AXIOMAS JURIDICOS.

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Transcripción de la presentación:

AXIOMAS JURIDICOS

El deber jurídico presupone siempre la existencia de una norma jurídica. 1ª.- deber de cumplir el mandato concreto contenido en la norma. 2º.- no debe obstaculizar su cumplimiento. 3º.- deber de respetar las situaciones jurídicas creadas por o nacidas al amparo de la norma. 4º.- deber de cooperar a la realización de la finalidad de la norma.

Axioma: Principio o sentencia tan claro que no necesita explicación. Axiomas de la lógica jurídica: 1.- Inclusión. 2.- Libertad. 3.- Contradicción. 4.- Exclusión del medio. 5.- Identidad.

Axioma de inclusión. Todo lo que está jurídicamente ordenado está jurídicamente permitido. Ejemplo: del art 487 del código civil “los padres están obligados a dar alimentos a sus hijos y los hijos están obligados a dar alimentos a sus padres” Esto es: una conducta ordenada por la norma jurídica y a la vez permitida, ya que los sujetos tienen la obligación de darse alimentos, en el mismo supuesto en que la tienen el padre y los hijos.

Axioma de libertad Lo que estando jurídicamente permitido no está jurídicamente ordenado, puede libremente hacerse u omitirse. Ejemplo, no existe un precepto jurídico que nos obligue a dar limosna a los menesterosos, pero tampoco está prohibido; así nos encontramos libremente facultados para dar dicha limosna o no

Axioma de contradicción La conducta jurídicamente regulada no puede hallarse, al propio tiempo, prohibida y permitida. Ejemplo: si un deudor tiene que pagar el crédito a su cargo, no puede optar entre pagarla o no, ya que tiene la obligación de pago así que no puede hallarse al mismo tiempo con permiso o prohibición de pago.

Axioma de exclusión del medio Si una conducta está jurídicamente regulada, o está prohibida, o está permitida. Este principio refuerza a el axioma de contradicción; de lo anterior se deduce que: si un proceder no está jurídicamente prohibido, si está jurídicamente permitido. Ejemplo: si al manejar se llega a una esquina y no está prohibido dar vuelta a la izquierda, está permitido.

Axioma de identidad Todo objeto del conocimiento jurídico es idéntico asimismo. En otras palabras, lo que está jurídicamente permitido está permitido; lo que está jurídicamente prohibido está prohibido.

Conceptos jurídicos. 1.- Hecho ilícito o antijurídico: es el hecho condicionante de la sanción. 2.- Acto antijurídico: conducta de aquel individuo contra el que se dirige la sanción. 3.- Derecho subjetivo: frente al obligado a observar determinadas conductas, existe el facultado, y a su vez el órgano que tiene el deber jurídico de sancionar y exigir el cumplimiento. 4.- El deber jurídico: significa la existencia de una norma válida que ordena determinado comportamiento 5.- Sanción jurídica: es impuesta por los órganos del estado cuando los individuos no observan la conducta debida

CONCEPTOS ATRIBUTOS Existen puntos de vista para la sanción de las normas. Leyes perfectas: son aquellas cuya sanción son la inexistencia o nulidad de los actos. Leyes mas que perfectas: además de recibir un castigo exigen reparación decir en dinero. Leyes menos que perfectas: son aquellas que al ser violadas no impiden que el acto produzca efectos jurídicos y sancionan. Leyes imperfectas: leyes desprovistas de sanción.

Desde el punto de vista de su cualidad: Las disposiciones normativas regulan las conductas de los individuos, sin embargo, algunas permiten que se realicen determinadas acciones u omisiones mientras que otras lo prohíben. Normas permisivas.- Facultan al individuo para omitir una conducta, también se denominan positivas. Normas prohibitivas o Negativas.- prohíben determinadas acciones u omisiones.

Normas taxativas: Normas dispositivas: Relación con la voluntad de los particulares: Es cierto que las normas jurídicas son de carácter obligatorio, cabe mencionar que algunas permiten un margen para la actuación voluntaria de particulares para que en uso de su libertad contraigan obligaciones o adquieran derechos. Normas taxativas: Son las que obligan o mandan independientemente de la voluntad de las partes. Normas dispositivas: Son las que se aplican solamente en ausencia de la voluntad de las partes. Justicia: En la antigüedad y en la actualidad, justicia y lo justo, justicia y derecho. Todas ellas son enfocadas a cualquier individuo sin excepción alguna, y son de gran ayuda para realizar alguna diligencia legal ya sea cotidiana o extraordinaria.