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I. De la antigüedad hasta el siglo XVII

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Presentación del tema: "I. De la antigüedad hasta el siglo XVII"— Transcripción de la presentación:

1 I. De la antigüedad hasta el siglo XVII
Grecia y Roma: Filosofía y derecho Escolástica: La visión de una economía cristiana

2 A modo de introducción El «Problema económico» acompaña a la humanidad desde sus orígenes, así como las reflexiones sobre el mismo. Dos grandes temas de estudio de la economía: ¿Cómo funciona el mercado?  Análisis del valor, de la distribución, del output, de los precios… ¿Existen alternativas al mercado? Corrientes Principal u ortodoxia; centrada en el funcionamiento del mercado. Secundarias o heterodoxas; centrada en los fallos del mercado y en la búsqueda de alternativas. Diversidad de enfoques/escuelas enriquece el debate

3 1. Grecia y Roma: Filosofía y Derecho
1.1. El pensamiento griego Economía deriva del título del tratado de Jenofonte «oeconomicus» [oikos (casa) and nomos (norma)] que trata sobre la administración eficiente (privada y pública) y el liderazgo. Contexto: Economía rural, industria artesanal, mercados no organizados, economía de guerra y esclavista, individuos sometidos a la organización política del estado (bien común) pero patriarcas de sus familias (interés personal)  Pensadores griegos más preocupados por el arte de la administración (público y privada) que por el de la ciencia económica.

4 1. Grecia y Roma: Filosofía y Derecho
1.1. El pensamiento griego Jenofonte ( a.c) Tratado «oeconomicus» se centra en la eficiencia de la administración pública y privada  Comprendió que es posible mejorar la eficiencia mediante la división del trabajo. La concentración de población requiere de la especialización. Proceso económico ha de dirigirse a satisfacer necesidades y evitar dolor (hedonismo); no a la mera acumulación (contra natura). Considera que el valor procede de la utilidad subjetiva que proporciona el bien y no del bien en sí mismo; además la utilidad es decreciente.

5 1. Grecia y Roma: Filosofía y Derecho
1.1. El pensamiento griego Platón ( a.c) Seres humanos no son autosuficientes  vida en común  surgen ciudades  especialización y división del trabajo  bienes que se intercambian en mercado. Propone un gobierno de sabios (y soldados) sometido a la propiedad común para evitar corrupción. Dinero y comercio como males necesarios. Mercado requiere control administrativo que garantice la justicia y una distribución equitativa y controle el beneficio y la usura. Experiencia histórica muestra que este diseño conduce más al despotismo que la armonía.

6 1. Grecia y Roma: Filosofía y Derecho
1.1. El pensamiento griego Protágoras ( a.c) «El hombre es la medida de todas las cosas» (Subjetivismo) No se puede conocer la verdad, pero sí la utilidad. Sociedad debe decidir sobre su bienestar y cómo conseguirlo. (Hedonismo) Líderes/Políticos deben aconsejar sobre gestión (medios) pero no legislar de forma absoluta (fines).

7 1. Grecia y Roma: Filosofía y Derecho
1.1. El pensamiento griego Aristóteles (I) ( a.c) Sistema filosófico-político construido desde una perspectiva Ética  papel central de la justicia y de la virtud Justicia Distributiva.- Recompensa en sociedad proporcional a los méritos. Conmutativa.- Equivalencia contratos. Ética económica Actividad económica debe satisfacer necesidades (limitadas), pero no los deseos (ilimitados). La acumulación de riqueza per se es perniciosa para la república (Empobrecimiento mayoría por enriquecimiento de minoría) y para el individuo (no virtuoso)

8 1. Grecia y Roma: Filosofía y Derecho
1.1. El pensamiento griego Aristóteles (II) Distingue entre artes adquisitivos Economía.- Administración de la casa/comunidad/ciudad. Actividad productiva (pastoreo, agricultura, piratería, pesca y caza) para sustento necesidades. No ilimitada. Crematística.- Trueque y compraventa. Arte no productiva (Comercio, usura y trabajo asalariado). No perniciosos cuando complementan los anterior pero sí cuando busca la simple acumulación. Defensa propiedad privada.- Estabilidad/paz social; Eficiencia económica, Satisfacción del propietario y permite la liberalidad.

