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Servicios Públicos.

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Presentación del tema: "Servicios Públicos."— Transcripción de la presentación:

1 Servicios Públicos

2 Servicio Público Desarrollo histórico – Servicio público conforme a doctrina francesa vs. Public Utilities Actividad de la cual es titular el Estado, y que en forma directa o indirecta satisface necesidades colectivas de manera regular, continua y uniforme. Se ejerce: directamente o a través de terceros: Concesión Empresa Pública Autorización Administrativa

3 DIPLOMADO EN DERECHO ADMINISTRATIVO - CLASE 11
Sentencia Nº AI/TC Ordenamiento jurídico no recoge una definición específica sobre el concepto de servicio público. Constitución no ha establecido un listado de actividades que deban considerarse como tales.

4 Sentencia Nº AI/TC Existen elementos que en conjunto permiten caracterizar, en grandes rasgos, a un servicio como público: Naturaleza esencial para la comunidad; Necesaria continuidad de su prestación en el tiempo; Su naturaleza regular, es decir, que debe mantener un estándar mínimo de calidad y; La necesidad de que su acceso se dé en condiciones de igualdad.

5 Sentencia Nº AI/TC TC reconoce que trasporte urbano e interurbano tiene un especial interés público. Se justifica un especial deber de protección estatal a los usuarios del servicio y, con ello, una reglamentación más estricta del mismo, supervisando que la prestación se otorgue en condiciones de adecuada calidad, seguridad, oportunidad y alcance a la mayoría de la población. Por tanto, una potencial intervención Estatal en este supuesto también es aceptada, quedando únicamente por resolver el grado de intensidad permitido.

6 Otra jurisprudencia del TC
Empresas privadas que prestan servicio público – servicio eléctrico (Exp. Nº HD/TC) “…la prestación de energía eléctrica constituye un servicio público. El servicio público designa la función o actividad orientada a la satisfacción de necesidades colectivas o de interés general.” - Empresas privadas que prestan servicio público – transporte aéreo (Exp. Nº HD/TC, Nº EXP. N.°  PHD/TC) El transporte aéreo, debido a su naturaleza regular y a su finalidad en pro de satisfacer determinadas necesidades sociales, repercute sobre el interés general, y debe por tanto ser considerado como un servicio de naturaleza pública.  - Universidades privadas (Exp. Nº PHD/TC y Exp. Nº HD/TC) El derecho a la educación ha sido reconocido como un “servicio público”, debido a su carácter prestacional, el cual, y sin distingo alguno, esta orientado a la satisfacción de necesidades que repercuten sobre el interés general.

7 Nuestro ordenamiento ha optado por un modelo de servicios públicos desligado de la titularidad estatal y de la reserva prestacional a favor del Estado. Se ha asumido un concepto objetivo de servicio público.

8 Tipos de servicios públicos
DIPLOMADO EN DERECHO ADMINISTRATIVO - CLASE 11 Tipos de servicios públicos Servicios dirigidos a satisfacer intereses de la colectividad. Defensa militar, Defensa civil. Servicios de disfrute individual: Servicios económicos o de interés económico Aquellos que pueden ser producidos y distribuidos en el mercado (prestaciones homogéneas, estandarizadas) de forma que se pueda obtener una utilidad y que por tanto puede ser objeto de una empresa. Servicios sociales Requieren de prestaciones adaptadas a especificas necesidades de las personas. Los únicos sujetos a control de subsidiariedad son los servicios públicos de interés económico. Ver: SORACE Domenico: Estado y Servicios Públicos. Palestra, Lima, 2006, pág

9 Características de los servicios públicos
DIPLOMADO EN DERECHO ADMINISTRATIVO - CLASE 11 Características de los servicios públicos Su naturaleza esencial para la comunidad. La necesaria continuidad de su prestación en el tiempo. Su naturaleza regular, es decir, que debe mantener un estándar mínimo de calidad. La necesidad de que su acceso se dé en condiciones de igualdad. 9

