La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez1 Seguro de Responsabilidad Civil (Art. 109 a 120) Prof. CP Gabriel F Pérez.

Presentaciones similares


Presentación del tema: "Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez1 Seguro de Responsabilidad Civil (Art. 109 a 120) Prof. CP Gabriel F Pérez."— Transcripción de la presentación:

1 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez1 Seguro de Responsabilidad Civil (Art. 109 a 120) Prof. CP Gabriel F Pérez

2 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez2 Objeto Seguro Patrimonial cuyo objeto es mantener indemne el patrimonio del asegurado por cuanto deba a un tercero, en razón de la responsabilidad prevista, por hecho acaecido durante la vigencia del contrato

3 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez3 Noción de Responsabilidad Civil Obligación de reparar por si mismo, o por un intermedio de otro, un daño causado en la persona o patrimonio de un tercero

4 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez4 Responsabilidad Civil Responsabilidad Penal Responsabilidad Civil: Se traduce en una sentencia de carácter económico. El solo hecho de producir el daño hace nacer la posibilidad de resarcimiento económico. Es asegurable, y la acción es independiente de la existencia del seguro Responsabilidad Penal: Generalmente se traduce en una sentencia que afecte los derechos personales, aunque también puede asumir la forma de resarcimiento económico. Se configura por dolo o culpa manifiesta. No es asegurable

5 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez5 No son terceros Cónyuge Parientes –Consaguinidad: 3º grado –Afinidad: 2º grado Personas en relación de dependencia. –En oportunidad o con motivo del trabajo

6 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez6 Tipos de Responsabilidad Civil Dolosa –Existe intención de causar daño –Constituye delito –No es asegurable, ni tiene cobertura Culposa –Acción realizada con Negligencia Impericia Imprudencia Falta de atención –No constituye delito –Es asegurable

7 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez7 Clasificación de la RC Extracontractual No existe obligación anterior Debe probarse la culpa Resarcimiento: consecuencias inmediatas y mediatas Prescripción: 2 años de producido

8 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez8 Clasificación de la RC Contractual Violación a una obligación contractual Se presume la culpa desde el principio Resarcimiento: solo consecuencias inmediatas Prescripción: 10 años

9 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez9 Extensión de la RC Ejecución directa del daño Daños causados por los que están bajo su dependencia Por las cosas de que se sirve Por las cosas que tiene a su cuidado

10 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez10 Alcance del reclamo de la RC Daños emergentes: gastos efectivamente soportados por ocurrencia del daño Lucro cesante Daño moral Daño psicológico Gastos y costas judiciales

11 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez11 Denuncia Dentro de los tres días de –Producido el siniestro si es conocido o debía conocerlo –Del reclamo del tercero

12 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez12 Reconocimiento de culpabilidad No puede el asegurado sin conocimiento del asegurador: –Reconocer su responsabilidad, salvo que sea en interrogatorio judicial. –Celebrar transacción

13 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez13 Conducción o Dirección del Proceso El asegurador debe defender al asegurado en causa civil La defensa en causa penal corresponde si esta estipulada en el contrato

14 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez14 Conducción o Dirección del Proceso Gastos y Costas El asegurador debe abonar los gastos y costas judiciales y extrajudiciales Cuando el asegurado asuma su defensa: la aseguradora deberá depositar en pago la suma asegurada y los gastos y costas devengados, liberándose de los posteriores Regla proporcional: corresponden en la misma proporción que al pago del daño Si por decisión manifiestamente injustificada por parte del asegurador se devengan mayores gastos y costas, estos corresponden al asegurador

15 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez15 Citación en Garantía Mecanismo procesal por el cual el asegurador es integrado al proceso de daños y en caso de condena resulte obligado al pago hasta la suma asegurada Puede ser pedido por: –Asegurado –Damnificado

16 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez16 Citación en Garantía Particularidades más importantes: a)Competencia especial: La demanda se debe iniciar en el domicilio del asegurador o en el del asegurado b)El asegurador no podrá oponer las defensas nacidas después del siniestro (sin perjuicio del reclamo regresivo contra el asegurado) c)El crédito del 3º tiene privilegio sobre la suma asegurada y sus accesorios.

17 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez17 Exclusiones Absolutas: –Hechos dolosos –Culpa Grave

18 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez18 Exclusiones Relativas: –Hechos de guerra civil o internacional –Rebelión, sedición, motín etc –Transmisión de enfermedades –Efectos de temperatura o vapores –Rotura de cañerías, humedad, filtración, desagües –Acción de humo –Acción de hongos –Incendio –Descargas eléctricas

19 Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez19 Planes de coberturas típicas RC de garages y/o actividades similares RC de ascensores y/o montacargas RC de carteles, letreros y afines RC de tintorerías y similares RC por instalaciones a vapor de agua o aceite caliente RC por excavaciones, montajes, construcción de edificios y demoliciones RC por mala praxis


Descargar ppt "Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez1 Seguro de Responsabilidad Civil (Art. 109 a 120) Prof. CP Gabriel F Pérez."

Presentaciones similares


Anuncios Google