9 1. Grecia y Roma: Filosofía y Derecho
1.1. El pensamiento griego Aristóteles (III) Tª del intercambio/Comercio Análisis del intercambio puntual (no mercados sistematizados) y bilateral regido por la reciprocidad. Perspectiva ética y jurídica (garantizar justicia y equivalencia) más que económica. Modelo.- ¿Cuántos zapatos debe entregar el zapatero al carpintero por la construcción de la casa?  Análisis confuso (Lectura) Valor de cambio determinado por la escasez y distinto del valor de uso.

10 1. Grecia y Roma: Filosofía y Derecho
1.1. El pensamiento griego Aristóteles (IV) Dinero Reconoce funciones del dinero: patrón de medida, medio de intercambio y reserva de valor. Uso natural del dinero es gastarlo (satisfacer necesidades) y no acumularlo. Es un medio no un fín. Interés Condena el interés, pues el dinero (mero patrón de intercambio) no puede reproducirse durante su uso.

11 1. Grecia y Roma: Filosofía y Derecho
1.1. El pensamiento griego Legado Aristóteles Aproximación racional a las ciencias sociales Comercio permite intercambiar los excedentes; existen utilidades subjetivas distintas, mutuamente beneficioso, litigios ha de resolverlos la autoridad. Aproximación subjetiva al valor de cambio y distinción del valor de uso. Búsqueda ordenada de la felicidad (satisfacción de necesidades) y comportamiento virtuoso (equivalencia en el cambio y no comportamientos acumulativos de riqueza) Condena uso contra natura del dinero y el interés en los préstamos

12 1. Grecia y Roma: Filosofía y Derecho
1.2. El derecho romano Roma  No avances análisis económico Principal aportación  El derecho romano Regulación de la propiedad y los contratos configuran el ordenamiento jurídico occidental. Actividad económica se desenvuelve en el marco del derecho romano. Delimita conceptos como precio, compraventa, tipos de préstamos…

13 2. Escolástica: Economía Cristiana
2.1. Periodo histórico Paradigma dominante desde principios del siglo XIII hasta finales del siglo XVII. Influencia Summa Theologica Sto Tomás Aquino Primera escolástica (XIII-XIV)  Influencia directa Sto Tomás. Síntesis Ética aristotélica y moral cristiana. Actividad comercial necesaria pero peligrosa, si fín en sí misma. Segunda escolástica (XV-XVII)  Doctores escolásticos españoles («Escuela de Salamanca»). Entorno mercantil y financiero más dinámico que lleva a planteamientos menos rigoristas.

14 2.2. “Ética de la fraternidad”
2. Escolástica: Economía Cristiana 2.2. “Ética de la fraternidad” Relaciones de mercado son personales y moralmente condicionadas por las virtudes de la caridad y la justicia Importancia de la intencionalidad de tal forma que el sujeto, no puede eximirse de su responsabilidad aludiendo a las fuerzas impersonales del mercado Sentido del deber en los mercaderes hacia otros mercaderes y hacia la comunidad en su conjunto. Pensamiento económico condicionado por la “Antropología basada en la caridad” o la “Ética de la fraternidad”

15 2. Escolástica: Economía Cristiana
2.3. Epistemología Análisis basado no en la autoridad/revelación, sino en la razón  Moral lo que es racional Análisis de casos.- Ley natural* es inmutable pero aplicada históricamente. “Recta razón” debe aplicar los principios generales a la naturaleza del caso. Ley natural.- El ser humano goza de unos derechos por el mero hecho de serlo que son anteriores a cualquier ordenamiento jurídico positivo. Estos derechos se basan en la existencia de unos principios morales universalmente válidos que el hombre puede conocer a través de la razón. Ley natural es ley porque es justa y razonable. Permitió la adaptación del paradigma a las cambiantes circunstancias históricas y su pervivencia durante más de cuatro siglos

