XXVII Asamblea Anual de Assal XVII Conferencia acerca de Regulación y Supervisión de Seguros en America Latina / IAIS ASSAL Conferencia a cargo de: Robert.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
Personas físicas o jurídicas que contratan a título oneroso para su consumo final la adquisición o locación de bienes o servicios. No se incluyen bienes.
Advertisements

Superintendencia de Seguros y Pensiones
TEMA 1. SISTEMA ECONÓMICO Y LA EMPRESA
ESTRUCTURA DEL SISTEMA FINANCIERO EN COLOMBIA
Las empresas de Trabajo Temporal
TRANSPARENCIA DE COMISIONES OSVALDO MACÍAS MUÑOZ INTENDENTE DE SEGUROS – CHILE ASSAL - Noviembre 2005.
LA PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR DE SEGUROS EN EL PERÚ
Introducción a las finanzas
1 Directiva 2006/123/CE relativa a los servicios en el mercado interior 2006/123/CE Incorporación al derecho interno hasta el 28.XII.2009 Principales objetivos:
Asesores en Beneficios y Seguros S.C.
Mesa Redonda: Tendencias de la Regulación Cambios recientes en la regulación de América Latina COSTA RICA Abril 2012.
Proyecto de nueva Ley reguladora del mercado de valores Rodrigo Bolaños, Presidente Consejo Nacional para el Desarrollo del Mercado de Valores Costarricense.
Lic. Jorge Vignolo Miembro del Comité Ejecutivo de COPAPROSE – Consejero Noviembre de 2014.
Departamento Control de la Contaminación Área Gestión de Residuos,
SUPERVISIÓN DE LA CONDUCTA DE MERCADO EN PERÚ NAIC-ASSAL-SVS: “Regulación y Supervisión de Conducta de Mercado” MIRYAM ARAGON ESPEJO – Jefe de Supervisión.
Mercado bancario: BCRA – Bancos oficiales – Bancos privados
PRODUCTORES ASESORES DE SEGUROS
En el ejercicio de toda profesión, existen derechos y obligaciones que inciden de manera directa en el desempeño de la misma y en la conducta de quien.
PlaNeS Intermediarios. Plan Nacional Estratégico del Seguro- PlaNeS  Se lanza en el 2012 como una política pública con el Estado.
UNIVERSIDAD DEL ROSARIO Foro “´Revisión a la Nueva Ley de Reforma Financiera: Visión del Gobierno, el Congreso, los Gremios y la Academia” Análisis de.
La libertad de asociación en materia laboral
C ONDUCTA DE M ERCADO EN C OSTA R ICA Julio, 2014.
LOS PRINCIPIOS DE SEGUROS en la Ley de contrato de seguro (29946)
Julio de 2013 Adopción del Presupuesto basado en Resultados en Veracruz: Situación actual Secretaría de Finanzas y Planeación Subsecretaría de Planeación.
REFLEXIONES ACERCA DE LA APLICACIÓN DE LA NORMATIVA DEL CONSUMIDOR AL CONTRATO DE SEGURO DESDE LA PERSPECTIVA DEL ÓRGANO DE CONTROL DE SEGUROS DE LA REPÚBLICA.
LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA.
Misión La profesionalización del personal operativo de los cuerpos de seguridad pública del Estado, mediante la ejecución de un modelo académico con el.
Cambios recientes en la regulación Costa Rica XV Conferencia sobre regulación y supervisión de seguros en américa Latina Asunción, Paraguay, 21 al 23 de.
Antecedentes históricos de la empresa y la contabilidad
COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL COPASO Y/O VIGIA
Archivo Institucional
CONTROL INTERNO GENERAL
DISTRIBUCIÓN.
1 Intermediación y su Contribución al Desarrollo del Seguro en América Latina.
German Urdaneta H / 13 Aspectos fundamentales.
Supervisión de Reaseguros Bajo un Enfoque Basado en Riesgos XIV Seminario sobre Regulación y Supervisión de Seguros en América Latina Ciudad de Panamá,
LA CONFEDERACIÓN ESPAÑOLA ANTE LA REVISIÓN DEL PACTO DE TOLEDO Y LA CONSOLIDACION DE UN NUEVO MARCO DE SUPERVISION D. Pedro Muñoz Pérez 1/17 Cuenca 11.
SEMINARIO INTERNACIONAL “LA COLUSIÓN EN LAS COMPRAS PÚBLICAS”
«Artículo 6. Autonomía. Se reconoce a la Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá, en adelante la Superintendencia, como organismo autónomo.
Derecho Financiero Por Jorge Luís Peña Cortés
XXVI Asamblea Anual de ASSAL San José - Costa Rica Abril 2015.
Seguridad Social: Art. 2 La seguridad social tiene por finalidad garantizar el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de.
MISION DE LA SUPERINTENDENCIA > Resguardar los derechos de los asegurados. > Promover el desarrollo de los mercados de valores y seguros. > Regular y.
R. Javier Gonzales Concepción
Tendencias en la regulación: cambios recientes Tendencias en la regulación: cambios recientes XXVI Asamblea Anual de ASSAL XVI Conferencia sobre Regulación.
SEMINARIO NAIC/ASSAL/SVS REGULACIÓN & SUPERVISIÓN DE CONDUCTA DE MERCADO © 2014 National Association of Insurance Commissioners Visión General y Propósito.
Gestión Documental Coordinación de Archivo y Correspondencia
BOLSA DE RESIDUOS QUITO
Sesión 7 Reaseguro y otras formas de transferencia de riesgos XVI Conferencia sobre Regulación y Supervisión de Seguros en América Latina IAIS-ASSAL San.
El Mercado Publicitario
Sesión 6 Protección del consumidor XXI Asamblea Anual de ASSAL XI Conferencia sobre Regulación y Supervisión de Seguros en América Latina y Seminario de.
TRANSPARENCIA DE COMISIONES OSVALDO MACÍAS MUÑOZ INTENDENTE DE SEGUROS – CHILE ASSAL - Noviembre 2005.
PRINCIPIOS DE LAS CONTRATCIONES PUBLICAS Oscar Herrera Giurfa.
1 Marco regulatorio brasileño sobre transferencias internacionales Eduardo Nogueira Liberato de Sousa Marco regulatorio brasileño sobre.
Underwriting.
El valor de la ética en los negocios_
FITSE Fundación para la Investigación, Tecnificación y Desarrollo del Seguro Ecuatoriano.
Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros Junio, 2009 Decreto por el que se Reforman, Adicionan y Derogan.
Régimen Jurídico de la Salud
Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE).
Foro Regional de Normalización para las Américas de la UIT (Washington D.C., Estados Unidos, 21 de septiembre de 2015) Directrices para la creación de.
Seguro de Responsabilidad Civil Defensa Jurídica PROFESIONAL.
COMITÉ DE MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA
Company LOGO INICIATIVAS RESPONSABLES DEL SECTOR FINANCIERO: Educación Financiera para Clientes Superintendencia de Servicios Financieros Cr. Jorge Ottavianelli.
Alianzas público privadas
Finanzas Responsables: Protección al Consumidor Financiero Una visión del Supervisor Financiero Sr. Felipe Tam Fox Superintendente de Banca, Seguros y.
AUTORIZACIÓN E INSCRIPCIÓN DE EAFI (PERSONAS FÍSICAS)
Agentes Económicos del Sistema de Seguros. 1. Definición de la Actividad Comprende a las empresas que brinda servicios, principalmente, de aseguramiento,
Órgano de Control Institucional
El Futuro de la Intermediación de Seguros en Colombia José Orlando Montealegre Escobar Presidente Ejecutivo ACOAS 3 Congreso Internacional de Derecho de.
Transcripción de la presentación:

