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Purificación Martorell Zulueta

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Presentación del tema: "Purificación Martorell Zulueta"— Transcripción de la presentación:

1 Purificación Martorell Zulueta
“La responsabilidad del porteador marítimo por retraso en la entrega de mercancías: Ley de Navegación Marítima y Jurisprudencia reciente” Purificación Martorell Zulueta

2 Retraso en la Ley de Navegación Marítima ¿Cambio de paradigma?
Punto de partida: Precedentes normativos (Convenios y normativa nacional) ya expuestos. La interpretación tradicional del “retraso” en la navegación marítima y su justificación en el riesgo de la aventura de la navegación. La vigente Ley de Navegación Marítima: ¿Cambio de paradigma? Ausencia de Jurisprudencia en sentido estricto (art. 1.6 del C.C). Razones: LNM entró en vigor en septiembre de 2014: limitada rodadura temporal. Escasez de procedimientos judiciales motivada por la habitual aplicación de las cláusulas de sumisión a Ley y Jurisdicción extranjera.

3 Posición de los tribunales.
Tres resoluciones: dos de juzgados de instancia Juzgado de lo Mercantil 2 de Bilbao 24/6/15 (Roj: SJM BI 3177/2015) Fundamento Tercero: I. Normativa aplicable. Hechos anteriores a la LNM. III. Retraso. La extensión de la aplicación del régimen uniforme a todo tipo de perjuicios que deriven del incumplimiento parcial de las obligaciones del transporte marítimo de mercancías. Juzgado de lo Mercantil 1 de Zaragoza 23/5/2018 (Roj: SJM Z 1843/2018) Incumplimientos más típicos: Mercancías llegan a destino dañadas o incluso ni siquiera llegan por haberse producido su pérdida física. Retraso en la entrega de las mercancías en su lugar convenido. Entrega de las mercancías en un lugar distinto del convenido No apreció retraso porque los hechos se sitúan en el tercero de los incumplimientos.

4 Audiencia Provincial de Valencia 14/2/2018 (Roj: SAP V 1219/2018)
Los hechos. Lo alegado y lo resistido. Fecha aproximada de entrega y alegación de causa de justificación. Los elementos de prueba de que dispuso el tribunal. La norma invocada y su interpretación. La expresa inclusión del retraso en la LNM (definición en el artículo 280). Tres categorías (incumplimiento contractual): Daño Pérdida Retraso [No es cualquier retraso. (20/65)] Recientemente SAP Barcelona 11/1/2019 ROJ SAP B 25/2019 [4/15 contenedores de naranjas]

5 Las conclusiones Respecto al caso examinado por nuestra Sección.
Incumplimiento determinante de pronunciamiento de condena Lo reclamado y lo concedido: el artículo 283 de LNM: límite de responsabilidad. Las derivadas del texto de la sentencia. Previo: Posiciones doctrinales. 1) Las próximas a la tradicional de la aventura marítima (tesis de las a favor de la interpretación restrictiva de indemnización por retraso). 2. ¿Cambio de paradigma? La aproximación a otros sectores. La interpretación conforme a la realidad social actual del sector. La interpretación de la Sección 9ª ¿Responsabilidad objetiva? No. ( LNM) El examen de cada caso (con pacto de entrega / sin pacto – plazo razonable -).


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