10 Regulación de los servicios públicos

11 Brecha total de inversión en infraestructura de servicios (2009)

12 Aeropuerto Internacional Jorge Chávez – Año 1999

13 AIJCH - Actualmente

14 En un inicio: Estado Empresario
Indicadores: inflación galopante, déficit fiscal en crecimiento, caída constante del PBI, altos niveles de deuda externa. Sectores específicos reservados al Estado y a inversionistas nacionales. Empresas públicas deficitarias. Desconfianza de los inversionistas. Inestabilidad e injerencia política en el Estado. Política de Gobierno la construcción de infraestructura de transporte y la provisión de servicios públicos por el desinterés del Sector Privado debido a la existencia de Inversiones irrecuperables, largos periodos de recuperación e incertidumbre sobre la demanda y los precios.

15 Proceso de Promoción de la Inversión Privada
DIPLOMADO EN DERECHO ADMINISTRATIVO - CLASE 11 Proceso de Promoción de la Inversión Privada MARCO LEGAL Constitución Política del Perú. Ley de Inversión extranjera (D. Leg. N° 662) Ley marco para el crecimiento de la inversión extranjera (D. Leg 757) Ley de promoción de la inversión privada en obras públicas de infraestructura y de servicios públicos. TUO aprobado D. S N° PCM. Ley marco de promoción de la inversión descentralizada Decreto Legislativo N° 1012, Ley de APP’s y su Reglamento. CARACTERÍSTICAS Rol subsidiario Acceso sin restricción a la mayoría de sectores económicos Libre competencia Garantía a la propiedad privada. Política de Privatizaciones y Concesiones. Actualmente APPs. Garantías a la inversión

16 Rol del Estado en la Economía
DIPLOMADO EN DERECHO ADMINISTRATIVO - CLASE 11 Actividad Empresarial del Estado Competidor (oferta) Rol del Estado en la Economía Agente Económico Comprador (demanda) Adquisiciones Públicas Autoridad Autorizaciones/ Concesiones Regulación Fiscalización Solución de conflictos Otras. En cada rol el Estado puede afectar la competencia en el mercado. 16 16 2

17 Cambio del Rol del Estado: Estado Regulador Tribunal Constitucional – Expediente N° 7339-2006-PA/TC
La función reguladora del Estado Si bien el principio de subsidiariedad al que debe atenerse el accionar del Estado, y el respeto al contenido esencial de las libertades económicas constituyen, básicamente, límites al poder estatal, la Constitución reserva al Estado, respecto del mercado, una función supervisora y correctiva o reguladora La función reguladora del Estado se encuentra prevista en el artículo 58° de la Constitución, cuyo tenor es que "La iniciativa privada es libre. Se ejerce en una economía social de mercado. Bajo este régimen, el Estado orienta el desarrollo del país, y actúa principalmente en las áreas de promoción de empleo, salud, educación, seguridad, servicios públicos e infraestructura". Dicha disposición se convierte en una finalidad constitucional expresa que se fundamenta en los principios de una economía social de mercado.

18 Roles del Estado respecto de los servicios públicos
DIPLOMADO EN DERECHO ADMINISTRATIVO - CLASE 11 Roles del Estado respecto de los servicios públicos Estado = No es titular El servicio público es actividad reglamentada Estado facultado a intervenir. Estado = Titular de la actividad. Detenta la titularidad y gestión directa del servicio Estado = Titular pero delega al privado la prestación mediante la concesión 18

19 En los dos primeros casos, solemos estar frente a monopolios naturales (innovación tecnológica ha hecho que esto cambie: telecomunicaciones). Grandes costos fijos que impiden la libre entrada y salida del mercado. Economías de escala (costos medios decrecen a medida que se expande la cantidad producida). Economías de alcance (en empresas multiproducto, la producción unificada es menos costosa).

