Condominio Cerro Negro Asamblea de Copropietarios

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Transcripción de la presentación:

Condominio Cerro Negro Asamblea de Copropietarios Martes 24 de Enero de 2017 1ª Citación 20:00 Hrs. 2ªCitación 20:30 Hrs. con los copropietarios presentes www.saidadministraciones.cl

Tabla a Tratar Informe de la Administración Elección de un Comite Varios. www.saidadministraciones.cl

Derecho a Voto Ley de Copropiedad 19.537 Tienen derecho a voto todos los copropietarios o sus cónyuges que se encuentran al día con los gastos comunes. Artículo 2 Nº 6 de la ley de copropiedad inmobiliaria. (un voto por unidad) En el caso de los arrendatarios, deben de presentar un poder simple del copropietario de la unidad www.saidadministraciones.cl

¿Como Votar? El Color Azul Significa Acepto Los copropietarios hábiles tienen en su poder una tarjeta de color Azul por un lado y por el otro color Rojo El Color Azul Significa Acepto El Color Rojo Significa Rechazo www.saidadministraciones.cl

Reglas para la Asamblea Respeto Orden Altura de mira Criticas Constructivas www.saidadministraciones.cl

Vivir en Comunidad Cuando una familia decide comprar una casa en condominio, deberá tener presente los beneficios que le aporta el régimen de copropiedad, pero también estar dispuesto a vivir en comunidad con el resto de sus vecinos: Vivir en comunidad es sinónimo de tolerar y aceptar Aceptar a los demás residentes con sus particularidades. Muchos suelen molestarse porque otros comuneros opinan diferente. Depender de la voluntad de la mayoría para tomar ciertas decisiones y aceptar el acuerdo de la asamblea o del comité aún cuando no nos parezca adecuado. Los problemas principales de convivencia se traducen en roces, pequeños o grandes, que obedecen a que cada persona desea hacer primar sus intereses. Es importante que el copropietario y residentes en general, comprenda que la comunidad donde vive es como un pequeño mundo, donde lo que se busca es el bien común, el bienestar de todos los integrantes por sobre el bien de una persona. www.saidadministraciones.cl

Convivencia Vecinal “Vivimos en una comunidad y lo que vemos es reflejo de lo que somos” RESPONSABILIDAD MUTUA CONVIVENCIA VECINAL “El aire que respiras, la tierra que pisas, el sonido de la naturaleza” CUIDADO DEL MEDIO AMBIENTE RESPETO “No hacerle a tu vecino lo que no te gustaría que te hagan” COOPERACIÓN SOLIDARIDAD “Hoy por ti y mañana por mi” “Enfrentar los problemas y proyectos entre todos” www.saidadministraciones.cl

Salubridad Higiene Es obligación de los vecinos cuidar la limpieza y mantenimiento de sus viviendas, ingresos, jardines, así como de velar por el cuidado y limpieza de los espacios públicos y comunes, como así también la tenencia responsable de mascotas. www.saidadministraciones.cl

Respete a su Vecino www.saidadministraciones.cl

Juego de Niños!!!!!! www.saidadministraciones.cl

Respeto por la Vida Respete la Señalética Seguridad Velocidad Convivencia Respeto Respete la Señalética www.saidadministraciones.cl

Said Administraciones Personal de servicio Funciones Prioritarias Aseo Mantener la limpieza de los espacios comunes Disposición y retiro de contenedores de basura en el horario y días indicados Riego de jardines comunes, (no incluye aquellos arboles frente a las viviendas) Jardines Corte y mantenimiento de jardines. Poda de árboles y arbustos cuando corresponda Desmalezamiento de jardines. Tener en cuenta No son empleados de los copropietarios No están para favores personales Un trato digno a cada uno de ellos Said Administraciones

Said Administraciones Proyectos Ejecutados Concertina Perimetral Dentro de los proyectos ejecutados por el Comité de Administración junto a la Administración fue la instalación de la concertina perimetral. Esta no tuvo costo para la comunidad, pues por gestón de los organismos antes indicados se logró el financiamiento por parte de SOCOVESA. Said Administraciones