16 2.4. La “visión” escolástica sobre la realidad económica
2. Escolástica: Economía Cristiana 2.4. La “visión” escolástica sobre la realidad económica Propiedad Privada.- Defensa escolástica de la propiedad privada por razones de eficiencia económica y estabilidad social (No por Ley Natural/Divina), pero… … propiedad privada no absoluta, pues no anula el fin primordial de los bienes que es satisfacer las necesidades humanas Responsabilidad social del propietario Legitimidad del robo en caso de extrema necesidad Riqueza.- No mala en sí (necesaria para el sustento); pero sí es perniciosa cuando se convierte en un fín. CUESTION 66. El hurto y la rapiña Artículo 2.- ¿Es lícito a alguien poseer una cosa como propia? ► "…es lícito que el hombre posea cosas propias. Y es también necesario a la vida humana por tres motivos: primero, porque cada uno es más solícito en gestionar aquello que con exclusividad le pertenece que lo que es común a todos o a muchos, puesto que cada cual, huyendo del trabajo, deja a otros el cuidado de lo que conviene al bien común, como sucede cuando hay multitud de servidores; segundo, porque se administran más ordenadamente las cosas humanas si a cada uno le incumbe el cuidado de sus propios intereses; sin embargo, reinaría confusión si cada cual se cuidara de todo indistintamente; tercero, porque así el estado de paz entre los hombres se mantiene si cada uno está contento con lo suyo." Artículo 7.- ¿Es lícito al hombre robar en estado de necesidad? ► "…si la necesidad es tan evidente y tan urgente que resulte manifiesta la premura de socorrer la inminente necesidad con aquello que se tenga, como cuando amenaza peligro a la persona y no puede ser socorrida de otro modo, entonces puede cualquiera lícitamente satisfacer su necesidad con las cosas ajenas, sustrayéndolas, ya manifiesta, ya ocultamente"

17 2.4. La “visión” escolástica sobre la realidad económica
2. Escolástica: Economía Cristiana 2.4. La “visión” escolástica sobre la realidad económica Economía y justicia.- Determinar si los contratos cumplían con la justicia conmutativa. Reflexión económica, como instrumento analítico para dictaminar sobre la validez y moralidad de las prácticas económicas . Ideal vida cristiana se contrapone realidad.- Economía escolástica como compromiso ético-prágmático (comportamientos económicos, moralmente aceptables) Justicia como equilibrio entre el incentivo personal y la responsabilidad moral (pecar de avaricia y ayudar al necesitado)  Ideal cristiano de mutuo beneficio derivado del intercambio justo y libre.

18 2.4. La “visión” escolástica sobre la realidad económica
2. Escolástica: Economía Cristiana 2.4. La “visión” escolástica sobre la realidad económica Voluntariedad.- Derecho Romano.- “Una cosa vale tanto como puedas obtener en la venta”… … en ausencia de fuerza, fraude y engaño que anularían la voluntariedad. La necesidad es una forma de compulsión que no debe ser explotada Organicismo.- Hombre es una agente de la Creación con la misión de contribuir al bien común y al perfeccionamiento de la naturaleza

19 2. Escolástica: Economía Cristiana
2.5. Teoría del valor Teoría del Valor-Trabajo.- El valor depende del coste de producción (trabajo). Alberto Magno; ¿Tomás de Aquino? Teoría de Valor-utilidad (*).- El valor depende de la utilidad relativa que se le atribuya al bien en cuestión. ¿Tomás de Aquino?; Será la predominante en la segunda escolástica (**). No contradictorias en el marco ético prescriptivo de la justicia conmutativa en la que el precio de mercado ha de impedir el beneficio económico (abuso de poder) y garantizar el sustento de los productores. Se reconoce la paradoja del valor (¿Por qué el diamante vale más que el agua?) y la diferencia entre el valor de uso y de cambio Lugo; De iustitia et iure (1642): Así sucede con nuestros juegos y vidrios, que los etíopes los conmutan justamente por oro debido a que, por lo común, ellos estiman en mucho tales cosas, como también los japoneses, que compran a un gran precio algunas cosas antiguas y de barro cocido, que entre nosotros carecen de valor. Y aunque se engañen en su apreciación, basta la común estima para que se respete la justicia a aumentar el precio natural que depende de esa estimación, aunque sea de ignorantes. Sin embargo, no basta el afecto o estimación particular de uno o de otro cualquiera, pues la estimación debe ser común. Lugo; De iustitia et iure (1642): Cobrar según el coste de producción es erróneo] porque si algún mercader hubiese sufrido un daño o pérdida mayor debido a un naufragio o por hurto mientras transportaba las mercancías podría exigir lícitamente un precio mayor, aunque otros lo vendieran a menor precio, lo cual es falso cuando el bien de que se trata no se estima comúnmente en ese precio mayor, y puede obtenerse a un precio más bajo

