Proyecto de Ley Sistema de Aseguramiento de Calidad de la Educación Superior.

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Transcripción de la presentación:

Proyecto de Ley Sistema de Aseguramiento de Calidad de la Educación Superior

Antecedentes Cambios en la E.S. – Heterogeneidad de las instituciones. – Aumento de cobertura: 7% anual en la última década Preocupación por la calidad. – Necesidad de los usuarios de distinguir a las instituciones. – Necesidad de información en el extranjero. – Necesidad de desarrollo en los ámbitos de ciencia y tecnología. Trabajo desarrollado por las comisiones nacionales de acreditación de pre y post grado

Objetivos del proyecto Dar garantía pública de la calidad de las instituciones de educación superior y de los programas que imparten. Promover y apoyar el mejoramiento continuo y sistemático de las instituciones de E.S. Y de los programas que ofrecen Establecer una instancia de coordinación del conjunto de funciones y actividades que apuntan al desarrollo de la calidad de la E.S. Mejorar las condiciones para el desarrollo de una E.S. Capaz de responder a estándares de validez nacional e internacional.

Contenido del proyecto Configuración de un Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la E.S. – Licenciamiento de nuevas instituciones – Acreditación de carreras y de programas de postgrado – Acreditación de instituciones autónomas. – Sistema de información. Creación de la Comisión Nacional de Acreditación para la E.S.

Comisión Nacional de Acreditación Composición a) Un miembro designado por el Presidente de la República, que presidirá la Comisión; b) Dos académicos universitarios designados por el Presidente de la República a propuesta del Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas; c) Dos académicos universitarios designados por el Presidente de la República a propuesta de las universidades privadas autónomas que no reciben el aporte fiscal establecido en el artículo 1°, del decreto con fuerza de ley N° 4, de 1981, del Ministerio de Educación,; d) Un docente con amplia trayectoria en formación profesional no universitaria, designado por el Presidente de la República a propuesta de los rectores de los institutos profesionales que gocen de plena autonomía, e) Un docente con amplia trayectoria en formación técnica, designado por el Presidente de la República a propuesta de los rectores de los centros de formación técnica autónomos, f) Dos figuras destacadas, una del sector productivo nacional y, la otra, miembro de una asociación profesional o disciplinaria del país, designados por el Presidente de la República; g) El Vicepresidente del Consejo Superior de Educación; h) El Presidente del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología; i) El Jefe de la División de Educación Superior del Ministerio de Educación, y j) El Secretario Ejecutivo, que tendrá sólo derecho a voz.

Características de la comisión Ente autónomo Desarrolla sus funciones a través de una Secretaría Técnica y de comités ejecutivos encargados de asesorarla en la implementación y desarrollo de los procesos de evaluación.

Funciones de la comisión Acreditación Institucional de Instituciones autónomas de educación superior Autorización de agencias de acreditación de carreras y programas de pre-grado. Acreditación de carreras de post-grado

Licenciamiento de nuevas instituciones. Tiene por objeto asegurar la calidad de las nuevas instituciones privadas de educación superior. Consiste en la evaluación, aprobación y supervisión de las nuevas instituciones por un período determinado de tiempo. Incluye la apertura de nuevas sedes y la creación de carreras o programas. Concluye con la declaración de autonomía de la institución. Corresponde al Consejo Superior de Educación para el caso de Universidades e Institutos Profesionales, y al MINEDUC, para los CFT

Acreditación de instituciones autónomas. Tiene por objeto evaluar y dar garantía pública de la capacidad de autorregulación de las instituciones de educación superior. Apunta esencialmente a promover y apoyar el desarrollo de una gestión institucional moderna que incorpore procesos de evaluación, análisis institucional y gestión de la calidad.

Características del proceso A cargo de la Comisión Nacional de Acreditación. Proceso voluntario centrado en la evaluación y certificación de la existencia de mecanismos eficaces de autorregulación, la sistematicidad de su aplicación y la eficacia de sus resultados. Considera etapas de autoevaluación, evaluación externa y pronunciamiento de la Comisión. Comisión fija y revisa periódicamente los criterios de evaluación. Se otorga por un plazo máximo de 7 años Se formulan observaciones que deben ser subsanadas antes del término del período de acreditación.

Acreditación de carreras y postgrados Permite dar garantía de la calidad de las carreras y programas ofrecidos por las instituciones autónomas de educación superior, en función de los propósitos declarados por la institución que los imparte y los criterios definidos por la comunidad técnica, académica o disciplinaria, sobre la base de un proceso de autoevaluación y una evaluación externa.

Características acreditación de carreras de pre-grado A cargo de agencias de acreditación, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, autorizadas previamente por la Comisión. Evaluación de las agencias permite determinar el cumplimiento de ciertas condiciones de calidad y resguardo de la fe pública. Autorización a agencias se extiende por plazo máximo de 7 años. Criterios de evaluación de carreras deben considerar criterios mínimos definidos por la Comisión.

Características acreditación de programas de postgrado A cargo de la Comisión Nacional de Acreditación Criterios de evaluación de los programas serán definidos por la Comisión. Se otorgará la acreditación por un plazo máximo de 6 años.

Sistema de información Permitirá contar con información válida y confiable sobre la educación superior, y facilitará las decisiones de los usuarios de la ES con relación a los servicios ofrecidos. Asimismo, permitirá apoyar la gestión de la E.S. en su conjunto, incluyendo la definición y evaluación de políticas para el sector y la gestión institucional.

Medidas de publicidad Corresponde a la Comisión Nacional de Acreditación: mantener información publica sobre las decisiones relevantes que adopte en relación con: – la acreditación institucional de Universidades, I.P. Y CFT autónomos. – Autorización y supervisión de agencias de acreditación de carreras – Acreditación de programas de postrgrado. Mantener un Registro Público con las carreras profesionales y técnicas y programas de pre y postgrado acreditados.