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Seguridad laboral Sector de la seguridad y la salud pública que se ocupa de proteger la salud de los trabajadores, controlando el entorno del trabajo para.

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Presentación del tema: "Seguridad laboral Sector de la seguridad y la salud pública que se ocupa de proteger la salud de los trabajadores, controlando el entorno del trabajo para."— Transcripción de la presentación:

1 Seguridad laboral Sector de la seguridad y la salud pública que se ocupa de proteger la salud de los trabajadores, controlando el entorno del trabajo para reducir o eliminar riesgos. Los accidentes laborales o las condiciones de trabajo poco seguras pueden provocar enfermedades y lesiones temporales o permanentes e incluso causar la muerte. También ocasionan una reducción de la eficiencia y una pérdida de la productividad de cada trabajador. Biblioteca de Consulta Microsoft ® Encarta ® 2005. © 1993-2004 Microsoft Corporation. Reservados todos los derechos.

2 RIESGOS PROFESIONALES POR: ALEXIS A. ARMUELLES A. JORGE LEZCANO NICOLAS CASTILLO FLORENTINO SAMUDIO RAUL CACERES

3 RIESGOS PROFESIONALES Art. 2: … se entiende por accidente de trabajo toda lesión corporal o perturbación funcional que sufra el trabajador en la ejecución del trabajo o por ocasión o consecuencia del trabajo, y que dicha perturbación sea producida por la acción repentina o violenta de una causa exterior o del esfuerzo realizado.

4 RIESGOS PROFESIONALES Art. 3: También se considera como accidente de trabajo: a. En ejecución de ordenes del patrono, o en la prestación de un servicio bajo la autoridad de este, aún fuera del lugar u horas de trabajo; a. En ejecución de ordenes del patrono, o en la prestación de un servicio bajo la autoridad de este, aún fuera del lugar u horas de trabajo; b. En el curso de interrupción del trabajo, así como antes o después del mismo, si el trabajador se hallase, por razón de sus obligaciones laborales, en el lugar de trabajo o en locales de la empresa, establecimiento o explotación; b. En el curso de interrupción del trabajo, así como antes o después del mismo, si el trabajador se hallase, por razón de sus obligaciones laborales, en el lugar de trabajo o en locales de la empresa, establecimiento o explotación;

5 RIESGOS PROFESIONALES c. Por accion de terceras personas; entendiéndose por las que sean ajenas al patrono, sus representantes o sus trabajadores; c. Por accion de terceras personas; entendiéndose por las que sean ajenas al patrono, sus representantes o sus trabajadores; d. Por acción intencional del patrono o de un compañero, durante la ejecución del trabajo; y d. Por acción intencional del patrono o de un compañero, durante la ejecución del trabajo; y e. El que ocurra al trabajador al trasladarse de su domicilio al lugar en que desempeñe su trabajo o viceversa e. El que ocurra al trabajador al trasladarse de su domicilio al lugar en que desempeñe su trabajo o viceversa

6 RIESGOS PROFESIONALES Art. 4: El trabajador o sus causahabientes podrán reclamar ante los tribunales ordinarios los daños y perjuicios que correspondan,… (ordin. c y d del Art. 3)

7 RIESGOS PROFESIONALES Art. 5: No se consideran accidentes de trabajo … a. El que fuere provocado intencionalmente por el trabajador. a. El que fuere provocado intencionalmente por el trabajador. b. El que fuere producido por culpa grave de la victima, considerándose la desobediencia comprobada de ordenes expresa, el incumplimiento deliberado de disposiciones del Reglamento de Prevención de Riesgos Profesionales, narcosis, embriaguez, a no ser que el patrono o sus representantes le hayan permitido al trabajador el ejercicio de sus funciones. El patrono es responsable indirecto del accidente, y la CSS puede sancionarle por la negligencia. b. El que fuere producido por culpa grave de la victima, considerándose la desobediencia comprobada de ordenes expresa, el incumplimiento deliberado de disposiciones del Reglamento de Prevención de Riesgos Profesionales, narcosis, embriaguez, a no ser que el patrono o sus representantes le hayan permitido al trabajador el ejercicio de sus funciones. El patrono es responsable indirecto del accidente, y la CSS puede sancionarle por la negligencia.

8 RIESGOS PROFESIONALES Art. 6: Enfermedad profesional es todo estado patológico que se manifieste de manera súbita o por evolución lenta a consecuencia del proceso de trabajo o debido a las condiciones especificas enque este se ejecute.

