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Legislación Ambiental Nacional y Local

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Presentación del tema: "Legislación Ambiental Nacional y Local"— Transcripción de la presentación:

1 Legislación Ambiental Nacional y Local

2 Legislación Ambiental Nacional.
Aspectos preliminares a considerar: La evolución de la gestión ambiental en México La evolución del sistema jurídico y de acceso a la justicia ambiental.

3 La evolución de la gestión ambiental
Elementos determinantes de la gestión ambiental Antecedentes de la gestión ambiental en México Etapa inicial de la Gestión Ambiental (1917 – 1971) Visión productivista. Segunda etapa de la Gestión: La contaminación ambiental, el enfoque en la salud pública ( ). Tercera Etapa: Integración de la visión ecosistémica ( ). Cuarta etapa: Hacia la integralidad de la gestión ( ). Quinta etapa: El Inicio de la transversalidad.

4 Elementos que han determinado la Gestión ambiental en México
¿Qué ha determinado la respuesta de las instituciones? Creciente evidencia del deterioro ambiental y sus implicaciones negativas en la salud, la economía y la calidad de vida. La capacidad colectiva de la sociedad. En este marco se han ido construyendo políticas públicas y una amplia gama de iniciativas por parte de la sociedad civil.

5 Elementos que han determinado la Gestión ambiental en México
Planos en que se desarrolla la capacidad colectiva. Aspectos culturales Aspectos normativos Aspectos político – administrativos Aspectos internacionales

6 Elementos que han determinado la Gestión ambiental en México
Elementos determinantes en la relación sociedad – estado: Evolución de la conciencia social. Los valores y creencias que la sociedad tiene en torno a los problemas ambientales y a los recursos naturales. Esto tendría que determinar a su vez la generación e implementación de políticas públicas apropiadas

7 Antecedentes de la gestión ambiental en México.
Reciente incorporación de la gestión a la esfera de competencias del Estado (Gestión Pública). Algunos antecedentes que datan del siglo XVIII respecto a vedas y restricciones a la tala de árboles, la cacería de especies silvestres y la creación de zonas protegidas. La inclusión de la temática en la esfera de la gestión pública representa un desafío. Ningún país se puede jactar de haberlo superado a plena satisfacción. Visiones distintas acerca del desarrollo y del medio coexisten asimétricamente en la esfera de las políticas públicas: prevalencia de los objetivos económicos sobre los ecológicos y sociales. Formas tradicionales de la organización de la administración pública: transitar de la sectorización a la transversalidad de la gestión ambiental.

8 Evolución de la gestión ambiental

9 Etapa inicial de la gestión ambiental (1917-1971)
Se desarrolló una política ambiental implícita. Visión productivista de la conservación. El manejo de los recursos en función de referentes económicos y sociales: Subsector forestal Subsector Pesquero Subsector Hidráulico

10 Segunda etapa de la Gestión Ambiental (1971-1983)
La contaminación ambiental. Enfoque en la Salud Pública. Nuevo paradigma: la contaminación y su impacto sobre la salud. Coexistió con el enfoque productivista sin interactuar con él. Se incorporó a la gestión ambiental como nuevas funciones en las estructuras político administrativas existentes.

11 Segunda etapa de la Gestión Ambiental (1971-1983)
Se expidió la Ley Federal para Prevenir y Controlar la Contaminación Ambiental (1971) Principal autoridad ambiental SSA. El Consejo de Salubridad General pasó a tener atribuciones para prevenir y controlar la contaminación ambiental. El subsector hidráulico desarrolló su propia legislación (1972). Se creó el Departamento de Pesca (1977) integrando facultades dispersas en diferentes secretarías. En 1982 se crea la Secretaría de Pesca. Nuevo componente de la gestión ambiental: el de los asentamientos humanos (SAHOP). En 1982 se creó la Ley Federal para la Protección del Ambiente. Las materias relativas a flora y fauna son atribuciones de la Secretaría de Agricultura y Ganadería.

12 Tercera Etapa de la Gestión Ambiental. (1983-1994)
Enfoque: Integración de la Visión Ecosistémica. Los problemas urbanos cobran mayor importancia e inicia una tendencia a la integralidad. Se creó la SEDUE y se coordina con la SSA y absorbe los temas de flora y fauna Se crea la CONADE (1985). Se crea el IMTA (1986) y la CONAGUA (1989) al interior de la SARH.

