Artículo 19 nº 1 El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona. Profesora: Ana María García B. Derecho Constitucional II Primer.

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Transcripción de la presentación:

Artículo 19 nº 1 El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona. Profesora: Ana María García B. Derecho Constitucional II Primer semestre 2011

DERECHO A LA VIDA Antecedentes: Este derecho no se encontraba en la Constitución de 1925 ya que se consideraba como un presupuesto. Influencia de las declaraciones internacionales: Hacen patente la importancia que tiene la estipulación expresa de este derecho. (Declaración Universal de DD.HH.; Convención Americana de DD.HH.; Convenios de Ginebra; Pacto Internacional de derechos civiles y políticos; Convención de derechos del niño) Reconocimiento explícito del derecho en la Constitución de 1980, artículo 19 nº 1.

DERECHO A LA VIDA Temas que se distinguen en este derecho: 1. La vida y la integridad física y psíquica de la persona. 2. La ley protege la vida del que está por nacer. 3. La pena de muerte. 4. Apremios ilegítimos

1. LA VIDA Y LA INTEGRIDAD FISICA Y PSIQUICA a) Alcance de la norma. b) La vida humana es un bien jurídico al igual que la libertad, la propiedad, etc. c) El derecho objetivo debe otorgar protección a este bien jurídico subjetivo. (Código Penal, Código Civil, legislación laboral).

1. LA VIDA Y LA NTEGRIDAD FISICA Y PSIQUICA (cont.) d) Jurisprudencia: “Deber de protección del marido respecto de su mujer (C.Stgo.1992) Fallo del Tribunal Constitucional ante el requerimiento de inconstitucionalidad del DS n° 48 del Ministerio de Salud “Normas nacionales sobre regulación de fertilidad” (Píldora del día después) (TC. 2008) “Medida de protección”(C.Valpso.1994) “Transfusión sanguínea” (C.Suprema 1992,1995, 1996, 1979). “Recurso de Protección para la evacuación de la ciudad de Chaitén” (C de Puerto Montt, 2008)

2. LA LEY PROTEGE LA VIDA DEL QUE ESTÁ POR NACER a) Antecedentes: Artículo 75 Código Civil Convención Americana de DD.HH: “Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción” (artículo 4) b) Doble encargo al legislador c) El aborto y el derecho a la vida: Artículo 342 a 345 del Código Penal. Código Sanitario antes de 1989: “Sólo con fines terapéuticos se podrá interrumpir un embarazo…” …”opinión documentada de dos médicos cirujanos”. Ley 18.826 de 1989: “No podrá ejecutarse ninguna acción cuyo fin sea provocar el aborto”. Conclusiones

2. LA LEY PROTEGE LA VIDA DEL QUE ESTÁ POR NACER (cont.) d) Importancia de la determinación del inicio de la existencia humana o comienzo de la vida. Incidencia de los descubrimientos biológicos - Teorías al respecto: Concepción, anidación, viabilidad, desarrollo del sistema nervioso, auto suficiencia, nacimiento. - ¿En donde comienza la protección legal?

3. LA PENA DE MUERTE “La pena de muerte sólo podrá establecerse por delito contemplado en ley aprobada con quórum calificado” a) El constituyente de 1980 tiende a la restricción en la aplicación de la pena de muerte, poniendo como requisito, su estipulación con quórum calificado b) Polémica ético-jurídico y tendencia internacional hacia su abolición.

3. LA PENA DE MUERTE (cont.) c) Antecedentes de su regulación: C. Penal; Código de Justicia Militar; D.T Nº1 C.Pol.1980. L.Q.C.18.314 de 1984 “Conductas terroristas”, modificada por leyes de 1990 y 1991 que rebajaron penas y derogaron conductas. L.Q.C. 19.734 de 2001 la reemplazó por presidio perpetuo derogándola en la práctica (adecuación a Tratados de DD.HH.) d) Problemas jurídicos en torno la muerte e importancia jurídica del momento en que se produce. Derecho de la persona a disponer de su propio cuerpo. Ley de Trasplantes. La Bioética.

4. APREMIOS ILEGITIMOS Antecedentes y alcance de la norma. - Apremios legítimos / ilegítimos. Ejemplo: detención Amplitud de la norma: no admite excepciones. - Caso especial de la Tortura como el apremio ilegítimo mas grave. Importancia de las convenciones internacionales. “Convención internacional contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes” de las Naciones Unidas, 1984. - ¿Excepción: Derecho Penal del Enemigo?

Recurso de protección y fallos El Derecho a la Vida reconocido en el art. 19 Nº 1 se encuentra resguardado por el Recurso de Protección establecido en el artículo 20 de la Constitución. Sentencias relevantes - Píldora del día después - Transfusiones de sangre - Evacuación a habitantes de Chaitén