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DIRECTOR RESPONSABLE DE OBRA PARA INFRAESTRUCTURA CARRETERA

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Presentación del tema: "DIRECTOR RESPONSABLE DE OBRA PARA INFRAESTRUCTURA CARRETERA"— Transcripción de la presentación:

1 DIRECTOR RESPONSABLE DE OBRA PARA INFRAESTRUCTURA CARRETERA
PONENTE: ING. ALMA NAYELY TORRES DE LA ROSA

2 A.M.D.R.O.C. Código de Ética. El ejercer una actividad profesional, es una decisión libre y personal del individuo y por ese hecho de actuar, adquiere una responsabilidad que trasciende a la sociedad y a su medio ambiente natural. El ejercer una actividad profesional, es para satisfacer las necesidades que demanda la sociedad, y en la cual el profesional forma parte de ella. Por lo que su respuesta deberá ser la mejor, dentro de su capacidad técnica y su leal y saber entender, para beneficio de la sociedad y su entorno urbano. La capacidad técnica como soporte para dar la mejor respuesta a la sociedad, deberá estar basada en una actualización constante de conocimientos inherentes a su ámbito profesional.

3 A.M.D.R.O.C. Código de Ética. La actuación del profesional deberá estar en armonía con la sociedad, para lo cual se han creado leyes, normas y reglamentos que reflejan sus costumbres y su desarrollo de vida de la sociedad. Estas disposiciones en el actuar, deberán observarse, para que ellas sirvan al profesional y poder convivir armónicamente dentro de la sociedad en su ambiente natural y urbano. En relación con la persona que solicite sus servicios profesionales, el profesionista deberá conservar frente al contratante, su completa autonomía y utilizar sus medios de trabajo en la forma que resulte más conveniente, para el cumplimiento de los trabajos que le han sido confiados, haciéndolos lo mejor posible según los conocimientos adquiridos, la información proporcionada, disponible y en conformidad con el contratante.

4 A.M.D.R.O.C. Código de Ética. Las relaciones entre profesionista y contratante deberán estar en igualdad de derechos y respeto mutuo y sin tomar decisiones unilaterales que afecten ambas partes. En un régimen de libre competencia, la invitación para la elección de los servicios del profesionista, deberá estar basada en la semejanza de calidad técnica, calidad administrativa y experiencia profesional, de tal manera que la elección sea la que ofrece mayores garantías en calidad y seguridad en sus servicios profesionales y de ninguna manera en la competencia de precios, ya que los aranceles estipulados en una norma, son únicos y obligatorios para ambas partes.

5 A.M.D.R.O.C. Código de Ética. La relación profesional con el contratante deberá estar basado en la buena fe, como norma en los negocios y las profesiones, en el aprecio de toda ocupación útil y en la dignificación de la propia actividad, en servicio de la sociedad. La relación profesional con el contratante deberá ser equitativa y beneficiosa para ambas partes. La actuación del profesional deberá estar sustentada en la lealtad consigo mismo y con el contratante, con el gremio de la construcción y con la sociedad. Esta lealtad es congruente con sus principios éticos y morales y con su capacidad técnica. Teniendo en cuenta que en su actuar con inteligencia creativa, podrá comprender las consecuencias de sus actuaciones y responder satisfactoriamente a las necesidades humanas.

6 RESPONSABILIDADES DEL D. R. O.
Un Profesionista es un DIRECTOR RESPONSABLE DE OBRA cuando otorga su responsiva, en los siguientes puntos: Suscriba una solicitud de licencia de construcción y el proyecto de una obra, cuya ejecución vaya a realizarse directamente por él o por persona física o moral diversa, siempre que supervise la misma, en este último caso; Tome a su cargo su operación y mantenimiento, aceptando la responsabilidad de la misma; Suscriba un dictamen de estabilidad o seguridad de una edificación o instalación Suscriba una constancia de seguridad estructural, o Suscriba el Visto Bueno de Seguridad y Operación de una Obra

