Desafíos jurídicos a las escuelas de gestión privada1 Responsabilidad civil de los colegios y educadores Fernando Ubiría 18 de Mayo de 2016.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
Responsabilidad Civil
Advertisements

Barcelona, 23 de diciembre de 2010 ICAB Juan Reyes Herreros Abogado ACCIDENTES DE TRABAJO.
María del Carmen Núñez lozano Catedrática de derecho administrativo
RESPONSABILIDAD CIVIL zDeber de reparar frente a la producción de un daño. zAtribución de la Responsabilidad (Subjetiva u Objetiva) zIntencionalidad (Dolo.
LA NULIDAD SOCIETARIA Derecho Societario Profesor Andrés Varela 26/04/20151.
 “Es la clausula accesoria incorporada a un acto jurídico por la cual se conviene en pagar determinada prestación para el caso de incumplimiento de las.
Obligaciones de Objeto Múltiple. Noción
La gestión de la prevención como causa indemnizatoria Rafael A. López Parada Magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León Inspector.
LA RESPONSABILIDAD Ambitos CIVIL PENAL.
DERECHOS FUNDAMENTALES
Culpabilidad en Materia Disciplinaria
Integrantes Rojas Rodríguez Anabel / competencia, elementos de la competencia Sánchez Guerrero Edgardo/ legalidad, no retroactividad Romero Zarate Ramiro/
RESPONSABILIDAD CIVIL
JUAN PABLO MARES Abogado
ACIDEPBA Cuestiones relevantes en el ámbito educativo del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.
1 En un Estado de Derecho la aplicación de la ley es imperante, el Estado está obligado a ayudar a aquellos ciudadanos que se encuentren en minusvalía.
Dra. Claudia M Alvarado H. Abg. Maracaibo, Maracaibo, REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD PRIVADA DR. RAFAEL BELLOSO CHACIN. ESCUELA.
No Jurídico Simple Jurídico Legítimo Difuso o Colectivo
Principios de la Política Educativa Provincial. Mejorar la Calidad Educativa de la Provincia, a través del diseño, la implementación y evaluación de políticas.
Factores de atribución OBJETIVOS Advenimiento de la responsabilidad objetiva Revolución industrial Sociedad sociedad de masas, surgimiento de grupos.
LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y EL ADOLESCENTE LOPNA.
Responsabilidad de los titulares de establecimientos educativos Dra. Verónica Sarfati.
LEY 1562 DE 2012 “POR LA CUAL SE MODIFICA EL SISTEMA DE RIESGOS LABORALES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE SALUD OCUPACIONAL".
Ley de Inclusión Escolar (20.845) «La falsa idea del Estado Garante y el Mercado Inclusivo»
 Por tratarse de atributos propios del ser humano que derivan de su dignidad, los derechos humanos que derivan de su dignidad, los derechos humanos no.
TALLER DE PRESENTACIÓN Fonacide - Microplanificación.
La relación laboral y el contrato de trabajo Índice del libro.
LA REIVINDICACION DE LA MUJER Y SU RECONOCIMIENTO EN CONTEXTO INTERNACIONAL Desde el punto de vista internacional los instrumentos jurídicos más relevantes.
LA PRESENCIA DE LA MUJER EN EL MEDIO RURAL  TITULARIDAD COMPARTIDA EN LAS EXPLOTACIONES AGRARIAS.
Presentación Recopilación de buenas prácticas de transparencia en la gestión pública y privada 1 Equipo de transparencia: Dayra Valle Tamara.
Joan Gaya Ingeniero Consultor Jaraguà do Sul, mayo de ª Assembleia de Assemae.
DOCENTE: LIC.ADM.ALICIA DEL CARPIO DE LAZO. * Preliminar * La Administración pública es un elemento básico del Estado para el ejercicio ejecutivo del.
DESAFÍOS Y PROPUESTAS PARA EL PERFECCIONAMIENTO DE LOS SISTEMAS DE VIGILANCIA DE MERCADOS EN SEGURIDAD DE PRODUCTOS FUTUROS PASOS.
LOGO Armando Pomaire CONCEPTOS DE EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES UNIVERSIDAD DE PANAMÁ CENTRO REGIONAL DE BOCAS DEL TORO FACULTAD DE INFORMÁTICA, ELECTRÓNICA.
Materiales y Psicológicos.  En principio se ha planteado que el concepto de elemento material utilizado en el ECPI = todos los presupuestos jurídico-materiales.
MODELO DE EXCELENCIA EFQM José María Ruiz Galeano Director de Pastoral Pedagógica Distrital Marzo 2016.
