Base Legal vigente para la implantación de currículo de Perspectiva de Genero/Equidad de Genero del DE Prof. Abner Romero MA.Ed.

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Transcripción de la presentación:

Base Legal vigente para la implantación de currículo de Perspectiva de Genero/Equidad de Genero del DE Prof. Abner Romero MA.Ed

Perspectiva de Género Lo que conocemos como perspectiva de genero, puede entenderse como un punto de vista, a partir del cual se visualizan los distintos fenomenos de la realidad (cientifica, academica, social y politica. Que tiene en cuenta las implicaciones y efectos de la relaciones sociales de poder entre los generos(masculino y femenino en un nivel, hombres y mujeres en otro. (Instituto para la Mujer Oxaqueña 2008).

¿Qué es la orientación sexual? La orientación sexual es una atracción emocional, romántica, sexual o afectiva duradera hacia otros. Se distingue fácilmente de otros componentes de la sexualidad que incluyen sexo biológico, identidad sexual (el sentido psicológico de ser hombre o mujer) y el rol social del sexo (respeto de las normas culturales de conducta femenina y masculina). (APA)

¿Qué es la orientación sexual? La orientación sexual existe a lo largo del continuo que va desde la heterosexualidad exclusiva hasta la homosexualidad exclusiva e incluye diversas formas de bisexualidad. Las personas bisexuales pueden experimentar una atracción sexual, emocional y afectiva hacia personas de su mismo sexo y del sexo opuesto. A las personas con una orientación homosexual se las denomina a veces gay (tanto hombres como mujeres) o lesbianas (sólo a las mujeres).

¿Qué es la orientación sexual? La orientación sexual es diferente de la conducta sexual porque se refiere a los sentimientos y al concepto de uno mismo. Las personas pueden o no expresar su orientación sexual en sus conductas.

Género Herramientas para transversalizar la perspectiva de género La Oficina de Género, Etnicidad y Salud (AD/GE) de OPS concibe el concepto de género como “una construcción social que hace referencia a un conjunto de roles y relaciones sociales, características de personalidad, actitudes, conductas, valores, relaciones de poder e influencia que cada sociedad atribuye diferencialmente a cada uno de los dos sexos” (OPS, 2008:18). Por lo tanto, el concepto de género se entiende como un concepto relacional que esta atravesado por las dimensiones de etnia, cultura, edad y nivel socioeconómico. En base al concepto de género como construcción cultural, Construccion social Constructo de la personalidad constructo

Género El género se refiere a los conceptos sociales de las funciones, comportamientos, actividades y atributos que cada sociedad considera apropiados para los hombres y las mujeres. Las diferentes funciones y comportamientos pueden generar desigualdades de género, es decir, diferencias entre los hombres y las mujeres que favorecen sistemáticamente a uno de los dos grupos. A su vez, esas desigualdades pueden crear inequidades entre los hombres y las mujeres con respecto tanto a su estado de salud como a su acceso a la atención sanitaria. http://www.who.int/topics/gender/es/

Género El género se refiere a las funciones socialmente construidas, a las expectativas y definiciones que una sociedad dada considera apropiadas para los hombres y las mujeres. El sexo se refiere a las características biológicas y fisiológicas que definen a los hombres (y niños) y las mujeres (y niñas)

. Las normas de género masculinas son las expectativas sociales y funciones asignadas a los hombres y los niños con relación o en contraposición a las de las mujeres y las niñas. Estas incluyen ciertas ideas según las cuales los hombres deben correr riesgos, resistir el dolor, ser fuertes o estoicos, o ser promiscuos, con objeto de demostrar que son “hombres auténticos”.

El termino mascu- linidad hace referencia a las múltiples maneras en que la virilidad se define socialmente a través del contexto histórico y cultural y a las diferencias de poder entre las diferentes versiones de la virilidad (Connell, 1994).

Por ejemplo, una versión de la virilidad asociada con la clase social o el grupo étnico dominante en un determinado entorno puede conferir mayor poder y notoriedad, del mismo modo que la masculinidad heterosexual a menudo ostenta mayor poder que la masculinidad homosexual o bisexual.

. El término patriarcado se refiere a los desajustes de poder históricos y a las prácticas culturales y los sistemas que atribuyen a los hombres en su conjunto un mayor poder en la sociedad y que les ofrecen ciertos beneficios materiales, tales como ingresos más elevados, y otros beneficios informales, tales como las tareas domesticas y los cuidados prestados por las mujeres y las niñas en la familia (División de Naciones Unidas para la Promoción de la Mujer, 2003). http://www.who.int/gender/documents/Men-SPAN.pdf?ua=1

Constructivismo Social Muchas intervenciones dirigidas a hombres y niños desde una perspectiva de género han adoptado un enfoque construccionista social (Connell, 1987, 1994; Kimmel, 2000). Este enfoque sugiere que la masculinidad y las normas de género se construyen socialmente (y no a partir de bases biológicas), varían según el contexto histórico y local e interactúan con otros factores tales como la pobreza y la globalización.

Constructivismo Social Desde una perspectiva construccionista social, los modelos predominantes de hegemonía y patriarcado establecen ciertas normas de género que las familias, las comunidades y las instituciones sociales refuerzan y reconstruyen. Cada niño y cada hombre aprende y asimila las normas acerca de lo que significa ser un hombre pero también puede reaccionar ante estas normas y cuestionarlas.