7 ¿COMO APLICA UN D. R. O. EN CAO?
Caminos y Aeropistas de Oaxaca, busca la actualización para la participación del D. R. O. en los siguientes puntos: Elaboración de Estudios y Proyectos Carreteras (Caminos) Puentes Supervisión y Ejecución de Obra

8 CLASIFICACION DE LAS CARRETERAS
Caminos Tipo de Terreno Plano Lomerío Montañoso Transitabilidad Terracerías Revestidas Pavimentada Régimen de Federales Estatales Municipales Técnica Oficial Tipo Especial (TDPA>3000) Tipo A (TDPA=3000) Tipo B (1500<TDPA>3000) Tipo C (500<TDPA>1500) Tipo D (100<TDPA>500) Tipo E (TDPA<100)

9 CARACTERISTICAS GEOMETRICAS DE LAS CARRETERAS
CONCEPTO UNIDAD Tipo de Camino E D C B A TDPA en el horizonte de proyecto veh./dia HASTA 100 100 a 500 500 a 1500 1500 a 3000 MAS DE 3000 MONTAÑOSO TERRENO LOMERÍO _ PLANO VELOCIDAD DE PROYECTO km/h 30 40 50 60 70 80 90 100 110 DISTANCIA DE VISIBILIDAD DE PARADA m 55 75 95 115 135 155 175 DISTANCIA DE VISIBILIDAD DE REBASE - 225 270 315 180 380 405 450 360 460 485 GRADO MÁXIMO DE CURVATURA 17 11 7.5 5.5 4.25 3.25 2.75 CURVAS CRESTA m / % 4 7 12 23 36 3 8 14 20 31 43 57 72 COLUMPIO 10 15 25 37 VERTICALES LONGITUD MÍNIMA 9 6 5 PENDIENTE GOBERNADORA % 13 PENDIENTE MÁXIMA LONGITUD CRITICA v e r f i g ANCHO DE CALZADA 4.0 6.0 7.0 A2 A4 A4 S 2 = 7.0 2 carriles 4 carriles 12.0 > 22.0 11.0 ANCHO DE CORONA 9.0 un cuerpo cuerpos sep. ANCHO DE ACOTAMIENTOS 0.5 1.0 2.5 3.0 ext. 0.5 int. 1.0 int. ANCHO DE FAJA SEPARADORA CENT. BOMBEO 2 SOBREELEVACIÓN MÁXIMA SOBREELEV. P/GRADOS MENORES AL MÁXIMO ver tabla No ver tabla No ver tabla No ver tabla No AMPLIACIONES Y LONGITUDES MÍNIMAS DE TRANSICIONES

10 ELABORACIÓN DE ESTUDIOS Y PROYECTOS
CAMINOS Y PUENTES Norma SCT: N-LEG-2/07 “Ejecución de Estudios y Proyectos, Consultorías y Asesorías”

11 DISENO GEOMETRICO DE CARRETERAS
Conjunto de actividades, de campo y gabinete, necesarias para representar gráficamente y a una escala convenida, la topografía de un lugar mediante sus proyecciones horizontales (planimetría) y verticales (altimetría), identificando sobre ésta, cuando así se requiera, los puntos característicos de las obras que existan en el lugar y de las que se proyecten. (N-PRY-CAR /07) INGENIERÍA BÁSICA ESTUDIOS ESPECIALIZADOS Estudios Topográficos (N-PRY-CAR /07) Estudios de Geotecnia (N-PRY-CAR /00) Obras de Drenaje Medio Ambiente (Reg LGEEPA Art 5-B)

12 ENTIDADES QUE RESPALDAN LA VIABILIDAD DE UN PROYECTO DE CARRETERAS
CAMINOS TIPO: E, D, C, B y A SCT/CAO Validación Técnica SHCP Costo-Beneficio SEMARNAT Resolutivo Ambiental Cambio de Uso de Suelo