XXVII Asamblea Anual de Assal XVII Conferencia acerca de Regulación y Supervisión de Seguros en America Latina / IAIS ASSAL Conferencia a cargo de: Robert Bittar Presidente de Escola Nacional de Seguros Abril 2016 Rio de Janeiro - Brasil

Tema: PBS 19 : Conducción del Negocio “La autoridad supervisora establece los requisitos para la conducción de la actividad aseguradora con el fin de garantizar que los clientes reciban un trato justo, antes de celebrar el contrato, y durante todo su curso, hasta que se cumplan todas las obligaciones estipuladas en el contrato”.

Corretaje de Seguros – Hito Legal/Brasil Normas Legales Específicas - Ley nº 4.594, de 29/12/1964 Reglamenta la actividad y la profesión de corredor de seguros - Decreto nº , de 24/09/1965 Reglamenta la profesión de corredor de seguros de vida y capitalización. - Decreto Ley nº 73, de 21/11/1966 Dispone sobre el Sistema Nacional de Seguros Privados y reglamenta las operaciones de seguros y reaseguros. - Decreto nº , de 13/03/1967 Reglamenta el Decreto Ley nº 73, de 1966

Otras normas aplicables a la Corretaje de Seguros - Código Civil de Código de Protección y Defensa del Consumidor – CDC 1990 Disposición pertinente: - La actividad aseguradora se considera una prestación de servicios.

- Resolución CNSP nº 249, de 15/02/2012 – Reglamenta la actividad del Corredor de Seguros y de sus agentes. - Circular SUSEP nº 428, de 15/02/2012 – Dispone sobre el Curso de Formación para la Licencia de Corredores de Seguros de Vida y de Capitalización - Circular SUSEP nº 510, de 22/01/2015 – Dispone sobre la Licencia del Corredor de Seguros y sobre la actividad del Corredor de Seguros. Otras normas

- No hay normas legales o infra-legales que establezcan reglas de conducta para el corredor de seguros en la relación con sus clientes. - Hay una norma para la actividad, específicamente sobre la cuestión de la responsabilidad administrativa, civil y penal.

