MUTUALIDAD DEL EJÉRCITO Y AVIACIÓN

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Transcripción de la presentación:

MUTUALIDAD DEL EJÉRCITO Y AVIACIÓN Junio de 2011

Reseña Histórica Nace como “Sociedad Mutual de Seguros de Vida y Compensación de Retiro para los Socios del Club Militar”, por Decreto Supremo de Justicia N° 1039 de 12 de Junio de 1917. Su fundador fue el Gerente del Club Militar el General don José María Bari Lopehandía. Posteriormente, el año 1925 se dictó el Decreto Ley N° 807 que declaró obligación de contratar un seguro de vida en la “Sección de Seguros de Vida del Club Militar”. En el año 1936 la Junta General Extraordinaria de asegurados acordó cambiar el nombre de “Sección Seguros” por “Mutualidad del Ejército y Aviación”. Finalmente, mediante la Ley N° 7.818 de 21 de Agosto de 1944 se le concedió personalidad jurídica propia.

MUTUALIDAD DEL EJÉRCITO Y AVIACIÓN I.- Introducción II.- Marco Legal III.- Visión III.- Orgánica IV.- Seguros de Vida A.- Número de Asegurados B.- Productos C.- Beneficios Sociales V.- Préstamos VI.- Balance periodo 2010 VII.- Conclusión

II.- Marco legal

La Mutualidad del Ejército y Aviación es una Corporación de derecho privado, sin fines de lucro, que cumple con un rol asegurador y como organismo auxiliar de previsión social, permitiéndole otorgar a sus asegurados otros servicios y prestaciones de acuerdo a los Estatutos La Mutualidad se rige por las disposiciones pertinentes del Código Civil y por normas especiales contenidas en el Decreto Ley N° 1.092 del año 1975, modificado por la Ley N° 18.660. y por el Código de Comercio y la Ley de Seguros. (DFL. N° 251 del año 1931). También este cuerpo legal otorgó a los Comandantes en Jefe Institucionales - por ley- la facultad de convenir en representación de su personal los términos del seguro de vida obligatorio. De acuerdo a los estatutos los Comandantes en Jefe son Consejeros por derecho propio. Se autorizó al personal en situación de retiro, pensionados y montepiados a contratar en forma voluntaria seguros de vida. La Mutualidad está sometida a la normativa de la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS).

III.- Visión

Plan Estratégico de la Mutualidad del Ejército y Aviación 2007 - 2012 Visión Proyectar a la Mutualidad del Ejército y Aviación como una institución eficiente, altamente profesional, que sea en su función de aseguradora de vida, percibida y valorada como la respuesta más conveniente y completa a los intereses del personal en servicio activo y en retiro del Ejército y Fuerza Aérea; desarrollando un conjunto de complementos y derivados de excelencia, en beneficio de su condición socio-económica, y manteniendo siempre los equilibrios económicos y financieros de mediano y largo plazo.

IV.- Orgánica

SUBGERENCIA DE TECNOLOGIA A.- Organigrama Corporativo FISCALÍA SECRETARÍO GENERAL GERENCIA ENCARGADO ISO G ENERAL U. C. R. y Gestión (*) GERENCIA GERENCIA DE GERENCIA DE U. E. S. (*) DE Beneficios FINANZAS Y DESARROLLO Y Riesg. Méd. SEGUROS Sociales ADMINISTRACIÓN COMERCIALIZACIÓN Departamento Departamento Departamento Departamento Adm. Cartera de Inversiones Plataforma Técnico de Contabilidad Delegados de Seguros Financieras de Atención Comerciales Marketing al Cliente Departamento Departamento Depto. Adm. Tesorería de de Actuariado de Cartera Liquidaciones Operativo de Prést amos Caja SUBGERENCIA DE TECNOLOGIA SUBGERENCIA ADMINISTRATIVA * U.C.R.Fin. y Ges. = Unidad de Control de Riesgo Financiero y Gestión. * U.E.S. Riesg. Méd. = Unidad de Evaluación y Suscripción de Riesgo Médico.

