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PARTIDO DE LA LIBERACION DOMINICANA “Servir al Partido para Servir al Pueblo” Comisión Nacional Electoral 2010-2016.

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1 PARTIDO DE LA LIBERACION DOMINICANA “Servir al Partido para Servir al Pueblo” Comisión Nacional Electoral 2010-2016

2 INSTRUCTIVO PARA LA ELECCIÓN EN LOS PLENOS DE LOS COMITES INTERMEDIOS DE LOS PRECANDIDATOS Y LAS PRECANDIDATAS, A CARGOS CONGRESIONALES Y MUNICIPALES (PERIODO 2010-2016)

3 De acuerdo al Reglamento aprobado por el Comité Central, para la elección de los Candidatos y las Candidatas a cargos Congresionales y Municipales para el período 2010-2016, los Precandidatos y las Precandidatas QUE NO SON MIEMBROS DEL COMITÉ CENTRAL, deben ser propuestos por el voto mayoritario del Pleno del Comité Intermedio al que pertenece el Precandidato o Precandidata, aplicando el siguiente procedimiento:

4 DE LA CONVOCATORIA AL PLENO:

5 a ) El Presidente o Presidenta y la o el Encargado de Organización del Comité Intermedio convocará por escrito, a todos los Presidentes y las Presidentas de los Comités de Base del Comité Intermedio, al Pleno del Comité Intermedio a celebrarse para proponer a los Precandidatos y las Precandidatas a cargos congresionales y municipales

6 b) La convocatoria a los Presidentes y Presidentas de Comités de Base debe hacerse por escrito, especificando la fecha, la hora y el lugar en que se realizará el Pleno, de acuerdo al calendario establecido por la Comisión Nacional Electoral. De cada convocatoria debe conservarse un acuse de recibo como constancia de que dicha comunicación fue recibida para ser presentada el día de la celebración del Pleno.

7 c) Los Presidentes y las Presidentas de los Comités de Base deberán convocar a todas las y los miembros de su Comité de Base a participar en el Pleno como observadores.

8 DE LA CELEBRACION DEL PLENO:

9 a) Al inicio de la reunión, la o el Encargado de Organización del Comité Intermedio pasará lista, llamando por su nombre a cada uno de los Presidentes y las Presidentas de Comité de Base que integran la matrícula del Comité Intermedio. Verificará el quórum reglamentario, que consiste en la mitad más uno del total de Presidentes de Comités de Base que integran la matrícula del Comité Intermedio.

10 b) Las y los Presidentes de Comités de Base que por causas ajenas a su voluntad no puedan asistir al Pleno, no podrán ser sustituido por ningún otro miembro del organismo.

11 c ) Comprobado el quórum reglamentario, el Presidente o la Presidenta del Comité Intermedio dará inicio al Pleno con el lema del Partido y procederá a la lectura del presente instructivo.

12 d) Los Precandidatos y las Precandidatas a proponer por el Pleno deben estar registrados en el padrón del Comité Intermedio y, pueden ser propuestos o propuestas por cualquier miembro del Pleno (Presidentas o Presidentes de Comités de Base). Los miembros del Partido que participan como observadores tienen derecho a autoproponerse.

13 e) Las Precandidatas y los Precandidatos propuestos por el Pleno del Comité Intermedio serán sólo aquellos compañeros y compañeras que no son Miembros del Comité Central y que aspiran a un cargo congresional o municipal en la circunscripción, el municipio o la provincia a que pertenece el Comité Intermedio.

14 SOBRE LA ELECCION DE LOS PRECANDIDATOS Y LAS PRECANDIDATAS:

15 a) Realizadas las propuestas de Precandidatos y Precandidatas, el Presidente o Presidenta del Comité Intermedio, junto al Encargado o Encargada de Organización y el Encargado o Encargada de Actas y Correspondencias de la Dirección Media, elaborarán la lista de los Precandidatos y las Precandidatas propuestos en orden alfabético y por cargo. Luego la leerán frente al Pleno para fines de validación y la colocarán en un lugar visible.

16 b) Validada y publicada la lista de Precandidatas y Precandidatos propuestos, la Comisión mencionada en el acápite anterior, procederá a entregar a cada Presidente de Comité de Base presente, una boleta confeccionada por la Comisión Nacional Electoral, a fin de que cada miembro del Pleno escriba en la misma los nombres y apellidos de los Precandidatos y las Precandidatas de su preferencia en la casilla correspondiente.

17 c) Sólo tienen derecho al voto los Presidentes y las Presidentas de los Comités de Base. El voto será secreto e individual.

18 d) Previo al inicio de la votación, el Presidente o Presidenta del Comité Intermedio confirmará e informará al Pleno el número de Presidentes de Comités de Base presentes para fines del conteo de los votos.

19 e ) Realizada la votación cada miembro del Pleno depositará su boleta en la urna preparada al efecto.

20 SOBRE EL CONTEO DE LOS VOTOS:

21 a) La Comisión antes mencionada, procederá al conteo de los votos en presencia de todas y todos los miembros del Comité Intermedio presentes.

22 b) Serán consideradas y considerados Precandidatas y Precandidatos electos aquellos compañeros y compañeras que obtengan más de la mitad de los votos de los miembros del Pleno presentes.

23 c) Terminado el conteo de los votos, se procederá a levantar un acta en un formato remitido para estos fines por la Comisión Nacional Electoral, en la cual se harán constar los nombres y los cargos de los Precandidatos y las Precandidatas que obtuvieron más de la mitad de los votos de los miembros del Pleno presentes, la cantidad de votos en letras y en números obtenidos por cada Precandidato o Precandidata y las firmas de cada uno de los miembros del Pleno presentes y el sello del Comité Intermedio.

24 d) Cada Precandidato y Precandidata electo deberá depositar una copia de su cédula de identidad y electoral y una fotografía 2 X 2.

25 e) El acta de votación deberá ser entregada a la Comisión Electoral del municipio o de la circunscripción electoral correspondiente a más tardar al día siguiente de la realización del Pleno.

26 f) Toda Precandidata o Precandidato electo por el Pleno de su Comité Intermedio, tiene derecho a recibir una copia del acta de votación, a fin de verificar su inscripción en la Comisión Electoral correspondiente.

27 Comisión Nacional Electoral 2010-2016 5 de julio del año 2009

28 MUCHAS GRACIAS


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