RESOLUCIÓN 2013 de 1986.

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Transcripción de la presentación:

RESOLUCIÓN 2013 de 1986

Reglamentar la organización y funcionamiento de los comités de Medicina, Higiene, y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo OBJETO

OBLIGACIÓN Todos los trabajadores deben participar en votación libre en la elección de sus representantes Toda institución publica o privada que tengan a sus servicios mas de 10 trabajadores, esta en la obligación de conformar el comité.

Estar conformada por igual numero de representantes por parte de la administración e igual numero de representantes por parte de los trabajadores, de allí su denominación de paritario CONFORMACIÓN El empleador debe nombrar sus representantes.

Todos los trabajadores deben participar en votación libre en la elección de sus representantes El periodo de los miembros es de 2 años CONFORMACIÓN

REUNIONES Se reunirá extraordinariamente en caso de accidente grave o riesgo inminente Se reunirá por lo menos una vez al mes en local de la empresa y durante el horario de trabajo

El quórum esta constituido por la mitas mas uno de sus miembros REUNIONES El empleador designa el presidente de los representantes que el designa y el comité en pleno elige el secretario de la totalidad de los miembros.

MISIÓN El comité paritario de salud ocupacional es el organismo que debe velar por la promoción y vigilancia de las normas y reglamentos de salud ocupacional ( Medicina, Higiene, Medio ambiente laboral y seguridad industrial) dentro de la empresa, minimizando los riesgos profesionales.

FUNCIONES Proponer a la empresa medidas preventivas y actividades relacionadas con la salud en el trabajo Proponer actividades de capacitación en salud ocupacional dirigidos a todos los niveles de la empresa

Vigilar el cumplimiento de las actividades del programa de salud ocupacional FUNCIONES Estudiar sugerencias que presenten los trabajadores Colaborar en el análisis de las causas de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales

Deben realizar estudios de las sugerencias de los trabajadores y entorno de trabajo, análisis de riesgos presentados y proporción de medidas especificas para corregirlos o prevenirlos Visitar los lugares de trabajo e inspeccionar los ambientes, maquina ,equipos, aparatos y procesos productivos FUNCIONES

FUNCIONES DEL PRESIDENTE Presidir y orientar las reuniones. Determinar el lugar de las reuniones. Convocar por escrito a los miembros a reunión. Preparar los temas a tratar. Tramitar ante la administración de la empresa las recomendaciones aprobadas al igual que informar de las actividades desarrolladas. Velar por la buena marcha del comité

FUNCIONES DEL SECRETARIO Tomar nota de los temas tratados, elaborar el acta de cada reunión y someterla a discusión y aprobación Llevar el archivo y suministrar la información que se requiera.

OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR Propiciar la conformación del comité garantizando la libertad y oportunidad en las votaciones. Designar sus representantes. Designar al presidente. Proporcionar los medios necesarios. Estudiar las recomendaciones y determinar la adopción de medidas.

OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES Propiciar la conformación del comité garantizando la libertad y oportunidad en las votaciones. Designar sus representantes.

Sesiones conjuntas . Adopción de medidas de mutuo acuerdo. Empleadores en el mimo lugar. Contratistas. Vigilancia y control Ministerio de trabajo y seguridad social. OTRAS DISPOSICIONES

PREGUNTAS