Perspectiva Jurídica del Esquema Nacional de Seguridad Martín Pastrana Baños.
El Derecho Procesal constituye hoy, gracias al esfuerzo de los procesalistas modernos una rama propia e independiente del derecho, con un rico contenido.
SEL en inglés es Social and Emotional Learning o Aprendizaje Social y Emocional en español ¿QUE ES SEL? SEL es el proceso de aprendizaje en el cual niños.
Fundamentos de Auditoria Ética Profesional. La ética etimológicamente proviene del griego ETHIKOS, que originalmente significó moral.
RESPONSABILIDAD CIVIL DE LA DOCENCIA DE LA DOCENCIA.
Los Derechos Humanos Los Derechos de los Ni ñ os, Ni ñ as y Adolescentes en la Rep ú blica Bolivariana de Venezuela.
ESCUELA DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS, CONTABLES, ECONÓMICAS Y DE NEGOCIOS CURSO: NORMATIVIDAD Y CONTRATACIÓN ESTATAL COD: Director de Curso: Melisa.
MARXISMO: MARX Y ENGELS IDENTIFICAR PRINCIPIOS DEL PENSAMIENTO DE MARX Y ENGELS Multiversidad Latinoamericana San Luis Filosofía. Sexto semestre 19/02/2015.
JURISPRUDENCIA RELEVANTE EN MATERIA DE COMPRAS PÚBLICAS División de Personal de la Administración del Estado Marta Morales del Río.
Universidad de Oviedo Derecho Constitucional II – G.A.P. Lección 5: EL PODER JUDICIAL Y LAS FUNCIONES CONSTITUCIONALES DE JUECES Y MAGISTRADOS María L.
Situaciones de riesgos ambientales de las Entidades Financieras.
UNIVERSIDAD DE MENDOZA CONTRATOS CIVILES Y COMERCIALES COMERCIALES.
DERECHO CIVIL VIII SUCESIONES ESCUELA DE DERECHO UASF.
Dra. Claudia M Alvarado H. Abg. Maracaibo, Maracaibo, REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD PRIVADA DR. RAFAEL BELLOSO CHACIN. ESCUELA.
LA LEGISLACION AMBIENTAL Enfoque desde la perspectiva de la Industria Departamento de Medio Ambiente Gabriel R. Macchiavello.
Módulo de Fundamentos de Contabilidad y Aspectos Tributarios Unidad IV CURSO A DISTANCIA.
DINÁMICA DE LA INEQUIDAD EN LAS ESCUELAS LATINOAMERICANAS Alfredo Rojas Figueroa Oficial de Programas Coordinador de la Red de Liderazgo en Educación y.
¿Quién es COMAEM? El COMAEM es el máximo organismo acreditador de la educación médica impartida en México; tanto de sus insumos como de sus procesos y.
Normas Generales de Control Interno para el Sector Público Nacional Resolución N° 172/2014 SGN República Oriental del Uruguay Montevideo - Marzo de 2016.
D ESCRIPCIÓN DE LA E FICACIA C OLECTIVA EN EL I NSTITUTO R EGIOMONTANO C UMBRES.
OBLIGACIONES CIVILES Y MERCANTILES
Consejo Técnico Escolar OBSERVACION Y PRACTICA DOCENTE INTEGRANTES: ANGEL DANIEL ESPERICUETA CASTILLO GERARDO IGNACIO EVERARDO MELENDES ROMERO.
DEPARTAMENTO de EDUCACIÓN Alumnado Octubre, 2010.
1 ACCESO A LA JUSTICIA AMBIENTAL EN MATERIA CRIMINAL Eladio Lecey Escuela Nacional de la Magistratura Escuela de Derecho y Política Ambiental Instituto.
CITACION EN GARANTIA DEL ASEGURADOR EN EL PROCESO PENAL.
Estás embarazada..no te podes quedar en esta escuela. Diálogo entre directivo, una alumna integrantes del E.O.E -Hola, necesito que hablemos porque, dada.
“EDUCACIÓN DE DOCENTE PARA PROFESORES DEL SIGLO 21 ” Reformando la Preparación de Profesores: Encuentro de los Desafíos del siglo 21 Dr. Adriane E. L.
MÁSTER EN DIRECCIÓN DE ENTIDADES ASEGURADORAS Y FINANCIERAS PROGRAMA DE ACTUALIZACIÓN Y CLAUSURA DEL CURSO 2015 ‐ 2016 Viernes, 27 de mayo de 2016 Sala.
DERECHO AERONÀUTICO 1 UNIDAD 9 DERECHO AERONAUTICO RESPONSABILIDAD POR ABORDAJE.
Instituto de Investigaciones Jurídicas Núcleo Multidisciplinario sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia “Cecilia Loria Saviñón”
1 LÍNEA DE INVESTIGACIÓN ESTILOS COGNITIVOS Y ESTRATEGIAS DE APRENDIZAJE -LIECEA- Coordina: Dora M. Rada C.
LA EDUCACIÓN SUPERIOR EN EL PARAGUAY ALCANCES Y LIMITACIONES DE LOS CRITERIOS JURÍDICOS VIGENTES. PROYECCIONES.
Se puede enseñar la responsabilidad. La labor de los maestros Enseñemos a nuestros alumnos a ser responsables.
Naturaleza Jurídica y Aspectos Generales del Seguro de Cumplimiento. Mayo 2016 Andrés E. Ordóñez O.
Transcripción de la presentación:

