La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

Curso de Derecho Laboral II (Colectivo) SEGUNDA CLASE Características del Derecho Colectivo de Trabajo, Definición del Derecho Colectivo de Trabajo.

Presentaciones similares


Presentación del tema: "Curso de Derecho Laboral II (Colectivo) SEGUNDA CLASE Características del Derecho Colectivo de Trabajo, Definición del Derecho Colectivo de Trabajo."— Transcripción de la presentación:

1 Curso de Derecho Laboral II (Colectivo) SEGUNDA CLASE Características del Derecho Colectivo de Trabajo, Definición del Derecho Colectivo de Trabajo Universidad de San Martín de Porres Facultad de Derecho Profesor: Dr. Luis Nava Guibert

2 DENOMINACIÓN DEL DERECHO COLECTIVO DE TRABAJO
Los autores dicen que tienen más denominaciones. Manuel Carlos Palomeque López (Español) Derecho Sindical. Porque la reunión de varios trabajadores es una asociación que se unen para obtener beneficios. A esto se llama sindicato. Estudiosos peruanos Jorge Rendón – Pedro Morales Corrales. Lo más conveniente no es como se llama sino como hacer para que sea efectivo. Es mejor denominarlo Derecho Colectivo de Trabajo.

3 NÉSTOR DE BUEN: Es aquél que regula las relaciones de un grupo de trabajadores con su empleador y que tienen por finalidad los intereses del grupo sobre los individuos. ERMIDA: Derecho Colectivo-Sindical es lo mismo. Colectivo viene de conjunto de personas.

4 ALACATTI.- No es otra que la reunión de trabajadores que al formar una asociación podrán conseguir un conjunto de beneficios que no hubieran podido logran si estuvieran separado. Por esto, es necesario lograr una comunicación entre trabajadores que buscan unidos alcanzar objetivos comunes.

5 OPINIÓN.- Es la conexión directa que existe entre un grupo de trabajadores con su empleador para obtener un resultado favorable que beneficie a intereses grupales y no particulares. Lograr en conjunto. Solo, es difícil.

6 El Derecho Colectivo en la Constitución y en el Derecho Constitucional Comparado
CONSTITUCIÓN DEL 93. Consagra los derecho laborales en lo Individual y Colectivo. Leer los artículos 22,23,24,25,26,27,28,29. Derecho Colectivo: Art. 28 La triangularidad del Derecho Colectivo: - Sindicato - Negociación Colectiva - Huelga

7 Derecho Comparado.- Constitución de México: - Jornada máxima 8 horas. - Prohibición trabajo de menores. - Los trabajadores pueden reunirse y discutir en grupo. España 1978: Desarrolla el Derecho Sindical, la negociación colectiva y la huelga.

8 Brasilera: Señala que no solamente pueden reunirse y discutir sus problemas los trabajadores, sino que los empleadores deben ser los más interesados en esa negociación. Venezolana: - Sindicato - Negociación Colectiva - Huelga

9 Uruguay – Argentina: - Sindicato - Negociación Colectiva - Huelga

10 DIVISIÓN DEL DERECHO COLECTIVO DE TRABAJO


Descargar ppt "Curso de Derecho Laboral II (Colectivo) SEGUNDA CLASE Características del Derecho Colectivo de Trabajo, Definición del Derecho Colectivo de Trabajo."

Presentaciones similares


Anuncios Google