IV.- Seguros de Vida

A.- Número de asegurados

Seguro Colectivo Obligatorio Seguro Colectivo Voluntario Número de asegurados Dic. 2010 Seguro Colectivo Obligatorio (Personal activo) Ejército (1) 54.094 Fuerza Aérea 13.772 SLC Ejército 10.785 SLC Fuerza Aérea 438 TOTAL 79.089 Seguro Colectivo Voluntario (Personal retirado) 22.912 9.820 - . - 32.732 Total asegurados 77.006 23.592 10.785 438 111.821

B.- Productos

2.- Seguros Individuales 1.- Seguros Colectivos (SVCTO) Seguro de Vida Colectivo Temporal Obligatorio (SVCTV) Seguro de Vida Colectivo Temporal Voluntario 2.- Seguros Individuales Dotal Seguro con cobertura de fallecimiento y un componente de ahorro. Tiene derecho a valores de rescate. FullFamilia Seguro con doble cobertura, por fallecimiento y un adicional por cáncer. Terminado el plazo del seguro el titular recupera el 70% de la prima pagada. Desgravamen Se otorgan a quienes solicitan préstamos.

Para personal en servicio activo 2011-2012 Beneficios Sociales Para personal en servicio activo 2011-2012 1) Bonificación por heroísmo, incremento de hasta un 100% del capital asegurado cuando el fallecimiento ocurra a consecuencia de una acción heroica. 2) Beca de estudios, para soldados conscriptos que sean licenciados con un grado de invalidez de 2/3 de la capacidad de trabajo a consecuencia de un accidente ocurrido en acto de servicio y a favor de hijos del personal fallecido en acto de servicio que se encontraren reconocidos como carga familiar o en trámite de reconocimiento al momento del deceso, con extensión hasta los 24 años de edad. 3) Ayuda mortuoria, por fallecimiento de hijo mayor de 24 años y sin tope de edad que sea carga familiar al duplo (inválido) del asegurado. Se concederá ayuda económica respecto de mortinatos (hijos nacidos muertos) con edad gestacional superior a 6 meses, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico. 4) Ayuda por pérdida de enseres en incendio ocurrido en casa habitación, consiste en un aporte económico que se otorga para contribuir a la reposición de enseres siniestrados. 5) Premios y estímulos, anualmente la Mutualidad otorga un premio a los asegurados que egresan con la primera antigüedad de las Escuelas Matrices e Institutos. Asimismo, una vez al año se hace devolución de matrículas de los soldados conscriptos que han sido aceptados como alumnos regulares en dichas Escuelas. 6) Préstamos a tasas preferenciales.

Para personal en retiro Beneficios Sociales Para personal en retiro 1) Ayudas por enfermedad catastrófica, corresponde a una ayuda monetaria por única vez, a favor del asegurado para atenuar el costo de una enfermedad catastrófica que le afecte a él, a su cónyuge o a hijos reconocidos como carga familiar. 2) Ayuda mortuoria, por fallecimiento de cónyuge, independiente si es carga familiar, y por hijos menores de edad o hasta los 24 años si se encontraban estudiando, debidamente reconocidos como carga familiar. La misma ayuda se otorga respecto a los mortinatos o hijos nacidos muertos con una edad gestacional superior a los seis meses. 3) Ayuda por pérdida de enseres en incendio ocurrido en casa habitación, consiste en un aporte económico que se otorga para contribuir a la reposición en parte de enseres siniestrados.

V.- Préstamos

Préstamos a Tenedores de Pólizas Saldos por cobrar al 31 de diciembre de 2010

VI.- Balance periodo 2010.