13 Tercera Etapa de la Gestión Ambiental. (1983-1994)
En 1987 de modifica la Constitución Política. Deber del estado la preservación y restauración del equilibrio ecológico. Se adiciona la fracción XXIX-G Se publica la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (1988) 1992 nuevas adaptaciones en la estructura político-administrativa, se suprime la SEDUE se creó la SEDESOL. SEPESCA y SARH asumen algunas atribuciones de SEDUE.

14 Tercera Etapa de la Gestión Ambiental. (1983-1994)
Se crean el INE, la PROFEPA y la CONABIO (1992) Se expiden tres leyes: Ley Forestal Ley de Aguas Nacionales Ley de Pesca

15 Cuarta etapa de la gestión ambiental (1995-2000)
Visión: La integralidad de la gestión. Se crea la SEMARNAP (finales de 1994). Se reestructuran la asignación de las atribuciones ambientales. En 1996 se reforma la LGEEPA: Se reformaron 161 artículos de los 194 originales Se aprobaron 60 adiciones Se derogaron 20 artículos.

16 Cuarta etapa de la gestión ambiental (1995- 2000)
Se crea la CONANP (2000)

17 Quinta etapa de la gestión ambiental (2001- )
Marca el inicio de la transversalidad. Se retorna al sector agrícola y ganadero el sector pesquero (SAGARPA). Proceso “descentralizador”.

18 La Evolución del Sistema Jurídico y el acceso a la justicia ambiental.
El Ambiente adecuado para el desarrollo y bienestar, reconocimiento como derecho fundamental. Efectividad y eficiencia del derecho ambiental. Alcance de su objeto: prevenir el deterioro ambiental y reparar el daño ambiental. Derecho ambiental como parte del derecho administrativo vs derecho ambiental nueva rama del derecho.

19 Orígenes de nuestro sistema jurídico ambiental
Instrumentos internacionales, declaraciones de principios. Artículo 27 de la CPEUM de 1917. Ley de Conservación del Suelo y Agua (1946). Leyes Forestales de 1926, 1942, 1947 y 1960 Leyes de Caza (1940 y 1952) Leyes de Aguas de Propiedad Nacional (1929, 1934, 1946). Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en Materia de Aguas Subterráneas (1956).

20 Premisas del orden constitucional en el que descansa el derecho ambiental.
Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar. Debe garantizarse que el desarrollo nacional sea integral y sustentable. Bajo criterios de equidad social y productividad se apoyará e impulsará a las empresas de los sectores social y privado de la economía, sujetándolos a las modalidades que dicte el interés público y al uso, en beneficio general, de los recursos productivos, cuidando su conservación y el medio ambiente. Función social de la propiedad privada y la regulación del aprovechamiento de los elementos naturales para hacer una distribución equitativa de la riqueza pública y cuidad de su conservación. Establecimiento de medidas necesarias para… establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población; para preservar y restaurar el equilibrio ecológico;.

21 Clasificación legislativa (Raúl Brañez)
Leyes Propiamente Ambientales Leyes Sectoriales de Relevancia Ambiental Leyes Comunes de relevancia ambiental casual.

22 Contenido del Derecho Ambiental
Instrumentos de Política Ambiental. Programas Nacional y sectoriales. Ordenamiento del Territorio. Ordenamiento ecológico del territorio. Planeación del desarrollo urbano. - Evaluación del Impacto Ambiental. Régimen de Normalización. Instrumentos inductivos: sistemas de gestión ambiental e instrumentos económicos. Educación e investigación ambientales. Fondos Ambientales. Sistemas de información ambiental. Mecanismos de participación social. Instrumentos de Política Ambiental Sectorial. Forestal Vida Silvestre. Residuos Administración del agua.

23 Contenido del Derecho Ambiental
Régimen Jurídico para la Protección de la Biodiversidad. El régimen jurídico de las áreas naturales protegidas. La regulación de la preservación y aprovechamiento de la vida silvestre. El régimen jurídico de la preservación y aprovechamiento de los recursos forestales. El régimen jurídico de los recursos pesqueros y marinos, playas, costas. Producción, distribución, comercialización, consumo de organismos genéticamente modificados (Biotecnología/Bioseguridad)

24 Contenido del Derecho Ambiental
(continuación) Contenido del Derecho Ambiental Régimen Jurídico para la prevención y control de la contaminación ambiental. Regulación de la prevención y control de la contaminación del aire. Regulación de la prevención y control de la contaminación del agua y suelo. El régimen jurídico de la generación, manejo y disposición final de los residuos sólidos y peligrosos. El régimen jurídico de las actividades riesgosas. Regulación de la remediación de suelos contaminados con materiales o residuos peligrosos. Otras formas de contaminación (ruido, olores, vibraciones, energía térmica y lumínica, ...)

