LA DEFENSORIA DEL PUEBLO EN LA PROTECCIÓN DE DERECHOS EN SITUACIÓN DE CRISIS HUMANITARIA Acceso sin discriminación Sector de protección Ecuador.

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Transcripción de la presentación:

LA DEFENSORIA DEL PUEBLO EN LA PROTECCIÓN DE DERECHOS EN SITUACIÓN DE CRISIS HUMANITARIA Acceso sin discriminación Sector de protección Ecuador

CRISIS HUMANITARIA

Situación de emergencia que amenaza la salud, la seguridad o el bienestar de una comunidad o grupo de personas. Destruye parcialmente o totalmente la estructura social, se interrumpe o cesa el estilo de vida y la rutina, tanto del individuo como del grupo. (David Green) Sensación tanto interna como externa de destrucción y de pérdida. Es vivida como un estado doloroso y de intenso sufrimiento: afectación emocional que puede expresarse mediante ansiedad, depresión y dificultades para manejar situaciones con los mecanismos psicológicos habituales. Se experimenta una mayor tensión y ansiedad, que afecta la identificación de alternativas de solución. CRISIS HUMANITARIA

Falta de protección/seguridad: Impactos secundarios del desastre Delincuencia rampante Presencia de grupos delincuenciales Violencia de género Abuso, negligencia y explotación infantil. Exposición a trata de personas y tráfico de migrantes Falta de mecanismos adecuados para la aplicación de la ley, y acceso restringido a un sistema judicial imparcial y eficiente Afectación a los sistemas de protección y falta de establecimiento de rutas de atención Falta de mecanismos eficaces para la retroalimentación y presentación de reclamos; Impunidad Discriminación en el acceso a bienes y servicios de primera necesidad Especialmente NNAJ, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad, personas refugiadas. RIESGOS DE PROTECCIÓN

Obstáculos para el acceso a bienes y servicios: Pérdida/destrucción de documentación Dificultades para reemplazarla o para acceder a documentos de identidad y otros Ausencia o inadecuados mecanismos de inscripción de nacimientos. Acceso desigual al empleo y oportunidades de sustento. Afectación de vínculos familiares Separación de la familia, especialmente para los niños/as Personas con discapacidad y otras personas que dependen del apoyo de su familia para sobrevivir. Afectación a estructuras colectivas y comunitarias Participación limitada en la gestión de campamentos/refugios por parte de determinados grupos de población Conflictos entre la población afectada y entre ésta y las comunidades de acogida. RIESGOS DE PROTECCIÓN

ASISTENCIA/ACCIÓN HUMANITARIA

DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO Un Derecho de la población civil, con base en el principio de inviolabilidad DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS Las personas afectadas por situaciones de emergencia dependen, en primera instancia, de sus Estados (E: Deben abastecer a su propia población en situaciones de emergencia) Respetar/garantizar/proteger/promover: a)Hacer todo lo posible para que la vida no se vea afectada: incluye la prevención y preparación para hacer frente a desastres. b)Reaccionar para disminuir sus consecuencias. c)Deber de abastecer. d)Deber de permitir que terceros abastezcan a la población. e)Prohibir abusos de poder frente a estado de vulnerabilidad f)Adoptar medidas administrativas, legislativas, judiciales para recuperación y protección en casos de violaciones. Los Estados que necesiten asistencia humanitaria deben facilitar el trabajo de las organizaciones participantes. MARCO NORMATIVO

DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO Convenios de Ginebra de 1949 y sus protocolos adicionales DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS DUDH: Preámbulo PIDESC: Art. 2 y 6 del Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José, 1969) : Arts. 1 y 2 Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (1953) : Art. 14 Carta Africana de Derechos del Hombre y de los Pueblos de (1981): A rt.1 Convenio sobre los Derechos del Niño (1989) : Art. 6 Resolución 46/182 "Fortalecimiento de la coordinación de la asistencia humanitaria de emergencia de las Naciones Unidas" INSTRUMENTOS

PRINCIPIOS APLICABLES Humanidad. protección de vidas y alivio del sufrimiento asegurando el respeto del individuo. Solidaridad. a ctuaciones individuales y colectivas que se basan en los principios de cooperación, corresponsabilidad y justicia. Neutralidad. n o involucrarse en ningún momento en controversias de una naturaleza política, racial, religiosa o ideológica. Imparcialidad. independientemente de la nacionalidad, la etnia, la religión o el punto de vista político. Enfoque diferencial. habilidad para comprender y responder a necesidades diferenciadas de las personas según su edad, sexo, género, etnia, condición de discapacidad, origen, etc. Respeto: valoración de las personas y establecimiento de relaciones con base en los principios libertad, dignidad e igualdad y no discriminación. También se refiere a la obligación de no realizar actos u omisiones que repercutan negativamente en el goce de derechos. Incluye confidencialidad.

PRINCIPIOS APLICABLES A LA ACCIÓN HUMANITARIA Gratuidad. no se presta a cambio de retribución económica o material y se focaliza en las personas en situación de doble vulnerabilidad. Eficacia. grado de cumplimiento de los objetivos propuestos, asegurando que los beneficios impacten de forma positiva en las personas y contribuyan a su recuperación integral. Empatía: habilidad o disposición para comprender y participar afectivamente en la realidad que afecta a otra persona “ponerse en la situación de otra/o”. Participación y complementariedad: todas las personas tienen experiencias y conocimientos previos útiles para el afrontamiento de situaciones de crisis que requieren recuperar. Corresponsabilidad: sentirse “parte de” en el cumplimiento de los roles o funciones asignados individualmente. Integralidad: El ser humano es una unidad de las dimensiones: biológica, psíquica, cognitiva y emocional. Considera simultáneamente las necesidades prácticas y las estratégicas (empoderamiento). Transparencia. En acciones, información y recursos

HERRAMIENTAS

Realizar actividades asegurando la vigencia y protección de los DDHH, en especial de Grupos de Atención Prioritaria. Garantizar el respeto y asegurar la integridad física, la dignidad humana, la igualdad dentro de la diversidad y el libre desarrollo de la personalidad. Promocionar una cultura de paz. Promover la prevención de violencias en el ámbito publico y privado. ENFOQUE DE DERECHOS EN LA AH