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ANÁLISIS, COMPRENSIÓN Y REDACCIÓN DEL DISCURSO JURÍDICO

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Presentación del tema: "ANÁLISIS, COMPRENSIÓN Y REDACCIÓN DEL DISCURSO JURÍDICO"— Transcripción de la presentación:

1 ANÁLISIS, COMPRENSIÓN Y REDACCIÓN DEL DISCURSO JURÍDICO

2 EL LENGUAJE COMO INSTITUCIÓN SOCIAL
Todo texto/discurso tiene relación con quien lo produce y con quien lo recibe. Nos construimos en nuestro discurso y construimos al / los destinatarios del mismo. El poder de las palabras: el arte de convencer utilizando las palabras adecuadas es una herramienta de gran valor aún en la era de las nuevas tecnologías y especialmente en el campo del Derecho.

3 ESTRUCTURA LINGÜÍSTICA DE LA ARGUMENTACIÓN
REQUIERE: Un sujeto argumentante Un antagonista Una temática controvertida Un razonamiento para convencer de la validez de una opinión La litigación es una actividad que se realiza argumentando y el entrenamiento no se adquiere sólo leyendo un Manual.

4 DESACUERDOS Y DEBATES Los intercambios lingüísticos se tornan argumentativos cuando necesitamos convencer de la verdad de un enunciado y esta necesidad aumenta cuando se trata de defender una posición controvertida. Los abogados argumentan para defender posiciones que saben de antemano que no son compartidas por sus oponentes.

5 INTERCAMBIOS ARGUMENTATIVOS
Las siguientes expresiones no son sinónimas Diálogo: intercambio en el que se busca el conocimiento mediante la colaboración entre los participantes. Discusión: intercambio de ideas para resolver un problema. Debate: intercambio competitivo en el que los antagonistas buscan persuadir a un tercero (auditorio, árbitro, juez) Polémica: tipo de debate con una mayor dosis de agresividad y un carácter irreductible de las posiciones en pugna =vencedores y vencidos=.

6 SINTAXIS DE LA ARGUMENTACIÓN JURÍDICA
Importancia de los signos de puntuación Construcción lógica de los enunciados. El orden de las palabras. Utilización de conectores discursivos. Uso correcto del paradigma verbal.

7 SEMÁNTICA DE LA ARGUMENTACIÓN JURÍDICA
El léxico. Procedimientos para enriquecerlo. El significado de las palabras en el tecnolecto jurídico. El uso de extranjerismos.

8 PRAGMÁTICA DE LA ARGUMENTACIÓN JURÍDICA
Los actos de habla DIMENSIÓN LOCUCIONARIA: lo que digo ILOCUCIONARIA: la intención con que lo digo. PERLOCUCIONARIA: el efecto que causo. La performatividad del discurso jurídico. Los implícitos discursivos: Conduce bien, aunque es mujer Tu nuevo amigo ¿ha dejado la bebida? ¿Sigues siendo tan cuidadoso con el dinero ?

9 TIPOLOGÍAS TEXTUALES AL SERVICIO DE LA ARGUMENTACIÓN JURÍDICA
DESCRIPCIÓN NARRACIÓN EXPOSICIÓN

10 ORIGEN DE LA ARGUMENTACIÓN
MITO FUNDACIONAL Todo lo que está hecho con palabras, puede deshacerse también con palabras ARISTÓTELES ( a. C.) RETÓRICA: es la facultad de teorizar lo que es adecuado en cada caso para convencer. SOFISTAS (Siglo V y comienzos Siglo IV a. de C.) Sometieron a críticas las concepciones éticas y sociales de su época, convirtiendo en una práctica sistemática la contraposición de discursos. Diálogos razonados entre un proponente y un oponente ante un público que arbitraba el debate. Sicilia: gobernada por una tiranía (467 aC), al ser derrocada, los propietarios de la tierra reclamaron sus propiedades. Infinidad de procesos; Tisias y Córax habrían elaborado el primer método razonado para hablar ante un tribunal (1° tratado de argumentación). Corax habría aceptado enseñar sus técnicas a Tisias y cobrarle según los resultados que obtuviera. Luego Tisias sostiene no deberle nada a Córax, se entabla un proceso. O bien Tisias gana su primer proceso o lo pierde. Según los jueces, si lo gana, no debe nada a Córax; si lo pierde, de acuerdo al convenio privado, no debe nada a su maestro. En ambos casos nada debe. – Córax contraargumenta y da vuelta el esquema argumentativo de Tisias: si éste gana el proceso, según el convenio debe pagar; si lo pierde, según la ley, debe pagar por la enseñanza recibida: en cualquier caso Tisias debe pagar. Es una aporía (dilema irresoluble). Aristóteles sería el primero en reflexionar sobre la argumentación… Sofistas: contraposición de discursos, a todo discurso se le puede oponer un contradiscurso producido desde otro punto de vista y mostrando una realidad distinta. Técnica: diálogo razonado, según reglas precisas. PLATÓN (427 – 347 a. de C.) Crítica a los sofistas: La interacción lingüística no consistía en la búsqueda de la verdad sino en una lid verbal en la que al final uno de los participantes resultaba refutado.

11 DIÁLOGO ESCRITO VS. DIÁLOGO ORAL
No es lo mismo mantener informado a alguien por carta que por teléfono Cuando hablamos podemos reiterar lo que decimos, aclarar, pedir explicaciones, cambiar de opinión, etc. El lenguaje escrito tiene sus propias limitaciones y la telepatía no es un don habitual entre los seres humanos. Error frecuente de los abogados litigantes: las personas a las que van dirigidos nuestros escritos no han hablado con nuestros representados y desconocen – en las alegaciones iniciales – el asunto que planteamos.