20 Regulación económica Regulación: “control ejercido por una agencia pública sobre actividades que son importantes para la comunidad”. Impone determinadas exigencias o requisitos a la actuación de los agentes económicos. Determina condiciones de participación en el mercado, temas de calidad y el precio del producto o servicio ofrecido.

21 Regulación Económica La regulación es la intervención del Estado para cambiar el resultado que se producen en algunos mercados Esta acepción es principalmente microeconómica Existe regulación de tipo social: medioambiente, sanidad, condiciones de trabajo También hay intervenciones de tipo macroeconómico: política monetaria y política fiscal La regulación se ejerce de forma coercitiva por el Estado El mercado es un mecanismo de asignación de recursos a través de transacciones voluntarias La regulación puede afectar al precio, a la cantidad, a los productores o a los demandantes, o a todos ellos

22 Regulación económica La regulación busca reproducir en aquellos mercados donde la competencia no es posible o no es conveniente, aquellos resultados (deseables) que se obtienen en mercados competitivos. La existencia de la regulación se sustenta en el reconocimiento de que los mercados no son perfectos y que por lo tanto muchas veces el equilibrio competitivo no se encuentra presente: fallas de mercado.

23 Fallas de mercado Poder de mercado.
Externalidades (positivas y negativas). Asimetría informativa. Bienes Públicos.

24 Poder de mercado Constituye la capacidad de los productores o consumidores de fijar el precio de un bien en forma unilateral. Esta situación se produce cuando no existe atomismo en el mercado y existe un productor o consumidor con una participación lo suficientemente grande en el mercado que le da la capacidad de afectarlo. El caso más claro es el MONOPOLIO, donde existe un solo proveedor. También está el monopsonio, donde existe un único comprador. El poder de mercado no es malo per se, sino en la medida que reduzca el bienestar de los consumidores, transfiriendo los recursos hacia el monopolista y generando rentismo.

25 Externalidades Estas fallas de mercado se presentan cuando las actividades de las empresas o de los individuos que operan en un mercado dan lugar a costes (externalidad negativa) o beneficios (externalidad positiva) a otros agentes fuera del mercado. Negativas (Coste Social > Coste Privado) Los mercados producen una cantidad mayor de la socialmente deseable. Se puede internalizar una externalidad mediante un impuesto. Positivas (Coste social < Coste Privado) Los mercados producen una cantidad menor de la socialmente deseable. Se puede internalizar una externalidad mediante subvenciones.

26 Asimetría Informativa
El mercado suministra información incompleta o asimétrica lo que perjudica a otros agentes del mercado. Los agentes poseen información que ocultan a otros actores. Esto hace que en una transacción un agente no pueda identificar la calidad de su transacción y se generen dudas y desconfianzas castigando a los que si actúan con buena fe. Esta información asimétrica conduce a la economía de mercado a un resultado ineficiente que se deriva en: Mayores avales exigidos y condiciones más duras Racionamiento de crédito. Así, por ejemplo, un comprador y un vendedor tienen información diferente sobre una misma transacción, llevando a una situación de discriminación de precios, perjudicial para el consumidor ya que puede estar pagando más por el mismo producto que los demás.

27 Bienes Públicos Son bienes económicos públicos puros todos aquellos bienes que cumplen copulativamente, con las dos condiciones siguientes: - No ser rivales en el consumo. - No ser excluyentes en el consumo.

28 Bienes Públicos La rivalidad en el consumo, se refiere, a la posibilidad de que un bien sea consumido por una persona sin afectar el consumo de otra, o que por el contrario el consumo del bien por alguien “agote” o termine la posibilidad de que ese bien sea consumido por otra. Así por ejemplo: un pan o una manzana serán bienes rivales en el consumo, porque si alguien consume ese pan o esa manzana, ya nadie más podrá consumir ese pan o manzana.  Por el contrario una película o una carretera en la medida que no esté saturada, son bienes económicos que pueden ser consumidos por alguien sin que él impida que otro lo utilice o consuma. De ese modo, estos serán bienes económicos no rivales en el consumo, porque la utilización de ellos por parte de una persona no impide que otro lo utilice.

