Descargar la presentación
La descarga está en progreso. Por favor, espere
Publicada porEncarnación Belmonte Domínguez Modificado hace 9 años
1
Acuerdos Regionales de Comercio y cláusulas de competencia Fernando M. Furlan Segunda Reunión del Grupo de Trabajo UNCTAD/SELA sobre Comercio y Competencia Lima, Perú - Junio/2012
2
El auge de los precios de las commodities durante la última década ha beneficiado a las exportaciones de muchos países en desarrollo, y, en consecuencia, moderado las demandas privadas para la negociación de acuerdos de libre comercio. Pero esta situación ha empezado a cambiar. También, con los resultados limitados de la Ronda de Doha de negociaciones comerciales multilaterales, la negociación de acuerdos bilaterales o plurilaterales gana relevancia de nuevo y seguirán proliferando.
3
Acuerdos firmados en el ámbito de la OMC con disposiciones otras que comercio (dentro ellas, competencia). Tales acuerdos son por veces utilizados como condición para adhesión de un país à la OMC, incentivando así la inclusión de disposiciones comunes, aunque genéricas, sobre competencia. Esto fue, por ejemplo, el caso chino.
4
65% de los Acuerdos Sur-Sur firmados desde 1995 contienen disposiciones relacionadas a competencia (Unctad, 2005). Los beneficios del libre comercio solo pueden ser aprovechados si las protecciones impuestas por los Estados so sean sustituidas por prácticas restrictivas privadas
5
Por abrir sus mercados domésticos a la competencia extranjera los países quedan mas susceptibles a practicas anticompetitivas originadas fuera de sus fronteras Hay preocupaciones también con fusiones transfronterizas o en un país (generalmente en un país desarrollado) que involucran sus subsidiarias en otro (inclusive aquellas subsidiarias en un país en desarrollo) Así, es necesario que ambas las partes en un acuerdo apliquen correctamente la política de competencia.
6
Contribución de los acuerdos regionales de comercio y integración para la harmonización (todavía no uniformización) de normas de competencia, aunque por una vía indirecta.
7
Practicas anticompetitivas pueden minar los objetivos de comercio de los acuerdos. Asegurar que los beneficios de la liberalización del comercio no sean reaplazados con la erección de barreras privadas, contrarias a la competencia.
8
Los acuerdos a menudo contienen disposiciones sobre cooperación en temas relacionados a competencia, como informe de notificación, consultas reciprocas y cambio de informaciones. Sobre este ultimo, es importante que hayan reglas de excepción para las informaciones confidenciales.
9
Sólo un puñado de acuerdos cuenta con disposiciones que tienen por objeto excluir o eliminar investigaciones y la aplicación de medidas antidumping entre las partes. En algunos casos [ANZCERTA (Australia y Nueva Zelandia) y EFTA (Islandia, Noruega, Suiza y Liechtenstein)-Singapur], la eliminación de las medidas antidumping entre las partes está relacionada a la aplicación de disposiciones sobre competencia.
10
Muchos acuerdos contienen disposiciones relativas a mecanismos de defensa comercial como las salvaguardias, las medidas antidumping y derechos compensatorios. Muy pocos acuerdos han excluido la aplicación de las medidas antidumping. En esos casos las partes han mantenido una disposición que permite la aplicación de salvaguardias. Sólo en dos casos (Canadá-Chile y ANZCERTA) se han eliminado el recurso a derechos antidumping y medidas de salvaguardia al mismo tiempo.
11
Varios acuerdos contienen cláusulas de asistencia técnica recíproca. Algunos de ellos tienen cláusulas genéricas de asistencia técnica, pero no se refieren específicamente a la asistencia técnica relacionada con defensa de la competencia. Acuerdos Agencia-Agencia (ATAs), menos formales, pueden ser mas efectivos que acuerdos de comercio (mas formales)
12
Los acuerdos comerciales generalmente se refieren a los comportamientos anticompetitivos. En un extremo están los que tienen un lenguaje muy amplio y no vinculante, que no define qué tipos de prácticas son consideradas contrarias a la competencia. En el otro, hay acuerdos que van tan lejos como ordenar las partes de prohibir tipos muy específicos de prácticas dentro de su jurisdicción o exhortar a las partes a que promulguen leyes nacionales que prohíban las prácticas anticompetitivas.
13
Una parte importante de la buena convivencia entre política de comercio exterior y política de competencia es el diálogo y participación reciproca en discusiones sobre los temas
14
Muchas Gracias f.furlan@globo.com
Presentaciones similares
© 2024 SlidePlayer.es Inc.
All rights reserved.