Principios lógicos Los “principios lógicos” constituyen las verdades primeras, “evidentes” por sí mismas, a partir de las cuales se construye todo el edificio.

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Transcripción de la presentación:

Principios lógicos Los “principios lógicos” constituyen las verdades primeras, “evidentes” por sí mismas, a partir de las cuales se construye todo el edificio formal del pensamiento, según la Lógica tradicional. Dentro de una consideración más moderna de la Lógica Formal, los principios lógicos serán los preceptos o reglas “operantes” que rigen toda forma correcta de pensamiento. El modo de considerar estos principios ha variado a través de la Historia de la Lógica y del pensamiento científico, pero la Lógica Formal ha coincidido en la formulación de cuatro principios lógicos, aunque el cuarto no es aceptado por todos los lógicos.

Principio de identidad El principio de Identidad fue formulado por primera vez como parte de una teoría de la realidad del “ser”. Ese principio afirmaba algo tan general como que “El ‘ser’ es”; esto puede ser explicado diciendo que “todo objeto es idéntico a sí mismo”. Estas afirmaciones no son todavía lógicas, pero con el tiempo, se reflexiono sobre las implicaciones lógicas de ese principio, logrando la formulación lógico-formal del primer principio. Esa formulación consistió en la afirmación de la verdad de un juicio cuyo objeto sea idéntico al predicado (ese tipo de juicio se ha llamado “juicio analítico”). El primer principio lógico se ha resumido con la fórmula:

Principio de contradicción Este principio ha sido llamado tradicional e incorrectamente “principio de contradicción”, cuando lo que se enuncia es la imposibilidad de contradicción en el pensamiento. Se trata del principio fundamental de la Lógica clásica que descarta cualquier posibilidad de contradicción en el pensamiento y en la realidad (esta implicación ha sido y es uno de los obstáculos más fuertes que ha encontrado toda consideración dialéctica de la realidad y el pensamiento). La forma más plena del segundo principio es la que se refiere a la no-contradicción entre dos juicios, tal como se expresa en la fórmula: “’A es A’ y ‘A no es A’ no son ambos verdaderos”

Principio de exclusión o termino medio Como un complemento necesario del principio de no contradicción, se formula el principio de exclusión del término medio. En su forma original, se refería también a una estructura de la realidad y consistía en la afirmación de que no hay término medio entre el “ser” y el “no-ser”. En su forma lógica, este principio debe entenderse como afirmando que dos juicios contradictorios no pueden ser ambos falsos, tal como se sintetiza en al fórmula: “’A es A’ y ‘A no es A’ no son ambos falsos "que se lee: El juicio ‘A es A’ y su contradictorio, el juicio ‘A no es A’ no pueden ser falsos a la vez.

Principio de la razón suficiente Este es, de los cuatro principios lógicos, el más discutido, pues no todos los lógicos clásicos lo acepten. Su formulación fue muy posterior a la de los otros, pues mientras los primeros tres se atribuyen a Parménides de Elea –quien vivió en el siglo V antes de nuestra era-, el cuarto principio fue formulado por Gottfried Wilhelm Leibniz aproximadamente en 1666, en plena Edad Moderna. El cuarto principio se enuncia: “Nada es sin una razón suficiente”. Christian Wolf en 1712 distinguió entre tres modos de entender este principio: a) Como “razón de ser”, b) Como “razón de llegar a ser” c) Como “razón de conocer”.

La inferencia o razonamiento Es la operación mental por la cual podemos obtener un conocimiento desconocido a partir de uno previo. // Es el acto por el cual la mente deduce una verdad desconocida a partir de una conocida. Cuando emitimos nuestros pensamientos formamos una cadena de juicios, ya que uno provoca necesariamente otro y así sucesivamente, a esta cadena o serie de pensamientos le llamamos "razonamiento".

Razonamiento deductivo En lógica, una deducción es un argumento donde la conclusión se infiere necesariamente de las premisas.1 En su definición formal, una deducción es una secuencia finita de fórmulas, de las cuales la última es designada como la conclusión (la conclusión de la deducción), y todas las fórmulas en la secuencia son, o bien axiomas, o bien premisas, o bien inferencias directas a partir de fórmulas previas en la secuencia por medio de reglas de inferencia.1 2 Por ejemplo, la siguiente es una deducción de la fórmula info en el sistema de la lógica proposicional: tipos es la incógnita que es la respuesta y p es la pregunta. Una pregunta puede tener varias respuestas por lo cual puede tener varias incógnitas esto quiere decir que (P = Q * X) esto se deduce a partir de la lógica.

Razonamiento inductivo El propósito de la lógica inductiva es el estudio de las pruebas que permiten medir la probabilidad de los argumentos, así como de las reglas para construir argumentos inductivos fuertes. A diferencia del razonamiento deductivo, en el razonamiento inductivo no existe acuerdo sobre cuándo considerar un argumento como válido. De este modo, se hace uso de la noción de "fuerza inductiva", que hace referencia al grado de probabilidad de que una conclusión sea verdadera cuando sus premisas son verdaderas. Así, un argumento inductivo es fuerte cuando es altamente improbable que su conclusión sea falsa si las premisas son verdaderas.

Razonamiento por analogía Es un tipo de razonamiento no deductivo que consiste en obtener una conclusión a partir de premisas en las que se establece una analogía o semejanza entre elementos o conjuntos de elementos distintos. El razonamiento por analogía parte de juicios anteriores ya conocidos a otros que se pretende conocer, manteniendo la misma particularidad. En este tipo de razonamiento no hay preservación de la verdad como sucede con el razonamiento inductivo.

Por mayoría de razón Es aquel por el cual la mente infiere una conclusión partiendo de un pensamiento de menor jerarquía, aplicándolo a un grupo mayor de elementos que necesariamente comparten las mismas características.

Por minoría de razon El acto por el cual la mente infiere una conclusión válida partiendo de un grupo de elementos mayor y aplicando dicha conclusión a un grupo menor que necesariamente comparte las mismas características.