Said Administraciones Proyectos Ejecutados Automatización del Automatización del Portón Otro proyecto ejecutados por el Comité de Administración y la Administración provisoria, fue la automatización del portón que ha significado una gran comodidad para los copropietarios. También en el acceso principal se ha cambiado a chapa y colocará brazo hidráulico para cierre automático de la puerta peatonal de acceso al conominio. Said Administraciones

Said Administraciones Proyectos Ejecutados Automatización del Automatización del Portón La instalación de letreros también ha sido importante tarea, estos fueron realizados con el propósito de advertir la importancia de transitar en vehículos a interior del condominio a una velocidad moderada no superior a 20 km. Letrero en ingreso principal al condominio para advertir a los visitantes las normas del condominio. Said Administraciones

Tome Todas Las precauciones Seguridad Recuerde que: Marcan las casas y Panderetas Rompen cierres de Placas Escavan Hoyos de un lado al otro Siempre que hay obras existen Robos Ninguna Administración puede dar el 100% de Seguridad www.saidadministraciones.cl

Seguridad Como primeras medidas de seguridad, al recepcionar su vivienda, se recomienda lo siguiente:” Cambiar la combinación de las llaves de su casa o cambio de chapas. Instalar en su patio trasero un halógeno con sensor de movimiento o en su defecto con un timer. Antes de salir asegurase de dejar las puertas, ventanas y cortinas cerradas. Mantener contacto con su vecino. No dejar elementos valiosos a la vista. Recuerde que es obligación de copropietario, colaborar con la seguridad del condominio.   “No olvidar que la ocasión hace al ladrón” www.saidadministraciones.cl

Aspectos legales de un Condominio www.saidadministraciones.cl

Condominio Cerro Negro Proyecto Condominio Cerro Negro 151 Unidades A la fecha entregadas más del 75% www.saidadministraciones.cl

Proyecto Inmobiliario bajo el régimen de Copropiedad 1º Dueño La Inmobiliaria Dominio 100% Inmobiliaria Nombra a un Comité de administración que es la Inmobiliaria La Inmobiliaria Nombra a un administrador Provisorio Cuando se enajena el 75%, el Administrador Provisorio tiene que modificar el R.C.I. Se Modifica al comité y la Administración, acuerdo que toma la primera Asamblea de Copropietarios. www.saidadministraciones.cl

Reglamento de Copropiedad www.saidadministraciones.cl

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Asamblea de Copropietarios www.saidadministraciones.cl www.saidadministraciones.cl

Reglamento de Copropiedad Todo condominio se rige por un reglamento de copropiedad, el cual regula el funcionamiento del condominio y establece los derechos y obligaciones de los copropietarios. Para la correcta regulación el Reglamento establece una Administración del Condominio, la cual se compone de tres órganos según la ley: Asamblea de Copropietarios Comité de Administración Administrador. www.saidadministraciones.cl

Reglamentos de un Condominio Ley de copropiedad Inmobiliaria N°19.537 Reglamento de Copropiedad. Reglamento Interno del condominio. *La administración puede proponer un reglamento* www.saidadministraciones.cl

Asamblea de Copropietarios Servicios de Mantención Organigrama Asamblea de Copropietarios Director Administración Servicios de Mantención Said Administraciones

¿Como se calcula el GGCC? En base a la alícuota Factor que esta en el R.C. Se prorratea a las viviendas del proyecto Depende de los M2 de la vivienda El valor de gastos total del mes x la Alícuota = GGCC de la unidad Casas sin entregar cancela Socovesa Se comienza a cobrar al copropietario desde la entrega de la vivienda Comprobante Minuta Distribución GGCC www.saidadministraciones.cl

¿Como Trabajamos? Ámbito Financiero Los Ingresos Los Egresos Pago de Servicios Los Ingresos Pago Gastos Comunes Gastos de Administración Gastos de Uso y Consumo Gastos de mantención Gastos Menores Transferencias Bancarias www.saidadministraciones.cl

