RENUNCIAS, REEMPLAZOS Y SUSTITUCIONES PROGRAMA FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA D.S. N° 49/2011.

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Transcripción de la presentación:

RENUNCIAS, REEMPLAZOS Y SUSTITUCIONES PROGRAMA FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA D.S. N° 49/2011.

El presente procedimiento tiene por objetivo establecer los lineamientos generales con respecto a los procedimientos de renuncias, reemplazos, sustituciones por fallecimiento, exclusiones y/ desistimientos de uno o más beneficiarios del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda regulado por el D.S. N° 49/2011, establecidos en los artículos Nª 27, Nª28 y Nª 29. Este procedimiento será de uso tanto para usuarios internos como para las Entidades Patrocinante y/o Comités que cuenten con Certificado de Grupos Organizado Hábil (CGOH) que estén postulando o hayan sido beneficiados de forma individual o colectiva bajo la modalidad de postulación con o sin proyecto habitacional T.S. Carolina Pérez Burgos, UGS. OBJETIVOS

Fue informado a través del Oficio Nª 221 de fecha 15 de enero de 2014

Las Entidades Patrocinante y/o los representantes legales de los grupos postulantes o beneficiados, deberán requerir por escrito al SERVIU respectivo que dichas personas sean renunciadas, excluidas, reemplazadas y/o sustituidas. Los postulantes deben cumplir con los requisitos establecidos por el D.S. 49 exigidos en ambas modalidades con y sin proyecto asociado. * La persona que ingresa a evaluación debe tener un puntaje en Ficha de Protección Social igual o inferior a la persona que esta reemplazando y/o sustituyendo. * Se pueden incorporar como reemplazos aquellas personas beneficiadas en lamodalidad de adquisición de Vivienda construida, cuyo proyecto técnico debe estar calificado en sistema Umbral. * El reemplazante debe tener las mismas característica de la persona que renuncia.. CONSIDERACIONES GENERALES

En los casos de exclusiones, sustituciones y renuncias se debe adjuntar copia autorizada del Acta del Comité donde conste la exclusión. El Acuerdo debe ser tomado en asamblea extraordinaria por los 2/3 de los miembros del Comité. Previo a la toma de este acuerdo debe realizarse una investigación con la audiencia previa del afectado, quien podrá realizar sus descargos.

Dicho documento debe a lo menos contar con la siguiente información: 1.- Se debe informar a la asamblea los cambios generados en el comité donde se indican quien egresa y quien se incorpora. 2.- En los casos de exclusiones se debe especificar el artículo y letra de los estatutos que no esta cumpliendo. Además se sugiere dejar plasmados todas las gestiones realizadas para ubicar e informar al interesado de su exclusión, como por ejemplo citaciones, envió de carta certificadas entre otras gestiones RENUNCIANTEREEMPLAZANTE NºNombre Cédula de Identidad Nombre

3.- Se debe indicar en el documento tabla de reunión, número de asistentes, hora de inicio y hora de termino. 4.- Los postulantes deberán firmar el libro de acta (nombre, rut y firma) donde manifestarán su decisión respecto a los cambios que se están originando en el comité habitacional. 5.- El acta de asistencia no se debe usar como verificar donde se plasma la voluntad del comité habitacional. El SERVIU se reserva la facultad de aceptar o rechazar las solicitudes realizadas, así como también de solicitar mayores antecedentes lo que podría ocasionar un retraso en los tiempos antes descritos

DESTINATARIOSOLICITUDPROCESOPLAZO Encargado de Unidad de Gestión Social  Renuncias  Exclusiones  Reemplazos  Sustituciones Revisión de antecedentes 10 días hábiles desde el ingreso de la solicitud por parte de la EP o Representante Grupo Jefe de Departamento Operaciones Habitacionales  Renuncias  Exclusiones  Reemplazos  Sustituciones Generación Resolución de: - Renuncia - Exclusión - Reemplazo - Sustitución Generación de Oficio de Solicitud a SEREMI o MINVU de: - Renuncia - Exclusión - Reemplazo - Sustitución 10 días hábiles desde el ingreso del V°B° desde la Unidad de Gestión Social Dirección SERVIU  Renuncias  Exclusiones  Reemplazos  Sustituciones Firma de Resoluciones u Oficios 5 días hábiles desde el envío del Oficio y/o Resolución desde el Departamento de Operaciones Habitacionales. PROCESO, PROTOCOLO Y PLAZOS