Desafíos jurídicos a las escuelas de gestión privada1 Responsabilidad civil de los colegios y educadores Fernando Ubiría 18 de Mayo de 2016

Desafíos jurídicos a las escuelas de gestión privada2 Aproximación Derecho a la educación  raíz constitucional (art. 14) “Convención Americana sobre los derechos del niño” (ley ) Enseñanza del Estado: deterioro en las últimas décadas Calidad / seguridad  no debe importar quién brinde el servicio educativo, corresponde garantizarlo a favor de todos por igual

Desafíos jurídicos a las escuelas de gestión privada3 Fundamentos de responsabilidad Diferentes enfoques doctrinarios (siglo XX): Importancia de la autoridad escolar  “los daños acontecen por la relajación de la disciplina” (Llambías) “El director es un simple dependiente, recargado de tareas administrativas” (Borda) Cuestionamiento del fundamento subjetivo (culpa in vigilando Director - maestros) por ineficaz Presunción de culpabilidad iure et de iure

Desafíos jurídicos a las escuelas de gestión privada4 Fundamentos de responsabilidad Fines siglo XX  apertura hacia criterios de naturaleza objetiva: “Riesgo creado” “Garantía legal” Base iusfilosófica: transformación hacia una mayor dosis de justicia distributiva

Desafíos jurídicos a las escuelas de gestión privada5 Tácita obligación de seguridad Art Código Civil: Los contratos deben ser celebrados, interpretados y ejecutados de buena fe Fenómeno conocido como “inflación obligacional” Distinguir los deberes: de “prestación”: educar – instruir – formar de “protección” Derecho positivo actual: art. 961 CCyCom. / art. 5º ley