Balance General al 31 de diciembre de 2010

Balance General al 31 de diciembre de 2010

ENTREGANDO SEGURIDAD Y TRANQUILIDAD A UD Y SU FAMILIA DESDE 1917

Seguro de Vida Colectivo Temporal Obligatorio (SVCTO) Personal activo Convenio 2009-2010 Convenio 2011-2012 Del Titular: Tasa mensual: 0,67‰. Capital asegurado: Fijo, expresado en pesos, en función al grado económico, con reajustes anuales. Cobertura básica: Fallecimiento del titular, cualquier causa. Cobertura adicional: Desmembramiento o pérdida total/parcial de un órgano o miembro del cuerpo. Del Titular: Tasa mensual: 0,67‰. Capital asegurado: Fijo, expresado en pesos, en función al grado económico, con reajustes anuales. Cobertura básica: Fallecimiento del titular, cualquier causa. Cobertura adicional: Desmembramiento o pérdida total/parcial de un órgano o miembro del cuerpo. Fallecimiento en acto determinado del servicio, se indemnizará con un 100% adicional del capital asegurado. Invalidez total y permanente 2/3, se indemnizará con 2 doceavos del capital asegurado, para personal sin derecho a pensión. b. Cargas Anexas (Extensión al grupo familiar): Fallecimiento del cónyuge edad máxima de cobertura 65 años, se indemnizará al titular con el 50% del capital asegurado. Fallecimiento de hijos solteros carga familiar edad máxima de cobertura 24 años, se indemnizará al titular con el 20% del capital asegurado. Siguiente

Seguro de Vida Colectivo Temporal Obligatorio (SVCTO) Soldados Conscriptos Convenio 2009-2010 Convenio 2011-2012 Tasa mensual: 0,30‰. Capital asegurado: $ 4.328.364, con reajustes anuales. Cobertura básica: Fallecimiento. Cobertura adicional: Desmembramiento o pérdida total/parcial de un órgano o miembro del cuerpo. Tasa mensual: 0,30‰. Capital asegurado: $ 4.510.155 con reajustes anuales. Cobertura básica: Fallecimiento. Cobertura adicional: Desmembramiento o pérdida total/parcial de un órgano o miembro del cuerpo. Fallecimiento en acto determinado del servicio, se indemnizará con un 50% adicional del capital asegurado. Invalidez total y permanente 2/3, se indemnizará con el 25% del capital asegurado, para SLC que se licencie por esta causal sin derecho a pensión. Volver

Seguro de Vida Colectivo Temporal Voluntario (SVCTV) Personal en retiro Convenio 2009-2010 Convenio 2011-2012 Del Titular: Tasa mensual: Año 2009 1,03‰. Año 2010 1,09‰. Capital asegurado: Fijo, expresado en pesos, con reajustes por IPC anual. Cobertura básica: Fallecimiento del titular, cualquier causa. Asegurados al cumplir 80 años quedan liberados de pagar prima, continuando asegurados por el 100% de su capital y hasta su fallecimiento. Del Titular: Tasa mensual: 1,29‰. Capital asegurado: Fijo, expresado en pesos, con reajustes en las fechas y en igual % que el aplicado a las pensiones de los retirados adscritos a CAPREDENA. Los asegurados que cumplan 80 años, a partir del 1 de enero de 2011, deberán pagar prima. Aquellos asegurados que tienen la categoría de “recontratado” estaran adscritos solo a este seguro. Cobertura básica: Fallecimiento del titular, cualquier causa. Solo los asegurados que estén exentos de pagar prima mantendrán este beneficio. Beneficio: Para los asegurados liberados de pagar prima al 31.DIC.10, se les ofrece la entrega en vida de un 30% de su capital vigente, quedando asegurados por un 10% de su capital original y pago de prima. Siguiente

Seguro de Vida Colectivo Temporal Voluntario (SVCTV) Personal en retiro Convenio 2009-2010 Convenio 2011-2012 Beneficio: Los asegurados al cumplir 80 años podrán optar al Beneficio o bien seguir asegurados con pago de prima, de acuerdo a su capital asegurado y tasa vigente. Volver