Ética del profesional en fisioterapia y comité de bioética

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Transcripción de la presentación:

Ética del profesional en fisioterapia y comité de bioética FT. Agustina Chávez Sánchez

ESTÁ ELABORADO CON BASE EN LOS PRINCIPIOS DE LA CONFEDERACION MUNDIAL DE FISIOTERAPIA. AMEFI, COMO ORGANIZACIÓN MIEMBRO DE WCPT, HACE SUYOS ESTOS PRINCIPIOS Y LOS INCORPORA EN EL PRESENTE CÓDIGO ÉTICO.

1. Los fisioterapeutas respetan los derechos y dignidad de todos los individuos. 2. Los fisioterapeutas cumplen con leyes y regulaciones que gobiernan la práctica de la fisioterapia. 3. Los fisioterapeutas aceptan la responsabilidad de un juicio sano. 4. Los fisioterapeutas mantienen y promueven altos estándares en la práctica de la fisioterapia en educación e investigación.

5. El fisioterapeuta busca remuneración por sus servicios en forma digna y razonable. 6. El fisioterapeuta provee acertada información al consumidor, acerca de la profesión y de los servicios que proporciona. 7. El fisioterapeuta acepta la responsabilidad de proteger al público y a la profesión de actos no éticos incompetentes o ilegales. 8. El fisioterapeuta participa en los esfuerzos que se realizan en salud pública.

Todos los fisioterapeutas son responsables de mantener y promover una práctica ética de fisioterapia. Para logar este fin, el fisioterapeuta debe actuar siempre por el bien del paciente. Este código de ética siempre debe ser cumplido por todo fisioterapeuta.

ARTÍCULO 1°. El presente Código orientará la conducta del fisioterapeuta en sus relaciones con la ciudadanía, las instituciones, sus socios, clientes , superiores, subordinados, sus colegas y consigno mismo.

ARTÍCULO 2°.El fisioterapeuta debe poner todos su conocimientos científicos y recursos técnicos en el desempeños de su profesión.

ARTÍCULO 3°.El fisioterapeuta debe conducirse con justicia, honradez, honestidad, diligencia, lealtad, respeto, formalidad, discreción ,honorabilidad , responsabilidad, sinceridad, probidad, dignidad, buena fe y en estricta observancia a las normas legales y éticas de la fisioterapia.

ARTÍCULO 4°.El fisioterapeuta solamente se responsabilizará de los asuntos cuando tenga capacidad para atenderlos e indicará los alances de su trabajo y limitación inherentes. Aceptara únicamente los cargos para los cuales cuente con los nombramientos necesarios y suficientes y realizando con éstos todas sus actividades con responsabilidad, efectividad y calidad.

ARTÍCULO 5°. El fisioterapeuta debe mantener estrictamente la confidencialidad de la información de uso restringido que le sea confiada en el ejercicio de su profesión, salvo los informes que le sean requeridos conforme a la ley.

ARTÍCULO 6°. El fisioterapeuta debe responder individualmente por sus actos, que con motivo del ejercicio profesional dañen o perjudique a terceros o al patrimonio cultural.

ARTÍCULO 7°.El fisioterapeuta regirá su ejercicio por criterios basados en el buen juicio. El fisioterapeuta no debe asociarse profesionalmente con persona alguna que no tenga titulación para el ejercicio profesional, ni dejar que ésta u otras utilicen su nombre o célula profesional para atender asuntos inherentes a la profesión.

ARTÍCULO 8°. El fisioterapeuta debe respetar en todo momento los derechos humanos de sus pacientes, colegas y sociedad en general

ARTÍCULO 9°. El fisioterapeuta debe presentar sus servicio al margen de cualquier tendencia xenofóbica, racial, elitista, sexista, religiosa o política.

ARTÍCULO 10°.El fisioterapeuta debe ofrecer sus servicios profesionales de acuerdo son su capacidad científica y técnica. Esta circunstancia debe observarse en la publicidad que él mismo haga de sus servicios en cualquier otro medio informativo y promocional.

ARTÍCULO 11°.El fisioterapeuta deberá evaluar todo trabajo profesional realizado desde una perspectiva objetiva y crítica.

ARTÍCULO 12°.El fisioterapeuta, al emitir una opinión o juicio profesional en cualquier situación y ante cualquier autoridad o persona, debe ser imparcial, ajustarse a la realidad y comprobar los hechos con evidencias.

ARTÍCULO13° .El fisioterapeuta deberá evaluar todo trabajo profesional realizado desde una perspectiva objetiva y crítica.

ARTÍCULO 14°.El fisioterapeuta debe dar crédito a sus colegas, asesores y subordinados por la intervención de éstos en los asuntos, investigaciones y trabajos elaborado en conjunto.

ARTÍCULO 15°. El fisioterapeuta debe repartir de manera justa y equitativa los frutos del trabajo realizado en colaboración con sus colegas, asesores y subordinados, apoyando en la medida de lo posible su desarrollo profesional.