25 Contenido del Derecho Ambiental
(continuación) Contenido del Derecho Ambiental Acceso a la Justicia Ambiental. El medio ambiente como bien jurídico tutelado. Control constitucional. Responsabilidad administrativa. Responsabilidad penal. Responsabilidad civil. Denuncia popular.

26 Clasificación del marco jurídico nacional
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Tratados internacionales. Leyes Generales (propiamente ambientales, sectoriales y común) Leyes Federales. Reglamentos. Normas Oficiales Mexicanas. Decretos y Acuerdos (OET, PDU, ANP´s.) Leyes Ambientales locales.

27 Legislación Federal (Propiamente ambiental)
Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (5 Reglamentos). Ley de Aguas Nacionales Ley General de Vida Silvestre Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable. Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados.

28 Legislación Federal común de relevancia ambiental
Ley General de Asentamientos Humanos. Ley Agraria Ley Minera Ley de Desarrollo Rural Sustentable Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentable Ley de Planeación Ley General de Bienes Nacionales Ley de Amparo Ley de Productos Orgánicos. Ley Federal de Metrología y Normalización. Ley Federal de Derechos Código Penal Federal.

29 Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Publicada en el DOF el 28 de enero de 1998 Abrogó la Ley Federal de Protección al Ambiente publicada en el DOF el 30 de diciembre de 1981. Reforma integral DOF 13 de diciembre de 1996. Adición y reforma el 7 de enero de 2000 (art. 3 y artículo 39. Reforma DOF 31 de diciembre de 2001. Reforma DOF 25 de febrero de 2003 (entrada en vigor de la LGDFS). Adición artículo 17 bis, 13 de junio de 2003. Reformas y adiciones DOF 23 de febrero de

30 Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Adiciones DOF 7 de diciembre de 2005. Reforma artículo 6 DOF 23 de mayo de 2006. Adiciones y modificaciones DOF 12 de febrero de 2007. Adiciones y reformas DOF 19 de junio de 2007. Reformas y adiciones DOF 5 de julio de 2007. Reformas y adiciones DOF 16 de mayo de 2008. Reformas DOF 1 y 6 de abril de 2010 Reformas y adiciones DOF 28 de enero de 2011. Reformas y adiciones 30 de agosto de 2011

31 Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente
Es una ley marco, integradora. Reglamentaria de las disposiciones de la CPEUM (4, 25, 27) Se expide para superar el sectorialismo y reduccionismo de la legislación ambiental. Las disposiciones de las leyes especiales son supletorias de las disposiciones de esta Ley (art. 1 y 160). Objeto: Propiciar el desarrollo Sustentable.

32 Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente
Establece las bases para: Garantizar el derecho a un ambiente adecuado. Principios de política ambiental y sus instrumentos. Preservación, restauración y mejoramiento del ambiente. Biodiversidad y anp’s Manejo del suelo, el agua y demás recursos. Prevención y control de la contaminación. Participación ciudadana. Distribución de competencias. Coordinación y concertación Procedimiento de inspección y vigilancia, medidas de control y seguridad y sanciones.

33 Reglamentos de la LGEEPA
Evaluación del Impacto Ambiental Ordenamiento Ecológico del Territorio. Áreas Naturales Protegidas. Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes. Auditoría Ambiental. Prevención y Control de la Contaminación Ambiental. En proyecto: Actividades Altamente Riesgosas.

34 Ley de Aguas Nacionales
Publicada en el DOF 1 de diciembre de Reforma integral DOF 29 de abril de Adiciones, reformas y derogación de diversas disposiciones DOF 18 de abril de Reformas y adiciones DOF 20 de junio de

35 Ley de Aguas Nacionales
Reglamentaria del párrafo quinto del artículo 27 de la CPEUM. Aguas Nacionales Aplica a todas las aguas nacionales, sean superficiales o del subsuelo. Regula: Explotación, uso o aprovechamiento. Distribución y control. Preservación de su cantidad y calidad Aprovechamiento y uso de zonas federales.

36 Contenido de la LAN Definición de la autoridad y la administración de las aguas nacionales. Competencias del ejecutivo federal. Competencias de la SEMARNAT. Organización e integración de la CONAGUA. El Nivel Nacional. El Nivel Regional Hidrológico-Administrativo: Organismos de Cuenca. Establecimiento de Consejos de Cuenca. Organización y Participación de los usuarios Servicio Meteorológico Nacional. Instituto Mexicano de Tecnología del Agua.

