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“Seguros Obligatorios de Accidentes de Tránsito”

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Presentación del tema: "“Seguros Obligatorios de Accidentes de Tránsito”"— Transcripción de la presentación:

1 “Seguros Obligatorios de Accidentes de Tránsito”
Conferencia “Seguros Obligatorios de Accidentes de Tránsito” Por el Sr. José Luis Moncada Gerente de Cámara Hondureña de Aseguradores (CAHDA)

2 SEGURO DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO (SAT)
José Luis Moncada Gerente

3 Objetivo General El Seguro de Accidentes de Tránsito “SAT”, se crea con el objeto de cubrir los riesgos de: Lesiones Corporales y Que se vean involucrados en un accidente de tránsito. Muerte

4 Objetivos Específicos
Garantizar a las víctimas de los accidentes de tránsito de forma automática e incondicional: a) La atención médica hospitalaria. b) Indemnización por invalidez total y permanente.

5 Objetivos Específicos
c) Indemnización por muerte a los herederos de las víctimas que fallezcan. d) Trasporte de las victimas. e) Gastos Fúnebres

6 Objetivos Sociales a) Fortalecer el sistema nacional de salud, así como de la Sección de Investigación de Accidentes de Tránsito. b) Seguridad vial.

7 ¿Qué Personas están Obligadas a tener el SAT?
Quedan obligadas a contratar el SAT las personas naturales o jurídicas que estén en posesión de: Cualquier vehículo automotor que requieran de boleta de circulación, sea privado, público, transporte de carga, comercialización, etc. b) Automotores extranjeros en tránsito por el territorio nacional. *NINGUNA PERSONA PODRÁ MATRICULAR UN VEHÍCULO AUTOMOTOR SIN CONTAR CON LA PÓLIZA SAT.

8 ¿A Través de Quién se Obtendrá la Póliza de Seguro?
El SAT se comercializará por los canales tradicionales sea compañía de seguros, intermediarios, bancos, Internet y/o otros especiales que se creen para este producto.

9 ¿Quién Brindará la Cobertura del SAT?
Las Instituciones de Seguros debidamente autorizadas para operar seguros en Honduras y que obtengan la autorización expresa de la CNBS para proveer este producto.

10 Clasificación del Riesgo
A los efectos de la contratación del SAT y en función del riesgo al que están sometidos los vehículos automotores, se distinguen los siguientes: a) Motocicleta turismos, camionetas, pick-ups. b) Microbuses, buses. c) Cabezales, camiones, volquetas, grúas móviles y demás transporte pesado público y privado.

11 Obligaciones de los Centros Médicos
Todo centro de atención médica publica o privada está en la obligación ineludible de prestar atención médica, por daños corporales sufridos por las personas por causas directas de un accidentes de tránsito.

12 Otras Obligaciones Todas las indemnizaciones de cobertura a los afectados son de pagos inmediatos cumpliendo con algunos procedimientos expeditos y documentos requeridos. La Secretaría de Salud conjuntamente con los sectores involucrados establecerán mediante normativa de carácter obligatorio las tarifas a que deben sujetarse los centros de atención médica, en la prestación de servicios médicos.

13 Fondo del Seguro de Accidentes de Tránsito (FONSAT)
El Fondo del Seguro de Accidentes de Tránsito (FONSAT), entidad de naturaleza privada con personalidad jurídica propia, de interés social y sin fines de lucro, se crea con los siguientes objetivos: Pago de auxilios e indemnizaciones, ocasionados por vehículos no identificados o no asegurados en el SAT, el pago de atención excepcional a víctimas politraumatizados por accidentes de tránsito. b) Seguridad Vial.

14 Marco Global de la Operación de Seguros de Accidente de Transito
Póliza de Seguro Medico IHSS Convenio de Pago Hospital FONSAT SAT

15 Valores en Primas Los cálculos de la prima e indemnización se realizan en base a Salarios Mínimos Mensuales, esto mediante estudios actuariales. Costos Médicos Costos Fúnebres Estudios Actuariales Costos de Traslado Estadísticas de Accidentes

16 Información Requerida para Cálculo de la Prima
Composición del parque automotor: Antigüedad, Servicio (público o privado) Uso (alquiler o privado) Capacidad de pasajeros Ingreso promedio de los propietarios Información médica con las siguientes características: Costo médico de atención de trauma por accidente de tránsito, para el último periodo anual. Si es posible su evolución en los últimos cinco (5) años. Eventos reportados (accidentes), preferiblemente por tipo de vehículo.

17 Información Requerida para Cálculo de la Prima
Estadística histórica de accidentes reportados en vehículos asegurados (póliza automóviles – todo riesgo), preferiblemente los últimos cinco (5) años. Manual de clasificación de invalidez definido por la Comisión de Invalidez del Instituto Hondureño del Seguro Social.

18 Aspectos Jurídicos que Inciden en el Desarrollo de este Producto.
Normativa vigente en materia de tránsito y transporte. Normativa vigente en materia de atención médica. Normativa especial para los proveedores e intermediarios ante este producto obligatorio.

19 Estatus SAT Los seguros obligatorios se aprueban por ley según:
Articulo No. 136 de la ley de Instituciones de Seguro y Reaseguro. Articulo No. 122 de la ley de Transito. El Ministerio de Seguridad en apoyo de la CNBS prepararán un anteproyecto de ley. a)

20 Accidentes de Tránsito en Honduras
Del 1 de enero al 31 de agosto del 2006 FUENTE: SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD, DIRECCION NACIONAL DE TRÁNSITO

21 Experiencia en Centroamérica

22 Gracias por su atención…


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