Procedimiento para la Selección de los Candidatos a Miembros de Mesa. Procedimiento para la Selección de los Candidatos a Miembros de Mesa. Elecciones Regionales y Municipales 2006.
LOE Artículo 55° Cada mesa está compuesta por tres(3) miembros titulares. Desempeña el cargo de Presidente de mesa el que haya sido designado primer titular y el de secretario el segundo titular.
LOE Artículo 55° (Cont.) La designación se realizar por sorteo entre una lista de veinticinco ciudadanos seleccionados entre los electores de la mesa de sufragio. El proceso de selección y sorteo esta a cargo de la ONPE, en coordinación con la RENIEC. En este mismo acto son sorteados otros tres miembros, que tienen calidad de suplentes.
En la lista de selección de ciudadanos a que se refiere el párrafo precedente y en el sorteo de miembros de mesa de sufragio, se puede utilizar sistemas informáticos. LOE Artículo 55° (Cont.)
Para la selección se prefiere a los ciudadanos con mayor grado de instrucción de la mesa correspondiente o a los que aún no haya realizado dicha labor. LOE Artículo 55° (Cont.)
LOE Artículo 57° No pueden ser miembros de las mesas de sufragio: –Los candidatos y personeros de los partidos políticos, agrupaciones independientes y alianzas. –Los funcionarios y empleados de los organismos que conforman el sistema electoral peruano. –Las autoridades políticas y los Miembros de los consejos municipales.
LOE Artículo 57° (Cont.) No pueden ser miembros de las mesas de sufragio: –Los ciudadanos que integran los comités directivos de los partidos políticos, agrupaciones independientes y alianzas inscritos en el JNE. –Los cónyuges y los parientes dentro del segundo grado de consanguinidad y afinidad entre los miembro de una mesa; y, –Los electores temporalmente ausentes de la república de acuerdo con las relaciones que remita el RENIEC
FUSION DE MESAS Se definen las mesas que se unen (fusión) para el presente proceso, en base a los criterios establecidos por la gerencia de planeamiento – ONPE, a la fecha. Paso 1
Fusión de Mesas G.V G.V Fusión Mesa G.V G.V Paso 1
Electores hábiles de cada mesa Del Padrón electoral, se obtienen los electores hábiles que corresponden a cada mesa, teniendo en cuenta el resultado del proceso de fusión de mesas. Paso 2
Electores hábiles de cada mesa Mesa Electores Hábiles Paso 2
Asignación de Prioridad por grado de instrucción A todos los electores del padrón se asigna una prioridad de acuerdo a su grado de instrucción teniendo lo establecido en el Artículo 55° de la LOE, según la siguiente tabla, basado en la información de los grados de instrucción proporcionadas por la RENIEC. Paso 3
Prioridad por grados de instrucción Código de grado de instrucción DescripciónPrioridad 1 30Superior completa1 50Técnica completa10 20 Secundaria completa 16
Asignación de prioridad por grado de instrucción Grupo de Votación Elector Grado de Instrucción Prioridad según grado de instrucción Superior completa Secundaria completa Técnica completa Superior completa Técnica completa Superior completa Superior completa Superior completa
Asignación de segunda prioridad Como criterio complementario, a todos los electores se le asigna una segunda prioridad de acuerdo a la relación histórica de miembro de mesa según la siguiente tabla, basada en la información de las: –Elecciones Municipales 1998 –Elecciones Generales 2000 –Elecciones Generales 2001 –Consulta popular de revocatoria de Autoridades Municipales –Elecciones Regionales y Municipales 2002 –Elecciones Municipales Complementarias 2003 –Consulta popular de Revocatoria de Autoridades Municipales 2004 –Elecciones Municipales Complementarias 2005 –Consulta popular de revocatoria de Autoridades Municipales Jul –Referendúm para la Integración y conformación de Regiones 2005 –Consulta popular de revocatoria de Autoridades Municipales Oct –Elecciones Generales –Nuevas Elecciones Municipales (Agosto del 2006) Paso 4 POR SER MIEMBRO DE MESA EN PROCESOS ANTERIORES
