CONSEJO DE PARTICIPACION CIUDADANA Y CONTROL SOCIAL. DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTROL SOCIAL INFORME TECNICO DE LA VEEDURÍA CIUDADANA PARA LA DESIGNACIÓN.

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Transcripción de la presentación:

CONSEJO DE PARTICIPACION CIUDADANA Y CONTROL SOCIAL. DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTROL SOCIAL INFORME TECNICO DE LA VEEDURÍA CIUDADANA PARA LA DESIGNACIÓN DE LA PRIMERA AUTORIDAD DE LA DEFENSORIA DEL PUEBLO

 Cumplimiento del mandato Constitucional  Art. 95. Garantizar la participación individual y colectiva en la toma de decisiones, planificación y gestión de los asuntos públicos.  Art. 207 que crea el CPCCS como la Institución que promueve e incentiva el ejercicio de los derechos relativos a la participación ciudadana.

 En el cumplimiento de la competencia dada al CPCCS.  Selección de Autoridades públicas a través de las Comisiones Ciudadanas.  Con Veeduría e impugnación ciudadana  CPCCS publica la convocatoria el 27- dic/2010 al 10 de enero de 2011.

RESULTADOS

 EN RELACIÓN AL INFORME DE LA VEEDURÍA.  De manera insistente, mediante correos electrónicos, llamadas telefónicas y por escrito se solicito la entrega del informe final de la veeduría ciudadana, no recibimos la atención a nuestro requerimiento, a pesar que el proceso para el cual habían sido acreditados había concluido.  Se le enviaron dos oficios con fechas: 13 de Diciembre de 2011 y 3 de enero de 2012 en los que se le solicitaba la presentación del informe final tal como se indica en el Reglamento de Veedurías para los procesos de selección de los miembros de las comisiones ciudadanas y para la designación de Autoridades Art. 14.-Coordinación, literal d) Presentar al Pleno del Consejo los informes finales del proceso que presenten los distintos veedores. 

El presente informe fue presentado e ingresado a la Secretaria del CPCCS con fecha 9 de marzo del presente año.

 OBSERVACIONES DE LA COORDINACIÓN DE LA VEEDURÍA: 1. Se deben socializar desde el CPCCS el verdadero rol del veedor sobre el objeto de la veeduría. 2. Los veedores no hemos sido atendidos en nuestras necesidades básicas. 3. No tenemos una coordinación ejecutiva y eficaz desde el CPCCS que nos permita realizar una veeduría cívica, propositiva y voluntaria. 4. No tuvimos un local para las reuniones de la veeduría a pesar de haberle solicitado al CPCCS. 5. Un aproximado del 90% de los veedores han decidido alejarse de esta función cívica por falta de apoyo e información de parte de funcionarios del CPCCS.

 6.- la Comisión de Selección no respeto a la Coordinación nacional de la veeduría y reglamento general de veeduría y, se entrego información individual a los veedores.  7.- No se entrego la información solicitada a tiempo a la Coordinación nacional de la veeduría por parte de la Comisión de Selección para designar a la Primera autoridad de la Defensoría del Pueblo.  8.- Como ciudadano en ejercicio de mis derechos de participación, conforme al Art. 18, numeral 2, Art. 61, numeral 1 y 2 “derecho de petición” solicitaré al CPCCS, copias certificadas sobre el concurso para designar a la Primera Autoridad de la Defensoría del Pueblo.

 CONCLUSIONES.  En relación a la queja de no contar con un espacio en donde poder reunirse, se debe indicar que actualmente los veedores ciudadanos de diferentes procesos ya cuentan con el espacio y los equipos necesarios para poder realizar su función.  En relación al alejamiento del 90% de los veedores del proceso, desde la DNCS consideramos que son varias las causas que han provocado el alejamiento de estos ciudadanos de los procesos a los que se inscribieron, una de las causas es la diferencias que se generan al interior de la Coordinación, otras de las causa es la distancia geográfica que existe entre las diferentes provincias y la capital, ya que es en Quito en donde la CCS realiza su labor.

 El POA del 2012 de la DNCS ha permitido poder cumplir con las demandas básicas de los diferentes procesos de veedurías ciudadanas que actualmente están en función. Los Técnicos de la DNCS siempre han estado prestos a colaborar dentro de las posibilidades y de los recursos existentes en la Dirección, consideramos que no es justo que se diga que no hemos colaborado y respondido a necesidades concretas.  En relación a que se deben socializar desde el CPCCS el verdadero rol del veedor consideramos que dentro del Taller de capacitación e inducción en mecanismos de control social y el énfasis que se da en lo concerniente a lo que son las veedurías ciudadanas, siempre se recomienda la lectura tanto del Reglamento General de Veedurías Ciudadanas como de la Ley Orgánica de Participación, esta recomendación tiene como único interés que los/as ciudadanos/as que participan en los diferentes procesos que ha convocado el CPCCS conozcan lo mejor posible la reglamentación que los faculta y limita en su acción como veedores. 

 Solicitamos que una vez puesto en conocimiento del Pleno del CPCCS el presente informe y recibir su aprobación, se traslade el presente documento a la Dirección Nacional de Comunicación para su difusión mediante la pagina Web y otros medios.