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Publicada porAngeles Ulla Modificado hace 6 años
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ULLA, MARÍA DE LOS ANGELES INFORMATICA, PARCIAL 1, PREGUNTA 3 1 ACOSO LABORAL
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8 Tipos de Acoso Laboral Ulla, María de los Angeles
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Mobbing: Casos graves, leyes y datos sobre violencia laboral en Argentina 11 Leyes y proyectos Datos estadísticos Datos estadísticos más importantes Dónde denunciar Ulla, María de los Angeles
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12 NORMATIVA LEGAL APLICABLE EN ARGENTINA Desde el Fuero Laboral, las normas de la Ley 20.744 Ley de Contrato de TrabajoLey 20.744 Ley de Contrato de Trabajo El marco legal está dado por las siguientes disposiciones: * Disposiciones constitucionales de los artículos nº 19, 14 bis, y 75 inc. 22 de la C.N. (Constitución Nacional) Declaración Americana sobre Deberes y Derechos del Hombre (art. 2)Declaración Americana sobre Deberes y Derechos del Hombre (art. 2); Declaración Universal de Derechos Humanos (art. 2 parr. 1 y art. 7);art. 2art. 7 Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas (art. 2 y 7);art. 2 7 Pacto de San José de Costa Rica (art. 1); Convención para la eliminación de todas formas de Discriminación contra la mujer.art. 1 Material de difusión Ulla, María de los Angeles
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13 ARTÍCULO 19.- ARTÍCULO 19.- Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe. ARTÍCULO 14.- Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y aprender. Derecho de igualdad ante la Ley Artículo II: Todas las personas son iguales ante la Ley y tienen los derechos y deberes consagrados en esta declaración sin distinción de raza, sexo, idioma, credo ni otra alguna. Constitución Nacional ARTICULO 1.- Quien arbitrariamente impida, obstruya, restrinja o de algún modo menoscabe el pleno ejercicio sobre bases igualitarias de los derechos y garantías fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional, será obligado, a pedido del damnificado, a dejar sin efecto el acto discriminatorio o cesar en su realización y a reparar el daño moral y material ocasionados. A los efectos del presente artículo se considerarán particularmente los actos u omisiones discriminatorios determinados por motivos tales como raza, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, posición económica, condición social o caracteres físicos. Ulla, María de los Angeles
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14 http://www.lavoz.com.ar/numero-cero/mobbing-casos-graves-leyes-y-datos-sobre-violencia-laboral-en-argentina https://www.legal.com.ar/notas/mobbing-o-acoso-moral-al-trabajador-lo-que-dice-la-normativa-legal-argentina https://www.argentina.gob.ar/trabajo/oavl/sindicatos http://argentinainvestiga.edu.ar/noticia.php?titulo=el_acoso_laboral&id=1624 http://www.saij.gob.ar/maria-cecilia-bustamante-casas-mobbing-laboral-dacc080115-2008-12/123456789- 0abc-defg5110-80ccanirtcod http://www.trabajo.gob.ar/difusion.asp?id_seccion=151 Links donde puedes encontrar más información Ulla, María de los Angeles
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