1 LEY SOBRE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA N° 20.285 Jornada con Directivos Municipales. Municipalidad de Pirque Abril, 2009.

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Transcripción de la presentación:

1 LEY SOBRE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA N° Jornada con Directivos Municipales. Municipalidad de Pirque Abril, 2009

2 ASPECTOS GENERALES Ley Sobre Acceso a la Información Pública, o Ley de Transparencia.(art. 1 N°4) Publicada en el D.O. el Entra en vigencia el excepto Art. 2° transitorio sobre la conformación del Consejo de Transparencia. 49 Arts., 12 arts transitorios; VI títulos.

3 NORMAS GENERALES Principio de Transparencia de la función pública: Consiste en respetar y cautelar la publicidad de los actos, resoluciones, procedimientos y documentos de la Administración, así como la de sus fundamentos, y en facilitar el acceso de cualquier persona a esa información, a través de los medios y procedimientos que al efecto establezca la ley. (Art. 4°)

4 NORMAS GENERALES A quiénes obliga: - Ministerios; Intendencias, Gobiernos Regionales; Gobernaciones Municipalidades, F.F.A.A. y Organismos Orden y Seguridad, Contraloría General, Ministerio Público. Las autoridades y los funcionarios de la Administración del Estado, deberán dar estricto cumplimiento al Principio de transparencia de la función pública.

5 NORMAS GENERALES Conforme la ley son Públicos: Los actos y resoluciones de los órganos de la Administración del Estado, Sus fundamentos y los documentos que le sirvan de sustento o complemento directo o esencial; Los procedimientos utilizados para su dictación Toda la Información elaborada con presupuesto público Actos y documentos publicados en el D.O. y todos los que digan relación con funciones, competencias y responsabilidades de los Órganos del Estado deberán encontrarse disponible de manera permanente al público y en los sitios web del servicio.

6 TRANSPARENCIA ACTIVA Consiste en la obligación que tiene los órganos del estado para mantener a disposición del público permanentemente a través de sus sitios web la siguiente información: (Art. 7°)

7 TRANSPARENCIA ACTIVA a) Estructura Orgánica b) Facultades, funciones y atribuciones de cada una de sus unidades. c) Marco normativo d) Planta de personal e) Contrataciones para el suministro de bienes muebles, asesorías servicios, ejecución de obras, identificando socios y accionistas principales.

8 TRANSPARENCIA ACTIVA f) Transferencias de fondos públicos g) Actos y resoluciones que afecten a terceros h) Trámites y requisitos que debe cumplir el interesado para tener para tener acceso a los servicios que preste el órgano. i) Montos asignados y criterios de acceso a subsidios y otros beneficios. j) Los mecanismos de participación ciudadana k) La información sobre el presupuesto asignado, así como los informes sobre su ejecución l) Resultados de auditorías m) Entidades en que tengan participación

9 Transparencia activa (+ ley ) CUENTA PUBLICA REGLAMENTO INTERNO REGLAMENTO DE ADQUISICIONES CONTRATOS,CONVENIOS, PLADECO PLAN REGULADOR COMUNAL REGISTRO MENSUAL DE GASTOS INFORME TRIMESTRAL DE PASIVOS ACUMULADOS (MUNICIPIO Y CORPORACIÓN)

10 Transparencia Activa La información debe ser actualizada todos los meses. Reclamo. Cualquier persona puede presentar reclamo ante el Consejo de Transparencia.

11 Derecho A Acceso A La Información De Los Órganos De La Administración Del Estado Toda persona tiene derecho a solicitar y recibir información de cualquier órgano de la Administración del Estado, en la forma y condiciones que establece la ley. El acceso a la información comprende el derecho de acceder a la información contenida en actos, resoluciones, actas, expedientes, contratos y acuerdos y toda la información elaborada con presupuesto pública.

12 PRINCIPIOS De Relevancia Libertad de Información De Apertura y Transparencia Máxima Divulgación De Divisibilidad De Facilitación

13 PRINCIPIOS De No Discriminación De Oportunidad De Control De Responsabilidad De Gratuidad

14 PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE INFORMACIÓN La Solicitud debe contener: Nombres, apellidos y dirección del solicitante y de su apoderado en su caso. Identificación clara de la información requerida. Firma del solicitante estampada por cualquier medio habilitado. Órgano administrativo al que se dirige. Si la solicitud no cumple con estos requisitos, tiene 5 días para subsanas, de lo contrario se tendrás por desistido.

15 PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE INFORMACIÓN La autoridad o jefe superior del órgano es la persona que debe resolver la solicitud accediendo o negándose Plazo: 20 días hábiles, excepción prorroga de 10 días. Información Permanente: Cuando la información se encuentre a disposición del público (cualquiera sea el formato) basta con señalar la fuente, el lugar y forma de acceder, con lo que se entiende que cumplió con la obligación de informar.

16 PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE INFORMACIÓN Vencido el plazo para la entrega o denegada la información el requirente puede recurrir al Consejo de Transparencia. Reclamación se presenta dentro del plazo de 15 días, debe señalar la infracción y presentar medios de prueba. Si el Consejo otorga acceso a la información, señalará plazo para ello y la necesidad de iniciar procedimiento disciplinario al funcionario.

17 PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE INFORMACIÓN La información solicitada se entregará en la forma y por el medio solicitado. Debe existir un sistema que certifique la entrega efectiva de la información. La entrega de las copias requeridas se hará sin imponer condiciones ni restricciones de uso.

18 CAUSALES DE SECRETO 1.-Cuando su publicidad afecte el funcionamiento del órgano requerido: a) Si afecta investigación judicial penal o son antecedentes necesarios para defensas jdcas. y judiciales. b) Si afecta la adopción de una resolución, medida o politica. c) Requerimientos genéricos referidos a un N° elevado de actos administrativos o sus antecedentes que distraiga indebidamente a los funcionarios de suslabores.

19 CAUSALES DE SECRETO 2.- Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, especialmente si se trata de datos sensibles. 3.- Cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte la seguridad de la Nación o el interés nacional, en especial si se refieren a salud, relaciones internacionales. 4.- Cuando se trate de documentos, datos o información que una L.Q.C. haya declarado reservado

20 INFRACCIONES Y SANCIONES La autoridad o jefatura o jefe superior del órgano requerido que hubiere negado infundadamente será sancionado con multa de 20% a 50% de su remuneración. La no entrega oportuna de la información en la forma decretada será sancionada con multa de 20% a 50% de la remuneración.

21 Municipalidad de Pirque – Ley Acciones a seguir desde 20 de abril Plan de difusión interno y externo Sistema transversal, integral y oportuno Unidades Responsables de dar continuidad al sistema (vigilar los procesos administrativos): Alcaldía- Unidad de control – Secretaría Municipal Unidades Responsables de generar los antecedentes. TODAS, según corresponda.

22 Proceso de consulta (diagrama simple): Municipalidad de Pirque – Ley Vecino consulta en formato ¿esta en la Web? si Refiérase a la web no Solicitar reporte a Unidad que corresponda Prepara Respuesta Plazo 20 días

23 Al implementar esta ley se requiere de TODOS los funcionarios. Orden en los antecedentes que cada unidad mantiene. Disposición a la entrega de información. Atención a los procedimientos. Coordinación entre Unidades. Apoyo entre Unidades. GRACIAS Municipalidad de Pirque – Ley