29 Bienes Públicos La exclusividad en el consumo, se refiere a la posibilidad de que el consumo de un bien sea posible de ser condicionado al pago de un precio. De acuerdo a esto, serán bienes excluyentes o exclusivos del consumo aquellos en los que sí es posible condicionar su consumo al pago de un precio y serán bienes no excluyentes o no exclusivos en el consumo, aquellos en que no es posible condicionar su consumo al pago de un precio, de manera tal que, una vez producidos cualquier persona o todos se benefician de ellos resultando imposible impedir este beneficio por parte de terceros. Así por ejemplo un faro que advierte al navegante, la Defensa Nacional, la Seguridad Nacional que se derivan de las fuerzas armadas, un guardia que haya en una tienda, el alumbrado público, o la televisión abierta, son todos bienes respecto de los cuales resulta imposible evitar que alguien se beneficie de ellos y así resulte imposible cobrar un precio por parte de quien los produce.

30 Bienes Públicos ¿Rivalidad? Si No ¿Exclusión?
¿Rivalidad? Si No ¿Exclusión? Bienes privados puros: alimentos, automóviles, etc. Excluibles, sin rivalidad: carreteras con peajes (Monopolio Natural) Bienes públicos no puros: No excluibles, con rivalidad: calle congestionada, pesca, medio ambiente (Recursos Comunes) Bienes públicos puros: defensa nacional, alumbrado público

31 Bienes Públicos El problema de los bienes públicos es que al no poderse restringir su uso (no exclusión) se benefician personas que no pagan por su uso. Esto impide que el mercado pueda gestionar su uso y justifica que sea el Estado quien lo regule. Ejem: playas

32 Bienes Públicos Los monopolios naturales se definen bajo el criterio de ser excluible y no rival en el consumo (mi consumo no impide el consumo por otro) Carreteras, Puentes. Al ser un bien que genera un beneficio para toda la sociedad es lógico que el Estado se preocupe de su conservación, asumiendo un coste que termina repercutiendo en los ciudadanos (impuestos). Los bienes públicos crean el incentivo del free rider (polizón o parásito) al existir la ausencia de un incentivo para que la gente pague lo que consume.

33 Regulación y Fallas “En suma, la regulación es necesaria debido a que los costos y beneficios sociales y privados, y por tanto, los incentivos, están mal alineados. Este mal alineamiento causa problemas, no sólo en el corto plazo sino también en el largo plazo”. Joseph Stiglitz – Regulación y Fallas

34 Regulación y Fallas Stiglitz analiza las fallas de mercado que generaron la crisis financiera en los Estados Unidos. Las grandes instituciones explotaron su poder de mercado e impusieron un riesgo sistémico a la economía, teniendo incentivos perversos que alentaban su comportamiento, pues al ser demasiado grandes para quebrar, saben que si hacen actividades de alto riesgo, el Estado tendrá que intervenir, pero si tienen éxito, se llevarán las ganancias. Asimismo, señala que el aspecto más obvio de las fallas de mercado en finanzas está ligado a las externalidades sistémicas: personas ajenas al sector financiero hoy sufren como resultado de los errores que cometieron los que trabajaban en este sector. Cuando tomaron sus decisiones sobre dar préstamos a tasa variable en un periodo bajo nunca se preguntaron que pasaría si los préstamos saldrían mal, que ocurriría con la economía, sólo pensaron en sus balances contables. También considera como falla de mercado en el mercado financiero la separación entre propiedad y el control. Problema de gobernanza corporativa, los que toman las decisiones no son los dueños de las empresas y piensan en la ganancia a corto plazo para cobrar.

35 En resumen: ¿Porqué regular?
A través de la regulación se trata de recrear el mercado simulando un escenario de competencia mediante la intervención del Estado La regulación se da en espacios donde no es posible que exista competencia o ésta es insuficiente El regulador interviene para proteger intereses de los usuarios frente a los monopolios naturales y velar por el cumplimiento del Contrato de Concesión.