13 DISENO GEOMETRICO DE PUENTES
El proyecto de un nuevo puente o estructura similar, comprende desde la ejecución de la ingeniería de detalle necesaria para diseñarlo geométrica y estructuralmente, de manera que permita la continuidad del transito sobre un obstáculo, con seguridad y eficiencia , hasta la elaboración del proyecto ejecutivo considerando su representación grafica (planos), especificaciones y otros documentos en lo que se establezcan las características geométricas, estructurales, de materiales y de acabados de cada uno de sus elementos, para proporcionar al constructor los datos que le permitan su correcta ejecución Según propósito y ubicación, las estructuras se clasifican de la siguiente manera: Puente Viaducto Paso Superior Vehicular (PSV) Paso Inferior Vehicular (PIV) Paso Inferior Ganadero (PIG) (N-PRY-CAR /07)

14 ¿COMO SE INTEGRAN LOS PROYECTOS DE PUENTES Y OBRAS SIMILARES?
Informes Memoria Ejecutiva Memoria de Calculo Planos Constructivos Plano General Plano de cimentación Plano de Subestructura Plano de Superestructura Datos Geométricos Catalogo de Conceptos y Volúmenes de Obra Especificaciones de Construcción N-PRY-CAR /04

15 ENTIDADES QUE RESPALDAN LA VIABILIDAD DE UN PROYECTO DE PUENTES
PUENTES / ESTRUCTURAS SIMILARES SCT/CAO Validación Técnica SHCP Costo-Beneficio SEMARNAT Resolutivo Ambiental CONAGUA Concesión para ocupación de terrenos federales

16 EJECUCIÓN Y SUPERVISIÓN DE OBRA CAMINOS Y PUENTES

17 EJECUCION DE OBRAS BAJO LA MODALIDAD DE CONTRATO
Designación de: Superintendente (D.R.O.) / Residente Revisión de proyecto y especificaciones entregadas a Superintendente Art 117 del Reglamento de la LOPYSRM Apertura de Bitácora de Obra Superintendente/Residente Inicio de los Trabajos de Acuerdo a Contrato Presentación de Estimaciones en base al art 132 del Reglamento de la LOPYSRM De existir modificaciones al contrato estas deberán ser planteadas en base al art 99 del Reglamento de la LOPYSRM Finiquito y Terminación de Contrato en base al Art. 168 del Reglamento de la LOPYRSM * CON FUNDAMENTO EN LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LA MISMAS Y SU REGLAMENTO

18 FUNDAMENTO LEGAL LOPSRM.- ART 53
… De manera previa al inicio de los trabajos, los contratistas designarán a un superintendente de construcción o de servicios facultado para oír y recibir toda clase de notificaciones relacionadas con los trabajos, aún las de carácter personal, así como tomar las decisiones que se requieran en todo lo relativo al cumplimiento del contrato… Reglamento de la LOPSRM.- ART 110 La ejecución de los trabajos deberá realizarse con la secuencia y en el tiempo previsto en el programa de ejecución convenido en el trabajo. Reglamento de la LOPSRM.- ART 111 Para iniciar la ejecución de los trabajos, las dependencias y entidades deberán designar a un servidor público y el contratista a un representante que fungirán como residente y superintendente, respectivamente… Reglamento de la LOPSRM.- ART 117 El superintendente deberá conocer con amplitud los proyectos, normas de calidad y especificaciones de construcción, catalogo de conceptos o actividades de obra o servicios, programas de ejecución y de suministros, incluyendo los planos con sus modificaciones, especificaciones generales y particulares de construcción y normas de calidad, Bitácora, convenios y demás documentos inherentes, que se generen con motivo de la ejecución de los trabajos. La dependencia o entidad podrá reservarse en el contrato el derecho de solicitar en cualquier momento, por causas justificadas, la situación del superintendente y el contratista tendrá la obligación de nombrar a otro que reúna los requisitos exigidos en el contrato. * LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LA MISMAS Y SU REGLAMENTO

19 NORMATIVIDAD APLICABLE
Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas Normativa para la Infraestructura del Transporte (SCT) Ley de Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable. Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento

20 ¡GRACIAS!


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