9 RIESGOS PROFESIONALES Art. 7: También se considera enfermedad profesional la lesión, perturbación funcional o agravación que sufra el trabajador con posterioridad a la ocurrencia del accidente o la calificación de la enfermedad profesional, y que sea consecuencia de los mismos, …

10 RIESGOS PROFESIONALES Art. 8: Cuando la enfermedad o lesión sufrida por el trabajador con anterioridad a la ocurrencia del imprevisto laboral, se agraven a consecuencia de este, tal agravación se considerará como resultado del accidente o de la enfermedad profesional, …

11 RIESGOS PROFESIONALES Art. 9: Las enfermedades endémicas y epidémicas de la región solo se consideraran como profesionales, cuando se adquieran por los encargados de combatirlas en razón de su oficio.

12 PRESTACIONES Medicas, Prótesis y Ortopedia Art. 10: Derecho del trabajador asegurado: a. A la necesaria asistencia medica, hospitalaria y quirúrgica, lo mismo que al suministro de los medicamentos y demás elementos terapéuticos que su estado requiera. a. A la necesaria asistencia medica, hospitalaria y quirúrgica, lo mismo que al suministro de los medicamentos y demás elementos terapéuticos que su estado requiera. b. A la provisión, reparación y renovación normal de los aparatos de prótesis y ortopedia, cuyo uso se estime necesario por causa de la lesión sufrida. b. A la provisión, reparación y renovación normal de los aparatos de prótesis y ortopedia, cuyo uso se estime necesario por causa de la lesión sufrida.

13 PRESTACIONES Medicas, Prótesis y Ortopedia PRESTACIONES Medicas, Prótesis y Ortopedia Art. 11: Normas para suministrar aparatos protésicos y ortopédicos: 1. Corresponde a los servicios de rehabilitación física de la CSS, determinar la clase de aparato … 2. La CSS contratara los suministros cuando no este en capacidad de suministrarlos directamente. 3. Las renovaciones se harán cuando sea necesario a juicio de los servicios de rehabilitación de la caja. 4. Si los daños a los aparatos es por causa del asegurado tendrá derecho a reparación solo por una vez, por tal causa.

14 5. Cuando los aparatos no tengan fines de rehabilitación, solo podrán ser autorizados cuando se trate de corregir defectos faciales. 6. Derecho a la prótesis dentaria por la perdida de piezas en accidente de trabajo … 7. Derecho a la renovación o reparación de prótesis ya existente, y la necesidad de certificado medico legal (relación de causa a efecto) … 8. Los aparatos son suministrados por la caja al asegurado y este esta obligado a devolverlos cuando ya no le sean necesarios, a juicio de los servicios de rehabilitación. PRESTACIONES Medicas, Prótesis y Ortopedia

15 Art. 12: Cuando por la gravedad del accidente de trabajo, la victima sea trasladado a un centro hospitalario que no sea propiedad de la CSS, ni contratado por este, el patrono deberá informar de este hecho a la Dirección Ejecutiva de Riesgos Profesionales.

16 PRESTACIONES Medicas, Prótesis y Ortopedia Art. 13: … cursos en capacitación en primeros auxilios, dictados al personal que designen los patronos … Art. 14: … Reconocimiento al asegurado, para gastos de transporte, la suma de B/. 2.00 por cada vez. Art. 15: … solicitud verbal acompañada de certificación del servicio medico respectivo en la que conste el hecho de la concurrencia del trabajador al tratamiento …

17 PRESTACIONES Medicas, Prótesis y Ortopedia Art. 16: Cuando … el trabajador deba ser trasladado de una región a otra, los gastos completos de transporte serán fijados por la Dirección Ejecutiva de Riesgos Profesionales tarifa … En estos casos, serán reconocidos gastos de permanencia (alimentación y alojamiento cuando el asegurado no sea internado en un centro asistencial de la CSS

18 De los Subsidios por incapacidad Temporal Art. 17: Normas: 1. En caso de accidente de trabajo, el subsidio se pagara a partir del día enque ocurrió el accidente. 2. Cuando una enfermedad sea calificada como profesional, … el subsidio se liquidara en la cuantía establecida para este seguro, a partir de la fecha de inicio del padecimiento y, por lo tanto, tiene lugar al reajuste por el tiempo anterior. 3. El monto del subsidio por incapacidad temporal se calculará teniendo como base el salario correspondiente a los dos últimos meses de cotizaciones debidamente acreditadas a su cuenta individual.

19 De los Subsidios por incapacidad Temporal 4. … la CSS dictara instructivos para la determinación del salario base, para aquellas categorías de trabajadores que por diversas circunstancias, no permitan establecer con precisión la cuantía del salario o sueldo. 5. Las incapacidades serán dadas por los servicios médicos de la CSS por periodos no mayores de 30 días. El pago de los subsidios correspondientes se harán semanalmente.

20 “La comunidad tiene el deber y el derecho de participar en la planificación, ejecución y evaluación de los distintos programas de salud” Constitución de la República de Panamá; art. 116 !GRACIAS¡¡¡


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