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Elecciones Generales 2006 Fiscalización del Padrón Electoral Miguel Vilchez Plasencia Jurado Nacional de Elecciones.

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Presentación del tema: "Elecciones Generales 2006 Fiscalización del Padrón Electoral Miguel Vilchez Plasencia Jurado Nacional de Elecciones."— Transcripción de la presentación:

1 Elecciones Generales 2006 Fiscalización del Padrón Electoral Miguel Vilchez Plasencia Jurado Nacional de Elecciones

2 ¿Qué es el Padrón Electoral? Es la relación de los ciudadanos hábiles para votar; se elabora sobre la base del registro único de identificación de las personas; se mantiene y actualiza por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil según los cronogramas y coordinaciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales Art. 196 de la LOE

3 NORMA Art. 196º de la LOE. Definición de Padrón Electoral. Art. 10º de la LOE. Suspensión del Ejercicio de la ciudadanía. Art. 43º de la LOE. Fiscalización del Padrón Electoral. Art. 197º de la LOE. Carácter Público del Padrón Electoral. Art. 198º de la LOE. Publicación de las Listas del Padrón. Art. 199º de la LOE. Reclamos de los electores sobre la inscripción en el padrón. REFERENCIA Art. 178º de la CPP. Mandato constitucional para la Fiscalización del Padrón Electoral. ¿Cuál es la Normativa Aplicable?

4 Art. 200º de la LOE. Observación de las Organizaciones Políticas al Padrón Electoral. Art. 201º de la LOE. Plazo de entrega y aprobación del Padrón Electoral actualizado. Art. 203º de la LOE. Contenido y especificaciones del Padrón Electoral. Art. 5º de la LOJNE. Funciones del JNE respecto del Padrón Electoral. Ley N° 14207 – art. 69° Obligación de los Registradores del Estado Civil. Art. 7º de la LORENIEC Funciones del RENIEC. NORMA REFERENCIA Ley N° 27764 – art. 1° Establece fecha de cierre del padrón electoral.

5 Para validar que el padrón electoral a ser utilizado en un determinado proceso electoral refleje, con un margen de error aceptable, la población electoral habilitada para participar en dicho proceso. ¿Por qué se fiscaliza?

6 La Fiscalización del Padrón se da en dos etapas: Permanente : fiscalizando los envíos trimestrales que realiza el RENIEC (altas, bajas y modificaciones) Permanente : fiscalizando los envíos trimestrales que realiza el RENIEC (altas, bajas y modificaciones) Por Proceso: Fiscalización que se realiza al cierre del Padrón Electoral, para lo cual se selecciona una muestra al azar y se realiza la verificación de sus datos. Por Proceso: Fiscalización que se realiza al cierre del Padrón Electoral, para lo cual se selecciona una muestra al azar y se realiza la verificación de sus datos. ¿Cómo se fiscaliza?

7 Actividades Permanentes El RENIEC remite trimestralmente, al JNE y a la ONPE, la relación de inscripciones agregadas o eliminadas del Padrón Electoral a nivel nacional, relación que deberá contener los mismos datos e imágenes que se consignan en el Padrón Electoral. Art. 204 de la LOE El RENIEC remite trimestralmente, al JNE y a la ONPE, la relación de inscripciones agregadas o eliminadas del Padrón Electoral a nivel nacional, relación que deberá contener los mismos datos e imágenes que se consignan en el Padrón Electoral. Art. 204 de la LOE Ingreso de las actas de defunción remitidas por los Registros Civiles a nivel nacional a través del SIRFA (Sistema de Registro de Fallecidos). Ingreso de las actas de defunción remitidas por los Registros Civiles a nivel nacional a través del SIRFA (Sistema de Registro de Fallecidos).