20 2. Escolástica: Economía Cristiana
2.6. El precio justo Vida comunidad requiere del intercambio y compraventa; hombre es un animal social (no autosuficiente) El precio justo ha de respetar la igualdad (*) en la transacción (justicia conmutativa). Dos clases: El legal.- Determinado por la autoridad (circunstancias especiales) El natural.- Determinado por la estimación común (criterio de los prudentes) en un determinado lugar y tiempo; es decir, el habitual en una plaza. Tomás de Mercado (Suma de tratos y contratos): Ya dijimos que cambiar, en buen romance era trocar, y el trueque para ser lícito, lo primero, y principal que requiere es sea igual, valga tanto lo uno como lo otro, que a valer menos sería injusticia y agravio.

21 2. Escolástica: Economía Cristiana
2.6. El precio justo ¿Es el precio justo lo mismo que el precio de mercado?  Es un precio de mercado pero no competitivo, si no cooperativo. Estimación común.- Resalta la dimensión “común” sobre la “usual” Exigencia de libertad y voluntariedad en intercambio “Responsabilidad” propiedad privada . Dimensión social del ser humano (agentes de la Creación) que les obliga “moralmente” a actuar en favor del bien común. Maximización vd Moderación. Desaparición de la “responsabilidad” en una economía de libre mercado. Tomás de Mercado (Suma de tratos y contratos): Ya dijimos que cambiar, en buen romance era trocar, y el trueque para ser lícito, lo primero, y principal que requiere es sea igual, valga tanto lo uno como lo otro, que a valer menos sería injusticia y agravio.

22 2. Escolástica: Economía Cristiana
2.7. La moneda Escolásticos españoles percibieron la relación existente entre la subida de los precios y el aumento de la cantidad de moneda en circulación. (Teoría cuantitativa del dinero) Se manifiestan claramente contra la adulteración de la moneda (Moneda de vellón) Alterar la moneda es equiparable a apropiarse de parte del valor de los bienes de los súbditos sin consentimiento Genera subidas de precios y desciende actividad comercial Tomás de Mercado (Suma de Tratos y Contratos): [...] los cambios modernos, se fundan en la diversa estimación del dinero, como se entienda que ha de ser universal, de todo un reino, o provincia, o universidad, no particular de dos, o tres, o cincuenta necesitados en el pueblo, sino que según los ejemplos puestos declaran, en toda una república, como vemos, que en toda Flandes, en toda Roma, se estima en más que en toda Sevilla, y en Sevilla más que en Indias, y en Indias, más que en Santo Domingo que en Nueva España, y en Nueva España más que en Perú.

23 2. Escolástica: Economía Cristiana
2.8. Interés y Usura Dinero es un instrumento de intercambio pero no productivo en sí mismo ni cambia con el mero paso del tiempo  ilícito cobrar algo más en el préstamo. Dinero prestado puede dar rendimientos si se invierte, pero ese rendimiento es fruto de la industria del prestatario; por tanto el prestamista no tiene derecho sobre lo obtenido por el prestatario Títulos extrínsecos (lucrum cessans y el damnum emergens) legitiman el cobro de interés. Su aplicación se fue ampliando con el desarrollo mercantil y financiero. En definitiva, licitud dependía de la intención. Generalización títulos extrínsecos dificultan aplicación civil. Nota.- Keynes valora el esfuerzo intelectual escolástico de separar la eficiencia marginal del capital del tipo de interés. A mí se me hizo creer que la actitud de la iglesia medieval hacia la tasa de interés era intrínsecamente absurda y que los sutiles estudios cuyo objeto era distinguir el rendimiento de los préstamos monetarios del rendimiento de las inversiones activas, eran simples intentos jesuíticos para encontrar una puerta de escape práctica a una teoría necia. Pero ahora leo estos estudios como un esfuerzo intelectual honrado por conservar separado lo que la teoría clásica ha mezclado de modo inextricablemente confuso, a saber, la tasa de interés y la eficiencia marginal del capital; porque ahora se ve claramente que las disquisiciones de los eruditos escolásticos tenían por objeto dilucidar una fórmula que permitiera a la curva de la eficiencia marginal del capital ser elevada, mientras aplicaban los reglamentos, las costumbres y la ley moral para conservar baja la tasa de interés. (Keynes, Teoría General…, 311).

