NUEVA REGULACIÓN ADUANERA ALGUNOS ASPECTOS INQUIETANTES Esther Julia Benavides T.
VIGENCIAS Y TRANSITORIEDAD INSTRUMENTOS DE PROMOCIÓN DEL COMERCIO EXTERIOR SISTEMATIZACIÓN DE PROCESOS
APLICACIÓN ESCALONADA. Art. 674 Circular Externa No del 22/03/2016 “…informar las decisiones tomadas respecto de la aplicación del numeral 1 del artículo 674…” Genera cortocircuitos: garantías, decomiso, causales de aprehensión, entre otros. Reglamentaciones parciales. “Resoluciones hijas” vs. reglamentación integral. VIGENCIAS
REGÍMENES ADUANEROS. Art. 667 Declaraciones iniciales culminarán trámite con la norma vigente a su presentación. Imp. Temp, perfeccionamiento activo, procesamiento industrial, transformación y ensamble y SIEX, aplican legislación anterior hasta terminación del régimen. Declaraciones de modificación y corrección con la norma vigente a su presentación. Formalidades y controles en aplicativos actuales del sistema o procedimientos alternativos. VIGENCIAS
Resoluciones de clasificación arancelaria, mantendrán su aplicabilidad mientras subsistan condiciones. UAP y ALTEX. Art años a partir de la vigencia, sin homologación y con mantenimiento de la garantía. ACTUACIÓN DIRECTA. Art. 669 Obligatorio Agente de Aduanas, durante 1er. Año para embarques > USD$ VIGENCIAS
PROCESOS DE FISCALIZACIÓN. Art. 670 Los procesos se regirán por las normas vigentes al tiempo de su iniciación. ¿Incidentes en materia aduanera? Copia textual CGP. ¿Etapas procesales? A.C.I. y O.T.M. Art. 671 Nuevos roles, condicionados a contar con SIE. VIGENCIAS
VIGENCIAS Y HOMOLOGACIONES. Art. 672 Autorizaciones, inscripciones, habilitaciones, o cualquier otro registro se mantienen con la nueva denominación. Nuevos requisitos se homologarán dentro del año siguiente a la entrada en vigencia, sin concepto favorable de medición de riesgo, exigible al cuarto año. Renovación de garantía con la nueva regulación. VIGENCIAS
OCE SIN REGISTRO. Art. 673 Solicitarán autorización o habilitación dentro del año siguiente. VIGENCIAS. Art. 675 Enunciación taxativa de normas que continúan vigentes. DEROGATORIAS. Art. 676 VIGENCIAS
INSTRUMENTOS DE PROMOCIÓN a) Plan Vallejo - Programas especiales de importación-exportación. b) C.I. - Sociedades de Comercialización Internacional. c) Z.F. - Zonas Francas. d) ZEEE - Zonas económicas especiales de exportación
INSTRUMENTOS DE PROMOCIÓN En tanto salga la nueva regulación, continúan vigentes las normas del Art. 675 nral. 2. Cortocircuitos: Zona Franca – No está como destino aduanero en el art. 138 pero se presenta como tal al referirse al traslado a depósito o zona franca. El proyecto de Decreto lo califica como OCE, pero no se relaciona en el art. 43 por ende sería sujeto de las obligaciones generales, pero no tienen obligaciones especiales como todos los OCE.
INSTRUMENTOS DE PROMOCIÓN Plan Vallejo – No tiene la calidad de OCE Puede ser Grandes Usuarios del Sistema por la trayectorias, volúmenes y montos de su operación y también para los OEA y debería incluir beneficios aduaneros Se incluye como sanción la amonestación con copia a la DIAN para “lo de su competencia”. No es claro cual será el régimen de salida de la mercancía. C. I. –Tampoco tienen la calidad de OCE. Requieren un proceso de renovación y fortalecimiento para retomar el propósito para el que fueron creadas.
INSTRUMENTOS DE PROMOCIÓN ZEEE - En materia aduanera, se aplica la normatividad especial establecida para los usuarios industriales de bienes y de servicios de zona franca, en relación con la exoneración de aranceles e IVA cuando se introducen equipos o materias primas del exterior.
SISTEMATIZACIÓN DE PROCESOS a) Servicios Informáticos Electrónicos. Art. 4 Obligatorios para: Formalidades Operaciones u obligaciones, Destinos y Regímenes aduaneros. Se podrán utilizar: “Procedimientos alternativos”
SISTEMATIZACION DE PROCESOS Simultaneidad: Siglo XXI – SYGA y MUISCA + trámites manuales Incertidumbre: UNI-PASS – Modelo Coreano Sistema de la UNCTAD Empresa especializada en software para desarrollos propios. ¿Versión criolla?
SISTEMATIZACION DE PROCESOS b) Gestión de Riesgo Operativo. Modelo de la Dirección Nacional de Aduana del Uruguay c) Contingencias- Como causa de exoneración de responsabilidad. Art. 524 Reticencia de la DIAN a declararlas. Falta de claridad sobre las circunstancias que la determinan.
Gracias.