1.- El catastro como fuente de información

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Transcripción de la presentación:

Fuentes de Información sobre el suelo urbano y rural y Catastro Nacional Integrado Georeferenciado

1.- El catastro como fuente de información En los últimos 10 años se han producido al menos cuarto reformas jurídicas de Leyes. La falta de instrumentos técnicos para ejecutar proyectos de formación de catastros (Como la cartografía). El nivel político municipal no llega a tener la desición de tener actualizado el inventario predial urbano y rural y la normativa de valoración de la propiedad. La imposibilidad de aplicar una norma alternativa, para el cobro de impuestos, y asegurar en sus presupuestos un porcentaje mayor de ingresos propios. La falta del inventario predial georreferenciado, no permite la identificación y localización de los predios en la geografía cantonal. La AME, desde el año 1993 ha desarrollado catastros urbanos y desde el año 2004 el catastro rural, ha estructurado con los municipios 142 Sistemas Catastrales Urbanos y 122 Sistemas catastrales rurales, instalados los sistemas de catastros que vienen operando en 158 municipios.

2.- La competencia de formar y administrar los Catastros inmobiliarios urbanos y rurales Constitución de la República señala que: “Art. 264.- Los gobiernos municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas sin perjuicio de otras que determine la ley: Formar y administrar los catastros inmobiliarios urbanos y rurales. COOTAD “Artículo 139.- Ejercicio de la competencia de formar y administrar catastros inmobiliarios.- La formación y administración de los catastros inmobiliarios urbanos y rurales corresponde a los gobiernos autónomos descentralizados municipales, COOTAD: “Artículo 491.- Clases de impuestos municipales.- Sin perjuicio de otros tributos que se hayan creado o que se crearen para la financiación municipal o metropolitana, se considerarán impuestos municipales y metropolitanos los siguientes: El impuesto sobre la propiedad-urbana; El impuesto sobre la propiedad rural; Artículo 494.- Actualización del catastro.- Las municipalidades y distritos metropolitanos mantendrán actualizados en forma permanente, los catastros de predios urbanos y rurales. Los bienes inmuebles constarán en el catastro con el valor de la propiedad actualizado, en los términos establecidos en este Código.”

3.- El catastro nacional integrado georreferenciado Decreto Ejecutivo No. 688, 22 de marzo del 2011, la creación del Sistema Nacional de Catastro Geo Referenciado de Hábitat y Vivienda, Art. 1 “Créase el Sistema Nacional de Catastro Integrado Geo Referenciado de Hábitat y Vivienda, cuyo objetivo es registrar de forma sistemática, lógica, georreferenciada y ordenada, en una base de datos integral e integrada, los catastros urbanos y rurales, que sirva como herramienta para la formulación de políticas de desarrollo urbano.” CONSTITUCION 2008, "Art. 375.- El Estado, en todos sus niveles de gobierno, garantizará el derecho al hábitat y a la vivienda digna, para lo cual: Generará la información necesaria para el diseño de estrategias y programas que comprendan las relaciones entre vivienda, servicios, espacio y transporte públicos, equipamiento y gestión del suelo urbano. Mantendrá un catastro nacional integrado georreferenciado, de hábitat y vivienda. COOTAD, Art. 147, “Ejercicio de la competencia de hábitat y vivienda.- El Estado en todos los niveles de gobierno garantizará el derecho a un hábitat seguro y saludable y una vivienda adecuada y digna, con independencia de la situación social y económica de las familias y las personas. El gobierno central a través del ministerio responsable dictará las políticas nacionales para garantizar el acceso universal a este derecho y mantendrá, en coordinación con los gobiernos autónomos descentralizados municipales, un catastro nacional integrado georreferenciado de hábitat y vivienda.

Conclusiones Que información requeriría el catastro nacional integrado georeferenciado: 1.- Definir la unidad de análisis físico como es el espacio vivienda y la unidad funcional usuaria que es el hogar (vivienda y Hogar), significa que es un hogar el que termina el espacio físico de la vivienda, este espacio físico de vivienda debe tener relación con: servicios, espacio y transporte público, equipamiento y gestión del suelo urbano y la población como unidad que configura el promedio de habitantes por hogar; 2.- Sobre esa relación vivienda – hogar, es importante evaluar la calidad del espacio, en relación a la norma de metros cuadrados por habitante, concluyendo que el espacio de la vivienda sea de calidad, que no haya tugurización, hacinamiento, precarismo, segregación, fragmentación, inseguridad;

Conclusiones 3.- Como se está definiendo el déficit habitacional; desde el punto de vista del mercado, (unidades habitacionales por vender), cuales el punto de vista del Estado, (derecho al hábitat y vivienda), cual es la lectura de los ciudadanos, (el arrendamiento, la autoconstrucción, la vivienda informal), los resultados siempre van a ser diferentes; 4.- La política de financiamiento desde el Estado, la empresa privada, la autoconstrucción, lo informal, etc.