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CAPITULO II. DERECHO DE LOS TRABAJADORES PARA SU CAPACITACIÓN
S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical Art. 8.- DERECHOS: a. Acceder a la capacitación para el desempeño y para el desarrollo. b. Recibir la constancia correspondiente (Capítulo V). c. Presentar constancia de acreditación para participar en concursos escalafonarios. d. Recibir capacitación necesaria para el desempeño de su puesto.
S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical Art. 9.- OBLIGACIONES a. Ajustarse a la calendarización de capacitación. b. Contar con antecedentes académicos o laborales para el perfil del evento de capacitación. c. Asistir a los eventos de capacitación. d. Presentar exámenes de evaluación. e. Aplicar los conocimientos adquiridos y difundirlos en el ámbito laboral. f. Entregar copias de Constancia para anexar a su expediente. g. Obedecer los demás lineamientos que se establezcan.
S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical CAPÍTULO III. DE LAS COMISIONES MIXTAS DE CAPACITACIÓN Se establecen tres instancias que coordinan el derecho a la capacitación del personal de la Secretaría de Salud: Comisión Nacional Comisión Central Comisión Auxiliar SECCIÓN PRIMERA DE SU OBJETO Y FUNCIONAMIENTO:
S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical a.La Comisión Nacional: tendrá competencia en todo el territorio nacional y residirá en el Distrito Federal. b.La Comisión Central: tendrá competencia en cada uno de los entes donde se instale y residirá en la misma sede del Titular correspondiente. c.La Comisión Auxiliar tendrá competencia en cada Jurisdicción Sanitaria o establecimiento de Atención Médica en donde se instale, la que residirá en el domicilio del centro de trabajo correspondiente. Art Las comisiones mixtas tienen por objeto promover, evaluar y vigilar el cumplimiento de los programas de capacitación para los trabajadores de base de la Secretaría.
S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical Art Las comisiones contarán con un Secretario Técnico que tendrá derecho a voz y no a voto y será designado o removido de común acuerdo por los integrantes de la Comisión.
S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical Art Atribuciones del Secretario Técnico I.Elaborar las actas de las reuniones, registrar y dar seguimiento a sus acuerdos. II.Presentar el orden del día y la documentación correspondiente de los puntos a tratar. III.Instrumentar las propuestas generadas en las reuniones del pleno. IV.Agilizar el trámite de las solicitudes planteadas de la comisión correspondiente.
S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical V. Elaborar los informes acerca de la aplicación y avance de los programas de capacitación. VI.Atender la correspondencia que reciba la comisión. VII.Resguardar todos los documentos e información de la comisión, en el ejercicio de su atribución.
S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical SECCIÓN TERCERA DE LA INTEGRACIÓN Y ATRIBUCIONES DE LAS COMISIONES CENTRALES MIXTAS DE CAPACITACIÓN INTEGRACIÓN Art Representantes Propietarios* Autoridad del ente 2 del área de Enseñanza en Salud 2 del área de Recursos Humanos CCMC 4 Representantes Propietarios* Sindicato En caso de existir dos o más secciones sindicales, se integrará una sola Comisión Central con los secretarios generales seccionales correspondientes e igual número de representantes de la institución. *Por cada representante propietario se designará un suplente (Art.12, Frac. VII
S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical Comisión Central Mixta de Capacitación SESVER
S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical Comisión Estatal Mixta de Capacitación SESVER
S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical PRINCIPALES ATRIBUCIONES DE LAS CCMC (Art. 22): Sesionar en forma ordinaria el tercer martes de cada mes y en forma extraordinaria cuando así se requiera. Participar en la formulación del PEC, así como en la difusión y ejecución de eventos. Vigilar y supervisar el cumplimiento de los programas específicos de capacitación y sugerir las medidas tendientes a mejorarlos.
S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical Recibir y analizar las solicitudes de beca de los trabajadores de base del Ente que le corresponda. Resolver las solicitudes, inconformidades y controversias recibidas por escrito, comunicando la resolución a las comisiones auxiliares y al trabajador. Promover la participación de los trabajadores en las actividades de capacitación.
S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical SECCIÓN CUARTA DE LA INTEGRACIÓN Y ATRIBUCIONES DE LAS COMISIONES AUXILIARES MIXTAS DE CAPACITACIÓN INTEGRACIÓN Art Representantes Propietarios Institución 1 del área de Enseñanza 1 del área de Recursos Humanos 2 Representantes Propietarios Sindicato Art Las comisiones centrales integrarán e instalarán las CAM por Jurisdicción Sanitaria o establecimiento de Atención Médica.
S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical Comisión Auxiliar Mixta de Capacitación Por Jurisdicción Sanitaria o Establecimiento de Atención Médica de SESVER
S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical ATRIBUCIONES DE LAS CAMC (Art. 25) : I.Sesionar de forma ordinaría el segundo martes de cada mes y, extraordinariamente, cuando así se requiera. IV.Vigilar y supervisar el cumplimiento de los eventos de capacitación en su ámbito de competencia. II.Participar en la formulación del Programa Específico de Capacitación que le corresponda. III.Difundir los eventos de capacitación y promover la participación de los trabajadores.
S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical ATRIBUCIONES DE LAS CAMC (Art. 25) : VII.Recibir y analizar las solicitudes de beca de los trabajadores de base y dictaminar aquellas por un periodo mayor a 30 días y menor a 6 meses. VI.Informar trimestralmente a la Comisión Central de que dependan, los resultados obtenidos en la ejecución de los programas de su área. V.Evaluar las actividades de capacitación realizadas en su área.
S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical Art. 16 Los representantes propietarios… podrán ser removidos cuando falten de manera consecutiva e injustificada dos veces o cuatro en el lapso de un año, a propuesta del pleno de la Comisión Mixta correspondiente.
S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical Servicios de Salud de Veracruz Dirección de Atención Médica Subdirección de Enseñanza, Investigación y Capacitación Departamento de Capacitación Programa Estatal de Becas Av. Américas N° 426, Col. Dos de Abril C.P Xalapa, Ver. Tel. (228) ext y 3210 Responsable: Lic. Orlando Cortés Rivera Personal de apoyo: T.I. Arelhy Oñate Aduna