DIPLOMADO PREVENSION DE LA TORTURA Y PROTECCION DE LOS DDHH DE LAS PERSONAS PRIVADAS DE LIBERTAD Modulo Suspensión de Garantías, Interpretación y Aplicación.

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Transcripción de la presentación:

DIPLOMADO PREVENSION DE LA TORTURA Y PROTECCION DE LOS DDHH DE LAS PERSONAS PRIVADAS DE LIBERTAD Modulo Suspensión de Garantías, Interpretación y Aplicación. Ejercicio, límites y Fuentes de los Derechos Humanos.

Reseña Histórica de las Garantías Constitucionales Diez años antes de proclamarse la Independencia de Honduras imperaba la Constitución Política de la Monarquía Española o Constitución de Cádiz, jurada en Tegucigalpa en 1812, luego la Constitución que rige los destinos de la breve República Federal de Centroamérica en Const. Como Estado Independiente De 1825 Han existido 13 textos constitucionales (16 con las 3 Federales) Constitución de 1865 se aprueba por primera vez el habeas Corpus Recurso de Inconstitucionalidad primera vez Revisión en materia penal, se amplia Recurso de Amparo 1936, 1957, 1965 las garantías anteriores son incorporadas y desarrolladas Const. De 1892 mediante Reforma se introduce el Habeas Data.

Garantías Constitucionales Las Instituciones de las Garantías Constitucionales son los medios procesales para garantizar la protección de los Derechos Humanos. Habeas Corpus: puede ser promovido por cualquier persona agraviada o cualquier otra en nombre de esta, cuando está ilegalmente, presa, detenida o cohibida de su libertad. O, en su detención o prisión legal se aplican tormentos, torturas, vejámenes, exacción ilegal, coacciones restricciones o molestias innecesarias para la seguridad individual o para el orden de la prisión. Art. 182 C.R.; 13 No. 1 y 2 L. S. J. C. El Habeas Data toda persona tiene derecho de acceder a la información sobre si misma y de sus bienes en forma expedita y no onerosa. Esté contenida en base de datos registros públicos o privados. Art. 182 C.R.; 13 No. 2 L.S.J.C.

Garantías Constitucionales Recurso de Amparo: puede interponerse por cualquier persona agraviada o cualquiera en nombre de esta Para: se mantenga o restituya en el goce de los derechos reconocidos por la Constitución, Tratados, convenciones etc. Para que se declare en casos concretos que un hecho, acto o resolución de autoridad no obliga al recurrente ni es aplicable por contravenir, disminuir, tergiversar los derechos reconocidos en la C.R. Art. 183 C.R. 41 No. 1 y 2 L. S. J. C. Recurso de Inconstitucionalidad procede: Por razón de forma; no se ha observado el procedimiento legislativo, o a una disposición se le atribuye el carácter de ley sin haber sido creado por el Órgano legislativo. Por razón de contenido, es contraria ala Constitución de la República. Art. 184 C.R.; 74 L. S. J. C.

Garantías Constitucionales Recurso de Revisión : Las causas en materia penal y civil pueden ser revisadas en todo momento a favor de los condenados a pedimento de estos o de cualquier persona, el Ministerio Público o de oficio en los casos señalados en la ley. Art. 186 C. R.; 95 de la L. S. J. C.

Suspensión y Restricción de Garantías Constitucionales Limitaciones a los Derechos fundamentales. Los derechos fundamentales si bien no deben ser condicionados en cuanto a su ejercicio están restringidos por exigencias propias de la vida en sociedad. Clasificación de las limitaciones: Limitaciones ordinarias operan siempre y afectan un derecho tanto en situaciones de normalidad como en excepcionales, son la regla y se aplican en todo momento. Ver Arts. 69, 75, 77, 78, 79, 84, 99, 100 C.R. Limitaciones Extraordinarias: se producen durante circunstancias de emergencia social e institucional y dan curso a la declaración de Estado de Excepción constitucional. Ver Art. 69, 71, 72, 78, 81, 84, 93, 99, 103 C. R.

Suspensión y Restricción de Garantías Constitucionales Según el origen de la Limitación: nacen del respeto por el derecho de las demás personas, limitaciones reconocidas por los DDHH. Eje. Art. 4 Declaración De los Derechos del Hombre y del Ciudadano que dice: La libertad consiste en poder hacer todo lo que no perjudique a otro. Limitaciones Según el origen material o físico: se relacionan con las posibilidades del Estado para responder a determinados derechos prestacionales o de segunda generación.

