Art. 14 ter Letra A ¿Qué es el 14 ter letra A?  Es un régimen simplificado que libera al contribuyente de algunas obligaciones tributarias.

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Transcripción de la presentación:

Art. 14 ter Letra A 2017

¿Qué es el 14 ter letra A?  Es un régimen simplificado que libera al contribuyente de algunas obligaciones tributarias.

Segmentos que se pueden acoger preferentemente  Micro, pequeñas y medianas empresas, que cumplan con los requisitos.

Ingreso máximo anual para permanecer en el régimen  Promedio de los 3 últimos años comerciales = a UF

Vigencia  Vigente: Que tiene validez o está en uso en el momento de que se trata.

Período de Permanencia en el régimen  Al menos 3 años (*)Si efectúa Inicio de Actividades en este régimen puede retirarse después de 1 año calendario de permanencia

Fecha en que debe avisar al SII para incorporarse al régimen  Entre el 01 de enero al 30 de abril del año en que se incorpora al régimen.

Empresas nuevas: Fecha en que debe avisar al SII  Al momento de hacer el inicio de actividades (*)

Tipo de Persona Jurídica  Año 2016: todo tipo de contribuyente (persona natural o jurídica). Año 2017: * Empresas Individuales * Empresas Individuales de Responsabilidad Ltda. * Comunidades * Sociedad de Personas (excluidas las en comandita por acciones). * Sociedad por acciones

Conformadas por  * Personas naturales con domicilio o residencia en Chile * Contribuyentes sin domicilio ni residencia en Chile * Personas jurídicas acogidas al Régimen de Renta Atribuida (14 letra A).

Tipo de Contabilidad y Registros obligatorios  * Libro de caja, obligatorio para todos los contribuyentes * Libro compra venta, si se encuentran afectos a IVA. * Libro de ingresos y egresos, si no se encuentra afecto a IVA

Tributación de la empresa  IDPC sobre la Base Imponible, que se determina a partir de la diferencia entre los ingresos percibidos y los egresos pagados en el periodo.

Beneficio referido a IDPC  Puede eximirse del pago el Impuesto de Primera Categoría (IDPC) a contar del 1° de enero de 2017.

Condiciones para utilizar el beneficio  Las entidades deberán estar conformadas al término del año comercial respectivo, exclusivamente por propietarios, comuneros, socios o accionistas contribuyentes del IGC.

Tributación de los socios afectos a Impuesto Global Complementario o adicional  Con derecho al crédito del impuesto de primera categoría pagado por la empresa.

Retiros y/o atribución  Se considera atribuidas en su totalidad por los socios, de acuerdo a su porcentaje de participación. Crédito por Impuesto de Primera Categoría 100% del crédito