Prioridad por histórico de veces Número de veces que a sido miembro de mesa Prioridad
Grupo de Votación Elector Grado de Instrucción Prioridad según grado de instrucción Prioridad por histórico de veces Superior completa Secundaria completa Técnica completa Superior completa Técnica completa Superior completa Superior completa Superior completa 11 MESA Asignación de segunda prioridad POR SER MIEMBRO DE MESA EN PROCESOS ANTERIORES
Ordenamiento de Electores de acuerdo a las prioridades 1 y 2 Se ordena a todos los electores dentro de sus mesas asignadas de acuerdo a la Prioridad 1y dentro de este ordenamiento en base a la Prioridad 2, estableciendo de esta manera prevalecencia de la prioridad 1 sobre la prioridad 2. Paso 5
Ordenamiento de Electores de acuerdo a las prioridades 1 y 2 Grupo de Votación Elector Grado de Instrucción Prioridad según grado de instrucción Prioridad por histórico de veces Superior completa Superior completa Superior completa Superior completa Superior completa Técnica Completa Técnica Completa Secundaria Completa 161
Agrupamiento de electores según las prioridades Se escoge los N electores hábiles de la masa con menor prioridad (aquellos que tengan mayor grado de instrucción y no haya sido miembro de mesa), y que no estén excluidos del sorteo (según artículo 57° - LOE). Paso 6
Agrupamiento de electores según las prioridades Grupo de Votación Elector Prioridad según grado de instrucción Prioridad por histórico de veces ________ SUM 25
Asignación de valores aleatorios Del grupo(s) obtenido(s) en el paso anterior se asigna aleatoriamente un valor a cada elector (utilizando una función computacional que otorgue condiciones de aleatoriedad al número obtenido). Luego se ordena por prioridad de menor a mayor dentro de este ordenamiento por el valor aleatorio obtenido, de menor a mayor. Paso 7
Asignación de valores aleatorios Grupo de Votación Elector Prioridad según grado de instrucción Prioridad por histórico de veces Aleatorio Paso 7
Selección de Electores Se escoge los primeros electores ordenados de menor a mayor hasta llegar a la posición veinticinco (25) o se acabe la lista, según lo que ocurra primero. Paso 8
Agrupación por cada ODPE Se separa los 25 electores seleccionados por cada mesa y se agrupan por ODPEs, para que cada una de éstas ejecute el respectivo Sorteo de Miembros de Mesa. Paso 9
SORTEO DE LOS MIEMBROS DE MESA Elecciones Regionales y Municipales 2006
1.- Introducción 2.- Designación de los Miembros de Mesa 3.- Sorteo de los Miembros de Mesa 4.- Plazo para el sorteo de los Miembros de Mesa 5.- Impedimentos para ser Miembros de Mesa de sufragio 6.- Impugnación contra la conformación de los Miembros de Mesa 1. INTRODUCCIÓN Indice Elecciones Regionales y Municipales 2006 GERENCIA DE FISCALIZACIÓN SORTEO DE MIEMBROS DE MESA
Los Miembros de las Mesas de sufragio tienen por finalidad recibir los votos que emitan los electores en cada circunscripción electoral, asimismo realizar el escrutinio, el cómputo y el llenado de las actas electorales. 1. INTRODUCCIÓN 1.- Introducción Elecciones Regionales y Municipales 2006 GERENCIA DE FISCALIZACIÓN DESIGNACIÓN DE MIEMBROS DE MESA
La designación se realiza por sorteo de entre una lista de 25 ciudadanos seleccionados entre los electores de la Mesa de Sufragio. El proceso de selección y sorteo está a cargo de la ONPE en coordinación con la RENIEC. 1. INTRODUCCIÓN 2.- Designación de Miembros de mesa Elecciones Regionales y Municipales 2006 GERENCIA DE FISCALIZACIÓN DESIGNACIÓN DE MIEMBROS DE MESA
