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Dip. César Camacho Presidente de la Comisión de Justicia Cámara de Diputados, LX Legislatura 1 DE AGOSTO DE 2008 “LA COORDINACIÓN HACENDARIA, PIEZA CLAVE.

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1 Dip. César Camacho Presidente de la Comisión de Justicia Cámara de Diputados, LX Legislatura 1 DE AGOSTO DE 2008 “LA COORDINACIÓN HACENDARIA, PIEZA CLAVE PARA EL FEDERALISMO MEXICANO DEL SIGLO XXI”

2   Una tendencia global se deja sentir en los países occidentales.   México, desafortunadamente, no participa de esa tendencia a cabalidad.   Urge concretar el fortalecimiento del federalismo mexicano del siglo XXI, especialmente en el ámbito fiscal.

3 I. PODER POLÍTICO Y FINANZAS PÚBLICAS Los pocos países que aparentemente escapan a la corriente que confirma el incremento de los ingresos (Canadá y Estados Unidos), han logrado tal nivel de descentralización previo que no hacen, sino confirmarla. Desde la primera perspectiva, la del ingreso, la descentralización se incrementó en todos los casos -con las excepciones mencionadas- y, dado el pálido incremento en México, nuestro país se ubica como el más rezagado, incluso por debajo de Francia, nación de sistema de gobierno unitario y, como tal, teóricamente poco predispuesta a la descentralización.

4 EVOLUCIÓN DE LOS INGRESOS DE LOS GOBIERNOS LOCALES Como proporción del ingreso nacional, en términos porcentuales [1] [1] [1] De acuerdo con estadísticas elaboradas por el Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE) a partir de datos del Fondo Monetario Internacional (FMI). Aparecen en cursivas los países que cuentan con sistema federal de gobierno Pa í s 1er corte 1987-1993 2do corte 1994-1995 3er corte 1998-2003 Canad á 52.553.951.7 Suiza43.743.649.4 Argentina40.640.843.5 Estados Unidos42.741.641.4 Dinamarca31.532.135.5 Suecia29.330.935.0 Brasil18.728.931.2 Bolivia16.322.523.3 Francia12.413.312.6 M é xico 7.57.98.0

5 Por lo que se refiere a los egresos, también se ha incrementado su descentralización –salvo en Canadá y en Argentina por condiciones muy singulares- lo que, una vez más, confirma la tendencia de los últimos años.

6 EVOLUCIÓN DEL GASTO A CARGO DE GOBIENOS LOCALES Como proporción del gasto nacional, en términos porcentuales [1] [1] [1] De acuerdo con estadísticas elaboradas por el Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE) a partir de datos del Fondo Monetario Internacional (FMI). Pa í s 1er corte 1987-1993 2do corte 1994-1995 3er corte 1998-2003 Canad á 58.3 58.1 Dinamarca43.343.557.4 Suiza50.648.355.4 Estados Unidos44.145.548.1 Suecia36.730.744.3 Argentina45.843.343.2 Brasil37.236.541.7 M é xico 25.231.538.6 Bolivia16.321.225.8 Francia17.317.517.8

7 Tres lecciones:   Primera. Para la descentralización hacendaria es fundamental que ingreso y gasto reciban similar impulso; y en ambas vías, se precisa la participación activa de los diversos ámbitos de gobierno.   Segunda. Si se incrementa el ingreso ampliando o distribuyendo las potestades tributarias, se acentúa la descentralización; si crece el gasto mediante transferencias fiscales, se incrementa la dependencia. Indudablemente, el efecto nunca es neutro.   Tercera. En cualquier caso, si se pretende aumentar el ingreso y la capacidad de decisión de los gobiernos locales sobre el destino de los recursos, es inevitable que estos últimos asuman responsabilidades recaudatorias; lo que significa que tomen parte en la decisión acerca de qué, quién y cuánto cobrar.

8 II. AVANCES PARCIALES E INCOMPLETOS EN MÉXICO Se puede tener la falsa impresión de que los ingresos de estados y municipios han crecido importantemente y sus gastos también. Prácticamente todos los gobiernos locales padecen los problemas financieros de siempre, a pesar de que la hacienda pública nacional cuenta con más recursos que nunca. Esa supuesta descentralización, aparente en el ingreso e insuficiente en el egreso, no puede pasar inadvertida. Como precisan los especialistas, no distribuye racionalmente la responsabilidad ni los recursos entre federación, entidades y municipios.

