LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL

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Transcripción de la presentación:

LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL TIPOS DE RESPONSABILIDAD -Cumplimiento de una pena -Imposición de una sanción administrativa -Responsabilidad civil (no represiva): Resarcimiento de un daño DIFERENCIAS ENTRE LA RESPONSABILIDAD CIVIL Y LA ADMINISTRATIVA CIVIL -Aquiliana: Subjetiva: Culpa o Negligencia -Art. 1.902 Código Civil -Tendencia a la objetivación: .Por hecho ajeno .Culpa levísima .Por riesgo ADMINISTRATIVA -Civil especial: Control por las AAPP -Origen: Consejo de Estado francés: Arrêt Blanco 1873 -Carácter objetivo: S.e, Antijuridicidad

TIPOS DE RESPONSABILIDAD DE LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS A-RESPONSABILIDAD INDIRECTA 1-Responsabilidad civil subsidiaria derivada de las actuaciones de los funcionarios que guarden relación directa con el servicio público (artículo 121 del Código Penal) 2-Responsabilidad por delitos cometidos por establecimientos de los que la Administración sea titular, por infracción de reglamentos de policía disposiciones de la autoridad (artículo 120.3 del Código Penal) 3-Responsabilidad subsidiaria por los delitos cometidos por menores sujetos a la patria potestad o tutela de la Administración Pública (artículo 120.1 del Código Penal)

B-RESPONSABILIDAD DIRECTA 1-Por funcionamiento de los servicios públicos -Art. 106 CE -Arts. 121 ss. LEF -Arts. 139 ss. LAP 2-Por hecho de otro -Actuaciones terroristas -Actuación de agentes extranjeros en territorio nacional

POR EL TITULO JURIDICO DE SU APARICION 1-Contractual -Derivada de los contratos que celebre la AP -Se regula en la Ley de Contratos de las AAPP 2-Extracontractual La lesión no deriva de un título específico

EVOLUCION HISTORICA 1-IRRESPONSABILIDAD -Teoría de los actos de soberanía -Responsabilidad cuando la AP actuaba en el tráfico jurídico privado como persona privada 2-RESPONSABILIDAD SUBSIDIARIA Por daños causados por funcionario (por culpa o negligencia) 3-OBJETIVACION DE LA RESPONSABILIDAD -Funcionamiento del servicio -Responsabilidad por riesgo -Igualdad ante las cargas públicas

EXAMEN DE LAS DIFERENTES ETAPAS 1-REGIMEN DECIMONONICO Responsabilidad por ejecución de obras públicas: Leyes 1845 y 1877. Ley Santamaría de Paredes de 1888. Competencia de los Tribunales Civiles Código Civil de 1889: art. 1.903.5º: Cuando la AP obre por medio de agente especial Responsabilidad de los funcionarios públicos (restrictiva): Ley Maura de 1904

-Ley de Régimen Local de 1950 2-CONSTITUCION DE 1931 -Art. 41.3: Responsabilidad subsidiaria por conducta del funcionario -Ley de Régimen Local de 1950 -Responsabilidad directa: Funcionamiento del servicio o ejercicio de atribuciones (sin culpa) -Responsabilidad subsidiaria: Por culpa o negligencia grave del funcionario

3-1954-1957 -Ley de Expropiación Forzosa de 1954: Consagración Art. 121.1: "Dará también lugar a indemnización con arreglo al mismo procedimiento toda lesión que los particulares sufran en los bienes y derechos a que esta Ley se refiere, siempre que aquélla sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos, o la adopción de medidas de carácter discrecional no fiscalizables en vía contenciosa, sin perjuicio de las responsabilidades que la Administración pueda exigir de sus funcionarios con tal motivo" -Ley de Régimen Jurídico de la Administración General del Estado 1957 Art. 40.1: "Los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por el Estado de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que aquella lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos o de la adopción de medidas no fiscalizables en vía contenciosa" *Interpretación amplia de la cláusula "bienes y derechos a que esta Ley se refiere" [LEF], incluyendo los "susceptibles de ser evaluados económicamente"

4-CONSTITUCION ESPAÑOLA DE 1978 -Mandato al Legislador (sin eficacia directa de la CE) -Art. 9.3: Responsabilidad de los poderes públicos en general -Art. 106.2: Responsabilidad de la AP -Art. 121: Responsabilidad del Poder Judicial -Consecuencia de -La colectivización de los riesgos de la vida social -La garantía adicional de los derechos fundamentales