37 Contenido de la LAN Atribuciones de la PROFEPA en materia de Agua.
Establece los principios de la Política Hídrica Nacional. Define los instrumentos de la política hídrica nacional. Planeación hídrica Concesiones, asignaciones y permisos. El cobro de derechos Conocimiento del agua. La participación de las organizaciones de la sociedad civil y de los usuarios. La prevención, conciliación, arbitraje, mitigación y solución de conflictos.

38 Contenido de la LAN Derechos y obligaciones de concesionarios o asignatarios. Suspensión, extinción, revocación, restricciones y servidumbres de la concesión, asignación para el uso del agua y permisos de descarga. Registro público de derechos de Agua. Transmisión de títulos. Zonas reglamentadas, de Veda o de Reserva.

39 Contenido de la LAN Usos del Agua Cultura del Agua Uso Público Urbano
Uso Agrícola. Uso en generación de energía eléctrica. Uso en actividades productivas Cultura del Agua

40 Contenido de la LAN Prevención y control de la contaminación de las aguas. Responsabilidades para quienes usen aguas nacionales. Disposiciones para la preservación de humedales. Prohibición de verter residuos sólidos. Declaratorias de clasificación de cuerpos de agua. Permiso de descargas de aguas residuales y obligaciones (concesionarios y asignatarios). Permisos de infiltración. Descargas a las redes de drenaje municipal. Causales de suspensión de actividades que den origen a descargas. Causales de revocación de permiso de descarga.

41 Contenido de la LAN Responsabilidad por el Daño Ambiental
Obligación de reparar el daño por los responsables de las descargas. Obligación de remover los contaminantes del cuerpo de receptor y restituirlo al estado que guardaba antes de producirse el daño o bien mediante pago de una indemnización.

42 Contenido de la LAN Inversión en infraestructura hidráulica
Cobro por explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales y bienes nacionales. Bienes nacionales a cargo de la CONAGUA Infracciones, Sanciones y Recursos. Recurso de Revisión Denuncia popular.

43 Reglamento de la LAN Estructura
Disposiciones Generales Administración del Agua Programación Hidráulica Derechos de Uso o Aprovechamiento de Aguas Nacionales Usos del Agua Prevención y Control de la Contaminación de las Aguas. Inversión en Infraestructura Hidráulica. Bienes a cargo de la Comisión Infracciones, Sanciones y Recursos. Conciliación y Arbitraje

44 Ley General de Vida Silvestre.
Publicada en el DOF 3 de julio de 2000. Reglamentaria de los artículos 27 y 73 fracción XXIX-G. Abrogó la Ley Federal de Caza de 1952. Objeto: Establecer la concurrencia federación, estado y municipios relativa a la conservación y aprovechamiento de la vida silvestre y su hábitat. Reforma DOF 10 de enero de 2002. Adiciones 26 de enero de 2006 Reformas y adiciones DOF 26 de junio de 2006 Adiciones DOF 1 de febrero de 2007. Adiciones DOF 14 de octubre de 2008 Reformas DOF 6 de abril de 2010. Reforma DOF 2 de julio de 2010 Reformas y adiciones DOF 2 de septiembre de 2010. Reforma DOF 30 de noviembre de 2010. Reforma DOF 7 de junio de 2011

45 (130 artículos, distribuidos en 8 Títulos)
ESTRUCTURA DE LA LEY (130 artículos, distribuidos en 8 Títulos) TITULO I “Disposiciones Preliminares” Establece el objeto de la ley. Excluye de su ámbito de aplicación el aprovechamiento sustentable de recursos maderables y de especies cuyo medio de vida total y permanente sea el agua, a menos que se encuentren en riesgo. Desarrolla las definiciones de los conceptos utilizados. Establece el deber de conservar la vida silvestre y su hábitat. Define claramente los derechos de los propietarios o legítimos poseedores de los predios en el aprovechamiento sustentable.

46 TITULO II “Política Nacional en Materia de Vida Silvestre y su Hábitat”
Mantenimiento de las condiciones que propician la evolución, viabilidad y continuidad de los ecosistemas, hábitat y poblaciones en sus entornos naturales. Aplicación del conocimiento técnico y científico en la conservación de la diversidad genética y el manejo de la vida silvestre y su hábitat. Da valor estratégico de la vida silvestre y su hábitat para la Nación. Prevé la participación de los propietarios y legítimos poseedores de los predios, en la conservación y el aprovechamiento sustentable. .Los estímulos para el aprovechamiento hacia actividades más productivas Da priorización a los esfuerzos de inspección en puntos relevantes para el control del tráfico