Procedimiento de la suspensión y restricción de las Gratinas Constitucionales La justificación y Naturaleza Jurídica de la Suspensión de Garantías. Las Garantías Individuales son normas constitucionales, esa es su naturaleza jurídica, deben ser respetadas y garantizadas por el Estado, y solo cuando el orden social se ve en extremo amenazado, es necesaria la intervención del gobierno. Se justifica por la necesidad política de que los órganos del Estado tengan libertad de acción, para proceder con rapidez y de manera eficaz a mantener el orden público, mediante la eliminación radical de las situaciones y circunstancias que agreden los intereses sociales.

Normativa Constitucional de la Restricción y Suspensión de Derechos Constitucionales Artículo 187 constitucional establece: Los Derechos que podrán suspenderse contenidos en los artículos : 69, 71, 72, 78, 81, 84, 93, 99 y 103 constitucionales. Causas que generan la suspensión o restricción de derechos: Invasión, Perturbación grave de la paz, epidemia y calamidad. Decreto de Restricción, motivos que justifiquen la suspensión o restricción. Garantía o Garantías que se suspenden o restringen Territorio que afecta. Tiempo de duración. Deber de convocatoria. Cesación de los Efectos de la Suspensión. Autoridades que intervienes.

Convención Americana Sobre Derechos Humanos y la Suspensión de Garantías Artículo 27 de la Convención establece: Causas generadoras: Guerra, peligro público, otra emergencia que amenace la seguridad del Estado Parte. Limitaciones: en medida y tiempo de la situación de emergencia. No debe ser incompatible con las obligaciones que impone el Derecho Internacional ni discriminatoria por motivos de raza, color sexo, religión u origen social. Prohibiciones a la suspensión de los derechos de: Reconocimiento a la personalidad jurídica, la vida, integridad personal, esclavitud servidumbre, legalidad y retroactividad, de conciencia y religión, protección de familia, derechos del niño, del nombre, de nacionalidad, y derechos políticos, ni las garantías judiciales que los protegen.

Convención Americana Sobre Derechos Humanos y la Suspensión de Garantías La Comisión Interamericana de Derechos Humanos a resaltado como requisitos formales para decretar la suspensión de derechos los siguientes: De acuerdo a los principios de proclamación y notificación se debe: Proclamar la suspensión que implica una serie de actos de publicación y publicidad, para que los ciudadanos conozcan la extensión de las limitaciones o suspensión de sus derechos. Notificación Art de la Convención implica que los Estados Parte informen a los demás Estados Parte, de la suspensión, motivos y terminación de la misma.

Convención Americana Sobre Derechos Humanos y la Suspensión de Garantías Condiciones para la suspensión de derechos según la Convención: La restricción debe estar expresamente autorizada por la Convención. Los fines deben ser legítimos Las restricciones deben estar dispuestas en las leyes y deben aplicarse conforme a las mismas. Entendiendo que las leyes deben haber sido dictadas por razones de interés general, es decir, en función del bien común.

Antecedentes Históricos de los derechos Humanos. Concepto, características, ejecución, límites y fuentes. Evolución Histórica. Los derechos Humanos son el producto de una larga evolución historia y de continuas luchas por limitar el poder del Estado y de sucesivos reconocimientos de derechos de las personas. Antecedentes Formales: Carta magna firmada en 1215 en Inglaterra, limita el poder de la Monarquía, impide el poder absoluta y establece medidas de protección las libertades individuales. Petición de Derechos (Inglaterra) Acta de Habeas Corpus de (Inglaterra) El Bill of Rights ( Declaración de derechos). (Inglaterra)

Antecedentes Históricos de los derechos Humanos. Concepto, características, ejecución, límites y fuentes. A partir de las revoluciones americanas y Francesa los Derechos Humanos afianzan y amplían, limitando el poder del Estado y construyendo el concepto de Estado de Derecho. Alcanzan reconocimiento internacional pleno después de la segunda guerra mundial en 1945 con la creación de las Naciones Unidas. El 10 de diciembre de 1948 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Declaración Universal de los Derechos Humanos, pilar de la legislación sobre Derechos Humanos, sirviendo de base para la creación de gran numero de Instrumentos de Derechos Humanos entre ellos: Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Pacto Internacional De Derechos Civiles y Políticos.