24 2.9. Principales autores: 1ª Escolastica
2. Escolástica: Economía Cristiana 2.9. Principales autores: 1ª Escolastica Alberto Magno.- Defiende Tª del valor basada en el coste de producción (trabajo y gastos) Tomás de Aquino.- Economía al servicio de la justicia. Equivalencia en los contratos y moralidad en los comportamientos. Tª del coste de producción y del valor utilidad (necesidad), predominando la segunda para determinar precio justo.

25 2.9. Principales autores: 1ª Escolastica
2. Escolástica: Economía Cristiana 2.9. Principales autores: 1ª Escolastica Pierre Jean Olivi.- Valor depende de utilitas (utilidad objetiva), raritas y complacibilitas (utilidad subjetiva) Jean Buridan.- Precio depende de la satisfacción de las necesidades y de la demanda efectiva. Gerald Odonis.- Tª del salario basada en la escasez y calidad de las destrezas del trabajador, así como en el coste de adquirirlas Tomas de Vio. Cardinal Cajetan.- Visión menos perniciosa del dinero. Beneficio potencial del dinero en manos del empresario. Precio Justo deriva de las fuerzas del mercado.

26 2.10. Principales autores: Escolástica Española XVI-XVII
2. Escolástica: Economía Cristiana 2.10. Principales autores: Escolástica Española XVI-XVII Permanece la esencia de la doctrina (moralidad, justicia, convivencia armónica, riqueza como medio y no como fín) pero planteamientos menos rigoristas respecto a las prácticas mercantiles y financieras. Francisco de Vitoria Martín de Azpilcueta Domingo de Soto Tomás de Mercado Melchor de Soria Luis de Molina Juan de Lugo

27 2. Escolástica: Economía Cristiana
2.11. Conclusiones Doctrinas económicas (precio justo y usura) como mecanismos de protección frente a la compulsión económica. Relaciones bilaterales, producción artesanal y monopolios locales otorgan poder al mercader. Estimación común y precio justo como garantías de la parte más débil. Personas están gobernadas por su dimensión moral y son seres políticos y sociales que compiten a la vez que cooperan. Desarrollo mercantil y financiero  despersonalización de las relaciones económicas  pérdida de la responsabilidad moral  precio justo garantizado por el comportamiento competitivo de los mercados y no por el comportamiento virtuosos de los agentes.

28 2.12. Cuestiones para la reflexión.
2. Escolástica: Economía Cristiana 2.12. Cuestiones para la reflexión. “Objetivación” o “Despersonalización”  cuando la justicia pasa a radicar en el cumplimiento de los contratos y no en los términos, ni en la motivación. (Langholm, 19998) Es una tragedia de la humanidad el hecho de que la ampliación de la comunidad moral sea a costa de la intensidad de los vínculos morales. (Nelson, 1969) Rechazo cultura clásica a la riqueza exterior (frente a la verdadera interior) resultado de una economía estacionaria. Sorprende que se mantenga dicha ética (anti) consumo durante el crecimiento capitalista era moderna. (Perrotta, 2003)

29 Bibliografía Ekelund, R. B., and Hébert, R. F.: A history of economic theory and method; Chapter II Lecturas Aristotle. (1999): Nichomachean Ethics. Kitchener: Batoche Books; Book V, part. 5. Langholm, O. I. (1992): Economics in the medieval schools. Leiden; New York: E.J. Brill.; Chapter XXIII.


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