Proceso de Inspección de la Profepa

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Transcripción de la presentación:

Proceso de Inspección de la Profepa SUBPROCURADURÍA DE AUDITORÍA AMBIENTAL Proceso de Inspección de la Profepa 31 de Mayo de 2017

Cumplimiento Ambiental Ajustarse a los requerimientos de las leyes y regulaciones ambientales, incluidas las normas para su medición y evaluación. Cualitativos – buenas prácticas. Cuantitativos – desempeño ambiental. Aspectos que interesan: Procurar un tratamiento equitativo y homogéneo de la regulación y su verificación. Mecanismos de verificación del cumplimiento claros y transparentes.

Beneficios del cumplimiento Ambiental Menor vulnerabilidad. Confianza y certidumbre. Prestigio e imagen.

La inspección ambiental federal Para: Garantizar niveles mínimos de protección ambiental. Disuadir comportamientos ilícitos. Contribuir a establecer un terreno parejo para la competencia. Facilitar transacciones más ágiles, transparentes y económicas. Sin detener la actividad económica injustificadamente.

El modelo de inspección industrial Prevenir Inspeccionar Ordenar Verificar Comunicar Conocen sus obligaciones y las comprenden Tienen la intención de cumplir El riesgo de ser descubierto es alto El costo de incumplir es mayor al de cumplir Son capaces de cumplir ¿Cumple o no? ¿En qué medida lo hace? Crear un campo parejo para la competencia Crear un efecto de disuasión Aumentar la conciencia Corregir irregularidades Evitar mayores afectaciones ¿Cumple o no? ¿En qué medida lo hace? Mejorar el cumplimiento ambiental Rendir cuentas Retroalimentar a la Profepa

Procedimiento administrativo Procedimiento Administrativo de Inspección en Materia Ambiental Programación de visitas de inspección Padron de empresas de jurisdicción federal Denuncia Realización de visitas de inspección Medidas correctivas o de seguridad, en su caso Visitas de verificación del cumplimiento de medidas ordenadas Procedimiento administrativo Emergencia Resolución sancionatoria

Derechos y Obligaciones del Visitado DERECHOS DEL VISITADO: a) Exigir la identificación del inspector (credencial que lo acredite como inspector federal vigente). b) Recibir orden con firma autógrafa. c) Designación de dos testigos. d) Derecho a formular observaciones durante la visita y 5 días posteriores e) Recibir el acta de inspección OBLIGACIONES DEL VISITADO: a) Permitir el acceso del personal para que realice la visita de inspección. b) Proporcionar la información y documentación que se le requiera durante la diligencia, en relación al objeto de la visita.

La visita de inspección La Profepa podrá solicitar el auxilio de la fuerza pública para efectuar la visita de inspección, cuando alguna o algunas personas obstaculicen o se opongan a la práctica de la diligencia, independientemente de las sanciones a que haya lugar.

Resultados de la visita de inspección Indican si hubo o no irregularidades. Complementan y/o corrigen información básica sobre la instalación. De haber irregularidades, ayudan a determinar la gravedad de las mismas. Pueden detonar la apertura de un procedimiento administrativo.

El procedimiento administrativo Tiene como finalidad la resolución de un conflicto, la restauración de un derecho, o resolver una controversia preestablecida, mediante una sentencia. Visita de Inspección Emplazamiento Medidas cautelares Presentación, admisión y desahogo de pruebas Emisión de Resolución-Imposición de sanciones. Periodo de alegatos

El procedimiento administrativo Ley Federal del Procedimiento Administrativo. Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Básico para verificar el cumplimiento de la legislación ambiental. Conjunto de formalidades. Substanciación del procedimiento. Configurar infracciones. Establecer nexo causal. Cumplir con términos. Notificación. Resolución fundada y motivada.

Sanciones (Art. 171 LGEEPA) I.- Multa por el equivalente de veinte a cincuenta mil unidades de medida y actualización ($3.75 mdp).  II.- Clausura temporal o definitiva, total o parcial, cuando: a) el infractor no hubiere cumplido en los plazos y condiciones impuestos por la autoridad, o con las medidas correctivas o de urgente aplicación ordenadas;

Sanciones (Art. 171 LGEEPA) b) en casos de reincidencia si se producen efectos negativos al ambiente se trate de desobediencia reiterada, en tres o más ocasiones, al cumplimiento de alguna o algunas medidas correctivas o de urgente aplicación impuestas III.- Arresto administrativo hasta por treinta y seis horas.

Imposición de Sanciones Art. 171 LGEEPA Multa por el equivalente de veinte a cincuenta mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal al momento de imponer la sanción. Art. 173 LGEEPA I.- La gravedad de la infracción, considerando los siguientes criterios: los daños que se hubieran producido o puedan producirse en la salud pública; la generación de desequilibrios ecológicos; la afectación de recursos naturales o de la biodiversidad y, en su caso, los niveles en que se hubieran rebasado los límites establecidos en la NOM aplicable; II.- Las condiciones económicas del infractor; III.- La reincidencia, si la hubiere (2 años todas las materias y 5 años en forestal) IV.- El carácter intencional o negligente de la acción u omisión constitutiva de la infracción, y V.- El beneficio directamente obtenido por el infractor por los actos que motiven la sanción

¿A qué beneficios tengo derecho si acepto la resolución? Posibilidad de convenir. Reconsideración de multas. Conmutaciones.

¿Cómo me puedo defender? Formalidades del procedimiento Derecho de audiencia (comparecencia) Impugnaciones (no estoy de acuerdo con la decisión de la autoridad) Recurso de revisión Amparo Juicio de nulidad

Consecuencias de No Cumplir Responsabilidades ambientales y, en su caso, penales. Sanciones administrativas. Clausuras. Económicas. Costos de oportunidad. Pérdida de clientes. Costos económicos y financieros. Deterioro de imagen y prestigio

Qué debemos ser capaces de hacer Evitar la apertura de un procedimiento penal o administrativo, una acción colectiva o de LFRA. Permitiendo a la autoridad cumplir con su responsabilidad. Cumpliendo nuestras obligaciones. Enfrentar un procedimiento administrativo. Conociendo nuestros derechos y obligaciones. Conociendo el procedimiento y los medios de impugnación.

Jornadas Nacionales de Gestión Ambiental Arturo Rodríguez Abitia SUBPROCURADURÍA DE AUDITORÍA AMBIENTAL Jornadas Nacionales de Gestión Ambiental Arturo Rodríguez Abitia GRACIAS 31 de Mayo de 2017