La Conducta Ética -Establecida en el Código de Ética de la Federación Nacional de los Corredores de Seguros (FENACOR) y prevista en el ordenamiento jurídico de autorregulación del mercado de corretaje de seguros. -Sistema establecido por la Ley Complementaria nº 137, de 26/08/2010 reglamentada por la Resolución nº 233, de 01/04/2011 y por la Circular SUSEP nº 435, de 25/05/2012, que instituyeron la creación de organismos de autorregulación del mercado de corretaje de seguros como "Órganos Auxiliares" de SUSEP. - Sólo hay una entidad de autorregulación autorizada por la SUSEP (Diario Oficial del Gobierno Federal – DOU, de 15/10/2013) para operar, que es el Instituto Brasileño para la Autorregulación del Mercado de Corretaje de Seguros, de Reaseguros, de Capitalización y de Previsión Complementaria Abierta (IBRACOR), con sede en Río de Janeiro.

Atribuciones Básicas del Corredor de Seguros para un tratamiento justo a su cliente durante el curso de la intermediación y de la vigencia del Contrato de Seguros 1. Identificación del riesgo y del interés a garantizarse; 2. Recomendación de medidas que permitan la obtención de la cobertura del seguro; 3. Identificación y recomendación de la modalidad de seguro que mejor se adapte a las necesidades de los asegurados y de los beneficiarios; 4. Identificación y recomendación de la aseguradora a contratarse, luego de una investigación exhaustiva de los términos y condiciones contractuales; 5. Atención al asegurado durante la ejecución y vigencia del contrato, bien como a éste y al beneficiario en el momento de la administración y finiquito del siniestro; 6. Apoyo al asegurado en la renovación y preservación de la garantía de su interés.

Representantes de las Aseguradoras 1.Corredoras de Seguros cautivas (pertenecientes a un mismo conglomerado económico- financiero) 2.Corredoras de Seguros que producen exclusivamente para una Compañía de Seguros en particular.

Corredores de Seguros: Su importancia para el Mercado de Seguros y para la economía nacional -La distribución de seguros a través del corredor de seguros representa más del 85% de los negocios realizados en el mercado. -El papel del corredor de seguros promueve la diseminación de la cultura del seguro al proporcionar asistencia técnica de forma directa a los asegurados consumidores de seguros. -El corredor de seguros es importante en la primera atención ante siniestros ocurridos, especialmente cuando se trata del seguro DPVAT (SOAT). -Corresponde a estos profesionales la difusión de la imagen del seguro y de la cultura de protección del seguro en la sociedad y, por ende, la ampliación de la base de consumidores. -El corredor de seguros es el profesional especializado en la atención a las instituciones de derecho público, en la gestión y asistencia a las aseguradoras para la contratación de Seguros de bienes públicos. -El corredor de seguros impulsa el sector de seguros privados, apalancando los negocios, proporcionando ingresos a través de la recaudación de contribuciones e impuestos, generando riqueza, ahorro y puestos de trabajo directos e indirectos. -El corredor también tiene la responsabilidad de promover el equilibrio adecuado de las relaciones jurídico-contractuales entre el asegurado y la aseguradora.

CANTIDAD DE CORREDORES DE SEGUROS REGISTRADOS EN LA SUSEP (EL 22/02/ Fuente SUSEP) Corredores - Personas Naturales: Todos los Ramos Vida, Capitalización y Planes de Pensiones Privados Corredores Personas Jurídicas: Todos los Ramos Vida, Capitalización y Planes de Pensiones Privados Resumen: Personas Naturales Personas Jurídicas Total

Consideraciones -El contrato de seguro se puede considerar un contrato de naturaleza dinámica, con características únicas. -El corredor de seguros es el profesional que presta asistencia técnica adecuada para intermediar los intereses de los asegurados con las aseguradoras. -Para que haya la perfecta adecuación de la cobertura pretendida a las necesidades reales del cliente/consumidor, teniendo en cuenta la complejidad del mundo del seguro, se requiere la participación del corredor o productor de seguros, quien puede arrojar luz sobre la naturaleza del seguro y sus cláusulas. -La Comisión Obligatoria de los corredores, establecida por la Ley nº 4.594, de 1964, tuvo como objetivo proporcionar a los asegurados la posibilidad de contar con la asistencia técnica de un profesional debidamente autorizado y registrado en la SUSEP. -Todos los corredores de seguros deben poseer licencia técnica-profesional. -El mercado de consumo es cada vez más exigente, requiriendo una mayor profesionalización y capacitación. -El corredor de seguros en este contexto debe actuar como un consultor de seguros y no un simple intermediario. -La Escola Nacional de Seguros está totalmente enfocada hacia la capacitación profesional y formación continua de los profesionales de seguros.

Vale recordar el portal que es una página web interactiva que busca aclarar las dudas de los consumidores acerca de los seguros. Muchas gracias