Desafíos jurídicos a las escuelas de gestión privada6 Régimen anterior: art CC (ref. x ley ) Los propietarios de establecimientos educativos privados o estatales serán responsables por los daños causados o sufridos por sus alumnos menores cuando se hallen bajo el control de la autoridad educativa, salvo que probaren el caso fortuito. Los establecimientos educativos deberán contratar un seguro de responsabilidad civil. A tales efectos, las autoridades jurisdiccionales, dispondrán las medidas para el cumplimiento de la obligación precedente. La presente norma no se aplicará a los establecimientos de nivel terciario o universitario

Desafíos jurídicos a las escuelas de gestión privada7 Normativa aplicable hoy: art CCyCom. El titular de un establecimiento educativo responde por el daño causado o sufrido por sus alumnos menores de edad cuando se hallen o deban hallarse bajo el control de la autoridad escolar. La responsabilidad es objetiva y se exime sólo con la prueba del caso fortuito. El establecimiento educativo debe contratar un seguro de responsabilidad civil, de acuerdo a los requisitos que fije la autoridad en materia aseguradora. Esta norma no se aplica a los establecimientos de educación superior o universitaria.

Desafíos jurídicos a las escuelas de gestión privada8 Deber de prevención del CCyCom. Una de las innovaciones más importantes Amplía alcance conceptual del “Derecho de daños” Decisión noble del legislador  construir “cultura de prevención” Basamento: Alterum non laedere (arts. 1710/1716) buena fe (arts. 9, 729, 961, 1710) Clave: “previsibilidad”

Desafíos jurídicos a las escuelas de gestión privada9 Aspectos centrales regulación actual Metodología  Metodología  supuesto especial de responsabilidad (Secc. 9º) Base fáctica  se debe diferenciar el “origen” de los daños: Base fáctica  se debe diferenciar el “origen” de los daños: causado x alumno (éste resp. directo y el establecimiento indirecto) causado x alumno (éste resp. directo y el establecimiento indirecto) sufrido x alumno (distintas variantes) sufrido x alumno (distintas variantes) Alcance cronológico – lógico  más amplio: Alcance cronológico – lógico  más amplio: legitimación pasiva: sólo titular establecimiento (no concurren padres) legitimación pasiva: sólo titular establecimiento (no concurren padres) criterio atribución: objetivo (riesgo – garantía) criterio atribución: objetivo (riesgo – garantía) Causal liberatoria: sólo caso fortuito Causal liberatoria: sólo caso fortuito Impone contratar seguro de responsabilidad civil Impone contratar seguro de responsabilidad civil Excluye establecimientos de educación superior o universitaria Excluye establecimientos de educación superior o universitaria

Desafíos jurídicos a las escuelas de gestión privada10 Directores, maestros, profesores y otros Situación más benévola: 1767 sólo se refiere a ellos cuando habla del “control escolar”  fueron corridos del eje Situación más benévola: 1767 sólo se refiere a ellos cuando habla del “control escolar”  fueron corridos del eje Responden con alcance art (resp. directa) (además resp. administrativa y penal) Responden con alcance art (resp. directa) (además resp. administrativa y penal) Carga de la prueba de su culpa: pesa sobre quien la alega (ej. por no estar presente en el lugar, no intervenir, no prever) Carga de la prueba de su culpa: pesa sobre quien la alega (ej. por no estar presente en el lugar, no intervenir, no prever) La demostración de diligencia y del casus frustra acción reparatoria La demostración de diligencia y del casus frustra acción reparatoria Si paga indemnización: en principio no tiene acción para repetir Si paga indemnización: en principio no tiene acción para repetir En ningún caso subsiste la responsabilidad de los padres (1755) En ningún caso subsiste la responsabilidad de los padres (1755)