36 En resumen ¿Porqué regular?
Aumento de la eficiencia: competitividad de la economía. Equilibrio fiscal: empresas estatales deficitarias vs. ingresos por concesión y recaudación de tributos. Eliminación de la presión política al momento de la toma de decisiones sobre los precios de los servicios públicos. Generación de empleo. Propiedad de la infraestructura sigue siendo del Estado

37 ¿Cómo regular? Control de entrada al mercado; por medio del establecimiento de barreras de acceso (licencias, trámites burocráticos, etc.). Fijación de tarifas o precios Definición de calidad y condiciones de servicio; imponiendo a la empresa monopólica determinados estándares de calidad y de prestación del servicio. Imposición de una obligación de servir (acceso); el organismo regulador deberá definir qué obligaciones tendrá la empresa para permitir que terceros usen su infraestructura y cuanto cobrará por ello o debe darlas gratuitamente. Control de cantidades; previo estudio técnico elaborado sobre la magnitud de la demanda.

38 Asociaciones Público Privadas

39 Definición de Asociaciones Público Privadas
DIPLOMADO EN DERECHO ADMINISTRATIVO - CLASE 11 Definición de Asociaciones Público Privadas Artículo 3° del Decreto Legislativo 1012: “Artículo 3.- Definición de Asociación Público- Privada (APP) Las Asociaciones Público - Privadas-APP son modalidades de participación de la inversión privada en las que se incorpora experiencia, conocimientos, equipos, tecnología, y se distribuyen riesgos y recursos, preferentemente privados, con el objeto de crear, desarrollar, mejorar, operar o mantener infraestructura pública, proveer servicios públicos y/o prestar los servicios vinculados a éstos que requiera brindar el Estado, así como desarrollar proyectos de investigación aplicada y/o innovación tecnológica, de acuerdo a las condiciones establecidas en el Reglamento de la presente norma. Participan en una APP: el Estado, a través de alguna de las entidades públicas establecidas en el artículo precedente, y uno o más inversionistas privados.”

40 DIPLOMADO EN DERECHO ADMINISTRATIVO - CLASE 11
Modalidades de APPs Incluye todos aquellos contratos en los que se propicia la participación activa del sector privado tales como: - Concesión - Asociación el participación. - Contratos de Gerencia. - Contratos de riesgo compartido. - Contratos de especialización. - Cualquier otra modalidad contractual permitida por ley.

41 Ambito de las APPs Incluyen de manera enunciativa:
DIPLOMADO EN DERECHO ADMINISTRATIVO - CLASE 11 Ambito de las APPs Incluyen de manera enunciativa: Infraestructura pública en general (de transporte, recreación, penitenciaria, salud, educación, etc). Telecomunicaciones. Energía y alumbrado. Agua y saneamiento. Salud y ambiente. Proyectos de investigación. Otros.

42 Contratos de Concesión de Servicios Públicos

43 Definición de Contrato de Concesión
DIPLOMADO EN DERECHO ADMINISTRATIVO - CLASE 11 Definición de Contrato de Concesión Contrato administrativo, celebrado entre el Estado y una empresa. El Estado delega en el particular la gestión y prestación de una actividad considerada como servicio público. Se entrega el derecho a explotar un servicio público o una infraestructura pública.

44 Objeto del Contrato de Concesión
Regular la relación contractual entre el Estado y la empresa concesionaria (Derechos y Obligaciones). Otorgando reglas de juego estables para ambas partes.

45 Características de los Contratos de Concesión
Es un contrato formal, por adhesión e intuito personae (restricciones a la transferencia de propiedad). La administración del servicio público es delegada al concesionario, lo que incluye una transferencia del riesgo. Cláusulas exorbitantes en favor del Estado (ius variandi, derecho de reversión, intervención). Estado no renuncia a facultad discrecional de “completar” el contrato en temas no resueltos en él.