9 EL SISTEMA NACIONAL DE COORDINACIÓN FISCAL Esas nuevas reglas propiciaron la arrogación, por parte de la federación, de diversas potestades tributarias, incluyendo las que eran originariamente de los estados, de manera destacada los impuestos al consumo y a la renta, por lo que los convenios que en lo sucesivo se firmaron, implicaron la renuncia de las entidades a su facultad recaudatoria. Así las cosas, a veintiocho años de su creación, es evidente la obsolescencia de este sistema. Nuevas condiciones y actores políticos obligan a su cambio.

10 LA CONVENCIÓN NACIONAL HACENDARIA Pero si bien se han consolidado algunos acuerdos de la Convención Nacional Hacendaria, faltan aspectos fundamentales como: otorgar facultades tributarias de las entidades federativas; establecer responsabilidades claras para la revisión del gasto federalizado particularmente en educación y salud; y crear, con la más alta jerarquía legal, una instancia responsable de la coordinación interinstitucional.

11 UNA REFORMA CONSTITUCIONAL NECESARIA En los discursos, los políticos de toda extracción partidaria se han expresado a favor de la descentralización que conduzca a un federalismo asimétrico, cooperativo y equilibrador. En esta delicada materia se propone modificar a fondo la situación actual derivada de que la amplísima competencia federal consagrada en el Artículo 73 fracción VII, desborda a todas las demás, al permitirle a la Federación gravar no sólo sus materias, sino toda fuente impositiva, incluyendo las materias locales que, por vía de convenios, igualmente se arroga.

12 III. PARA FORTALECER EL FEDERALISMO HACENDARIO MEXICANO Si la voluntad es que las decisiones calen hondo y trasciendan, en un estado social y democrático de derecho, éstas deben impactar la Constitución. El desafío parece ser la implantación de un “Federalismo a la mexicana”.

13 EL FEDERALISMO A LA MEXICANA CINCO PROPUESTAS CONCRETAS: 1. Para recuperar facultades tributarias perdidas, es conveniente que las entidades federativas puedan imponer de manera privativa o concurrente, las contribuciones necesarias para cubrir su presupuesto y los de sus respectivos municipios. Es decir, no habrá federalismo hacendario, en tanto las entidades federativas no contribuyan al aumento del ingreso nacional. 2. Adicionalmente, vale la pena establecer principios y criterios para distribuir las participaciones federales. Entre los primeros podrían estar la equidad pues la participación tiene que ser proporcional y adecuarse a las características de cada estado, y la justicia distributiva ya que los que tienen menos deben recibir apoyos adicionales que atemperen las disparidades. Y entre los criterios, los de población por ser un indicador objetivo respecto del número de personas a las que se debe atender; desarrollo económico que alienta la productividad y la competitividad, marginación que sirve para diseñar las políticas de desarrollo social y esfuerzo recaudatorio que busca reconocer el desempeño acreditado por cada entidad en el cobro de sus propias contribuciones.

14 3. 3. Sería conveniente que la distribución de las aportaciones federales no sea rígida e inamovible, sino que se realice con los criterios y principios mencionados y, seguramente con fórmulas complejas, vale la pena que se asignen caudales presupuestales por entidad, señalando grandes trazos y estableciendo amplios márgenes para que sean las legislaturas locales las que destinen con precisión el destino de dichos recursos, con criterios mejor afinados que consideren prioritariamente las necesidades sociales; de igual manera, serían los órganos de fiscalización dependientes de ellas, los que controlarían su correcta aplicación. 4. 4. Con el propósito de que también el gasto público local sea eficiente, sería conveniente marcar cauces y diques a la manera como las entidades federativas administrarían su hacienda. Principios como legalidad, eficiencia, racionalidad, transparencia y rendición de cuentas, podrían normar el ejercicio de los recursos públicos en manos de dichas autoridades inmediatas a la comunidad. 5. 5. Finalmente, la tan necesaria y anunciada implantación de un Sistema Coordinador de la Hacienda Pública Nacional, que sustituiría al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal. Un sistema integrado por representantes del gobierno federal y de las entidades federativas, que por mandato legal, aplique los mecanismos de compensación de los egresos de ambos ámbitos de gobierno. Además, esta instancia le daría coherencia a la potestad tributaria en general y orden al ejercicio del gasto público.

15 Esta reforma estructural del Estado mexicano es posible. Federalizar es recuperar. Recobrar el derecho a la esperanza de construir el México con el que todos alguna vez hemos soñado. Muchas gracias.

16 Presentación disponible en: www.cesarcamacho.org


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