47 TITULO III “De las Autoridades”
Promueve la consolidación de un nuevo federalismo cooperativo. Distribuye facultades reservadas anteriormente a la Federación, sin perder unidad estructural de la política nacional. La Federación, a petición de cualquier entidad federativa, suscribirá acuerdos o convenios de coordinación para que éstas asuman la totalidad o algunas de las funciones que se prevén, considerando los siguientes criterios: La manifestación de contar con el personal capacitado, los recursos materiales y financieros y la estructura institucional específica para el tema. La elaboración conjunta de un programa de transferencias. La previsión de mecanismos periódicos de evaluación y del período de duración del convenio (temporal o definitivo). Los municipios podrán ejercer las atribuciones que les otorguen las leyes estatales en el ámbito de sus competencias, y las que les sean transferidas mediante acuerdos o convenios.

48 TITULO IV “Concertación y participación social”
Se contará con un Consejo Técnico Consultivo Nacional para la Conservación y Aprovechamiento Sustentable de la Vida Silvestre, con propósitos de: Identificar especies y poblaciones en riesgo, Determinar especies y poblaciones prioritarias para la conservación, Desarrollar proyectos de recuperación, Proponer declaración de hábitats críticos. Otorgar reconocimientos y premios. Para la consecución de los objetivos de la política nacional sobre vida silvestre, la Secretaría podrá concertar con personas físicas o morales

49 TITULO V “Disposiciones comunes para la conservación y
el aprovechamiento sustentable” (10 capítulos) Derecho de los propietarios y legítimos poseedores de los predios, al aprovechamiento y obligación de conservar el hábitat y/.o transferir a terceros Se deberán observar las disposiciones de esta Ley y adoptar medidas que eviten, prevengan, reparen, compensen o minimicen los efectos negativos sobre la vida silvestre y su hábitat. Incorpora la valoración de los servicios ambientales. Contiene disposiciones para promover la capacitación, formación, investigación y divulgación para la conservación, el adecuado manejo y la Sustentabilidad en el aprovechamiento de la vida silvestre y su hábitat. Se respetarán los conocimientos y prácticas de las comunidades rurales Aborda la sanidad de ejemplares de vida silvestre. Limita el manejo de ejemplares y poblaciones exóticas, a condiciones de absoluto confinamiento. Contempla el trato digno y respetuoso a la fauna silvestre.

50 ... Continuación Da el fundamento legal para establecer y operar Centros de Investigación y Conservación de Vida Silvestre. (capacitación, rescate, rehabilitación, muestreos, manejo) Reconoce y regula el Sistema de Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre y registro de predios como UMAs (reproducción, investigación, exhibición) Crea y regula el contenido del Subsistema Nacional de Información de vida silvestre. Establece mecanismos para acreditar la legal procedencia de ejemplares, partes y derivados de la vida silvestre.

51 TITULO VI. “Conservación de la Vida Silvestre”
(10 capítulos) Declara de utilidad pública la conservación del hábitat e incorpora la figura de hábitats críticos para la vida silvestre. La identificación y tratamiento de especies y poblaciones en riesgo y prioritarias para la conservación. Define los criterios y medidas para las áreas de refugio para proteger especies acuáticas y hábitat de especies migratorias. Otorga fundamentos para la participación en el establecimiento de vedas y para el manejo y control de poblaciones o ejemplares que se tornen perjudiciales. Regula la liberación de ejemplares a su hábitat natural, así como los proyectos de reproducción, repoblación y reintroducción de ejemplares y poblaciones de vida silvestre y conservación de especies migratorias.

52 Aprovechamiento con fines de subsistencia
TITULO VII. “Aprovechamiento sustentable de la vida silvestre” (5 capítulos) Fortalece las disposiciones para el aprovechamiento extractivo de acuerdo a lo establecido en la LGEEPA (autorización), el cual se otorga a los propietarios o legítimos poseedores de los predios, con base en: plan de manejo aprobado, en función de los resultados de estudios poblacionales o inventarios Aprovechamiento con fines de subsistencia Aprovechamiento en ritos y ceremonias La caza deportiva es tratada como un aprovechamiento extractivo más, con las restricciones propias de esta actividad. Establece un mayor rigor para el aprovechamiento de especies en riesgo. Establece precisiones sobre la colecta científica (autorizaciones por línea de investigación o por proyecto) y aquella con fines de enseñanza. Da un tratamiento explícito y específico al aprovechamiento no extractivo (ecoturismo, actividades de observación).