46 Características de los Contratos de Concesión
Es un contrato de largo plazo. Obliga a previsión de temas futuros (problema). Puede haber transferencia de activos de propiedad estatal. Asimetría de información en las partes: Al momento de suscribir el contrato (en favor del Estado) Durante su ejecución (en favor de la sociedad concesionaria) El que elabora el contrato y lo negocia (órgano promotor) no es quien lo supervisa ni quien lo firma. Problema con incentivos distintos de cada uno de los actores.

47 Plazos de los Contrato de Concesión
Las concesiones se otorgarán por el plazo de vigencia que se indique en el Contrato de Concesión. En ningún caso excederá de sesenta(60) años. La vigencia se contará a partir de la fecha de celebración del contrato respectivo. Usualmente se dan por años, renovables. (Art. 16 TUO Concesiones)

48 Modalidades de los Contratos de Concesión
Autosostenible: Aquella que satisfaga las siguientes condiciones: i. Demanda mínima o nula garantía financiada por parte del Estado (no superan el 5% del Costo Total de Inversión). ii. Las garantías no financieras tengan una probabilidad nula o mínima de demandar el uso de recursos públicos (no mayor al 10%, para cada uno de los primeros 5 años de vigencia de la cobertura de la garantía prevista en el contrato).

49 Modalidades de los Contratos de Concesión
b. Cofinanciada: aquella que requiera del cofinanciamiento o del otorgamiento o contratación de garantías financieras o garantías no financieras que tengan una probabilidad significativa de demandar el uso de recursos públicos. Figura: Sergio Bravo Orellana – Innovaciones en los Esquemas de Financiamiento de APP en América Latina: Mejores Prácticas.

50 Condiciones necesarias para las concesiones
Estabilidad macroeconómica y compromiso político: el concesionario no debe tener que renegociar el contrato con cada cambio de gobierno. Marco Legal favorable: la legislación peruana recoge distintas modalidades de APP: concesiones, contratos de asociación, joint ventures, asociación en participación, gerencia. Eficiencia de los organismos reguladores. Experiencia en estructuración de contratos y estructuras financieras: garantías, fideicomisos, emisiones de títulos, etc. Experiencia en promoción de inversiones.

51 Otorgamiento de Concesiones
Diseño final del Contrato a través del Organismo Promotor de la Inversión Privada, con opinión favorable del Sector Competente y del MEF. Opinión del regulador (temas tarifarios, facilidades esenciales y calidad del servicio). Opinión de Contraloría (aspectos que comprometan el crédito o capacidad financiera del Estado). Opinión no vinculante. Para ser postor será necesario garantizar la propuesta en la forma, monto y condiciones establecidos en las bases.

52 Procedimiento para el otorgamiento de Concesiones
La concesión, se otorgará al titular de la propuesta técnica y económicamente más conveniente, la cual se determinará según el sistema de evaluación que se fije en las bases, entre otros, teniendo en consideración: a) El nivel tarifario y estructura; b) El plazo de otorgamiento de la concesión; c) La oferta financiera; d) Los ingresos garantizados por el Estado; e) El compromiso de riesgo asumido por el oferente, respecto del costo del proyecto y los riesgos en la explotación; f) La fórmula de reajuste de las tarifas y su sistema de revisión, de ser el caso; y, g) Otros servicios adicionales, útiles y necesarios.

53 Iniciativas Privadas - Concepto
La iniciativa privada es un mecanismo mediante el cual el Sector Privado presenta proyectos de Asociación Público-Privada a las entidades del Estado. Tienen el carácter de peticiones de gracia. El derecho del proponente se agota con la presentación de la iniciativa privada ante el OPIP, sin posibilidad de impugnación del pronunciamiento en sede administrativa o judicial. Mantendrán su carácter de petición de gracia hasta que se convoque el proceso de selección que corresponda, en cuyo caso será de aplicación lo dispuesto en las respectivas bases y/o en la legislación aplicable; Podrán ser presentadas por personas jurídicas nacionales o extranjeras, por consorcios de éstas, o por consorcio de personas naturales con personas jurídicas nacionales o extranjeras. Carácter confidencial y reservado de las iniciativas privadas se mantendrá hasta que éstas sean declaradas de interés.