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9 BD Padrón BD Fallecidos Proceso de Registro de Fallecidos Proceso de Análisis Actas de Defunción Padrón Electoral MUNICIPALIDA D RENIEC Digitalizació n (Scanner) Digitación (Registro) Carga del Padrón Análisis de Datos Análisis Cruce de BD Padrón y BD Fallecidos Consistencia de registros Sin fecha de nacimiento Sin apellidos o nombres Otros JURADO NACIONAL DE ELECCIONES MUESTRA LABORDIARIA LABORTRIMESTRAL

10 Actividades por Proceso Electoral Objetivos Verificar que el padrón electoral contenga, con un margen de error aceptable, integridad en los datos de los electores. Validar que el padrón electoral contenga, con un margen de error aceptable y que se ajuste a la legalidad, a los electores habilitados para participar en el próximo proceso electoral.

11 Cronograma de Actividades Referidas a la Aprobación del Padrón Electoral Cierre del Padrón Electoral por el RENIEC Remisión del Padrón Electoral al JNE Aprobación del Padrón Electoral por el JNE 120 días antes del proceso electoral 90 días antes del proceso electoral 10 días luego de recibido el padrón Publicación del Padrón Electoral por el RENIEC 5 días calendario Fecha Límite

12 1.Ubicación y verificación de datos de ciudadanos. 2.Fiscalización de la Publicación del Padrón Electoral. 3.Visita a los Registradores Civiles. 4.Detección de Cementerios Clandestinos Labor de Campo El fiscalizador asignado a la zona debe encargarse de realizar las siguientes tareas :

13 Se selecciona una muestra de ciudadanos que deberá visitar el fiscalizador, la cual es proporcional a la cantidad de electores de la localidad. 1. Ubicación y Verificación de datos del ciudadano

14 Formato F01A: Código del fiscalizador y dígitos que identifican al ciudadano de la muestra Fecha en la que verifico los datos del ciudadano Marcar con “  “ en caso los datos coincidan. Marcar con “ X “ en caso no coincidan y escribir el dato tal como figura en el DNI.

15 Formato F01A: Registrar la firma del ciudadano ubicado. Registrar la huella digital del ciudadano ubicado. Completar los datos solicitados, desglosar y entregar al ciudadano.

16 2. Publicación del Padrón “El RENIEC publica listas del Padrón inicial (…), después del Cierre de las Inscripciones.” Art. 198° de la LOE “Los electores inscritos que, por cualquier motivo, no figuren en estas listas o estén registrados con error, tienen derecho a reclamar ante la oficina del RENIEC de su circunscripción, durante el plazo de cinco días contados desde la fecha de la publicación.” Art. 199° de la LOE

17 Primero se debe ubicar el lugar donde se publica el padrón. Posteriormente deberá constatar la efectiva publicación del padrón y el plazo de permanencia de la misma. Labor de Fiscalización Verificará que las tachas y observaciones presentadas por los ciudadanos sean aceptadas por el funcionario del RENIEC asignado al lugar, sólo en caso de presenciarlas en el periodo de publicación.

18 Registrador : Persona encargada de conocer, calificar y resolver los procedimientos registrales señalados en la Ley. Acto Registral : Acto Administrativo que en ejercicio de sus funciones realizan los Registradores, respecto de la inscripción de todo hecho relativo a la identidad y estado civil de las personas. Definiciones : 3. Visita a los Registradores Civiles

19 El Fiscalizador deberá visitar el Municipio o Registro Civil de la localidad, con la finalidad de verificar la remisión de información al RENIEC. El Fiscalizador registrará los cargos del último envío de la información y la relación de actas pendientes de remisión. Además, solicitará que dicha información sea remitida también al JNE (fiscalización). Labor a Realizar Se deberá solicitar las copias de las actas de defunción pendientes de remisión y anexarlas en el informe del trabajo de campo.

20 4. Cementerios Clandestinos o Irregulares Verificar in Situ y registrar en el formato correspondiente la existencia de cementerios clandestinos o irregulares en la zona de trabajo a la que fue asignado. Adicionalmente deberá registrar la cantidad aproximada de nichos. Cementerios Clandestinos

21 Fotografías de la Labor de Fiscalización

22 Gracias por su Atención


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