REGULACION ACTUAL LEY DE REGIMEN JURIDICO DE LAS AAPP Y DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMUN -Título X: "De la responsabilidad de las AAPP y de sus autoridades y demás personal a su servicio" -Regulación general: -AAPP -Autoridades y funcionarios -Responsabilidad por actos legislativos -Procedimiento abreviado para determinar la procedencia y cuantía de la indemnización (arts. 142 y 143 y RD 429/1993, de 26 de marzo) -Solución al problema de la dualidad de jurisdicción -Exclusión de la responsabilidad civil directa del funcionario -Supresión de la competencia de la jurisdicción civil para exigir la responsabilidad de la AP cuando ésta actúe en relaciones de Derecho privado

LEY 471999, DE 13 DE ENERO, que modifica la Ley 30/1992 1-Completa la unidad de jurisdicción -Unidad sustantiva, no sólo procedimental (art. 144) -Rechazo de la responsabilidad civil directa del funcionario frente a los particulares (art. 146) -Atribución a la Jurisdicción Contencioso-administrativa de las reclamaciones de asistencia médica del INSALUD, aunque haya sido prestada por centros privados concertados (DA 12ª) -No se excluye a la Jurisdicción penal de la responsabilidad civil derivada de la comisión de un delito 2-Actualiza la cuantía de las indemnizaciones según el IPC (art. 141.3) 3-Regula los supuestos de responsabilidad concurrente de varias AAPP 4-Introduce una nueva regulación de la fuerza mayor de más amplitud

ELEMENTOS DE LA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA 1-DAÑO O LESION 2-IMPUTACIÓN DEL DAÑO A LA ADMINISTRACION PUBLICA 3-NEXO DE CAUSALIDAD

1-DAÑO O LESION A-CARACTERISTICAS FACTICAS a) Efectivo -Cierto y real -No meras expectativas b) Individualizable -No genérico -No limitaciones de derechos -No cualquier ruptura del equilibrio social -No si proviene de actos legislativos c) Evaluable económicamente -Propiedades, derechos o intereses patrimoniales legítimos -Bienes y derechos susceptibles de valoración económica, también los morales

B-ANTIJURIDICIDAD DEL DAÑO a) Desplazamiento desde el comportamiento a la lesión b) No obligación de soportarlo c) Especialmente difícil de apreciar en la responsabilidad por funcionamiento normal de la AP. La actividad anormal o ilícita es siempre antijurídica *Ejemplos jurisprudenciales de exención de la antijuridicidad (en supuestos de actividad jurídica de la AP, no en la actuación material o técnica): -declaración de ruina -recuperación de oficio del dominio público marítimo- terrestre -adopción de medidas cautelares

2-IMPUTACION DEL DAÑO A LA ADMINISTRACION PUBLICA A-FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS PUBLICOS Funcionamiento normal Imputación por la creación de un riesgo Ruptura del principio de igualdad ante las cargas públicas Enriquecimiento sin causa de la AP Funcionamiento anormal Por acción Por omisión (infracción del nivel mínimo del servicio)

B-POR ACTOS JURIDICOS -REGLAMENTOS -ACTOS ADMINISTRATIVOS -ACTOS POLITICOS

C-OTROS SUPUESTOS RESARCITORIOS a) Enfermos de SIDA Que hubiesen recibido transfusiones sanguíneas dentro del sistema sanitario público antes del establecimiento de la obligatoriedad de las pruebas del VIH (RD-Ley 9|1993, de 28 de mayo) b) Daños sufridos por actividades terroristas y víctimas de delitos violentos -Arts. 93 a 96 de la Ley 13|1996, de 30 de diciembre -Ley 35|1995, de 11 de diciembre, de Ayuda y Asistencia a las víctimas de delitos violentos y contra la libertan sexual c) Daños producidos por accidentes nucleares Ley 25|1964, de 29 de abril y Reglamento de Cobertura de Riesgos Nucleares (D 2177|1967, de 22 de julio d) Daños causados a particulares por actuaciones en territorio nacional de Estados extranjeros o de sus agentes

3-NEXO DE CAUSALIDAD A-APRECIACION DEL NEXO DE CAUSALIDAD: SOLUCION AL PROBLEMA DE LA CONCURRENCIA DE CAUSAS a) Tesis -Causalidad eficiente: selección del hecho decisivo en la cadena causal, excluyendo las demás responsabilidades -Equivalencia de las condiciones: reparto de la responsabilidad entre las diferentes causas concurrentes (compensación de culpas) b) Culpa de la víctima -Excluye la responsabilidad en el supuesto de funcionamiento o actuación normal de la AP -Ante el funcionamiento anormal, se acude a la tesis de la compensación de culpas c) Hecho de un tercero Tendencia a aplicar la teoría de la equivalencia de las condiciones

B-FUERZA MAYOR -Art. 106 CE -Art. 139. 1 LAP b) Régimen tradicional a) Exclusión -Art. 106 CE -Art. 139. 1 LAP b) Régimen tradicional -Notas: .Ajeneidad del servicio .Imprevisibilidad .Carácter irreversible .Art. 46 de la antigua LCE: incendios causados por electricidad atmosférica, terremotos y maremotos e inundaciones catastróficas -Diferencia con el caso fortuito: éste no es ajeno o externo al servicio -Prueba de su existencia: corresponde a la AP c) Nueva regulación Art. 141.1 LAP según la Ley 4|1999)