54 INICIATIVA PRIVADA AUTOSOSTENIBLE INICIATIVA PRIVADA COFINANCIADA
Clasificación INICIATIVA PRIVADA AUTOSOSTENIBLE INICIATIVA PRIVADA COFINANCIADA Las iniciativas privadas autosostenibles se realizan sobre proyectos de inversión en activos, empresas, proyectos, infraestructura pública, servicios públicos, y/o servicios vinculados a éstos que requiera brindar el Estado, así como a desarrollar proyectos de investigación aplicada y/o innovación tecnológica. Las iniciativas privadas cofinanciadas estarán destinadas a cubrir el déficit de infraestructura pública, servicios públicos y/o prestar los servicios vinculados a éstos que requiera brindar el Estado, así como a desarrollar proyectos de investigación aplicada y/o innovación tecnológica. Estas iniciativas deberán cumplir con los requisitos y procedimientos establecidos en la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, su Reglamento y normas complementarias.

55 TRAMITE PROINVERSION: Proyectos de ámbito nacional
Proyectos cofinanciados. OPI GOBIERNOS REGIONALES O LOCALES Proyectos autosostenibles de ámbito regional o local.

56 Procedimiento: IP Autosostenible
Fuente: PROINVERSIÓN

57 Procedimiento: IP Cofinanciada
Fuente: PROINVERSIÓN

58 Derecho del proponente a igual la oferta y mejorarla
Proponente tiene derecho a igual la oferta del postor que hubiera quedado en primer lugar si participa en el proceso y tiene ofertas técnica y económica válidas. De ejercer este derecho, se procederá a un desempate definitivo entre el proponente y el postor que hubiere quedado en primer lugar presentando cada uno una mejor oferta en función del factor de competencia.

59 Reembolso de gastos Si el proponente no es favorecido con la adjudicación de la buena pro correspondiente, tiene derecho al reembolso de (i) gastos realizados en la elaboración de la iniciativa privada y (ii) los mayores gastos originados por preparación de información adicional solicitada por la OPIP siempre que participe en el proceso de selección. El reembolso de gastos no será procedente cuando: La iniciativa privada sea rechazada. No se realice y/o concluya el proceso de selección por causa no imputable a la OPIP. El titular de la iniciativa privada no participe o no presente una oferta económica válida en el concurso o proceso de selección correspondiente. El proyecto sea adjudicado al proponente y se suscriba el contrato respectivo.

60 Ejemplo Declaratoria de interés de la iniciativa privada denominada “Prestación de servicios de seguridad tecnológica en las prisiones”- El proyecto consiste en prestar el servicio de seguridad tecnológica a través de la instalación de bloqueadores o inhibidores de celulares y señal WiFi, así como la prestación del servicio de telefonía pública con una operación segura en 33 Establecimientos Penitenciarios que forman parte del Sistema Penitenciario Nacional y que tienen cada uno más de 400 internos El objetivo de la iniciativa privada es mejorar el sistema de comunicaciones públicas de los internos mediante la instalación del servicio de telefonía fija con el software necesario para su correcto funcionamiento y operación bajo condiciones de seguridad para los usuarios y destinatarios de las llamadas, con ello se busca controlar el flagelo de la extorsión telefónica desde las cárceles, la modernización de los Establecimientos Penitenciarios, y contribuir a la seguridad ciudadana. La Iniciativa Privada es de carácter auto-sostenible, la inversión se recupera mediante el cobro de las tarifas del servicio de telefonía pública, por lo que no se contempla ningún tipo de co- financiamiento del Estado Estado: Adjudicado Fuente: PROINVERSION:

61 DIPLOMADO EN DERECHO ADMINISTRATIVO - CLASE 11
Muchas gracias


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