12 HABLAR Y ESCRIBIR: DOS MODOS DE COMUNICACIÓN DISTINTOS
Tienen como soporte el mismo sistema lingüístico pero se producen y manifiestan de distinta manera. La modalidad oral es consustancial al ser humano. La palabra oral tiene más llegada que la escrita: los abogados – escrituristas por tradición – utilizan el “alegato de oreja”, regulado por los códigos de ética que ponen como requisito que la otra parte esté presente. Impronta de lo escrito como “registro” en nuestra cultura: diferencia entre “la palabra empeñada” y “las palabras se las lleva el viento” No todas las comunicaciones orales son naturales, por eso desde la antigüedad existen la Retórica y la Oratoria.

13 CARACTERÍSTICAS DEL LENGUAJE JURÍDICO ESCRITO
Secuencias oracionales extensas (distintos tipos de párrafos) Acumulación de gerundios Latinismos Tecnicismos Términos del lenguaje común con acepciones jurídicas Uso restrictivo de las palabras (adjetivos, verbos)

14 RETÓRICA LA TÉCNICA RETÓRICA COMPRENDE 5 OPERACIONES CONSTITUYENTES Y PRAGMÁTICAS INVENTIO: qué decir (los argumentos) DISPOSITIO: cómo ordenarlos ELOCUTIO O LEXIS: ponerlos en palabras ACTIO: pronunciar el discurso MNEMÉ: recurrir a la memoria Sólo en el discurso oral

15 LAS PARTES DEL DISCURSO JURÍDICO
DIVISIÓN NARRATIO CONFIRMATIO EPÍLOGO EXORDIO EMOCIONAR CONVENCER PERORACIÓN REFUTACIÓN

16 REFUTACIÓN Razonamiento que tiende a probar que un argumento del oponente es falsa o incoherente. Para la Retórica es la parte del discurso que tiene como objeto rebatir los argumentos del oponente. Refutación en bloque o por separado.

17 ESTRUCTURAS ARGUMENTATIVAS
EJEMPLO INDUCCIÓN ILUSTRACIÓN MODELO SILOGISMO DEDUCCIÓN ENTIMEMA ARG.PRAGMÁTICA RAZONAMIENTO CAUSAL JUSTIFICACIÓN POR UNA CAUSA

18 LA ABDUCCIÓN Antigua forma de argumentar ya descripta por Aristóteles.
Reaparece en el siglo XIX con la aparición del género policial (razonamiento de los detectives) El enlace entre las premisas y la conclusión es hipotético (indiciario) Proporciona claves de interpretación cuando no se pueden aplicar ni la deducción ni la inducción.

19 LA TÓPICA JURÍDICA Son lugares específicos desde los cuales se pueden construir argumentos. Se encuentran en todas las ramas del Derecho (Topoi – Locus) Principios esenciales, máximas, valores: -Lex posterior derogat legi priori. -No se puede ser juez en causa propia. -La condena no puede sobrepasar lo demandado. -In dubio pro reo. -El Derecho favorece lo que es legítimo. -Pacta sum servanda.

20 FALACIAS Son los denominados “errores en la argumentación”. Pueden ser: Voluntarios o Involuntarios. Diversas clases: Generalizaciones a partir de una información incompleta: Generalizaciones que elevan lo particular a la categoría de general: “rosarinos comegatos” Falsas relaciones de causa-efecto: “ El que participa en las elecciones es un demócrata; Juan votó por tanto es demócrata”. Apelar a la conmiseración o la amenaza: o Ad Misericordiam: “No estudié, pero considere mi sacrificio al asistir a su clase”. Atacar al argumentante y no el argumento: o Ad Hominem: “Quien eso sostiene es un ignorante”. Paralogismo sintáctico o semántico: Se expresan confusamente los argumentos, ya sea por deficiente construcción del enunciado o por la ambigüedad de los términos: “El fin de una cosa es su perfección, la muerte es el fin de la vida; por lo tanto la muerte es la perfección de la vida”. Apelar a la mayoría como autoridad: o Ad Populum: Se toma como referencia el “acuerdo” a partir de la mayoría: “Si todos lo hacen por qué yo no”.

21 FALACIAS Descalificación de la fuente: Descalificar un argumento expresado por el oponente: “Nadie en su sano juicio puede dar crédito a esos argumentos”. Preguntas complejas: La formulación del argumento implica la respuesta a más de una pregunta, una implícita; tanto si se responde por la negativa o la afirmativa aceptamos lo que se afirma en la pregunta implícita: “¿Su carácter sigue siendo tan difícil como en su época de estudiante?” Olvido de alternativas: Se plantean como únicas posibilidades y se omite el análisis de otras alternativas válidas: “El feto es un ser humano o es un pedazo de carne”.

22 EJECUCIÓN ORAL DE UN ESCRITO JUDICIAL: - Diferencia entre leer y exponer: Leer: la comunicación nace de quien lo escribió. Exponer: la comunicación nace del sujeto que oraliza - Ritmo pausado - Entonación adecuada - Marcas de interacción - La relevancia de la información se disuelve si es volcada en forma torpe o defectuosa El sistema controversial no admite reemplazar el juicio oral por el juicio leído.


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