CONSECUENCIAS DE LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL 1-INDEMNIZACION A-Integridad de la reparación (art. 141.2) B-Momento de la valoración (art. 141.3 LAP, corregido por Ley 4/1999) 2-PROCEDIMIENTO A-Regulación -Arts. 142 y 143 LAP -RD. 429/1993, de 26 de marzo B-Vías jurisdiccionales -Administrativa .Posibilidad de iniciación de oficio .Plazo de prescripción: un año a partir del hecho dañoso .Resolución: 6 meses. Posibilidad de terminación convencional .Informe preceptivo y vinculante del Consejo de Estado -Judicial : Unidad de Jurisdicción

SUPUESTOS ESPECIFICOS DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LAS AAPP 1-RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LAS AAPP POR ACTUACIONES URBANISTICAS 2-RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA 3-RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO LEGISLADOR 4-RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL POR INCUMPLIMIENTO DEL DERECHO COMUNITARIO EUROPEO

1-RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL POR ACTUACIONES URBANISTICAS A-SUPUESTOS REGULADOS ESPECIFICAMENTE (Título V Ley 6/1998, de 13 de abril, de Régimen del Suelo y Valoraciones. Arts. 41 a 44) -Alteración de planeamiento: Arts. 41 y 42 -Limitaciones singulares a la propiedad. Art. 43 -Otros. Art. 44 .Cumplimiento de deberes inherentes al proceso urbanizador que resulten inservibles .Anulación de una licencia, demora injustificada en su otorgamiento o denegación improcedente de la misma B-OTROS SUPUESTOS JURISPRUDENCIALES -Respuesta errónea a consultas urbanísticas (STS de 2-11- 1987) -Denegación de licencia de apertura cuando ya se había concedido la de obras (STS de 18-6-1990)

2-RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA A-REGULACION -Art. 121 CE -Arts. 292 ss LOPJ B-CARACTERES -No objetiva -Sin embargo, es por acto propio, no por culpa o negligencia -Requiere dictamen del Consejo de Estado y del Consejo General del Poder Judicial C-AMBITO DE APLICACIÓN -Actividad jurisdiccional de los órganos del Poder Judicial -No actividades materialmente administrativas de los órganos o servicios administrativos a su servicio

D-TITULOS DE IMPUTACION a) Error judicial -Ha de ser apreciado en sentencia judicial posterior b) Prisión preventiva injusta -Interpretación restrictiva: -"Cuando haya absolución por inexistencia de hecho imputado o por esta misma causa haya sido dictado auto de sobreseimiento libre“ c) Funcionamiento anormal de la Administración de Justicia -Retraso: si hay violación del art. 24.2 CE -Pérdida o sustracción de los objetos puestos a disposición judicial -Otros: .Error al decretar un embargo .No presentar al cobro un cheque extendido por el demandado para evitar el embargo

3-RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO LEGISLADOR A-POSTURA TRADICIONAL -Inmunidad del Parlamento -Carácter general de la Ley -Imposibilidad de paralizar la acción legislativa frente a demandas de los particulares B-CONSTITUCION DE 1978 -Art. 33.3: Justiprecio expropiatorio -Art. 9.3: Indemnización C-PRIMER DESARROLLO JURISPRUDENCIAL -SSTC 108/1986, 99/1987, 70/1988 -SSTS 11-10-1991 (Domecq) y 30-11-1992 (jubilación de funcionarios públicos) D-CONCRECION NORMATIVA Art. 139. 3 LAP E-NUEVA JURISPRUDENCIA -SSTS Pesqueras; SSTS Areas naturales en Mallorca; SSTS Carburante y SSTS Máquinas recreativas

4-RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL POR INCUMPLIMIENTO DEL DERECHO COMUNITARIO EUROPEO A-RESPONSABILIDAD DE LAS INSTITUCIONES COMUNITARIAS -Art. 288 TCEE -Requisitos: .Ilegalidad de la acción (violación suficientemente caracterizada) .Realidad del daño .Nexo de causalidad

B-RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL LOS ESTADOS MIEMBROS POR INCUMPLIMIENTO DEL DERECHO COMUNITARIO EUROPEO A) Ambito material de aplicación -Violación Derecho UE .Transposición incorrecta .Omisión B) Ambito subjetivo de aplicación -Legislativo -Poder Judicial -AAPP C) Requisitos -Atribuya derechos a los particulares -Nexo de causalidad D) Obligaciones para los Estados miembros -La regla interna no deber ser menos favorable -No deben hacer imposible o excesivamente difícil la reparación