuestas. - Las medidas que se van a aplicar; - Las medidas que se van a aplicar; - Quién hace qué y cuándo; - Quién hace qué y cuándo; - En qué plazo ha de completarse. - En qué plazo ha de completarse.

Pasos para identificar las condiciones inseguras e insalubres en el proceso de trabajo

La evaluación de riesgos debe documentarse. La evaluación de riesgos ha de revisarse periódicamente Naturaleza de los riesgos Naturaleza de los riesgos Probabilidad de cambios en la actividad laboral Probabilidad de cambios en la actividad laboral Conclusiones de la investigación de un accidente Conclusiones de la investigación de un accidente

RESPONSABILIDAD OBJETIVA Y SUBJETIVA DEL GERENTE EN SEGURIDAD Y SALUD LABORAL

REPRESENTANTES DEL PATRONO “A los efectos de esta Ley, se considera representante del patrono o de la patrona toda persona natural que en nombre y por cuenta de este ejerza funciones jerárquicas de dirección o administración o que lo represente ante terceros o terceras…” Artículo 41 LOTTT

RESPONSABILIDAD OBJETIVA DEL PATRONO “Todo patrono o patrona garantizará a sus trabajadores o trabajadoras condiciones de seguridad, higiene y ambiente de trabajo adecuado, y son responsables por los accidentes laborales ocurridos y enfermedades ocupacionales acontecidas a los trabajadores, trabajadoras, aprendices, pasantes, becarios y becarias en la entidad de trabajo, o con motivo de causas relacionadas con el trabajo…

RESPONSABILIDAD OBJETIVA DEL PATRONO … La responsabilidad del patrono o patrona se establecerá, exista o no culpa o negligencia de su parte o de los trabajadores, trabajadoras, aprendices, pasantes, becarios o becarias, y se procederá conforme a esta Ley en materia de salud y seguridad laboral.” Artículo 43 LOTTT

RESPONSABILIDAD SUBJETIVA DEL PATRONO “El incumplimiento de los empleadores o empleadoras en materia de seguridad y salud en el trabajo dará lugar a responsabilidades administrativas, así como, en su caso, a responsabilidades penales y civiles derivadas de dicho incumplimiento.” Artículo 116 LOPCYMAT

DISCAPACIDAD TEMPORAL “Es la contingencia que, a consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad ocupacional, imposibilita al trabajador o trabajadora amparado para trabajar por un tiempo determinado.” Artículo 79 LOPCYMAT

DISCAPACIDAD PARCIAL PERMANENTE “Es la contingencia que, a consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad ocupacional, genera en el trabajador o trabajadora una disminución parcial y definitiva menor del sesenta y siete por ciento (67%) por ciento de su capacidad física o intelectual para el trabajo.” Artículo 80 LOPCYMAT

DISCAPACIDAD TOTAL PERMANENTE “Es la contingencia que, a consecuencia de un accidente de trabajo o una enfermedad ocupacional, genera en el trabajador o trabajadora una disminución mayor o igual al sesenta y siete por ciento (67%) de su capacidad física, intelectual o ambas, que le impidan el desarrollo de las principales actividades laborales inherentes a la ocupación u oficio habitual que venía desarrollando antes de la contingencia, siempre que se conserve capacidad para dedicarse a otra actividad laboral distinta.” Artículo 81 LOPCYMAT

SANCIONES PENALES “En caso de muerte de un trabajador o trabajadora como consecuencia de violaciones graves o muy graves de la normativa legal en materia de seguridad y salud en el trabajo, el empleador o empleadora o sus representantes, serán sancionados con pena de prisión de ocho (8) a diez (10) años.” Artículo 131 LOPCYMAT

SANCIONES PENALES “1. La discapacidad total permanente que lleve asociada la imposibilidad del trabajador o de la trabajadora para realizar los actos elementales de la vida diaria, la pena será de cinco (5) a nueve (9) años de prisión.” Artículo 131 LOPCYMAT

SANCIONES PENALES “2. La discapacidad total permanente para cualquier tipo de actividad, la pena será de cinco (5) a ocho (8) años de prisión.” Artículo 131 LOPCYMAT

SANCIONES PENALES: “3. La discapacidad total permanente para el trabajo habitual, la pena será de cuatro (4) a siete (7) años de prisión.” Artículo 131 LOPCYMAT

SANCIONES PENALES “4. La discapacidad parcial permanente, la pena será de dos (2) a cuatro años de prisión.” Artículo 131 LOPCYMAT

SANCIONES PENALES “5. La discapacidad temporal, la pena será de dos meses a dos años de prisión.” Artículo 131 LOPCYMAT

SANCIONES PENALES “6. La discapacidad temporal que lleve asociada la imposibilidad del trabajador o de la trabajadora para realizar los actos elementales de la vida diaria, la pena será de dos (2) a cuatro (4) años de prisión.” Artículo 131 LOPCYMAT

Gracias por su atención