COMISIÓN DE ECONOMÍA, CÁMARA DE DIPUTADOS: CESIÓN DE FACTURAS COMO OPERACIÓN DE CRÉDITO DE DINERO: PROYECTO QUE MODIFICA LEY N° 19.983 14 de marzo 2017.

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Transcripción de la presentación:

COMISIÓN DE ECONOMÍA, CÁMARA DE DIPUTADOS: CESIÓN DE FACTURAS COMO OPERACIÓN DE CRÉDITO DE DINERO: PROYECTO QUE MODIFICA LEY N° 19.983 14 de marzo 2017

Contenido Rol de la SBIF Perímetro de fiscalización Antecedentes de la moción Objetivo y contenido de la moción Consecuencias para el proceso de fiscalización de la TMC Consideraciones finales

Rol de la SBIF Es rol de la SBIF supervisar las empresas bancarias y otras entidades cuya fiscalización se le ha encomendado por ley, en resguardo de los depositantes u otros acreedores y del interés público (Art. 12 LGB), por lo que operan bajo estrictos estándares prudenciales.

Rol de la SBIF

Perímetro de Fiscalización La legislación delimita en forma clara las empresas financieras sujetas a la fiscalización de la SBIF (principio de legalidad y certeza jurídica). Constitución Política de la República (arts. 6° y7°). Ley General de Bancos (arts. 2° y 12). Otras leyes.

Perímetro de Fiscalización Desde la primera LGB, la esfera de fiscalización de la Superintendencia recaía sobre los bancos o empresas bancarias. Luego se amplió a las Cooperativas de Ahorro y Crédito (Ley de Cooperativas). Por otra parte, distintas normas encomiendan a la SBIF a otro tipo de labores, cuyos focos son disimiles, tales como: Empresas de Auditoría Externa (Ley 18.045). Almacenes Generales de Depósito (Ley 18.690). Sociedades de Garantía Recíproca (Ley 20.179).

Perímetro de Fiscalización: TMC Finalmente, mediante la modificacion de la Ley 18.010 sobre Operaciones de Crédito de Dinero (“LOCD”), se incorpora a las funciones de la SBIF la fiscalización de la Tasa Máxima Convencional (TMC) en las operaciones de las instituciones colocadores de crédito de manera masiva (ICCM).

Antecedentes de la moción El 15 de diciembre de 2014 se publicó la Ley N° 19.983 (“la Ley”), la que, a fin de estimular la industria de cesión de créditos, otorgó a las facturas dos importantes atributos jurídicos (que previamente carecían): (i) la naturaleza de título ejecutivo, para así agilizar su cobro; y (ii) la calidad de instrumentos ágilmente cedibles a terceros. En particular, al regular el procedimiento para transferir la factura, la Ley dispuso que la cesión de estos documentos “no constituye operación de crédito de dinero para ningún efecto legal” (art. 7 inc. final).

Objetivo de la moción Dado que la cesión de las facturas no constituye operación de crédito de dinero, la actividad de factoring no estaría regulada por la Ley 18.010. Entre sus consecuencias prácticas, según la moción, llevaría a que las tasas de interés que se aplicarían en dicha actividad “no tendrían ningún límite”; lo que muchas veces llevaría a la aplicación de intereses “muy superiores a la tasa de interés máxima convencional”.

Objetivo de la moción En consecuencia, la moción parlamentaria busca dejar sin efecto la regla que establece que el factoring no constituye una operación de crédito de dinero para ningún efecto legal y, sustituirla. Ello, con la finalidad que se apliquen a este mercado lo dispuesto en la LOCD, para así evitar los posibles abusos que se dan en este mercado, especialmente, contra las Micro y Pequeñas Empresas, ya que, para obtener liquidez están dispuestos a aceptar tasas de interés que superan el máximo legal.

Contenido de la moción El Proyecto busca sustituir el inciso final del artículo 7 de la Ley 19.983, por el siguiente: “La cesión señalada en el presente artículo constituirá una operación de crédito de dinero para todos los efectos legales.”

Consecuencias para el proceso de fiscalización de la TMC Las entidades a considerar son aquellas que, entre otros requisitos, realizan operaciones de crédito de dinero de manera masiva. El descuento de facturas no conlleva a la inclusión en el listado de entidades, dado que la Ley expresamente le niega a dicha actividad la calidad de operación de crédito de dinero. La moción llevaría a un incremento en la nómina de entidades que deben reportar sus operaciones a la SBIF.

Consideraciones finales La SBIF comparte el espíritu de la moción parlamentaria. Sin embargo, en esta etapa nos parece necesario analizar en detalle la industria del factoring, los efectos tributarios y el posible impacto en el financiamiento de las pequeñas y medianas empresas.

COMISIÓN DE ECONOMÍA, CÁMARA DE DIPUTADOS: CESIÓN DE FACTURAS COMO OPERACIÓN DE CRÉDITO DE DINERO: PROYECTO QUE MODIFICA LEY N° 19.983 14 de marzo 2017