Movimientos Financieros Movimientos Financieros Los Ingresos Los Egresos Todos los ingresos deben estar foliados por mes Se paga con Cheque Nominativo y cruzado al nombre del servicio. Todos los Ingresos y Egresos deben de estar foliados www.saidadministraciones.cl

Cartola Bancaria a la Fecha $ 4.508.984.- www.saidadministraciones.cl

Que es un Comité de Administración Copropietarios o Cónyuges GGCC al día Mínimo 3 Personas No existe un máximo de directores Siempre cantidad impar El Comité de Administración, que viene a reemplazar a la Junta de Vigilancia del anterior cuerpo legal, no sólo es un órgano de nexo entre la asamblea y el administrador, sino que tiene sus propias obligaciones y facultades que lo transforman en una entidad clave para el funcionamiento del condominio. Tanto es así, que se puede dar el caso que el condominio decida no contratar los servicios de un administrador, pero jamás podrá resolver no nombrar su Comité de Administración, obligación que se debe cumplir en la primera sesión de la asamblea de copropietarios.  De acuerdo a las nuevas disposiciones legales, al Comité le corresponde representar a la asamblea con todas sus facultades, a excepción de aquellas materias que deban tratarse exclusivamente en una asamblea extraordinaria.  www.saidadministraciones.cl

Cómo se designa el Comité El Condominio en su primera sesión de asamblea debe designar un Comité de Administración formado, a lo menos, por tres personas. (Art. 21 de la ley). El reglamento de copropiedad podrá establecer un número mayor de integrantes o la designación de suplentes para el caso de ausencia o impedimento de los titulares. (Art. 24 del Reglamento de la ley). La asamblea tiene la facultad de designar al presidente del Comité de Administración y si no lo hiciere, lo nombrará el propio Comité.  Permanencia en el cargo La ley establece que el Comité de Administración durará en sus funciones el período que le fije la Asamblea, el que no podrá exceder de tres años, sin perjuicio de poder ser relegido indefinidamente. (Art. 21 de la Ley 19.537). Los Miembros del Comité podrán ser removidos en forma parcial o total, de acuerdo a los procedimientos, según establece el artículo 17 de la ley. Estos son: a. Sesión extraordinaria de Asamblea b. Consulta por escrito www.saidadministraciones.cl

Deberes y derechos del Comité La ley señala que el Comité de Administración tendrá la representación de la Asamblea con todas sus facultades, excepto de aquellas que deben ser materia de Asamblea Extraordinaria. Vale decir, que el Comité podrá ejercer cualquier función propia de una Asamblea Ordinaria. Podrá dictar normas y tomar acuerdos, los que se mantendrán vigentes mientras no sean revocados o modificados por la Asamblea de Copropietarios o el propio Comité. Un ejemplo característico de esta aplicación es el nombramiento del administrador. Además de las atribuciones que emanan de la propia ley, al Comité le corresponde las que determine el Reglamento de Copropiedad o la Asamblea.  Con relación a las facultades señaladas en la Ley 19.537, podemos destacar las siguientes: Autorizar el corte de suministro eléctrico a deudores morosos. (Art. 5) Aprobar presupuestos estimativos de gastos comunes. (Art. 6) Fijar destino para depositar recursos del Fondo Común de Reserva. (Art. 7) Convocar a asambleas ordinarias y extraordinarias. (Art. 17 y 18) Ejecutar los respectivos acuerdos de Asambleas. (Art. 20) Firmar Libro de Actas. (Art. 20) Representar a la Asamblea. (Art. 21) Aplicar las multas contempladas en el Reglamento de Copropiedad. (Art. 21) Abrir y manejar cuenta corriente o de ahorro. (Art. 23) Solicitar rendición de cuentas al administrador. (Art. 23) Autorizar actas de acuerdos de GGCC para otorgarle mérito ejecutivo (Art. 27) Denunciar infracciones. (Art. 32) Confeccionar y actualizar Planes de Emergencia ante Siniestros (P.E.S.). (Art. 36). www.saidadministraciones.cl