Constructivismo Social Los niños aprenden el significado de la virilidad por medio de la observación en su entorno familiar, en el que habitualmente las mujeres y las niñas se encargan del cuidado de los hijos mientras los hombres suelen estar trabajando fuera del entorno familiar. Los niños observan y asimilan ciertas normas sociales más amplias, principalmente a través de la televisión, de los medios de difusión o de los juguetes o juegos que se consideran apropiados para los niños o las niñas.

Constructivismo Social También aprenden estas normas en las escuelas y otras instituciones sociales, y en sus grupos de compañeros, que pueden promover la adopción de comportamientos peligrosos, competitivos y violentos, y ridiculizar a los niños que no satisfacen estas expectativas sociales. Estos significados sociales de la virilidad en gran parte se construyen con relación a las normas sociales predominantes acerca de lo que significa ser una mujer o una niña.

Constructivismo Social Al mismo tiempo, las normas acerca de la virilidad se construyen asociadas a otras jerarquías de poder y diferencias de ingresos que proporcionan mayor poder a algunos hombres (como los profesionales de clase media de ciertos grupos étnicos o los mayores de edad) y excluyen o dominan a otros (como los chicos más jóvenes, los hombres pertenecientes a grupos étnicos minoritarios o desposeídos de poder y los hombres con ingresos bajos).

Por lo tanto, una perspectiva construccionista social centra la atención en la variabilidad entre los hombres y los niños –en sus múltiples realidades y en sus diferencias individuales– y ubica las normas de género o las definiciones sociales de virilidad dentro de otras dimensiones de poder y realidades sociales, incluidas las diferencias de clase social.

Ley 108 del 26 de mayo 2006 del Departamento de Educación Inciso añadido a la Ley 149 Articulo 6.03 inciso bb para delegar al Secretario del DE la responsabilidad de promover currículo de Equidad de Genero. Lee como sigue: (bb) Establecera, en coordinación con la Oficina de la Procuradora de las Mujeres, un currículo de enseñanza dirigido a promover la equidad por género y la prevención de violencia doméstica. Además, tendra la obligación de implantar este currículo a través de los ofrecimientos académicos regulares, o integrándolo a los programas académicos y otras modalidades educativas.

Carta Circular Num 3 2008-2009 Politica Publica sobre la Incorporacion de Perspectiva de Genero en la Educación Pública

Carta Circular Num 3 2008-2009 El Departamento de Educación de Puerto Rico (DE) ejerciendo su responsabilidad social de promover los derechos humanos sostiene, como principio fundamental la busqueda de equidad entre los generos. Según la circular, esto es un esfuerzo dirigido a afianzar e institucionalizar la perspectiva de genero en todas las disciplinas academicas, niveles, iniciativas y proyectos del Departamento de Educacion.

Carta Circular Num 3 2008-2009

Carta Circular Num 3 2008-2009

Carta Circular Num 3 2008-2009

Carta Circular 19-2014-2015 NUEVA CARTA CIRCULAR

Carta Circular 19-2014-2015

DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO UNICEF

Declaración de los Derechos del niño Articulo 13 también dice: 1. El niño tendrá derecho a la libertad de expresión; ese derecho incluirá la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de todo tipo, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o impresas, en forma artística o por cualquier otro medio elegido por el niño.

LIBERTAD DE EXPRESIÓN Todo niño tiene derecho a buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de todo tipo, siempre que ello no vaya en menoscabo del derecho de otros.

Declaración de los Derechos del niño Articulo 14 también dice: 1. Los Estados Partes respetarán el derecho del niño a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. 2. Los Estados Partes respetarán los derechos y deberes de los padres y, en su caso, de los representantes legales, de guiar al niño en el ejercicio de su derecho de modo conforme a la evolución de sus facultades. 3. La libertad de profesar la propia religión o las propias creencias estará sujeta únicamente a las limitaciones prescritas por la ley que sean necesarias para proteger la seguridad, el orden, la moral o la salud públicos o los derechos y libertades fundamentales de los demás.

Declaración de los Derechos del niño Articulo 18 también dice: 1. Los Estados Partes pondrán el máximo empeño en garantizar el reconocimiento del principio de que ambos padres tienen obligaciones comunes en lo que respecta a la crianza y el desarrollo del niño. Incumbirá a los padres o, en su caso, a los representantes legales la responsabilidad primordial de la crianza y el desarrollo del niño. Su preocupación fundamental será el interés superior del niño. Es responsabilidad primordial de padres y madres la crianza de los niños y es deber del Estado brindar la asistencia necesaria en el desempeño de sus funciones.

Declaracion Universal de los derechos Humanos Artículo 18 Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

Artículo 19 Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Artículo 26 inciso 3 Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

Referencias Instituto para la Mujer Oxaqueña 2008 http://www.who.int/topics/gender/es/ DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO UNICEF Ley 108 del 26 de mayo 2006 del Departamento de Educación. Carta Circular 19-2014-2015 Carta Circular 3 2008-2009 http://www.who.int/gender/documents/Men-SPAN.pdf?ua=1

Declaracion Universal de los derechos Humanos. http://www.un.org/es/documents/udhr/ http://www.apa.org/centrodeapoyo/sexual.aspx

Llege usted a sus propias conclusiones