53 Aprovechamiento con fines de subsistencia
Artículo 92 Las personas de la localidad que realizan aprovechamiento de ejemplares, partes y derivados de vida silvestre para su consumo directo, o para su venta en cantidades que sean proporcionales a la satisfacción de las necesidades básicas de éstas y de sus dependientes económicos, recibirán el apoyo, asesoría técnica y capacitación por parte de las autoridades competentes para el cumplimiento de las disposiciones de la presente Ley y de su reglamento, así como para la consecución de sus fines. Las autoridades competentes promoverán la constitución de asociaciones para estos efectos.

54 Aprovechamiento en Ritos y Ceremonias
Artículo 93 La SEMARNAT, en coordinación con el Instituto Nacional Indigenista (ahora CDI) y las Entidades Federativas, integrará y hará públicas, las prácticas y los volúmenes de aprovechamiento de ejemplares, partes o derivados de vida silvestre para ceremonias y ritos tradicionales por parte de integrantes de comunidades rurales, el cual se podrá realizar dentro de sus predios o con el consentimiento de sus propietarios o legítimos poseedores, siempre que no se afecte la viabilidad de las poblaciones y las técnicas y medios de aprovechamiento sean las utilizadas tradicionalmente, a menos que éstos se modifiquen para mejorar las condiciones de sustentabilidad en el aprovechamiento.

55 TITULO VIII. Medidas de control y de seguridad, infracciones y sanciones
(5 capítulos) Complementa con medidas de control y de seguridad, infracciones y sanciones, lo ya previsto en la LGEEPA Incorpora la creación de Comités Mixtos de Vigilancia. Integra un sistema de reparación de daños a la vida silvestre y su hábitat (Código Civil) Vistas de inspección por PROFEPA Las medidas de seguridad (aseguramiento, clausura, suspensión) Infracciones y sanciones administrativas

56 Artículo 122, Sanciones XIV. Realizar actividades de aprovechamiento de ejemplares, partes o derivados de la vida silvestre para ceremonias o ritos tradicionales, que no se encuentren en la lista que para tal efecto se emita, de acuerdo al artículo 93 de la presente Ley.

57 Reglamento de la LGVS Estructura
Disposiciones Generales Concertación y Participación Social Disposiciones comunes para la conservación y el aprovechamiento sustentable de la vida silvestre. Procedimiento General para permisos de aprovechamiento. Sistema Nacional de UMA´s Legal Procedencia Conservación de la Vida Silvestre. Aprovechamiento sustentable de la vida silvestre. Requisitos específicos. Inspección, Vigilancia, Medidas de Control y de Seguridad, infracciones y sanciones.

58 Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.
Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 8 de octubre de 2003 Entró en vigor el 6 de enero de 2004. Coexiste con las disposiciones de la LGEEPA Objeto: Garantizar el derecho al ambiente adecuado y propiciar el desarrollo sustentable a través de la prevención de la generación, la valorización y la gestión integral de los residuos; prevenir la contaminación de sitios y su remediación Reformas y adiciones DOF 22 de mayo de 2006 Reforma DOF 19 de junio de 2007.

59 Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.
Establece las bases para: Aplicar principios de valorización, responsabilidad compartida y manejo integral de los residuos. Determinar criterios para la generación y gestión integral de los residuos. Mecanismos de coordinación. Clasificación de los residuos. Regular la generación y manejo de los residuos peligrosos. Responsabilidades de productores, importadores, exportadores, comerciantes y consumidores y prestadores de servicio. Sistema de información relativa a la generación y manejo. Prevenir la contaminación de sitios y criterios para su remediación. Regular la importación y exportación de residuos. Investigación y desarrollo científico, innovación tecnológica. Establecer medidas de control, correctivas y de seguridad Establecer sanciones.

60 Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.
Se estructura en 7 capítulos: Disposiciones generales (objeto, bases, principios) Distribución de competencias (Federación, Estados Municipios) Clasificación de los residuos (RP, RME, RSU) Instrumentos de Política de Prevención y Gestión (PMIR, Planes de Manejo, Participación Social y Derecho a la Información). Manejo Integral de Residuos Peligrosos (Categorías de generadores, autorizaciones, obligaciones, prohibiciones, restricciones, responsabilidad y remediación de sitios, prestación de servicios, importación y exportación De la Prevención y Manejo Integral de los Residuos Sólidos Urbanos y de Manejo Especial Medidas de Control y de Seguridad, infracciones y sanciones (Visitas de inspección) Recurso de Revisión y Denuncia Popular.