El Administrador (a) ADMINISTRADOR En la nueva ley el administrador no necesita cumplir con ningún requisito. La legislación anterior establecía algunos requisitos mínimos, como estar inscrito en Dirinco, cosa que ya había sido derogada diez años atrás; exigía rendir fianza en ciertos casos; no haber sido procesado ni condenado por delito que merezca pena aflictiva, etc. QUIEN PUEDE SER ADMINISTRADOR (art.22). Pueden desempeñar el cargo de administrador tanto personas naturales o jurídicas, estos administrarán con las facultades que disponga el reglamento de copropiedad.   EL NOMBRAMIENTO corresponde a la asamblea de copropietarios. El nombramiento debe constar en el acta de la asamblea en que se adoptó el acuerdo y reducirse a escritura pública por la persona autorizada para tal efecto o por cualquier miembro del comité de administración. Se debe mantener una copia autorizada en los archivos que maneje el condominio. La novedad de la ley es que caso que no haya designación de administrador actuará como tal el presidente del comité de administración(art.22). INCOMPATIBILIDAD. El administrador no podrá ser miembro del comité de administración (Art.22 inc.final) DURACION EN EL CARGO DE ADMINISTRADOR. Este dura en el cargo mientras cuente con la confianza de la asamblea lo que constituye una novedad de la ley dado que la antigua legislación establecía que duraba en el cargo el periodo de un año(art.22 inc.final). www.saidadministraciones.cl

Cotizaciones de Administraciones Empresa Externas $ 520.000.- Personas Naturales $ 388.889.- Auto administrado $ 150.000.- (experiencia) www.saidadministraciones.cl

Votaciones El Color Azul Significa Acepto Los copropietarios hábiles tienen en su poder una tarjeta de color Azul por un lado y por el otro color Rojo El Color Azul Significa Acepto El Color Rojo Significa Rechazo www.saidadministraciones.cl

Elección del Administrador Elección del Comité de Administración Copropietarios o Cónyuges GGCC al día Mínimo 3 Personas Muchas ganas !!!!!!! Elección del Administrador Persona Natural o Jurídica Conocimientos Recomendable profesional o técnico Experiencia www.saidadministraciones.cl

Reglamento S.M.U. Valor por Mantención Debe de ser entregada por la Administración con un acta de entrega. Cheque o Dinero en garantía, si es cheque debe de ser nominativo y cruzado con un valor a definir a nombre de Condominio Tierra del Fuego C, este es devuelto una vez que se entregue la sala de eventos. Gastos Comunes al día. Solicitar mínimo con 48 Horas de Anticipación idealmente al correo electrónico tucondominio@tucondominio.cl Indicar Hora de inicio y termino del evento a realizar. Listado de invitados a la administración, en el caso de que sean personas ajenas a la comunidad. Las llaves son entregadas por la administración al residente, las que deberá de entregar al mismo, para revisar la entrega de la sala. Los horarios de funcionamiento son, los días domingos, lunes, martes, miércoles y jueves se podrá utilizar sólo hasta las 22:00 horas, viernes, sábados y vísperas de festivos, se podrá utilizar sólo hasta las 02:00 horas. El propietario deberá de estar presente en el evento La Administración está autorizada para impedir el acceso de invitados que se presenten en manifiesto estado de ebriedad o bajo efectos de drogas. La Sala de Eventos no es apta para casamientos, bautizos o fiestas masivas que excedan las 35 personas Entregar la sala limpia y ordenada www.saidadministraciones.cl

Escriturar Asamblea ***** Cambio de poderes bancarios ***** Termino de Administracion Inductiva y Ultimas Gestiones a Realizar por parte de Said Administraciones Escriturar Asamblea ***** Cambio de poderes bancarios ***** Asentamiento ***** Asesoría ***** Instrucción **** www.saidadministraciones.cl

El éxito no se logra sólo con cualidades especiales. Es un trabajo de constancia, método y de organización. !!!!!!!!!MUCHAS GRACIAS !!!!!! www.saidadministraciones.cl