3.- Sorteo de Miembros de Mesa Cada Mesa de Sufragio está compuesto por tres(3) miembros titulares y tres (3) miembros suplentes. Al acto del sorteo de los miembros de mesa pueden asistir los personeros de los partidos políticos, agrupaciones independientes y alianzas debidamente acreditados ante el JNE o JEE. Del proceso de sorteo se levanta un acta por duplicado, las mismas que son remitidas un ejemplar al JNE y otra al JEE GERENCIA DE FISCALIZACIÓN DESIGNACIÓN DE MIEMBROS DE MESA
4.- Plazo para el sorteo de Miembros de Mesa La numeración de las mesas de sufragio y el sorteo de sus miembros se efectúan por las ODPE por lo menos 45 días naturales antes de la fecha señalada para las elecciones. GERENCIA DE FISCALIZACIÓN DESIGNACIÓN DE MIEMBROS DE MESA
Impresión de las actas y del listado de los miembros de mesa. Firma de las actas por los presentes. Presentación y explicación del Procedimiento. Bolillero y 25 bolillas, enumeradas del 1 al 25. Se contará con la presencia de un Notario realizando la verificación de bolillas. Extracción de las bolillas que determinarán a los 3 miembros titulares y a los 3 miembros suplentes. DESIGNACIÓN DE MIEMBROS DE MESA El encargado del Centro de Cómputo ingresa el número de las bolillas extraídas a fin de capturar e imprimir los miembros de mesa en la base de datos. GERENCIA DE FISCALIZACIÓN
5.- Impedimentos para ser miembros de Mesa. GERENCIA DE FISCALIZACIÓN No pueden ser Miembros de Mesa: Los candidatos y personeros de los Partidos Políticos, agrupaciones independientes y alianzas. Los funcionarios y empleados de los organismos que conforman el Sistema Electoral Peruano. Las autoridades políticas y los miembros de los Concejos Municipales. Los ciudadanos que integran los comités directivos de los partidos políticos, agrupaciones independientes y alianzas inscritos en el JNE. Los cónyuges y parientes dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad entre los miembros de una misma mesa. Los electores temporalmente ausentes de la República de acuerdo con las relaciones correspondientes que remita la RENIEC. DESIGNACIÓN DE MIEMBROS DE MESA
Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, en actividad, ejercerán el derecho a sufragio en el grupo de votación asignado por el RENIEC y que figura en su Documento Nacional de Identidad NO PODRAN SER DESIGNADOS MIEMBROS DE MESA. ¡Importante! Art.° 1 Resolución N° JNE El Reglamento sobre el Ejercicio del Voto de los miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú, establece: DESIGNACIÓN DE MIEMBROS DE MESA GERENCIA DE FISCALIZACIÓN
Esta parte del procedimiento debe asegurar que cada ODPE publique en las localidades el resultado del sorteo con la finalidad de que se presenten las tachas correspondientes. Su conformación se da a conocer de inmediato a través de los medios de comunicación y por carteles que se fijan en los edificios públicos y en los lugares más frecuentados por los ciudadanos de la localidad. Art.° 59 LOE. GERENCIA DE FISCALIZACIÓN 6.- Fiscalización de la publicación de los resultados del sorteo de miembros de mesa. DESIGNACIÓN DE MIEMBROS DE MESA
7.- Impugnación contra la conformación de los Miembros de Mesa: GERENCIA DE FISCALIZACIÓN Cualquier ciudadano o cualquier personero puede formular tachas dentro de los tres días contados desde su publicación. La presentación se realiza ante las ODPE con prueba instrumental siendo remitidas el mismo día a los JEE para ser resueltas dentro del día siguiente de haber sido formuladas. DESIGNACIÓN DE MIEMBROS DE MESA
Formato de Fiscalización DESIGNACIÓN DE MIEMBROS DE MESA Formato de Publicación