61 Reglamento de la LGPGIR
Disposiciones Preliminares Planes de Manejo Residuos Provenientes de la Industria Minero Metalúrgica. Residuos Peligrosos Importación y Exportación de Residuos Peligrosos Remediación de Sitios Contaminados Medidas de Control y de Seguridad, Infracciones y Sanciones.

62 Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS)
Publicada en el DOF el 8 de octubre de 2003 Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional. Su objeto es regular y fomentar: Reformas DOF 26/12/05 y 24/11/08 La conservación, protección, restauración, producción, ordenación, el cultivo, manejo y aprovechamiento de los ecosistemas forestales del país y sus recursos. Distribuir competencias.

63 Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS)
Objetivos generales: Contribuir al desarrollo mediante el manejo integral de los recursos forestales. Impulsar la silvicultura y aprovechamiento de los recursos forestales. Desarrollar bienes y servicios ambientales. Promover el fortalecimiento institucional. Respetar el derecho de uso y disfrute preferente de los pueblos indígenas.

64 Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS)
Objetivos específicos. Definir la política forestal y sus instrumentos Regular la protección, conservación y restauración de los ecosistemas y recursos forestales. Desarrollar criterios e indicadores para el manejo forestal. Fortalecer la actividad forestal. Ampliar la participación de la producción forestal en la economía nacional. Recuperar y desarrollar bosques en TPF. Fortalecer y mejorar los servicios técnicos forestales. Regular el aprovechamiento y uso de los recursos forestales maderables y no maderables. Promover áreas forestales permanentes. Compatibilizar las actividades de pastoreo y agrícolas en terrenos forestales y preferentemente forestales. Regular las auditorías técnicas preventivas forestales. Estimular las certificaciones forestales y de bienes y servicios ambientales.

65 Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS)
Objetivos específicos (Cont.) Regular el cambio de uso de suelo de terrenos forestales. Regular la prevención, combate y control de incendios forestales Promover y regular las forestaciones con propósitos comerciales. Regular el transporte, almacenamiento y transformación de materias primas forestales. Promover acciones con fines de conservación y restauración de suelos. Promover instrumentos económicos. Fomentar la cultura, educación, capacitación y desarrollo tecnológico forestal.

66 Estructura de la LGDFS. Titulo I
Disposiciones generales Objeto y aplicación Terminología empleada.

67 Estructura de la LGDFS. Titulo II
De la organización y administración del servicio Púbico Forestal. Del Servicio Nacional Forestal. Distribución de competencias. Sector Público Federal Forestal. Atribuciones SEMARNAT en materia Forestal. Comisión Nacional Forestal. Promotorías de Desarrollo Forestal De la coordinación Institucional.

68 Estructura de la LGDFS. Titulo III
De la Política Nacional en Materia Forestal De los Criterios de la Política Nacional en Materia Forestal. De los Instrumentos de la Política Forestal. De la Planeación del Desarrollo Forestal Del Sistema Nacional de Información Forestal Del Inventario Nacional Forestal y de Suelos. De la Zonificación Forestal. Del Registro Forestal Nacional De las Normas Oficiales Mexicanas en Materia Forestal. Del Sistema Nacional de Gestión Forestal. Del Estudio Satelital Anual de Índice de Cobertura Forestal.

69 Estructura de la LGDFS Título IV
Del Manejo y Aprovechamiento Sustentable de los Recursos Forestales. Autorizaciones para el aprovechamiento de Recursos Forestales Del Aprovechamiento y Uso de los Recursos Forestales Maderables No Maderables. Plantaciones Forestales Comerciales Colecta y Uso de Recursos Forestales Del Manejo Forestal Sustentable y Corresponsable. Del Transporte, Almacenamiento y Transformación de las Materias Primas Forestales.

70 Estructura de la LGDFS Título V
De las Medias de Conservación Forestal Cambio de uso de suelo de terrenos forestales. Sanidad Forestal. Incendios Forestales. Conservación y restauración.

71 Estructura de la LGDFS Título V (Cont.)
De las Medidas de Conservación Forestal. De la Reforestación y Forestación con Fines de Conservación y Restauración. Servicios Ambientales Forestales. Riesgo y Daño Ocasionado a los Recursos Forestales, al Medio Ambiente, Ecosistemas o su Componentes.

72 Estructura de la LGDFS Titulo VI
Del Fomento al Desarrollo Forestal Instrumentos Económicos de Fomento Forestal De los incentivos económicos Del Fondo Forestal Mexicano De la Infraestructura para el Desarrollo Forestal De la Investigación para el Desarrollo Forestal Sustentable. De la Cultura, Educación y Capacitación Forestales.

