Taller Regional dirigido a promover la Ratificación del Protocolo de Responsabilidad e Indemnización por daños causados por los Movimientos Transfronterizos.

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Transcripción de la presentación:

Taller Regional dirigido a promover la Ratificación del Protocolo de Responsabilidad e Indemnización por daños causados por los Movimientos Transfronterizos de Desechos Peligrosos y su Eliminación. Lic. Marcial Pineda Abogado de la Dirección de Asesoría Legal. Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales. El Salvador San Salvador, 29 de Junio del 2004

Dificultades enfrentadas por los países en la ratificación del Protocolo Cuestionario N° 2. RATIFICACION.

1. Ha tomado su país algún paso para ratificar el Protocolo de Responsabilidad e Indemnización? El Ministerio de Relaciones Exteriores ha iniciado las distintas consultas con las instituciones que tienen injerencia en el tema. El desarrollo de este Taller.

2. Con respecto al proceso de ratificación de acuerdos internacionales en su país: a) qué organismo puede comenzar el proceso de la ratificación y cómo? El Art. 168 N° 4 de la Constitución de la República, en lo que se refiere a las atribuciones y obligaciones del Presidente de la República, establece: Celebrar tratados y convenciones internacionales, someterlos a la ratificación de la Asamblea Legislativa, y vigilar su cumplimiento El Art. 131 N° 7 de la Constitución de la República, se refiere a las obligaciones de la Asamblea Legislativa, establece: Ratificar los tratados o pactos que celebre el Ejecutivo con otros Estados u organismos internacionales, o denegar su ratificación.

2. Con respecto al proceso de ratificación de acuerdos internacionales en su país: b) Tendría ese organismo el papel principal guiando el instrumento durante la integridad del proceso de ratificación? Si no, qué organismo tomaría el papel principal? c) Qué otros organismos deben consultarse antes de que pueda tener lugar la ratificación? d) Qué organismo toma la decisión final? El Organo Ejecutivo tendría que agotar todas las interrogantes que saldrían por parte del Organo Legislativo para que éste último procediera a su ratificación. Organismos, ninguno, pero si se considera necesario, se puede consultar al Cuerpo de Bomberos, Viceministerio de Transporte, Ministerio de Agricultura y Ganadería, Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, Juntas de Vigilancias de las distintas profesiones, entre otros. La Asamblea Legislativa por mandato Constitucional.

3. Existe algún otro requisito posterior a la ratificación de un instrumento internacional para su entrada en vigor y/o para ser implementado en su país? Art. 168 N° 8, que se refiere a las obligaciones del Presidente de la República: sancionar, promulgar y publicar las leyes y hacerlas ejecutar La publicación en el Diario Oficial, ya que según el Art. 140 de la Constitución, que establece: ninguna ley obliga sino en virtud de su promulgación y publicación. Para que una ley de carácter permanente sea obligatoria deberán transcurrir, por lo menos, ocho días después de su publicación. Este plazo podrá ampliarse, pero no restringirse. El Art. 143 de la Constitución establece: Cuando un proyecto de ley fuere desechado o no fuere ratificado, no podrá ser propuesto dentro de los próximos seis meses.

4. Cuáles son las dificultades y obstáculos identificados en su país para la ratificación del Protocolo? a) A nivel práctico (Ej. Capacidad de implementación) Recursos Financieros para la adquisición del equipo necesario, recursos humanos, capacitación de personal de la autoridad competente, entre otros. b) A nivel legal/técnico (Ej, conflicto con reglas locales existentes). El Art. 144 inciso segundo, de La Constitución de la República establece: La ley no podrá modificar o derogar lo acordado en un tratado vigente para El Salvador. En caso de conflicto entre el tratado y la ley, prevalecerá el tratado.

5. Cómo cree usted que pudiera removerse estas dificultades y obstáculos? a)Recursos Financieros. b) Si es necesario podría realizarse un análisis de la diversidad de legislación que trata el tema de transportes.

6. Qué acciones podrían ser emprendidas por la Secretaría de la Convención de Basilea para facilitar la ratificación del Protocolo por su país? Gestionar Recursos Financieros para la implementación del Protocolo.