Antecedentes Históricos de los derechos Humanos. Concepto, características, ejecución, límites y fuentes. Dentro del sistema interamericano de Derechos Humanos américa es pionera en su reconocimiento. Se proclama la Declaración Americana Sobre los Derechos y Deberes del Hombre. Luego la Convención Americana Sobre Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica, aparte de otras declaraciones y tratados relevantes en la materia.

Antecedentes Históricos de los derechos Humanos. Concepto, características, ejecución, límites y fuentes. Concepto y Características de los Derechos Humanos. Los Derechos Humanos son inherentes a todos los seres humanos, sin distinción de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen, religión huelga o cualquier otra condición. Características: Universales Inalienables Interdependientes e indivisibles Iguales y no discriminatorios

Antecedentes Históricos de los derechos Humanos. Concepto, características, ejecución, límites y fuentes. Derechos y Obligaciones: Los Estados asumen derechos y deberes en virtud del Derecho Internacional de respetar, proteger y realizar los Derechos Humanos. Respetar significa que los estados no deben interferir en el disfrute de los derechos y no deben limitarlos sin justificación. Protegerlos impidiendo los abusos contra individuos y grupos. Realizarlos adoptar las medidas positivas para facilitar el disfrute de los derechos humanos.

Antecedentes Históricos de los derechos Humanos. Concepto, características, ejecución, límites y fuentes. Ejercicio, Límites y fuentes de los Derechos Humanos. En el ejercicio de los derechos Humanos el Estado tiene la potestad de imponer limitaciones o restricciones al ejercicio de los derechos fundamentales. Se fundamenta en la necesidad de armonizar el ejercicio de los derechos y de preservar la seguridad de todos y el bien común. Esta potestad no es discrecional del Estado esta sujeta al cumplimiento de condiciones validez a saber: Reserva de ley, la limitación debe estar definida en la ley art. 30 de la Convención Americana Sobre DD. HH. Reserva Judicial mediante orden judicial, excepcionalmente Orden Administrativa. Principio de Proporcionalidad, la limitación o restricción de derechos debe ser proporcional al fin perseguido.

Antecedentes Históricos de los derechos Humanos. Concepto, características, ejecución, límites y fuentes. Limites Legítimos a los Derechos Humanos. En condiciones normales cada derecho puede ser sujeto de ciertas restricciones, en consideración al orden público. En casos de emergencia, no pueden ir mas allá de determinados alcance y deben expresarse dentro de ciertas formalidades.

Antecedentes Históricos de los derechos Humanos. Concepto, características, ejecución, límites y fuentes. Fuentes de los Derechos Humanos. Clasificación de las Fuentes: Fuentes Formales o fuentes Escritas: Constitución. Tratados Internacionales. Legislación Interna. Fuentes Materiales o fuentes No Escritas: Derecho Consuetudinario Derecho Judicial (La Jurisprudencia). La Costumbre. Principios Generales del derecho. La Doctrina.

Instrumentos Internacionales como fuentes de los Derechos Humanos en Honduras. Instrumentos Internacionales como fuentes de Derechos Humanos en Honduras. Convención Americana Sobre Derechos Humanos Declaración Universal de los Derechos Humanos Pacto Internacional de Derechos Económicos y Culturales. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Convención Internacional Sobre la Eliminación de las Formas de Discriminación Racial. Convención Sobre la Eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. Entre otras no menos importantes.

Principio de Subsidiariedad en Derecho Internacional. Principio de subsidiariedad. Si bien existen normas y procedimientos internacionales para la protección y defensa de los Derechos Humanos, es a los Estados a quienes corresponde en primera instancia, respetar y hacer respetar tales derechos en el ámbito de su jurisdicción. Y solo cuando a nivel interno no se ha brindado una protección adecuada y efectiva la competencia internacional debe ejercer su competencia.

Principio de Subsidiariedad en Derecho Internacional. Artículo 46 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos establece los requisitos para admitir una petición o comunicación presentada: a)Que se hayan interpuesto y agotado los recursos de la legislación interna, conforme los principios del Derecho Internacional. b)Presentarla dentro del plazo de seis mese en que el lesionado en su derecho fue notificado de la decisión definitiva. c)Que la materia de la petición o comunicación no esté pendiente de otro procedimiento de arreglo internacional. d)En caso el artículo 44 la petición contenga el nombre, nacionalidad, profesión, domicilio y firma de la persona o personas o del representante legal de la entidad que somete la petición.