73 Estructura de la LGDFS Título VII
De la participación social en materia forestal. Derecho a la información, la participación social y la concertación. De los Consejos en Materia Forestal.

74 Estructura de la LGDFS Título VIII
De los medios de control, vigilancia y sanción forestal. De la prevención y Vigilancia Forestal. Denuncia Popular. Visitas y operativos de inspección. Medidas de seguridad. De las Infracciones De las Sanciones. Recurso de revisión.

75 Reglamento de la LGDFS. Se estructura en 5 Títulos:
Instrumentos de Política Forestal Manejo y aprovechamiento sustentable de recursos forestales. Medidas de la Conservación Forestal Medios de control, vigilancia y sanciones forestales.

76 Normas Oficiales Mexicanas Ambientales (NOM´s).
Concepto de Ley Federal de Metrología y Normalización (LFMN). La regulación técnica de observancia obligatoria expedida por las dependencias competentes, que establece reglas, especificaciones, atributos, directrices, características o prescripciones aplicables a un producto, proceso, instalación, sistema, actividad, servicio o método de producción u operación, así como aquellas relativas a terminología, simbología, embalaje, marcado o etiquetado y las que se refieren a su cumplimiento o aplicación

77 NOM vs Normas Mexicanas (NMX)
Obligatoria Elaborada por la dependencia competente u organismo de normalización (SEMARNAT, CNA) Publicación DOF Voluntaria Elaborada por la Secretaría de Economía (SECOFI) Declaratoria de vigencia

78 OBJETO DE LAS NOM´s AMBIENTALES Art. 36 de la LGEEPA
Establecer: Requisitos, Especificaciones, Condiciones, Procedimientos, Metas, Parámetros y límites permisibles A observarse en: Regiones Zonas Ecosistemas Cuencas Aprovechamiento de recursos Naturales Actividades económicas El uso y destino de bienes - Insumos y Procesos

79 Clasificación de las NOM´s ambientales por Materia

80 Clasificación de las NOM´s ambientales por Materia (Cont.)

81 Revisión de las NOM´s (Art. 51 LFMN)
Las NOM’s deben ser revisadas cada 5 años (revisión quinquenal) Concluida su revisión la autoridad que la elabora debe informar al Secretariado Técnico de la Comisión Nacional de Normalización el resultado (Confirmar su vigencia, necesidad de modificarla o su cancelación) Si no se hace el informe, la norma pierde vigencia, sin que sea necesario su cancelación mediante acuerdo publicado en el DOF (SCJN)

82 Legislación Ambiental Local.
Las 32 Entidades de nuestro país cuentan al menos con una Ley Ambiental. Sus denominaciones son variadas Reglamentan las facultades conferidas por las Leyes Generales a los Estados y Municipios, principalmente de la LGEEPA. Algunas entidades federativas han legislado en las siguientes materias: Gestión de Residuos Desarrollo Forestal Vida silvestre Aguas sujetas a la regulación de los Estados.

83 Legislación Ambiental Local.
La expedición de Reglamentos está supeditada a las materias previstas en las Leyes Locales. Prevención y Control de la Contaminación del Aire. Residuos Desarrollo Forestal Descargas a cuerpos de agua estatales y redes de drenaje. Impacto Ambiental y Riesgo. Ordenamiento Ecológico.

84 Leyes Ambientales de SLP
Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí. Ley Estatal de Protección a los Animales. Ley de Aguas para el Estado de San Luis Potosí. Ley de Fomento para el Desarrollo Forestal Sustentable.

85 Reglamentos Estatales SLP
Reglamento de la LAE en Materia de Impacto y Riesgo Ambiental Reglamento de la LAE en Materia de Prevención y Control de Emisiones a la atmósfera. Reglamento de la LAE en Materia de Residuos Industriales No Peligrosos. Reglamento de la Ley de Fomento para el Desarrollo Forestal Sustentable.

86 Normas Técnicas Ecológicas.
Descargas de aguas residuales (CGD’s y CPD’s): NTE-SLP-AR-001/05 Explotación de Bancos de Materiales: NTE-SLP-BMG-002/2002 Especificaciones de protección ambiental de Estaciones de Servicio (Gasolineras): NTE-SLP-ES.003/2008.

87 Fuentes: Manual de Derecho Ambiental Mexicano. Raúl Brañez. Fundación Mexicana para la Educación Ambiental. Fondo de Cultura Económica. Segunda Ed. 2000 La Gestión Ambiental en México. SEMARNAT Compendio de Legislación Mexicana. s/Pages/inicio.aspx.


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