Desafíos jurídicos a las escuelas de gestión privada11 Legitimación pasiva “Titular del establecimiento”  no necesariamente el propietario (dueño) “Titular del establecimiento”  no necesariamente el propietario (dueño) Es quien imparte órdenes, organiza la actividad, busca lucro o no, asume el “riesgo empresario” Es quien imparte órdenes, organiza la actividad, busca lucro o no, asume el “riesgo empresario” ¿Establecimientos públicos? ¿Establecimientos públicos? CCyCom. no distingue: pero son rotundos los arts. 1764/6 que desalojan la responsabilidad del Estado del CCyCom. CCyCom. no distingue: pero son rotundos los arts. 1764/6 que desalojan la responsabilidad del Estado del CCyCom. Se discrimina a un alumno respecto de otro (ciudadanos de 1º y 2º categoría): la ley privilegia al Estado  ¿es constitucional? Se discrimina a un alumno respecto de otro (ciudadanos de 1º y 2º categoría): la ley privilegia al Estado  ¿es constitucional? Alterum non laedere y reparación plena: principios constitucionales Alterum non laedere y reparación plena: principios constitucionales

Desafíos jurídicos a las escuelas de gestión privada12 Radio de alcance (1-2) Todos los daños causados o sufridos por los alumnos mientras esté o deba estar bajo la autoridad escolar Todos los daños causados o sufridos por los alumnos mientras esté o deba estar bajo la autoridad escolar alcanza a los daños causados: alcanza a los daños causados: por un alumno a otro / por un alumno a sí mismo por un alumno a otro / por un alumno a sí mismo por un alumno a un 3º / por un 3º a un alumno por un alumno a un 3º / por un 3º a un alumno sufridos por el “hecho de las cosas” (escaleras, puertas, ventanas, máquinas, cables) sufridos por el “hecho de las cosas” (escaleras, puertas, ventanas, máquinas, cables)

Desafíos jurídicos a las escuelas de gestión privada13 Radio de alcance (2-2) Abarca los perjuicios que se producen en: Abarca los perjuicios que se producen en: recreo recreo clases de educación física clases de educación física partidos organizados por el colegio partidos organizados por el colegio natación natación campeonatos “intercolegiales” campeonatos “intercolegiales” excursiones excursiones viajes egresados (salvo clara oposición colegio) viajes egresados (salvo clara oposición colegio) salida por “hora libre” (no “rabona”) salida por “hora libre” (no “rabona”) Prueba de la causalidad: ¿qué tiene que demostrar la víctima? (1736) Prueba de la causalidad: ¿qué tiene que demostrar la víctima? (1736)

Desafíos jurídicos a las escuelas de gestión privada14 Eximente Sólo se contempla el caso fortuito  responsabilidad “hiper-objetiva” Sólo se contempla el caso fortuito  responsabilidad “hiper-objetiva” Casus? (hecho del propio damnificado y de un 3º): Casus? (hecho del propio damnificado y de un 3º): fueron dejadas afuera ex profeso para tornar más riguroso el sistema fueron dejadas afuera ex profeso para tornar más riguroso el sistema deben considerarse incorporados al riesgo de la actividad, es una cuestión interna deben considerarse incorporados al riesgo de la actividad, es una cuestión interna Crítica: resulta intolerable pues convierte al titular en garante absoluto, significaría estar obligado a lo imposible Crítica: resulta intolerable pues convierte al titular en garante absoluto, significaría estar obligado a lo imposible Jurisprudencia  interpreta al caso fortuito en sentido amplio: imprevisible e inevitable (previsibilidad / estándar profesional) Jurisprudencia  interpreta al caso fortuito en sentido amplio: imprevisible e inevitable (previsibilidad / estándar profesional)

Desafíos jurídicos a las escuelas de gestión privada15 Papel del seguro de responsabilidad civil En 1997 (ley ) se impuso su contratación: decisión acertada En 1997 (ley ) se impuso su contratación: decisión acertada Elevada dañosidad  actividad riesgosa Elevada dañosidad  actividad riesgosa Obligación de seguridad de resultado Obligación de seguridad de resultado Permite correr del centro de la escena a las restantes personas involucradas Permite correr del centro de la escena a las restantes personas involucradas Seguro debe exigir cumplimiento de medidas de prevención Seguro debe exigir cumplimiento de medidas de prevención El establecimiento es obligado concurrente El establecimiento es obligado concurrente

Desafíos jurídicos a las escuelas de gestión privada16 Muchas gracias