PROGRAMA DE SEGUROS RESPONSABILIDAD CIVIL CORPORATIVA CONCEPCIÓN, 24. 11.2016
TEMAS GENERALES RESPONSABILIDAD CIVIL ACCIDENTES DEL TRABAJO
NORMA FUNDAMENTAL Art. 184 Código del Trabajo “El empleador estará obligado a tomar las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, manteniendo las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas, como también los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales”. Inversión de la carga de la prueba. Culpa de la víctima.
ASPECTOS ADMINISTRATIVOS RELEVANTES Sistema General Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales Organismos Administradores Ley 16.744. Organismos Estatales Organismos Privados
INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS Inspección del Trabajo Servicio de Salud Sernageomin Investigación Sumaria Administrativa Superintendencia Electricidad y Combustible Superintendencia Servicios Sanitarios Reclamaciones Efectos
TRIBUNALES COMPETENTES Y PROCEDIMIENTO 10/10/2008 : Tableros de montaje caen sobre dos trabajadores Cuadrapléjico 31 años, soltero, vive con padres FALLECIDO 37 años, soltero JUICIO LABORAL (Afectado) JUICIO CIVIL PADRES 1º Instancia JUICIO CIVIL PADRES 1º Instancia Demanda : 02.02.2009 Prueba : 24.02.2009 Sentencia : 28.04.2009 Sentencia en Juicio Laboral en 86 días Monto: $ 522.400.000) Procedimiento nuevo inapelable.
AUDIENCIA PREPARATORIA
QUERELLAS, FORMALIZACIÓN EJECUTIVOS Y ACUERDOS REPARATORIOS ASPECTOS PENALES QUERELLAS, FORMALIZACIÓN EJECUTIVOS Y ACUERDOS REPARATORIOS
ALTERNATIVAS FRENTE A LOS RIESGOS Eliminación Mitigación Retención Transferencia vía contractual Transferencia a través de seguros
COMPAÑÍA DE SEGUROS BROKER O CORREDOR DE REASEGUROS CADENA DE REASEGURO
OTROS ENTES FISCALIZADORES CONFLICTOS COMERCIALES ROL DEL SEGURO DE RC RIESGO PENAL COSTO DE DEFENSA OTROS ENTES FISCALIZADORES SINIESTRO SEGUROS DE RC SNS / INSP. DEL TRABAJO INDEM. A TERCEROS IMAGEN PÚBLICA CONFLICTOS COMERCIALES IMPACTO POLÍTICO
OTROS ENTES FISCALIZADORES CONFLICTOS COMERCIALES RIESGO PENAL OTROS ENTES FISCALIZADORES COSTO DE DEFENSA SEGUROS DE RC SINIESTRO SNS / INSP. DEL TRABAJO INDEM. A TERCEROS IMAGEN PÚBLICA CONFLICTOS COMERCIALES IMPACTO POLÍTICO
ETAPAS DE UN SINIESTRO Y SU COSTO PERJUICIOS RECLAMACIÓN DEMANDA SENTENCIA La detección temprana del siniestro es esencial para su manejo y una adecuada protección al Asegurado
ESENCIA DE LA COBERTURA El “riesgo cubierto” está constituido por dos grandes costos: DEFENSA JUDICIAL INDEMNIZACIONES Honorarios Abogados Gastos profesionales Costas procesales Daño Emergente Lucro Cesante Daño Moral “PÉRDIDA”
CLAUSULAS ADICIONALES Y ESPECIALES CAD RC Patronal CAD RC Cruzada CAD RC Empresas de Transporte de Carga CAD RC Transporte y/o Transporte de Pasajeros CAD RC Empresas de la Construcción CAD RC Propietarios de Inmuebles CAD RC Empresa CAD RC Vehículos Motorizados CAD RC Equipo Móvil RC por Incendio y Explosión RC causada por Carga y Descarga RC por Uso de Explosivos RC por Organización de Eventos Daños a Instalaciones Subterráneas Bienes Bajo Control Cuidado y Custodia RC Contratistas / Subcontratistas
COBERTURA RC PATRONAL
NO SE CONSIDERAN TERCERAS PERSONAS O TERCEROS PRINCIPIO GENERAL EXCLUSIÓN POL 1.91.086 POL1.2013.1531 Muerte de terceras personas o las lesiones corporales causadas a las mismas 1.3.2 Socios, encargados y dependientes del asegurado, en su actuación profesional al servicio del mismo . La muerte o lesiones corporales de terceras personas. 6.3.c) ….. trabajadores o personas que dependan del asegurado causante del daño, mientras actúen en el ámbito de dicha relación o dependencia” Como se interpreta? POL 1.2013.1531. Exclusión A.7 NO SE CONSIDERAN TERCERAS PERSONAS O TERCEROS
REQUISITOS DE ASEGURABILIDAD Muerte / lesiones debe ser causada directamente por el desarrollo de las obras efectuadas por el asegurado y que se encuentren asegurados. Al momento del accidente el trabajador accidentado debe estar trabajado directamente en la labor asegurada, dentro del recinto indicado en las Condiciones Particulares. Declaración accidente del trabajo por autoridad u organismo competente. Cláusula particular. “Ampliación del lugar de las obras => Cláusula particular: “Se cubren accidentes de trayecto o itinere”, Declaración judicial? Cláusula particular por omisión de denuncia (DAT)
COBERTURA POR ACCIDENTES DEL TRABAJO INDEMNIZACIONES EN DINERO Por la responsabilidad civil declarada por sentencia ejecutoriada Reclamo interpuesto por trabajador, sucesores, beneficiarios (y otros?) A causa de un accidente del trabajo que ha provocado lesiones corporales o la muerte de un trabajador contratante. DAÑO MORAL Debe ser consecuencia directa e inmediata de lesiones corporales (POL 1.2013.1531. D4) LUCRO CESANTE POL 1.2013.1531. La cobertura del presente seguro no se extiende a lucro cesante, perjuicios por paralización y daños financieros puros. DAÑO EMERGENTE En exceso de todo tipo de indemnizaciones por aplicación normativa accidentes del trabajo. Condición particular
COBERTURA POR ACCIDENTES DEL TRABAJO GASTOS DE DEFENSA GASTOS DEFENSA JUICIOS INDEMNIZATORIOS CIVILES / LABORALES DEFENSA PENAL (¿?) POL 1.2013.1531. Art. 3. “…. gastos y costas del proceso…” Art. 6. N° 6.2). Gastos de defensa. Honorarios y gastos de toda clase que sean de cargo del asegurado como civilmente responsable. La cía. sólo pagará honorarios de abogados nombrados por ella. CAD 1.2013.1765. Los gastos de defensa ante reclamaciones o acciones basadas o causadas en el riesgo descrito en el N°1 aún cuando sean infundadas. DEFENSAS ADMINISTRATIVAS (¿?) Condición particular En tanto tenga efectos civiles. Condición particular No se refiere al pago de multas
EXCLUSIONES Accidentes de trayecto PUEDE SER CUBIERTO: Accidentes de trayecto Incumplimiento obligaciones legales / contractuales Pérdidas materiales del trabajador Reclamaciones de los propios asegurados y relacionados. Acciones de recupero Ley 16.744 Enfermedades profesionales. Trabajos en altura / subterráneos / uso explosivo TRABAJADORES sin contrato de trabajo. Vía condición particular Vía condición particular Vía condición particular Vía condición particular
CONCLUSIONES