ARTÍCULO 16°. El fisioterapeuta debe respetar la opinión de sus colegas y cuando haya oposición de ideas deberán consultar fuentes de información fidedignas y actuales, y buscar asesoría con Expertos reconocidos en la materia de que se trate.

ARTÍCULO 17°. El fisioterapeuta debe mantener una relación de respeto y colaboración con sus colegas ,asesores, subordinados y otros profesionistas, consecuentemente evitará lesionar el buen nombre y el prestigio de éstos ante autoridades, pacientes, fisioterapeutas y cualquier otra persona.

ARTÍCULO 18°. El fisioterapeuta debe abstenerse de intervenir en los asuntos donde otro fisioterapeuta esté prestando sus servicios, salvo que el paciente y el otro fisioterapeuta le autoricen para tal efecto, evitando con ello la competencia desleal.

ARTÍCULO 19°. El fisioterapeuta debe intervenir a favor de sus colegas en el caso de injusticia.

ARTÍCULO 20°. El fisioterapeuta debe apoyar a sus colegas en situaciones manifiestas cuando su conocimiento profesional sea limitado.

ARTÍCULO 21°. El fisioterapeuta debe limitarse a mantener una relación profesional con sus pacientes.

ARTÍCULO 22°. El fisioterapeuta debe ser honesto , leal y conducirse con verdad ante su paciente en todo momento, salvaguardar los intereses del mismo y deberá además comunicarle los riesgos cuando existan, en atención a su servicio

ARTÍCULO 23°. Con respeto al principio de la voluntad de las partes, el fisioterapeuta debe cobrar sus honorarios en razón a la proporcionalidad, importancia, tiempo y grado de especialización requerido para los resultados que el caso particular requiera. De igual manera, el fisioterapeuta deberá reconsiderar el monto de sus honorarios de acuerdo con la limitación económica de su cliente.

ARTÍCULO 24°. El fisioterapeuta debe renunciar al cobro de sus honorarios o, en su caso, devolverlos, si los trabajos que realizó fueron elaborados en concordancia con lo requerido en el caso particular de que se trate o el fisioterapeuta haya incurrido en negligencia, incumplimiento o error profesional.

ARTÍCULO 25°. El fisioterapeuta al reconocer su mal servicio ante su paciente, debe advertir las consecuencias.

ARTÍCULO 26°. El fisioterapeuta debe realizar los ajustes necesarios por un servicio ineficiente, sin cobro adicional.

ARTÍCULO 27°. El fisioterapeuta debe anteponer sus servicios profesionales sobre cualquier otra actividad personal.

ARTÍCULO 28°. El fisioterapeuta debe mantenerse actualizado de los avances científicos y tecnológicos de su materia a lo largo de su vida para brindar un servicio de calidad total.

ARTÍCULO 29°. El fisioterapeuta debe trasmitir sus conocimientos y experiencia a estudiantes y egresados de su profesión, Con objetividad y en el más alto apego a la verdad del campo de conocimiento actualizado del que trate.

ARTÍCULO 30°. El fisioterapeuta debe dignificar su profesión mediante el buen desempeño del ejercicio profesional y el reconocimiento que haga a los maestros que le trasmitieron los conocimientos y experiencia.

ARTÍCULO 31. El fisioterapeuta debe contribuir al desarrollo de su profesión mediante la investigación profesional, realizada con apego a norma metodológicas, científicas y docentes.

ARTÍCULO 32°. En las investigaciones realizadas, debe expresar las conclusiones en la exacta magnitud y en estricto apego a las normas metodológicas acordes con el tipo de estudio.

ARTÍCULO 33°. El fisioterapeuta debe poner alto el prestigio de su profesión en todo lugar y momento

ARTÍCULO 35°. El fisioterapeuta debe dar servicio a los indigentes o cualquier persona económicamente desprotegida cuando así se lo soliciten.

ARTÍCULO 36°. El fisioterapeuta debe ser respetuoso de las tradiciones , costumbres y cultura de los diversos grupos que conforma a la nación mexicana.

ARTÍCULO 37°. El fisioterapeuta debe poner a disposición del gobierno sus servicios profesionales cuando ocurran circunstancias de emergencia.

ARTÍCULO 38. El fisioterapeuta debe servir como auxiliar de las instituciones de investigación científica, proporcionando a éstas los documentos o informes que requieran.

ARTÍCULO 39°. El fisioterapeuta debe participar activamente en su entorno social difundiendo la cultura y valores nacionales.

ARTÍCULO 40°. El fisioterapeuta debe buscar el equilibrio entre los distintos aspectos del desarrollo humano y la conservación de los recursos naturales y el medio ambiente, atendiendo a los derechos de las generaciones futuras.

ARTÍCULO 41°. El fisioterapeuta debe procurar su desempeño y desarrollo profesional en las localidades donde más pueda contribuir con sus conocimientos al desarrollo nacional.

¡¡¡¡¡GRACIAS POR SU ATENCIÓN!!!!